Buenos días Enrique. Somos amigos desde hace muchos años, lo de Sr. sobra. Por otra parte, prefiero que me pongan rojo un día, que ciento colorado.
Voy a intentar de forma "resumida" aclarar algunas cuestiones que aparentemente aun no lo están.
Mi primera entrada en este tema aparece cuando Godoy clava esto en el foro: “ En vez de criticar lo que han hecho desinteresadamente unos cuantos aficionados, me preocuparía mucho más de la propuesta de nuestra querida REFEDETO, que muy pocos conocen”. Ósea, es evidente que Luis conocía la existencia de esa propuesta.
No sé si alegrarme o no de ser uno de los “varones”, como dices tú, aunque como dice Luis no represento más allá del 1% de los tiradores, luego poco pinto yo.
Me dices que me pediste ayuda, cierto, pero no dices lo que yo te contesté. No soy nadie en la Federación.
Tengo alguna experiencia y conocimientos sobre el asunto campos de tiro y sobre la modalidad que llevo practicando desde 1987. Componente del Equipo Nacional desde 1993, títulos, algunos, presidente de un campo de tiro conocido en toda España, precisamente por el IPSC, organizador de más 100 competiciones, además de ser de los pocos que han construido un campo de tiro recientemente y tiene la normativa bastante clara. Y además me gusta. Pero..., hay pero, mi opinión en la Federación cuenta lo que la tuya, NADA.
Durante estos años, la RFEDETO ha sido aconsejada por esos “salva patrias”, especialistas en la modalidad, el dominio arbitral y alguna ayuda tonta de ciertos tiradores que, durante años han luchado contra mí porque yo luchaba contra la Federación, y ahora tengo yo la culpa de los problemas con los campos. El tiempo me ha dado la razón y de los vientos que se crearon, y nadie quiso parar, hoy tenemos las tempestades.
Cuando Cataluña estuvo cuatro años sin tirar, sólo un tirador estuvo reunido con el coronel del ICAE. El mindundi de Ballesteros. A resultas de la entrevista, y como extracto de la misma, presenté un informe en la Federación con objeto de sentarnos y elaborar un verdadero proyecto sobre campos de tiro. ¿Qué decías de Manolete? Evidentemente pasaron de mí.
¿Que defiendo yo a la Federación Española o a su gente? Yo no puedo defender la opinión de gente que no sabe de esto, yo no voy a defender a aquellos que piden para sí mismos, yo no voy a defender aquellos que no tienen capacidad de analizar el mundo deportivo del IPSC. De todo esto está llena la Federación. A mí, NO. Acúsame de lo que quieras, pero de esto NO. Soy el tirador al que más han “puteado” (perdón por la expresión). Puedo editar un libro, y que nadie venga a decirme, a mí también. A nadie, repito, a nadie, le han hecho lo que me han hecho a mí. sirva de ejemplo que sólo dos tiradores han sido expedientados en el IPSC, Lorena Ballesteros y Juan Carlos Ballesteros, y no lo han sido por temas deportivos, sino por no callarnos.
Con ya he dicho, con el Sr. Macías, tampoco me he callado, y como me conoce sabe que no lo voy hacer. Pero cuando intenta realizar un trabajo, por supuesto, a través de la RFEDETO, como Vicepresidente de la misma, con la intención de sacar del lodo este asunto, y pide colaboración, mía y de otros cuatro tiradores, que yo sepa, como comprenderás no le voy a decir que no. Pero te digo más, si alguien como Rodrigo de Mesa, no válido para mí como presidente, me pide colaboración, también se la hubiera prestado. No te confundas. Primero el tiro, porque es lo que beneficia a los míos.
Y con estos dos puntos quisiera cerrar el asunto definitivamente, por mi parte, porque no me vais a sacar de la opinión que tengo.
Yo no defiendo lo que haya presentado la RFEDETO en la ICAE. Ni si quiera sé qué parte admitirán del mismo, si es que admiten algo. Pero no soy yo quien tiene que mostrar esa normativa. En cualquier caso, es una normativa nacional, como no puede ser de otra forma, y de lo que yo conozco sólo habla de campos de tiro y tipo de stages. Algo que quiero para mi club, y quien conoce mi club sabe que es válido para todos.
No estoy en contra de Godoy, estoy en contra de normativas territoriales. La normativa debe ser nacional y servirá para todos en las mismas condiciones. Y que hable de campos de tiro. No se puede poner en manos de cada una de las territoriales el sí o no a un campo de tiro, el sí o no a las competiciones y la obligación de que un “técnico federativo” tenga que estar presente en los entrenamientos. Además de vosotros, que hablen los demás tiradores y digan si están de acuerdo, porque si lo están..., señores, poco se entrenará en España o todos tendrán que sacarse el curso de técnico entrenador. Eso sí que le interesará a las territoriales.
