Armero para arma larga en f
Armero para arma larga en f
Hola, donde se debe guardar una carabina guiada en f? Tengo entendido que en un armero grado3,yo sólo tengo armas cortas pero si compro una carabina tengo que guardar alguna parte en el armero normal grado3?
- Sp01Shadow
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Re: Armero para arma larga en f
Para arma larga rayada,con un armero grado I tienes suficiente, da igual que esté guiada en E, D o F,
El carácter más restrictivo de grado III, como mínimo, se exige para arma corta. Y para escopeta ni una cosa ni otra, únicamente que estén guardadas bajo un mínimo de condiciones de seguridad, que no estén a la vista, que no estén al alcance de los niños (esa es la parte complicada) y descargadas.
El carácter más restrictivo de grado III, como mínimo, se exige para arma corta. Y para escopeta ni una cosa ni otra, únicamente que estén guardadas bajo un mínimo de condiciones de seguridad, que no estén a la vista, que no estén al alcance de los niños (esa es la parte complicada) y descargadas.
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Re: Armero para arma larga en f
Aunque si únicamente tienes una carabina, como tienes caja fuerte grado III, puedes guardar perfectamente el cerrojo y es suficiente y válido, no tienes por qué comprarte un armero grado I para armas largas.
Por cierto, el armero grado I es el mínimo exigible también para pólvoras y elementos de recarga.
Por cierto, el armero grado I es el mínimo exigible también para pólvoras y elementos de recarga.
Re: Armero para arma larga en f
Gracias Sp01shadow, es que he leído por el foro que si está guiada en f no vale más que el gradoIII y no tengo ganas de pedir ahora la licencia D o E, si con meter el cerrojo ya vale pues no tengo que comprar otro armero.A ver si alguien más confirma si es así que va en un grado III con licencia f.
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Re: Armero para arma larga en f
Mete el cerrojo y olvídate.
Re: Armero para arma larga en f
Yo no lo tengo tan claro lo que estais diciendo. Pregunta en tu intervencion de armas que quizas te lleves una No grata sorpresa. Es lo mas prudente antes de tomar cualquier decision
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- Parrish112
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Re: Armero para arma larga en f
En la intervención de Vallecas te piden armero 3 de arma larga.
que no existe, pero ellos dicen que es lo que hay. Tampoco les sirve lo de guardar el arma completa O parte fundamental. Ellos interpretan que "o" significa todas.
Lo que no me han dicho es donde comprar uno, porque no lo encuentro, así que me sacaré la D y E, que parece que es lo único que vale..... Aunque las escopetas no tengan que guardarse en un armero.
Por cierto, alguien me puede decir en donde pone que haga falta guardar los artículos de recarga en armero grado 1???? Lo estoy buscando y no encuentro nada!!!


Lo que no me han dicho es donde comprar uno, porque no lo encuentro, así que me sacaré la D y E, que parece que es lo único que vale..... Aunque las escopetas no tengan que guardarse en un armero.
Por cierto, alguien me puede decir en donde pone que haga falta guardar los artículos de recarga en armero grado 1???? Lo estoy buscando y no encuentro nada!!!
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Re: Armero para arma larga en f
Pólvora y pistones deben guardarse en armero de como mínimo grado I, y luego el resto de elementos, debido a la ambigüedad del reglamento queda ahí, Quien me dió el curso insistía que era así ya que así lo decía el artículo, yo no lo veía ya que se da a interpretaciones y prensas y dies son de venta libre, no así pólvora y fulminantes.
Ambiguo también es lo redactado en el BOE sobre los requerimientos para las diferentes licencias, y es que es para mear y no echar gota.
Leyendo el redactado se interpreta que las armas guiadas en F necesitan grado III sin distinciones entre cortas y largas, sin embargo un arma larga rayada guiada en D o E (carabinas) con un armero grado I es suficiente. Si eso no es incongruente que baje Dios y lo vea.
Al final todo queda según la interpretación que da cada IA, en una vale una cosa y en otra es totalmente diferente. Es una lotería.
Ambiguo también es lo redactado en el BOE sobre los requerimientos para las diferentes licencias, y es que es para mear y no echar gota.
Leyendo el redactado se interpreta que las armas guiadas en F necesitan grado III sin distinciones entre cortas y largas, sin embargo un arma larga rayada guiada en D o E (carabinas) con un armero grado I es suficiente. Si eso no es incongruente que baje Dios y lo vea.
Al final todo queda según la interpretación que da cada IA, en una vale una cosa y en otra es totalmente diferente. Es una lotería.
