Agravio obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

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tomastr
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Re: Agravio obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

Mensajepor tomastr » 20 May 2016 13:29

Hola.
Esto es un foro sobre armas y atendiendo a eso reconozco que es cierto que es un agravio cuando hay dos personas que cumplen con los mismos requisitos a una se le concede un derecho y a la otra no.
Pero salirse del tema de las armas y meterse con las jubilaciones de los funcionarios es otra cosa y creo que no corresponde a este foro.
Aquí tendrían que entrar muchos de los tiradores de mi club, unos jubilados de banca con 50 años, o mineros que con 42 años, se retiran cobrando unos golosos 3000 euros y que no les pagamos todos también esas jubilaciones, incluidos los funcionarios que también pagan impuestos como el resto para poder tener escuelas y hospitales.
Cierto es que a los funcionarios les han devuelto la paga extra y que no han devuelto los recortes que nos han hecho a todos en medicinas, becas...., pero tampoco la banca ha devuelto el dinero que le hemos prestado por su mala gestión pero siguen haciendo jubilaciones incentivadas.
Tampoco es lógico que una persona con licencia F se compre hoy un arma y mañana tenga la guía en su casa con su pistola y que si se la compra el Guardia Civil que le hace las guías, éste tenga que esperar un mes a recibir su guía tipo A, que luego no le permite comprar munición en el campo de tiro y en algunos casos no le deja ni participar en competiciones oficiales.
Resumiendo, hay muchas cosas mal, en el tema de armas, prácticamente todo está mal, pero no toda la culpa es de los funcionarios, que son curritos como los demás, además, las oposiciones son libres y se puede presentar cualquiera.
Saludos.

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Re: Agravio obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

Mensajepor Gosfalcon1873 » 20 May 2016 13:48

tomastr escribió:Hola.
Esto es un foro sobre armas y atendiendo a eso reconozco que es cierto que es un agravio cuando hay dos personas que cumplen con los mismos requisitos a una se le concede un derecho y a la otra no.
Pero salirse del tema de las armas y meterse con las jubilaciones de los funcionarios es otra cosa y creo que no corresponde a este foro.

Tienes razón en que no corresponde hablar de ese tema de jubilaciones de funcionarios, etc. en este foro... Pero es comprensible que la gente se "queme" en ciertas cuestiones que nada tienen que ver, y que no vienen al caso, y terminen por derivar la conversación por otros derroteros; ya que funcionarios son los que "asesoran" y redactan normas absurdas, y que terminan por afectar muy negativamente a todos, menos curiosamente a ellos...

Sirva este hilo sobre obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas, como ejemplo evidente.
:birra^: :cow:
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Re: Agravio obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

Mensajepor Gosfalcon1873 » 20 May 2016 13:49

Repetido
Última edición por Gosfalcon1873 el 20 May 2016 13:53, editado 1 vez en total.
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Re: Agravio obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

Mensajepor Gosfalcon1873 » 20 May 2016 13:50

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Última edición por Gosfalcon1873 el 20 May 2016 13:53, editado 1 vez en total.
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Re: Agravio obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

Mensajepor Gosfalcon1873 » 20 May 2016 13:52

Repetido...No sé que ha podido pasar, pero el post se ha repetido múltiple veces. Se quedó como colgado y se editó varias veces... (Culpa mía supongo).

Por favor, borrar las repeticiones.

:zombie2: :mrgreen:
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Re: Agravio obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

Mensajepor cantabro73 » 24 May 2016 17:36

Sin animo de ofenderte la c es una licencia que , seamos sinceros , tiene un uso practico muy limitado y una frecuencia de practicas bastante escasa Puedes decirme que la A esta parecida en cuanto a frecuencia y numero de practicas , pero guste o no un miembro de las fycse tiene un estatus legal diferente No hay mas que ver los examenes o las pruebas anuales de vigilantes y como a silueta a 10 metros con revolver del 38 las agrupaciones que obtienen en su mayoria son mejorables , cosa logica cuando muchos no tocan el arma mas de una vez al año por obligacion

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Re: Agravio obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

