DUDA CON CAPACIDAD CARGADOR EN ARMA SEMIAUTOMATICA EN EL CLUB DE TIRO

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aenoke
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DUDA CON CAPACIDAD CARGADOR EN ARMA SEMIAUTOMATICA EN EL CLUB DE TIRO

Mensajepor aenoke » 16 Jul 2015 15:39

Hola. Tengo entendido, que en los club de tiro, con las armas semiautomaticas ya sean armas cortas o largas, los cargadores no deben de contener mas de 5 cartuchos.

Si esto es asi, ¿puedo ir con un arma larga semiautomatica con cargadores de 20 cartuchos pero solo cargarlos con 5 cartuchos?.

Saludos, gracias.

Lostau
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Re: DUDA CON CAPACIDAD CARGADOR EN ARMA SEMIAUTOMATICA EN EL CLUB DE TIRO

Mensajepor Lostau » 16 Jul 2015 16:31

Un arma larga semiautomática (que no sea del .22LR) que pueda cargar más de 4 cartuchos en su cargador va a ser un arma prohibida, aunque tú no llenes el cargador. (Art. 5 del RA)

Dicho RA no hace alusión a las capacidades de las armas cortas. La única alusión en este aspecto que yo recuerdo se refiere a las competiciones de precisión (exceptuando pistola libre, claro) donde se ordena cargar 5 cartuchos (no más).
Quizá halla algún club privado que prohiba cargar más de 5 cartuchos en el cargador de una pistola, no lo sé.
Lo que seguro que sí hay son tocapelotas y gilipollas, especie ésta con especímenes registrados y repartidos por la mayoría de los campos federativos, que se sacan normas de la manga según y a quién vean. Dichos especímenes acostumbran a no tener ni idea -o, al menos, eso parece-, confundiendo proyectiles blindados y cobreados, etc.

En resumen, una cosa es la normativa que rige una competición y otra lo que cada uno haga entrenando, o tirando por mera diversión.

Un saludo,

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aenoke
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Re: DUDA CON CAPACIDAD CARGADOR EN ARMA SEMIAUTOMATICA EN EL CLUB DE TIRO

Mensajepor aenoke » 16 Jul 2015 16:40

Pues vamos apañao. Pues tengo una carabina Chiappa semiautomatica en calibre 9mm Pb y los dos cargadores que traen estan limitados para la caza, solo le entran dos balas. A parte le he comprado unos cargadores mas, pues esta carabina usa los cargadores de la pistola Beretta 92, pero claro, estos cargadores cargan creo que 10 o 15 balas.

Entonces si quiero usar el arma legalmente en el club, ¿que tendria que usar los cargadores limitados a 2 cartuchos, o limitar los mios nuevos a 4 cartuchos?.

Tambien acabo de comprar un Cetme C, y trae cargadores de 20 balas y de 5 balas, y a parte he comprado uno de 2 balas de capacidad por si acaso algun dia lo llevase a cazar, aunque no lo creo. Ya que en caza, solo te permiten 2 cartuchos en el cargador y uno en la recamara, siempre que sean armas semiautomaticas.

¿Entonces con el Cetme C solo puedo ir al club con cargadores de 2 o 3 balas de capacidad si quiero ir legalmente?.¿O limitar el que tengo de 5 balas a 4 balas?.

Siempre hablando en tiro de entrenamiento, de forma informal en el club, no hablo de competir.


Saludos.

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HankScorpio
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Re: DUDA CON CAPACIDAD CARGADOR EN ARMA SEMIAUTOMATICA EN EL CLUB DE TIRO

Mensajepor HankScorpio » 16 Jul 2015 16:46

Desde luego hacen que se le quiten a uno las ganas de ir a tirar, que en el fondo es lo que quieren. No creo que vuelva a pisar un campo de tiro en Españistan despues de mis experiencias :evil: :evil:
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Re: DUDA CON CAPACIDAD CARGADOR EN ARMA SEMIAUTOMATICA EN EL CLUB DE TIRO

Mensajepor Torpedo_1936 » 16 Jul 2015 19:03

Poderse, lo que se dice poderse, pues como siempre: depende. :mrgreen:

La cosa, como siempre, es saber más o menos dónde y cuándo, y hacerse a la idea de que en esta afición es importante una buena técnica de muñeca (para torear).

Es cierto que la literalidad del art. 5 del bendito reglamento es:

Artículo 5

1. Queda prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las respectivas normas reglamentarias de:

a) Las armas semiautomáticas de las categorías 2.ª.2 (largas rayadas) y 3.ª.2 (largas lisas), cuya capacidad de carga sea superior a cinco cartuchos, incluido el alojado en la recámara, o cuya culata sea plegable o eliminable.