Juan Carlos Ballesteros
NORMATIVA EXTREMEÑA RRTT IPSC
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Re: NORMATIVA EXTREMEÑA RRTT IPSC
Es de agradecer algunas opiniones vertidas en este foro y en las redes sociales, porque nos indican que se está trabajando en el camino correcto.
Se está intentando hablar y recabar información de la mayor gente posible por lo tanto estamos a disposición de quien nos quiera transmitir su opinión constructiva a fedexto@gmail.com.
Hasta ahora en opiniones que considero negativas y mas destructivas que constructivas ni siquiera se ha argumentado porqué no son válidas estas normas o por que perjudicar, solo que son malas porque son malas y que perjudican porque perjudican, sin ningún argumento motivado.
Hoy mismo un compañero cuyo club que ha celebrado muchas competiciones de IPSC me comenta que tiene ahora problemas, como no, con los criterios de interpretación del correspondiente miembro benemérito, por eso cuando antes exista una normativa objetiva que se puede aplicar y cumplir, antes se arreglará esta situación. Y no nos engañemos, en cualquier momento se nos puede ir de nuestra zona ese Interventor que nos entiende y nos comprende y venir otro profesional que cuanto menos no tiene por qué conocer una modalidad como la nuestra.
Como un mero ejemplo, resulta que actualmente no se puede entrenar IPSC, no se pueden hacer (o se complica mucho por tener que obtener una autorización de subdelegación del gobierno, ambulancias, etc, etc) cursos PRACTICOS ni de habilitación, ni de perfeccionamiento de IPSC legalmente hablando, etc, etc.
Resulta que si con esta normativa, llámese Extemeña, Madrileña, Valenciana, Andaluza, etc, etc, aún con la presencia de ese técnico, es posible llevar a cabo entrenamientos y cursos de formación y con ello mejorar más aun si cabe la seguridad, es totalmente objetivo que habremos ganado algo, podremos hacer legalmente algo que antes no podíamos hacer. Lo que si es claro y evidente que la autoridad competente no nos va a permitir hacer entrenamientos a nuestro libre albedrío y sin control alguno, el salto sería demasiado grande.
Seamos serios en la normativa que se lleve a efecto deben quedar medianamente satistechos los tiradores y clubes y medianamente satisfechos las fuerzas actuantes y todos deben hacer concesiones. En todo caso si os fijais esta norma establece unos parámetros cuantificables en medidas que prácticamente cumplen todos los campos de España por una simple razón; si en los últimos años en RRTT IPSC se han registrado un 0% de accidentes con arma de fuego en esta práctica deportiva tan solo hay que mantener las estructuras e instalaciones y no inventar nada nuevo para que esta estadística se mantenga.
Solo hay que navegar por la red para comprobar que en el sector de la caza hay anualmente una media de 2825 accidentes con armas de fuego con heridos y 24 muertes al año, ello quiere decir que somo un ejemplo en cuanto a seguridad a pesar de desarrollar una disciplina en movimiento y tenemos que sentirnos MUY SATISFECHOS, por ello.
Nosotros tenemos que decidir si buscamos una opción de futuro y nueva, a la planteada hasta la fecha por la REFEDETO o nos mantenemos como en los últimos años bajo sus faldas y dominio. Por que como ya he dicho si se está explorando y trabajando en esta via autonómica, es porque la Federación Nacional, la REFEDETO, ha dejado tirados y abandonados, como siempre, a quiénes han tenido problemas en sus respectivos campos.
Por ello señores Presidentes, responsables de RRTT IPSC de las Federaciones Autonómicas, Clubes Locales, Tiradores de la escuadra de oro o del montón, NOS UNIMOS O SEGUIMOS DIVIDIDOS?
Se está intentando hablar y recabar información de la mayor gente posible por lo tanto estamos a disposición de quien nos quiera transmitir su opinión constructiva a fedexto@gmail.com.
Hasta ahora en opiniones que considero negativas y mas destructivas que constructivas ni siquiera se ha argumentado porqué no son válidas estas normas o por que perjudicar, solo que son malas porque son malas y que perjudican porque perjudican, sin ningún argumento motivado.
Hoy mismo un compañero cuyo club que ha celebrado muchas competiciones de IPSC me comenta que tiene ahora problemas, como no, con los criterios de interpretación del correspondiente miembro benemérito, por eso cuando antes exista una normativa objetiva que se puede aplicar y cumplir, antes se arreglará esta situación. Y no nos engañemos, en cualquier momento se nos puede ir de nuestra zona ese Interventor que nos entiende y nos comprende y venir otro profesional que cuanto menos no tiene por qué conocer una modalidad como la nuestra.
Como un mero ejemplo, resulta que actualmente no se puede entrenar IPSC, no se pueden hacer (o se complica mucho por tener que obtener una autorización de subdelegación del gobierno, ambulancias, etc, etc) cursos PRACTICOS ni de habilitación, ni de perfeccionamiento de IPSC legalmente hablando, etc, etc.