Mensajepor Gosfalcon1873 » 27 May 2016 13:45

cantabro73 escribió:Sin animo de ofenderte la c es una licencia que , seamos sinceros , tiene un uso practico muy limitado y una frecuencia de practicas bastante escasa Puedes decirme que la A esta parecida en cuanto a frecuencia y numero de practicas , pero guste o no un miembro de las fycse tiene un estatus legal diferente No hay mas que ver los examenes o las pruebas anuales de vigilantes y como a silueta a 10 metros con revolver del 38 las agrupaciones que obtienen en su mayoria son mejorables , cosa logica cuando muchos no tocan el arma mas de una vez al año por obligacion


La frecuencia de prácticas, es semejante a la que practican los mienbros de seguridad del estado. Las puntuaciones obetnidas en algunos casos son mejorables, de acuerdo... exactamente igual a como le ocurre a muchos policias, militares, etc... y no a pocos practicantes de tiro deportivo, que dicho sin ánimo de ofender a nadie, se ve de todo.

El "estatus" de vigilantes y mienbros de fuerzas de seguridad, militares, etc. evidentemente es distinto; pero no se trata de hablar de diferentes estatus... se trata de demostrar determinados conocimientos, experiencia, seguridad,etc, en referencia a la obtención de una determinada autorización (AER), y aquí, te aseguro, que al igual que existen auténticos "paquetes" en seguridad privada, también te lo puedes encontrar en las distintas policias, guardias civiles, y militares...

Dices que tiene un uso practico muy limitado y una frecuencia de practicas bastante escasa...pues eso es así, según el servicio que prestes, exactamente igual y de la misma forma que puede ocurrir en el caso de policias o guardias civiles.

Fíjate en el detalle por ejemplo; que la norma habla de quedar exentos "a todos aquellos que estén en posesión de la licencia A, o que la hayan tenido"... dándose la paradoja de que nos podemos encontrar, con antiguos poseedores de la licencia A ( es decir mienbros de fuerzas de seguridad, militares,etc.) que lleven incluso años, sin realizar ni un solo disparo con armas de fuego, o sin tocar un arma siquiera.

Un dato más... si un vigilante de seguridad, en el semestre del ejercicio puntuable, no supera el mismo; debe repetir el ejercicio... si sigue sin superarlo, pues se le retira la licencia, y debe presentarse de nuevo a examen para recuperar la misma... cosa que no ocurre a los miembros de las distintas policias, militares, o guardias civiles. Estos, en caso de no superar el ejercicio de tiro (...y ocurre con más frecuencia de lo que puedes pensar), no le retiran absolutamente nada.

En fin, como digo un agravio comparativo evidente.

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Re: Agravio obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

Mensajepor topp » 29 May 2016 20:29

Pues si señor mas que un agravio es una discriminacion. Teneis el mismo derecho que los de la A una vez que tienes la C se supone que has superado unas pruebas y ejercicios y eres apto en el manejo de armas. Si se lleva a los tribunales seguro que se ganaria y es algo que habria que mover aunque sea para tocar las pelotas de los reglamentos tan bien redactados que se hacen en este pais.
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Re: Agravio obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

