LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

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muretti
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor muretti » 27 Ene 2016 19:30

...habitación antipanico o mejor dicho una habitación con puerta de seguridad homologada para tal efecto y reja en ventana si la hubiere...

redisol
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor redisol » 27 Ene 2016 20:13

moretti gracias por tu respuesta pero la pregunta que hago es sobre el sistema de anclaje del apartado a).
Tu te refieres a las medidas 2 que es para si posees mas de cinco arma.

medidas de seguridad de las armas en exposición.
1. Las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas inscritas en el Libro Registro previsto en el artículo 107 del Reglamento de Armas, que se expongan en el interior de los domicilios, deberán poseer alguna de las medidas de seguridad siguientes, que impidan su robo o sustracción:

a) Un sistema de anclaje adecuado al medio de exposición.
b) Una vitrina dotada con cerradura y cristal con categoría de resistencia P1A de la norma UNE 356

2. Sin perjuicio de lo exigido en el apartado anterior, si el número de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas inscritas en el Libro-Registro sobrepasa las cinco unidades, la puerta de la estancia o habitación donde se expongan estará dotada de cerradura con llave, y las ventanas o huecos estarán protegidos con persianas metálicas o con rejas.

Lagrange
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Lagrange » 27 Ene 2016 21:45

muretti escribió:...a la hora de inscribir la primera arma, debes de acreditar las medidas de seguridad adoptadas y te puedo asegurar que si no son expuestas solo te vale armero homologado. ..

Valdría el mismo armero para el rifle que para el revolver?

Gracias

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor topp » 28 Ene 2016 10:20

Las medidas del punto 1 se refieren a armas que se expongan en exposición dentro de los domicilios, si yo no las expongo porque las tengo guardadas en un cajón de un armario, escondidas a la vista de los demás solo para mi deleite,no necesito medidas de seguridad. Una caja fuerte no es un medio de exposición..?
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor manchego2010 » 28 Ene 2016 12:36

topp escribió: Una caja fuerte no es un medio de exposición..?

Hombre, salvo para alguien que tenga rayos X en los ojos, creo que no.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor jrdc1 » 28 Ene 2016 20:33

Buenas!

topp escribió:Las medidas del punto 1 se refieren a armas que se expongan en exposición dentro de los domicilios, si yo no las expongo porque las tengo guardadas en un cajón de un armario, escondidas a la vista de los demás solo para mi deleite,no necesito medidas de seguridad. Una caja fuerte no es un medio de exposición..?


Bueno, si los cajones del armario son de grado III... La Orden y las Resoluciones que la acompañan no te dan más opciones: si son de colección, fijación adecuada o vitrina de seguridad, y si son de uso, armero homologado. El cajón de la mesilla - o del armario - es lo que se utilizaba hasta noviembre de 2014, y uno de los detonantes de la situación actual.

Saludos

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor tono74 » 29 Ene 2016 18:23

Hola,pregunta para los expertos, tengo un revolver replica chiappa del 22 en la antigua ae, he leido por ahi que piden tener dos armas en la nueva licencia, pero es en la ACR, en la AER, o en las dos?
Y otra pregunta, esa segunda arma, podria ser una pistola de 1946 que ya esta inscrita en libro de coleccionista, y que tiene certificado de Eibar?


Gracias, un saludo.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Wayat » 29 Ene 2016 20:47

Para tono74 :
Teniendo guiado tu Chiappas en el AE , solo pasará que cuando te caduque lo tendrás que depositar si antes no haces los siguientes pasos .
Te tienes que sacar el ACR que es la Autorización Coleccionista de Réplicas , para poner este Chiappas en el LC. ( Mi Autorización tardó casi tres meses y medio )
Una vez lo tengas en el libro , tendrás que pedir la AER Autorización Especial de Réplicas para poderlo guiar . ( Como estoy en ello no sé cuanto pueden tardar , hace 15 días que lo pedí )
Cuando lo tengas en el libro tu IA te harán firmar un documento ( es una hoja) en el cual te comprometes a adquirir otra replica de revolver .
Una pistola del 1946 no es una réplica y por lo tanto no te sirve como segunda arma de AER . Esto es lo que me dijeron en mi IA . Ya sabes que en cada dependencia no aplican los mismos criterios . Puedes preguntar en tu IA que es donde al final te tienen que atender .
Espero haberte ayudado
Saludos

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor manchego2010 » 29 Ene 2016 21:04

Wayat escribió:Cuando lo tengas en el libro tu IA te harán firmar un documento ( es una hoja) en el cual te comprometes a adquirir otra replica de revolver.


Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas.
Artículo 4. Requisitos.
1. En la solicitud de reconocimiento de la condición de coleccionista de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas deberá aportarse la siguiente documentación:
(...)
a) Titularidad de un mínimo de 2 reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas. En el supuesto de pretender obtener la condición de coleccionista respecto a una sola reproducción o réplica, deberá firmarse una declaración comprometiéndose a adquirir otra reproducción o réplica durante el año inmediatamente siguiente al reconocimiento de la condición de coleccionista.