Resulta que si con esta normativa, llámese Extemeña, Madrileña, Valenciana, Andaluza, etc, etc, aún con la presencia de ese técnico, es posible llevar a cabo entrenamientos y cursos de formación y con ello mejorar más aun si cabe la seguridad, es totalmente objetivo que habremos ganado algo, podremos hacer legalmente algo que antes no podíamos hacer. Lo que si es claro y evidente que la autoridad competente no nos va a permitir hacer entrenamientos a nuestro libre albedrío y sin control alguno, el salto sería demasiado grande.
Seamos serios en la normativa que se lleve a efecto deben quedar medianamente satistechos los tiradores y clubes y medianamente satisfechos las fuerzas actuantes y todos deben hacer concesiones. En todo caso si os fijais esta norma establece unos parámetros cuantificables en medidas que prácticamente cumplen todos los campos de España por una simple razón; si en los últimos años en RRTT IPSC se han registrado un 0% de accidentes con arma de fuego en esta práctica deportiva tan solo hay que mantener las estructuras e instalaciones y no inventar nada nuevo para que esta estadística se mantenga.
Solo hay que navegar por la red para comprobar que en el sector de la caza hay anualmente una media de 2825 accidentes con armas de fuego con heridos y 24 muertes al año, ello quiere decir que somo un ejemplo en cuanto a seguridad a pesar de desarrollar una disciplina en movimiento y tenemos que sentirnos MUY SATISFECHOS, por ello.
Nosotros tenemos que decidir si buscamos una opción de futuro y nueva, a la planteada hasta la fecha por la REFEDETO o nos mantenemos como en los últimos años bajo sus faldas y dominio. Por que como ya he dicho si se está explorando y trabajando en esta via autonómica, es porque la Federación Nacional, la REFEDETO, ha dejado tirados y abandonados, como siempre, a quiénes han tenido problemas en sus respectivos campos.
Por ello señores Presidentes, responsables de RRTT IPSC de las Federaciones Autonómicas, Clubes Locales, Tiradores de la escuadra de oro o del montón, NOS UNIMOS O SEGUIMOS DIVIDIDOS?
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Re: NORMATIVA EXTREMEÑA RRTT IPSC
De verdad que no se entiende que habiendo gente tan válida pegándose por la supervivencia de la modalidad no sea posible encontrar puntos de encuentro para olvidar enfrentamientos pasados, sumar fuerzas y obligar a moverse a la dichosa federación nacional... Qué rabia.
MI comprensión para los que están "quemados" y mi ánimo para los que os estáis moviendo. Gracias.
MI comprensión para los que están "quemados" y mi ánimo para los que os estáis moviendo. Gracias.
Re: NORMATIVA EXTREMEÑA RRTT IPSC
PUBLICO UNA NOTA QUE NOS VIENE DESDE EL CLUB ENSIDESA GIJON, A TRAVES DE FACEBOOK
Eduardo Fernández. Siguiendo la información recibida de la Federación Extremeña, el Cub de Tiro Ensidesa Gijón, está trabajando en la misma dirección de la citada Federación (la Extremeña). Lamentablemente, a pesar de la información que se le ha enviado, la Federación Asturiana nada hace al respecto. Por otro lado el Sr. Rodrigo de MESA, al que le he enviado y puesto en conocimiento nuestros problemas, "PROMETIÓ HACER ALGO", pero hasta la fecha, seguimos con los mismos problemas que hace dos meses (cunado fuimos advertidos por la autoridad competente por encontrar un socio "probando un arma" en las instalaciones sin permiso. Para cualquier acción, CONTAR CON NOSOTROS. Club De Tiro Ensidesa Gijón
Eduardo Fernández. Siguiendo la información recibida de la Federación Extremeña, el Cub de Tiro Ensidesa Gijón, está trabajando en la misma dirección de la citada Federación (la Extremeña). Lamentablemente, a pesar de la información que se le ha enviado, la Federación Asturiana nada hace al respecto. Por otro lado el Sr. Rodrigo de MESA, al que le he enviado y puesto en conocimiento nuestros problemas, "PROMETIÓ HACER ALGO", pero hasta la fecha, seguimos con los mismos problemas que hace dos meses (cunado fuimos advertidos por la autoridad competente por encontrar un socio "probando un arma" en las instalaciones sin permiso. Para cualquier acción, CONTAR CON NOSOTROS. Club De Tiro Ensidesa Gijón
Re: NORMATIVA EXTREMEÑA RRTT IPSC
Agradecer a quienes se están interesando por esta normativa en privado y están vislumbrando el camino a seguir, y esperemos que junto con otras normativas que se presenten y aprueben finalmente se encuentre la regulación que tanto deseamos
Re: NORMATIVA EXTREMEÑA RRTT IPSC









Si bien la norma aprobada en asamblea tiene sus dibujos y gráficos éstos no pueden ser publicados en el diario oficial.