Mensajepor Aceribero » 29 May 2016 21:42

Buenas tardes o lo que corresponda. A la hora de hablar de agravios son bastantes más los que sufren los miembros de las FFAA y FCSE que los "privilegios" que disfrutan, cuando un militar posee una licencia tipo A, al menos ha cursado un plan de estudios de tres cursos académicos si pertenecen a los correspondientes cuerpos generales, con muchas horas lectivas dedicadas al armamento y tiro, no solo con armas ligeras de uso propósito general, hablo de morteros ligeros, medios y pesados, ya no te digo si es artillero el uso y conocimiento de armas ligeras colectivas, automáticas y por tanto de guerra como pueda ser una mg3s (42/58), hk mg4, browninng 12,7 HB y QCB, misiles, practicas de explosivos, el uso de antiaereos de defensa inmediata como el Oerlikon 20/120, y se podría escribir bastante sobre esto, en fin si es un Guardia Civil, Policía o Militar de cuerpos comunes, sanidad, intervención etc..., han cursado al menos un curso académico con una buena carag de créditos en armamento ligero y tiro, incluido el colectivo amls, amms y amps, así como lanzagranadas etc, y a ti te parece un agravio, tan agravio como reconocerle a un enfermero del Samur un titulo de socorrista, a mi me parece un agravio que uno de estos que tienen licencia A para transferir un arma de su propiedad deba solicitar una autorización por escrito y conducto regular, en tu caso vas a la IA y procedes, que deba mantener depositada un arma hasta dos meses para la concesión de una guía de pertenencia, arma ya pagada y adquirida conforme a la ley que tan agraviosa te suena, aquí cada uno tiene sus ventajas e inconvenientes pero tu comentario denota un claro desconocimiento de los programas docentes de los centros de formación de las FFAA y FCSE. De agravio nada, más bien agraviados los funcionarios que poseen la A, por cierto soy uno de ellos, y estoy federado desde 1995, y me han puesto más trabas a la hora de documentar mis armas que a cualquier particular aún siendo primera categoría desde la primera competición, el agravio es lo que te exigen a ti con respecto a lo que me han exigido a mi para llegar a poseer armas, no soy de la idea de restringir innecesariamente la tenencia de armas, pero ante alegatos de supuestos agravios creo que se deberia exigir lo mismo a todos, ¿cuantos os quedaríais sin armas? y entiendeme que no es lo que defiendo.

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Re: Agravio obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

Mensajepor Parrish112 » 30 May 2016 00:45

Ya lo han logrado!!!!! Gracias a todos!!!

Ya hemos conseguido que alguien que se queja de su situacion tenga que sentirla lastima de otro colectivo que tambien sufre agravios!

Y entre todo esto; entre tu mas y yo mas; alguien se rie de nosotros diciendo..... Serán imbeciles? Se pegan entre ellos en vez de luchar juntos contra los que nos reimos de ellos y legislamos!

Muy bien!!!

Que si las FAS no tienen armas, que si los FFyCC tardan un mes en recibir las guias.... Y nadie escribe a quien corresponde? Nadie toma acciones legales? Me voy a callar lo que pienso de todos ustedes, menos contadas excepciones......

Me contais algo nuevo? O os vais a seguir quejando de las mismas cosas que los 200 hilos anteriores? Creo que este hilo ha nacido con un proposito,se ha hecho el escrito a la ICAE, y veremos que responden,mientras tanto, abran sus propios hilos para quejarse de sus miserias o unan sus fuerzas.

Un saludo y buenas noches!
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Re: Agravio obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

Mensajepor Parrish112 » 30 May 2016 00:46

Repetido
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Re: Agravio obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

Mensajepor Parrish112 » 30 May 2016 00:58

cantabro73 escribió:Sin animo de ofenderte la c es una licencia que , seamos sinceros , tiene un uso practico muy limitado y una frecuencia de practicas bastante escasa Puedes decirme que la A esta parecida en cuanto a frecuencia y numero de practicas , pero guste o no un miembro de las fycse tiene un estatus legal diferente No hay mas que ver los examenes o las pruebas anuales de vigilantes y como a silueta a 10 metros con revolver del 38 las agrupaciones que obtienen en su mayoria son mejorables , cosa logica cuando muchos no tocan el arma mas de una vez al año por obligacion


Le invito a ver las pruebas que realizan los escoltas privado: cuatro ejercicios anuales, con pistola, y mezclando series de precision a 25 metros, con series de dos disparos (a 10 metros en 3 segundos) a dos dianas diferentes separadas metro y medio.
Y recuerde que en todas las profesiones cuecen habas, y la seguridad no está exenta de malas personas, pero generalizar no honra a todos los que trabajan en el sector, efectivamente con un status diferente, que les deja vendidos en las intervenciones, y sin los beneficios de ser funcionario, que muchos se rien del 3% porque no han visto lo que hay fuera!!! Y he visto sueldos 300 y 400€ mas bajos que hace 5 años!!
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Re: Agravio obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