- Parrish112
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Re: Armero para arma larga en f
Corrijo, desde 2010 es obligatorio guardar pólvora y pistones en caja fuerte al menos de grado 1.
un saludo!
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Última edición por Parrish112 el 25 Ene 2017 11:52, editado 1 vez en total.
Novato hasta que un maestro diga lo contrario.
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Re: Armero para arma larga en f
Supongo que es porque el que redacto el reglamento pensaba en la licencia f exclusivamente para guiar armas cortas, no penso que tambien a alguien podria interesarle por no ser cazador no sacarse la d o la e. Lo podrian redactar mejor
- Jon_Garfio
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Re: Armero para arma larga en f
-Carabina 22 en E, nada
-Carabina 22 en F, armero grado 1
Nada de guardar el cerrojo en la caja fuerte de las pistolas porque estamos dejando fuera partes fundamentales como el cañón, por ejemplo.
Todo lo que salga de esto son interpretaciones de cada interventor y eso ya sabemos como va.
Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk Pro
-Carabina 22 en F, armero grado 1
Nada de guardar el cerrojo en la caja fuerte de las pistolas porque estamos dejando fuera partes fundamentales como el cañón, por ejemplo.
Todo lo que salga de esto son interpretaciones de cada interventor y eso ya sabemos como va.
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Re: Armero para arma larga en f
https://www.guardiacivil.es/web/web/docu ... 111998.pdf
Puede leerse como habla de cierres (cerrojos)
"La licencia tipo F autorizará la adquisición de un arma de concurso, el resto requerirá la obtención de una autorización especial de adquisición.
Esta licencia sólo permitirá el uso de las armas en los campos, polígonos o galerías autorizadas para la práctica del tiro, y únicamente podrá portarse con tal objeto.
Los titulares de las armas de concurso deberán guardarlas en:
En los locales de las federaciones con las debidas condiciones de seguridad, aprobadas por la Guardia Civil.
En los domicilios de los titulares, desactivadas, siempre que los cierres o las piezas esenciales se guarden en cajas fuertes de los domicilios o en los locales de las federaciones deportivas con las debidas condiciones de seguridad, a juicio de la Guardia Civil. Las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes se determinan en la Resolución de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares (BOE. núm. 291, de 5 de diciembre)"
Ciertamente con las carabinas del 22 de percusión anular amparadas con la E, no dice que se necesite ningún tipo de armero. He de decir que a mí me lo pidieron en mi IA y yo convencido de que al ser arma larga rayada era exigible. Aún así lo que se habla de las incongruencias del reglamento de armas, si la misma carabina se guía en F, por el redactado se entiende que es necesario armero grado III... total, cada IA aplica su propio criterio y el resto de los mortales nos quedamos con el lío que no hay por donde cogerlo.
Puede leerse como habla de cierres (cerrojos)
"La licencia tipo F autorizará la adquisición de un arma de concurso, el resto requerirá la obtención de una autorización especial de adquisición.
Esta licencia sólo permitirá el uso de las armas en los campos, polígonos o galerías autorizadas para la práctica del tiro, y únicamente podrá portarse con tal objeto.
Los titulares de las armas de concurso deberán guardarlas en:
En los locales de las federaciones con las debidas condiciones de seguridad, aprobadas por la Guardia Civil.
En los domicilios de los titulares, desactivadas, siempre que los cierres o las piezas esenciales se guarden en cajas fuertes de los domicilios o en los locales de las federaciones deportivas con las debidas condiciones de seguridad, a juicio de la Guardia Civil. Las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes se determinan en la Resolución de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares (BOE. núm. 291, de 5 de diciembre)"
Ciertamente con las carabinas del 22 de percusión anular amparadas con la E, no dice que se necesite ningún tipo de armero. He de decir que a mí me lo pidieron en mi IA y yo convencido de que al ser arma larga rayada era exigible. Aún así lo que se habla de las incongruencias del reglamento de armas, si la misma carabina se guía en F, por el redactado se entiende que es necesario armero grado III... total, cada IA aplica su propio criterio y el resto de los mortales nos quedamos con el lío que no hay por donde cogerlo.
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Re: Armero para arma larga en f
Cuando dice cierres o las partes fundamentales, se entiende que cumples la ley cuando haces una cosa o la otra, no??? Pues en las intervenciones no lo entienden
Es como decir que las armas se pueden guardar en las federaciones o en los domicilios de los propietarios y que te obliguen a guardar las armas en ambos lugares, no???
Un saludo!
Es como decir que las armas se pueden guardar en las federaciones o en los domicilios de los propietarios y que te obliguen a guardar las armas en ambos lugares, no???
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