Re: NORMATIVA EXTREMEÑA RRTT IPSC
Quiero dar las gracias a los compañeros que han transmitido su apoyo y consideración en cuanto acontece esta normativa, así como a aquellos que en privado, opinan, consultan y quieren saber algo mas.
GRACIAS
GRACIAS
Re: NORMATIVA EXTREMEÑA RRTT IPSC
Os pongo las respuestas a unas preguntas que me hace un compañero por privado, por si pueden ser del interés de otros:
Entiendo que conoces y estás al día que el año pasado la ICAE, tiene intención de regular los RRTT, y la REFEDETO presenta una propuesta de normativa para regularlo. La normativa extremeña, solo de aplicación desde el punto de vista deportivo y nunca desde la seguridad ciudadana (ya está consultado que no se vulneran las competencias a quien las tiene por Ley) y pretende dar una idea para que la Autoridad Competente dicte una regulación de los Recorridos de Tiro, bien como Orden Ministerial, Resolución de la DGGC, resolución de la CIPAE, Orden, Circular, etc, etc, que deberán tener en cuenta los Interventores, u otros, para emitir sus informes sobre las competiciones en campos eventuales de RRTT. Es decir LA NORMA, no la dictaría la federación, sino el GOBIERNO.
Todo el mundo sabe que las competiciones de RRTT se amparan en el art. 149.3 del Reglamento de Armas y las autoriza el Delegado o Subdelagado del Gobierno, según proceda, que si bien por costumbre el informe lo hace la Intervención de Armas, ninguna Ley o norma dice quien tiene que hacer este informe o informar al respecto. Esto está plenamente clarificado e interpretado en una resolución de la ICAE o CIPAE especifica sobre recorridos, que dice que se aplicará hasta que "se aprueben las normas que regulen la modalidad". Y todos los que hacen competiciones de nuestra modalidad se basa en esta fórmula. Por ello no procede el art. 152 y otros, solo el 149.3, no lo digo yo, sino la resolución de la ICAE/CIPAE.
Intentar cambiar esto, es absurdo y una pérdida de tiempo, pues supondría modificar el Reglamento de Armas, cosa que el Gobierno no lo va a hacer a corto plazo es decir en al menos 5 años mas o menos. Además suenan rumores que la normativa de la REFEDETO, nos haría pasar por caja a tiradores, clubes y federaciones, una vez más y como siempre ya estamos habituados. Por lo tanto la normativa extremeña no va a dirigida a cambiar el art. 149.3 RA, sino de alguna forma a complementarlo o reforzarlo.
Es precisamente en este punto, donde la normativa que ha presentado la REFEDETO al ICAE donde se estrella, porque su implementación supondría, hasta donde yo conozco, reformar el RA, cosa inviable según lo ya expuesto. En ningún caso la normativa extremeña (o madrileña, o andaluza o como quiera llamarse) no pretende ni modificar el RA, ni interferir en competencias del Estado o la GC, solo regular el DEPORTE.
Por lo tanto la normativa gubernamental que se dicte, cuya formula corresponde al Gobierno decidir si es Orden Ministerial, Resolución de la DGGC, Decreto, etc, etc (pero siempre inferior el RD, del RA) constituiría unas directrices o unas bases a las cuales deberán ajustarse los interventores de armas para emitir un informe favorable/desfavorable y posteriormente autorizada por la Subdelegación/Delegación del Gobierno. Es decir, estas bases eliminarían el informe subjetivo y personal del un interventor en favor de unas normas, medidas y directrices que evitarían conductas arbitrarías y que buscarían la homogeneización e igualdad en todo el territorio nacional mediante la unificación de criterios a seguir. Es decir que si la norma dice que un espaldón tiene que tener 2 m. de altura y el guardia mide y tiene 2 metros de altura, tiene que autorizarlo, es decir una norma o regulación que se puede aplicar y exigir de forma objetiva.
Mi entrada en escena siempre ha sido por pura casualidad de estar en el lugar concreto en un momento dado, pero no voy a dejar de aprovechar la oportunidad que la vida me ha dado de intentar cambiar las cosas, la otra opción que es quedarme tumbado en el sofá me gusta un poco menos.
Ahora te pregunto yo tu opinión sobre una cuestión, y que me des la explicación que consideras lógica. Resulta que tiro con arco se autoriza al amparo del famoso ya articulo 149.3 RA, claro está como no puede ser de otra forma por el Delegado/Subdelegado del gobierno, pero habida cuenta que no hay ninguna regulación estatal, se aplica, la Regulación de la Federación Autonómica de Tiro con Arco, y esta Federación, emite un informe favorable en base a su normativa que sirve para que la Subdelegación dicte su autorización, sin que la GC intervenga para nada. Que te parece esta fórmula? En caso de querer aplicarla en toda España y trasladada a los RRTT, que nos faltaría en la actualidad que no tenemos y que Extremadura si tiene?