Es al firmar la solicitud de reconocimiento de la condición de coleccionista de reproducciones o réplicas (ACR).

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Lagrange » 29 Ene 2016 21:39

Wayat escribió:Para tono74 :

Cuando lo tengas en el libro tu IA te harán firmar un documento ( es una hoja) en el cual te comprometes a adquirir otra replica de revolver .



Esa segunda replica tendría que ser otro revolver?? O vale una replica de un rifle de 1873 por ejemplo??

Saludos

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor moratalla » 29 Ene 2016 22:41

La licencia AER es sólo para revólveres de CARTUCHERÍA metálica que sean réplicas y sólo pueden cargarse con cartuchos de pólvora negra, no vale para los rifle
Un saludo
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor JordiAMX » 30 Ene 2016 00:30

moratalla escribió:La licencia AER es sólo para revólveres de CARTUCHERÍA metálica que sean réplicas y sólo pueden cargarse con cartuchos de pólvora negra, no vale para los rifle
Un saludo


Entonces las armas largas de cartucho metálico réplica de las anteriores a 1890 actualmente guiadas en AE ¿no entran en las nuevas AER y ACR?, ¿sólo se pueden guiar en D o en F?. :?
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Calatravo » 30 Ene 2016 01:46

JordiAMX escribió:
moratalla escribió:La licencia AER es sólo para revólveres de CARTUCHERÍA metálica que sean réplicas y sólo pueden cargarse con cartuchos de pólvora negra, no vale para los rifle
Un saludo


Entonces las armas largas de cartucho metálico réplica de las anteriores a 1890 actualmente guiadas en AE ¿no entran en las nuevas AER y ACR?, ¿sólo se pueden guiar en D o en F?. :?



Las armas largas tienen la misma condicion que las cortas,yo particularmente tengo guiado un rifle uberti replica winchester 1873 calibre 44 40 en la AER sin ningun problema,si es replica anterior a 1890 de cartucho metalico tiene la misma consideración que un revolver,se guia igual en AER o se inscribe en el libro como replica y en el caso de arma larga el armero exigido es de grado I, lo de pólvora negra si es un requisito obligado con esta guia,la misma arma si se guia en D la podria usar con pólvora nitro pero en AER no,aunque sea una putada es asi.
Saludos.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor moratalla » 30 Ene 2016 14:55

Tengo guiados en AER un revolver réplica Uberti del 22 y otro revolver réplica Uberti del 45, pregunté específicamente para guiar un rifle réplica de Uberti y me dijeron que no, que en AER sólo guiaban revólveres réplicas de cartuchería metálica; si a tí te lo han guiado volveré a preguntar en mi intervención de armas y si me dicen que no , escribiré a la Intervención Central de Armas y con la respuesta en la mano volveré a la intervención de armas; también es cierto que esta pregunta la hice al principio de tener la AER y puede ser que después unificaran criterios o que tu intervención tiene un criterio consecuente y otras no.
Ya os contaré
Un saludo
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor drana » 30 Ene 2016 15:45

Tengo una réplica de una win 1886 en 45-70, guiada en D, pero con bope y defensa y me han dicho en mi IA, q no hay pega para guiarla cuando tenga la condición de coleccionista, ACR.....

Salu2 al foro!!!

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor drana » 30 Ene 2016 15:47

Oppsss, quise decir, meterla en el libro de coleccionista de réplicas....

Salu2 al foro!!!

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor manchego2010 » 30 Ene 2016 18:03

moratalla escribió:me dijeron que no, que en AER sólo guiaban revólveres réplicas de cartuchería metálica; si a tí te lo han guiado volveré a preguntar en mi intervención de armas y si me dicen que no , escribiré a la Intervención Central de Armas

No hace falta, porque es evidente que se pueden guiar.
Si tienen alguna duda, que no la hay no tienen más que leer la Resolución de 27 de marzo de 2015, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad para guardar las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas en domicilios particulares y la Resolución de 27 de marzo de 2015, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las pruebas de capacitación para la obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.
La primera prevé medidas de seguridad distintas según se trate de armas cortas o largas y la segunda regula las pruebas y las exenciones distinguiendo expresamente los casos en que se trata de armas cortas y largas, lo que obviamente implica que se pueden guiar réplicas de armas largas en AER.
Ahora bien, si se dispone de la licencia D, a mi me parece más práctico guiarlas en D por el tema de la pólvora negra.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Wayat » 30 Ene 2016 18:04

Hola drana : Con la ACR no te guian nada , te meten las armas ( réplicas ) en el libro para luego sacarlas cuando tengas el AER , con esta Autorización si que te las guian.
Yo te aconsejaría antes de sacar el Winchester de la D , ir a tu IA y preguntar , no sea que la tengas que depositar .
Recuerda que tardan mucho en enviarte la ACR ( Autorización Coleccionista de Réplicas ) y luego tardaras también en lograr la AER ( Autorización Especial Réplicas ) .
Saludos


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