Mensajepor cantabro73 » 31 May 2016 14:15

Parrish112 escribió:
Le invito a ver las pruebas que realizan los escoltas privado: cuatro ejercicios anuales, con pistola, y mezclando series de precision a 25 metros, con series de dos disparos (a 10 metros en 3 segundos) a dos dianas diferentes separadas metro y medio.
Y recuerde que en todas las profesiones cuecen habas, y la seguridad no está exenta de malas personas, pero generalizar no honra a todos los que trabajan en el sector, efectivamente con un status diferente, que les deja vendidos en las intervenciones, y sin los beneficios de ser funcionario, que muchos se rien del 3% porque no han visto lo que hay fuera!!! Y he visto sueldos 300 y 400€ mas bajos que hace 5 años!!


No te hablo en absoluto de malas personas sino de frecuencia de uso y de entrenamiento que son cosas muy diferentes

La cantidad de vigilantes que no tocan un arma mas que para la prueba anual , sin ni siquiera portarla en servicio es importante , luego ves la prueba anual a diez metros y pasa lo que te puedes esperar de quien saca una acreditacion y no practica en doce meses Quien es muy bueno y/o se paga de su bolsillo las practicas bien y el resto pasan la prueba a duras penas si la pasan


De dinero no te hablo que se podria hablar mucho , te hablo de la condicion de miembro de fycse Efectivamente un empleado de una empresa privada de seguridad no tiene ese estatus ni tiene porque tenerlo y a eso te voy , para existrir agravio comparativo tendrias que comprar entre iguales y a dia de hoy en materia de seguridad el vigilante no esta ni mucho menos en igualdad legal con un policia , ya laboral o salarial ni hablamos

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Re: Agravio obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

Mensajepor Parrish112 » 31 May 2016 22:55

cantabro73 escribió:
No te hablo en absoluto de malas personas sino de frecuencia de uso y de entrenamiento que son cosas muy diferentes

La cantidad de vigilantes que no tocan un arma mas que para la prueba anual , sin ni siquiera portarla en servicio es importante , luego ves la prueba anual a diez metros y pasa lo que te puedes esperar de quien saca una acreditacion y no practica en doce meses Quien es muy bueno y/o se paga de su bolsillo las practicas bien y el resto pasan la prueba a duras penas si la pasan


De dinero no te hablo que se podria hablar mucho , te hablo de la condicion de miembro de fycse Efectivamente un empleado de una empresa privada de seguridad no tiene ese estatus ni tiene porque tenerlo y a eso te voy , para existrir agravio comparativo tendrias que comprar entre iguales y a dia de hoy en materia de seguridad el vigilante no esta ni mucho menos en igualdad legal con un policia , ya laboral o salarial ni hablamos


La ley dice claramente que el curso no deben hacerlo los poseedores de otras licencias, no excluye en ningun caso a los poseedores de la C, es mas, para ciertas cosas, las leyes citan a los poseedores de la A, como profesionales, y perdonenme, pero con el DRAE en la mano, puedo decir que son exactamente igual de profesionales los poseedores de la A, de la C, que un medico... o es que un medico no es un profesional de la medicina? Jajajajajaja.

Si de lo que se trata es de justificar tal exencion por el conocimiento previo de las armas, los VS las conocen, si es por medidas de seguridad, las conocen, si es por conocimiento de la ley....... son realmente pocos los policias que conocen las leyes, pues las leyes sobre armas, en este pais, son de las se usan poco :angel^: Asi que empate! Jajajajaja

En cuanto a los VS que tienen mala pericia en los ejercicios, es lo que la ley quiere, recuerdo a todos que hace 4 años sacaron una circular que eximia a los VS que no ejercian funciones armados de hacer el ejercicio de entrenamiento para abaratar costes a las empresas. Y por lo menos, los poseedores de la C tienen que pasar un examen anual, ¿que dicen las leyes sobre que un poseedor de una licencia A tenga una manifiesta impericia en el manejo de las armas tras 15 o 20 años de servicio? No conozco la respuesta, asi que espero sus replicas.