Que ocurre cuando una normativa de la Federación es publicada en el DOE? Pues que previamente ha sido revisada y examinada por la Dirección General de Deportes y si sigue adelante quiere decir que no vulnera ninguna normativa vigente, que se adecua a las competencias y que una vez publicada forma parte del ordenamiento jurídico. Es decir pasaría a ser una Ley deportiva que podrá ser de aplicación hasta que una Ley gubernativa de rango superior la contradiga, momento en el cual la norma superior deroga o deja sin efecto la norma inferior.
Por qué hacer una normativa autonómica? Pues tal como se ha expuesto por la simple impasibidad de la REFEDETO y ahora nos damos cuenta que las Federaciones Autonómicas tienen mas competencias de las que en principio conocíamos, te recuerdo que hay 17 Leyes del Deporte de las CCAA, tambien 17 Leyes de Caza, etc, etc, por lo que la competencia autonómica está plenamente contrastada.
Sinceramente no se donde llegará esta normativa y trabajo realizado, pero si tengo claro que habré cumplido con el compromiso que he adquirido y habré intentado cambiar las cosas mientras todos o la mayoría esperan sentados, porque lo que si está claro que la suerte suele sonreir al que la busca, pero nunca al que ni siquiera se dedica a encontrarla.
Finalmente como ya he dicho soy tan solo un tirador mediocre y un simple idealista que no tiene relevancia alguna en esto de los recorridos y que por supuesto tengo muchas posibilidades que no ser tenido en cuenta ni ser escuchado por nadie, aunque si resulta que hipotéticamente alguien hace caso a mis sugerencias e ideas, al menos se ganaría algo que ahora no tenemos.
Al menos espero haberme explicado y que al menos entiendas lo que quiero decir.
Entiendo que conoces y estás al día que el año pasado la ICAE, tiene intención de regular los RRTT, y la REFEDETO presenta una propuesta de normativa para regularlo. La normativa extremeña, solo de aplicación desde el punto de vista deportivo y nunca desde la seguridad ciudadana (ya está consultado que no se vulneran las competencias a quien las tiene por Ley) y pretende dar una idea para que la Autoridad Competente dicte una regulación de los Recorridos de Tiro, bien como Orden Ministerial, Resolución de la DGGC, resolución de la CIPAE, Orden, Circular, etc, etc, que deberán tener en cuenta los Interventores, u otros, para emitir sus informes sobre las competiciones en campos eventuales de RRTT. Es decir LA NORMA, no la dictaría la federación, sino el GOBIERNO.
Todo el mundo sabe que las competiciones de RRTT se amparan en el art. 149.3 del Reglamento de Armas y las autoriza el Delegado o Subdelagado del Gobierno, según proceda, que si bien por costumbre el informe lo hace la Intervención de Armas, ninguna Ley o norma dice quien tiene que hacer este informe o informar al respecto. Esto está plenamente clarificado e interpretado en una resolución de la ICAE o CIPAE especifica sobre recorridos, que dice que se aplicará hasta que "se aprueben las normas que regulen la modalidad". Y todos los que hacen competiciones de nuestra modalidad se basa en esta fórmula. Por ello no procede el art. 152 y otros, solo el 149.3, no lo digo yo, sino la resolución de la ICAE/CIPAE.
Intentar cambiar esto, es absurdo y una pérdida de tiempo, pues supondría modificar el Reglamento de Armas, cosa que el Gobierno no lo va a hacer a corto plazo es decir en al menos 5 años mas o menos. Además suenan rumores que la normativa de la REFEDETO, nos haría pasar por caja a tiradores, clubes y federaciones, una vez más y como siempre ya estamos habituados. Por lo tanto la normativa extremeña no va a dirigida a cambiar el art. 149.3 RA, sino de alguna forma a complementarlo o reforzarlo.
Es precisamente en este punto, donde la normativa que ha presentado la REFEDETO al ICAE donde se estrella, porque su implementación supondría, hasta donde yo conozco, reformar el RA, cosa inviable según lo ya expuesto. En ningún caso la normativa extremeña (o madrileña, o andaluza o como quiera llamarse) no pretende ni modificar el RA, ni interferir en competencias del Estado o la GC, solo regular el DEPORTE.
Por lo tanto la normativa gubernamental que se dicte, cuya formula corresponde al Gobierno decidir si es Orden Ministerial, Resolución de la DGGC, Decreto, etc, etc (pero siempre inferior el RD, del RA) constituiría unas directrices o unas bases a las cuales deberán ajustarse los interventores de armas para emitir un informe favorable/desfavorable y posteriormente autorizada por la Subdelegación/Delegación del Gobierno. Es decir, estas bases eliminarían el informe subjetivo y personal del un interventor en favor de unas normas, medidas y directrices que evitarían conductas arbitrarías y que buscarían la homogeneización e igualdad en todo el territorio nacional mediante la unificación de criterios a seguir. Es decir que si la norma dice que un espaldón tiene que tener 2 m. de altura y el guardia mide y tiene 2 metros de altura, tiene que autorizarlo, es decir una norma o regulación que se puede aplicar y exigir de forma objetiva.
Mi entrada en escena siempre ha sido por pura casualidad de estar en el lugar concreto en un momento dado, pero no voy a dejar de aprovechar la oportunidad que la vida me ha dado de intentar cambiar las cosas, la otra opción que es quedarme tumbado en el sofá me gusta un poco menos.
Ahora te pregunto yo tu opinión sobre una cuestión, y que me des la explicación que consideras lógica. Resulta que tiro con arco se autoriza al amparo del famoso ya articulo 149.3 RA, claro está como no puede ser de otra forma por el Delegado/Subdelegado del gobierno, pero habida cuenta que no hay ninguna regulación estatal, se aplica, la Regulación de la Federación Autonómica de Tiro con Arco, y esta Federación, emite un informe favorable en base a su normativa que sirve para que la Subdelegación dicte su autorización, sin que la GC intervenga para nada. Que te parece esta fórmula? En caso de querer aplicarla en toda España y trasladada a los RRTT, que nos faltaría en la actualidad que no tenemos y que Extremadura si tiene?
Que ocurre cuando una normativa de la Federación es publicada en el DOE? Pues que previamente ha sido revisada y examinada por la Dirección General de Deportes y si sigue adelante quiere decir que no vulnera ninguna normativa vigente, que se adecua a las competencias y que una vez publicada forma parte del ordenamiento jurídico. Es decir pasaría a ser una Ley deportiva que podrá ser de aplicación hasta que una Ley gubernativa de rango superior la contradiga, momento en el cual la norma superior deroga o deja sin efecto la norma inferior.
Por qué hacer una normativa autonómica? Pues tal como se ha expuesto por la simple impasibidad de la REFEDETO y ahora nos damos cuenta que las Federaciones Autonómicas tienen mas competencias de las que en principio conocíamos, te recuerdo que hay 17 Leyes del Deporte de las CCAA, tambien 17 Leyes de Caza, etc, etc, por lo que la competencia autonómica está plenamente contrastada.
Sinceramente no se donde llegará esta normativa y trabajo realizado, pero si tengo claro que habré cumplido con el compromiso que he adquirido y habré intentado cambiar las cosas mientras todos o la mayoría esperan sentados, porque lo que si está claro que la suerte suele sonreir al que la busca, pero nunca al que ni siquiera se dedica a encontrarla.
Finalmente como ya he dicho soy tan solo un tirador mediocre y un simple idealista que no tiene relevancia alguna en esto de los recorridos y que por supuesto tengo muchas posibilidades que no ser tenido en cuenta ni ser escuchado por nadie, aunque si resulta que hipotéticamente alguien hace caso a mis sugerencias e ideas, al menos se ganaría algo que ahora no tenemos.
Al menos espero haberme explicado y que al menos entiendas lo que quiero decir.
Re: NORMATIVA EXTREMEÑA RRTT IPSC
Después de hablar un día si y otro también con unos y otros sobre esta normativa y sobre la normativa de la REFEDETO, al menos me satisface que la gente se está moviendo y trabajando y los clubes y federaciones no se están quedando parados, lo que me parece mas importante que cualquier normativa en si misma.
Podemos conseguirlo, podemos ponernos de acuerdo para que los RRTT IPSC sean una realidad regulada en España, os animo a los que todavía estáis parados que empecéis a trabajar para poder cambiar las cosas y el ganador sea el deporte que más nos gusta.

Podemos conseguirlo, podemos ponernos de acuerdo para que los RRTT IPSC sean una realidad regulada en España, os animo a los que todavía estáis parados que empecéis a trabajar para poder cambiar las cosas y el ganador sea el deporte que más nos gusta.







Re: NORMATIVA EXTREMEÑA RRTT IPSC
NOTA IMPORTANTE COPA PRESIDENTE VALDEMORO EL 2 DE ABRIL DE 2016
"Ante la imposición de un cambio en la normativa de RRTT, que afecta al normal desarrollo de la I Fase de la C.P que el C.D.C.M había aceptado organizar en las condiciones vigentes en el momento de su aprobación por la Asamblea General de la RFEDETO, es por lo que la Junta Directiva de este Club, en reunión del día de la fecha, ha acordado declinar la responsabilidad de organizar la I Fase de la CP al no poder cumplir con las expectativas del normal desarrollo de la misma.