Un saludo!!!
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Re: Agravio obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

Mensajepor cantabro73 » 01 Jun 2016 15:40

Parrish112 escribió:
La ley dice claramente que el curso no deben hacerlo los poseedores de otras licencias, no excluye en ningun caso a los poseedores de la C, es mas, para ciertas cosas, las leyes citan a los poseedores de la A, como profesionales, y perdonenme, pero con el DRAE en la mano, puedo decir que son exactamente igual de profesionales los poseedores de la A, de la C, que un medico... o es que un medico no es un profesional de la medicina? Jajajajajaja.


Estas mezclando dos conceptos , por partes

1 El autor del post dice que el ve agravio comparativo , si la ley no excluye a la licencia C entonces razon de mas para que no exista ese agravio No le he prestado demasiada atencion porque en mi caso particular de tirador deportivo no tengo ese problema

2 Con el drae puedes interpretar lo que quieras , es nuestro amado funcionario de la icae quien decide si tu jocosa interpretacion vale o se la pasa por donde se suelen pasar otros recursos Como chiste no es malo eso si :D

No te creas que ataco a los vigilantes ni defiendo a la policia , solo te doy mi punto de vista y a dia de hoy el estatutus legal y profesional de un miembro de las fycs y de un vs estan tan separados o mas que cuando se creo la figura del vs

La adminsitracion en mi opinion nunca ha visto ni ha tratado a los vs como "policias" ni para esto ni para otras cosas por muy profesionales de la seguridad que sean

Por eso te digo que no me extrañaria para nada que la licencia c quedase excluida

Parrish112 escribió:En cuanto a los VS que tienen mala pericia en los ejercicios, es lo que la ley quiere, recuerdo a todos que hace 4 años sacaron una circular que eximia a los VS que no ejercian funciones armados de hacer el ejercicio de entrenamiento para abaratar costes a las empresas. Y por lo menos, los poseedores de la C tienen que pasar un examen anual, ¿que dicen las leyes sobre que un poseedor de una licencia A tenga una manifiesta impericia en el manejo de las armas tras 15 o 20 años de servicio? No conozco la respuesta, asi que espero sus replicas.

Un saludo!!!


Totalmente de acuerdo que es lo que la ley quiere , como lo de permitir la figura del auxiliar de servicios y otras muchas cosas que miran mas por el precio a la baja que por la profesionalidad o calidad del servicio



Examenes anuales pasamos todos o casi de una u otra forma , solo algunas licencias deportivas no los pasan , mejor no des ideas

Sobre una hipotetica manifiesta impericia de un funcionario tendras que remitirte a sus correspondientes normativas internas , pòrque a diferencia de ti y de mi ellos estan sujetos a un regimen especial para muchas cosas esta incluida

BOTOGE
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Re: Agravio obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.

Mensajepor BOTOGE » 01 Jun 2016 16:48

Parrish112 escribió:
cantabro73 escribió:


En cuanto a los VS que tienen mala pericia en los ejercicios, es lo que la ley quiere, recuerdo a todos que hace 4 años sacaron una circular que eximia a los VS que no ejercian funciones armados de hacer el ejercicio de entrenamiento para abaratar costes a las empresas. Y por lo menos, los poseedores de la C tienen que pasar un examen anual, ¿que dicen las leyes sobre que un poseedor de una licencia A tenga una manifiesta impericia en el manejo de las armas tras 15 o 20 años de servicio? No conozco la respuesta, asi que espero sus replicas.

Un saludo!!!


Ahí va tu réplica:


Ley 29/2014 Régimen personal Guardia Civil

Artículo 94. Pase a retiro.

1. La relación de servicios profesionales con el Cuerpo de la Guardia Civil cesa en virtud de retiro, que se declarará de oficio, o, en su caso, a instancia de parte, en los siguientes supuestos:

a) Al cumplir la edad de sesenta y cinco años, siempre que se cumplan los requisitos exigidos para ello.

b) Con carácter voluntario.

c) Por insuficiencia de condiciones psicofísicas que implique incapacidad permanente para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo.

d) Por insuficiencia de facultades profesionales.

En Baleares, sin ir más lejos hace unos 3 meses le aplicaron este artículo a uno.

Un saludo.


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