No obstante, y ante el perjuicio que puede suponer a los tiradores y buscando siempre una solución al problema generado por el colegio nacional de jueces árbitros de esa RFEDETO, el club ofrece la posibilidad de que sea esta Federación la que organice el evento en nuestras instalaciones, bajo su responsabilidad, y en las condiciones marcadas por ellos mismos, para lo cual estamos dispuestos a llegar a un acuerdo de cesión
Después de lo hablado en los últimos días me alegro cada día mas de haber iniciado la aprobación de la normativa autonómica, está claro que es el futuro para los RRTT IPSC o.........será esta misma REFEDETO la que va a regular la modalidad? Ya ha demostrado que le importa un bledo los clubes, los tiradores y san pedro de alcántara.
Para mí está claro que incluso que la normativa presentada por la Refedeto a la ICAE, con la buena voluntad de los que han hecho aportaciones, fuera estupenda, ¿ALGUIEN PIENSA QUE A ESTAS ALTURAS SI LA REFEDETO ESTÁ PARA SERVIR A LOS RRTT IPSC O PARA APROVECHARSE DE ELLOS Y ESTRUJARLOS? Mucho me temo que, una vez más dejará a sus colaboradores con el culo al aire y como colaboradores de los devaneos de la Federación Nacional, por ello una normativa autonómica, sin mangoneo de la REFEDETO, cada día cobra más sentido y lógica, el tiempo dará la razón a quien la tenga.
"Ante la imposición de un cambio en la normativa de RRTT, que afecta al normal desarrollo de la I Fase de la C.P que el C.D.C.M había aceptado organizar en las condiciones vigentes en el momento de su aprobación por la Asamblea General de la RFEDETO, es por lo que la Junta Directiva de este Club, en reunión del día de la fecha, ha acordado declinar la responsabilidad de organizar la I Fase de la CP al no poder cumplir con las expectativas del normal desarrollo de la misma.
No obstante, y ante el perjuicio que puede suponer a los tiradores y buscando siempre una solución al problema generado por el colegio nacional de jueces árbitros de esa RFEDETO, el club ofrece la posibilidad de que sea esta Federación la que organice el evento en nuestras instalaciones, bajo su responsabilidad, y en las condiciones marcadas por ellos mismos, para lo cual estamos dispuestos a llegar a un acuerdo de cesión
Después de lo hablado en los últimos días me alegro cada día mas de haber iniciado la aprobación de la normativa autonómica, está claro que es el futuro para los RRTT IPSC o.........será esta misma REFEDETO la que va a regular la modalidad? Ya ha demostrado que le importa un bledo los clubes, los tiradores y san pedro de alcántara.
Para mí está claro que incluso que la normativa presentada por la Refedeto a la ICAE, con la buena voluntad de los que han hecho aportaciones, fuera estupenda, ¿ALGUIEN PIENSA QUE A ESTAS ALTURAS SI LA REFEDETO ESTÁ PARA SERVIR A LOS RRTT IPSC O PARA APROVECHARSE DE ELLOS Y ESTRUJARLOS? Mucho me temo que, una vez más dejará a sus colaboradores con el culo al aire y como colaboradores de los devaneos de la Federación Nacional, por ello una normativa autonómica, sin mangoneo de la REFEDETO, cada día cobra más sentido y lógica, el tiempo dará la razón a quien la tenga.
NORMATIVA EXTREMEÑA RRTT IPSC
Hace unas semanas la Federación Extremeña de Tiro Olímpico, aprobaba, gracias a la colaboración desinteresada de Clubes, Federaciones Autonómicas, Tiradores, Técnicos, Árbitros, etc, el primer Reglamento Autonómico de Instalaciones y Competiciones de RRTT IPSC, un hecho muy importante para la regulación de nuestra modalidad.
Hace un par de días, la Dirección General de Deportes de Extremadura, ha aprobado mediante resolución (como si fuera una Ley deportiva) este Reglamento de Instalaciones y Competiciones para RRTT IPSC (la normativa de la REDEDETO no tiene ni rango ni eficacia jurídica) y ha sido enviada al DOE para su publicación y obligado cumplimiento.
Una vez publicada en el DOE esta norma jurídica, por parte de esta Federación se pedirá a los diferentes estamentos de la Guardia Civil y de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, que la tengan en cuenta, en defecto de otra norma jurídica que regule la modalidad.
Después de este fin de semana un buen número de federaciones autonómicas están interesadas por estudiar adoptar y aprobar un reglamento similar habida cuenta que entendemos que es el camino a seguir para que la regulación de los RRTT IPSC sea una realidad.
En este sentido hay que tener en cuenta que por otro lado las gestiones y negociaciones que se estan llevando a cabo por la REFEDETO podrían suponer intentar monopolizar la regulación y campos de RRTT IPSC por la Federación Española, lo que entendemos que perjudicaría enormemente el deporte y la modalidad.
Hace un par de días, la Dirección General de Deportes de Extremadura, ha aprobado mediante resolución (como si fuera una Ley deportiva) este Reglamento de Instalaciones y Competiciones para RRTT IPSC (la normativa de la REDEDETO no tiene ni rango ni eficacia jurídica) y ha sido enviada al DOE para su publicación y obligado cumplimiento.
Una vez publicada en el DOE esta norma jurídica, por parte de esta Federación se pedirá a los diferentes estamentos de la Guardia Civil y de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, que la tengan en cuenta, en defecto de otra norma jurídica que regule la modalidad.
Después de este fin de semana un buen número de federaciones autonómicas están interesadas por estudiar adoptar y aprobar un reglamento similar habida cuenta que entendemos que es el camino a seguir para que la regulación de los RRTT IPSC sea una realidad.
En este sentido hay que tener en cuenta que por otro lado las gestiones y negociaciones que se estan llevando a cabo por la REFEDETO podrían suponer intentar monopolizar la regulación y campos de RRTT IPSC por la Federación Española, lo que entendemos que perjudicaría enormemente el deporte y la modalidad.
NORMATIVA EXTREMEÑA RRTT IPSC
Como continuación al trabajo que desde la Federación Extremeña se está realizando, ya está aprobada la normativa referida a los RRTT IPSC como una resolución de la Dirección General de Deportes de la Junta de Extremadura y publicada en el Diario Oficial de Extremadura.
Y ahora a trabajar para que se aplique por las autoridades competentes.
Y ahora a trabajar para que se aplique por las autoridades competentes.
- Adjuntos
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- DOE NORMATIVA IPSC Y OTRA.pdf
- DOE NORMATIVA IPSC Y OTRA
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Re: NORMATIVA EXTREMEÑA RRTT IPSC
Estimados deportistas de Recorridos de Tiro, publicamos una noticia totalmente contrastada sobre futura normativa oficial para los campos de tiro de IPSC, elaborada por la ICAE Intervención Central de Armas y Explosivos.
La noticia cita lo siguiente:
Ante la conveniencia de de regular la actividad deportiva de Recorridos de Tiro, puesto que dicha modalidad es posterior al Reglamento de Armas y por tanto no se contempla en su anexo los requisitos y medidas de seguridad que deben reunir las instalaciones para su practica.
La ICAE Intervención Central de Armas y Explosivos, ha estado trabajando en la elaboración de un borrador, que a día de hoy no está finalizado por estar esta Unidad participando en grupos de trabajo de proyectos reglamentarios para diversos Ministerios, Una vez finalizado este borrador, se dará a conocer a las partes afectadas, al objeto de realizar las aportaciones y alegaciones que consideren conveniente.
Desde esta Plataforma y sin entrar en más valoraciones de momento, esta noticia después de 22 años, bien podría ser el premio al coraje y afán de todos los practicantes.
Esperamos y deseamos que la futura normativa, regule un modelo de galería de tiro y unas normas proporcionalmente ajustadas a las demandadas por nuestros deportistas y clubes, que no son otras que las existentes en todos los países Europeos que cumplan con el Reglamento Internacional de la IPSC
La Plataforma de Tiradores
Deportivos e IPSC
La noticia cita lo siguiente:
Ante la conveniencia de de regular la actividad deportiva de Recorridos de Tiro, puesto que dicha modalidad es posterior al Reglamento de Armas y por tanto no se contempla en su anexo los requisitos y medidas de seguridad que deben reunir las instalaciones para su practica.
La ICAE Intervención Central de Armas y Explosivos, ha estado trabajando en la elaboración de un borrador, que a día de hoy no está finalizado por estar esta Unidad participando en grupos de trabajo de proyectos reglamentarios para diversos Ministerios, Una vez finalizado este borrador, se dará a conocer a las partes afectadas, al objeto de realizar las aportaciones y alegaciones que consideren conveniente.
Desde esta Plataforma y sin entrar en más valoraciones de momento, esta noticia después de 22 años, bien podría ser el premio al coraje y afán de todos los practicantes.
Esperamos y deseamos que la futura normativa, regule un modelo de galería de tiro y unas normas proporcionalmente ajustadas a las demandadas por nuestros deportistas y clubes, que no son otras que las existentes en todos los países Europeos que cumplan con el Reglamento Internacional de la IPSC
La Plataforma de Tiradores
Deportivos e IPSC
Re: NORMATIVA EXTREMEÑA RRTT IPSC
Os dejo en archivo adjunto el escrito remitido a la ICAE en relación con la NORMATIVA AUTONOMICA DE RRTT IPSC.
- Adjuntos
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- ESCRITO ICAE NORMA AUTONOMICA.pdf
- ESCRITO ICAE NORMA AUTONOMICA
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