De momento, eso deja fuera de la prohibición los cargadores :shock: que no son "armas" ni partes fundamentales de las mismas. Ergo si es "de colección", como si es de 100. De hecho, son de venta libre...

Y luego en la galería, por normativa federativa seguramente se indique que no deben cargarse más de cinco proyectiles "cada vez". Un par de visitas de exploración (flanderstómetro en mano) deberían bastar para ver cómo se comporta respecto a tal mandamiento el personal, que en la mayor parte de los casos estará más a lo suyo, (y a que se cumplan las normas de seguirdad) que a que si el cargador es más grande o más pequeño.

En casos agudos de flanderismo, se recomienda probar en horarios o instalaciones distintas. :mrgreen:
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Re: DUDA CON CAPACIDAD CARGADOR EN ARMA SEMIAUTOMATICA EN EL CLUB DE TIRO

Mensajepor Lostau » 16 Jul 2015 20:49

Torpedo_1936 escribió:
En casos agudos de flanderismo, se recomienda probar en horarios o instalaciones distintas. :mrgreen:


Buen consejo.

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Re: DUDA CON CAPACIDAD CARGADOR EN ARMA SEMIAUTOMATICA EN EL CLUB DE TIRO

Mensajepor Jose_Luis_G » 16 Jul 2015 21:39

Sin ánimo de polemizar, y teniendo en cuenta que mi federación es la más restrictiva que conozco (*), debo decir que, de momento, nadie se ha metido con ningún tirador que lleve un cargador de más capacidad de 5 tiros.

Si un tirador quiere usar uno mayor, en el castigo lleva la penitencia, porque va a gastar munición a mansalva. Todos sabemos lo fácil que se mueve el dedo cuando hay chicha en el almacén... aunque luego venga el tío Paco con las rebajas (léase factura de la compra de nueva munición).

En competición es otra cosa. Como máximo se pueden cargar cinco cartuchos en el almacén, aunque de todos es bien sabido que hay armas monotiro en ciertas modalidades, en las cuales, si se usa un arma con cargador, el cargador sirve para colocar un cartucho cada vez que se dispara.




(*) para según qué cosas. En otras, se pasan el Reglamento de Armas por el forro del capricho.
Hay dos cosas infinitas: una es el Universo y otra la estupidez humana. Bueno, del Universo no estoy tan seguro...
Nunca discutas con un ignorante, tendrás que ponerte a su altura, y ahí... tienes todas las de perder.

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Re: DUDA CON CAPACIDAD CARGADOR EN ARMA SEMIAUTOMATICA EN EL CLUB DE TIRO

Mensajepor robertml » 16 Jul 2015 23:40

Si pones un cargador de más de balas de las autorizadas, pero vas disparando tiro a tiro y de forma "normal" casi seguro que nadie te dice nada, pero como te pongas a "ametrallar" te va a faltar tiempo para que te llamen la atención.
--
Saludos.

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Re: DUDA CON CAPACIDAD CARGADOR EN ARMA SEMIAUTOMATICA EN EL CLUB DE TIRO

Mensajepor aenoke » 16 Jul 2015 23:46

robertml escribió:Si pones un cargador de más de balas de las autorizadas, pero vas disparando tiro a tiro y de forma "normal" casi seguro que nadie te dice nada, pero como te pongas a "ametrallar" te va a faltar tiempo para que te llamen la atención.


Gracias a todos por la ayuda.

Pero principalmente me refiero si tendre algun problema legal si me paracen en un control de la Guardia Civil cuando vaya o cuando venga del club de tiro. Eso es lo que mas me preocupa, o que la Guardia civil se presente en el club a revisar papeles y accesorios.

Saludos.

Lostau
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Re: DUDA CON CAPACIDAD CARGADOR EN ARMA SEMIAUTOMATICA EN EL CLUB DE TIRO

Mensajepor Lostau » 17 Jul 2015 21:18

aenoke escribió:
robertml escribió:Si pones un cargador de más de balas de las autorizadas, pero vas disparando tiro a tiro y de forma "normal" casi seguro que nadie te dice nada, pero como te pongas a "ametrallar" te va a faltar tiempo para que te llamen la atención.


Gracias a todos por la ayuda.

Pero principalmente me refiero si tendre algun problema legal si me paracen en un control de la Guardia Civil cuando vaya o cuando venga del club de tiro. Eso es lo que mas me preocupa, o que la Guardia civil se presente en el club a revisar papeles y accesorios.

Saludos.


Teniendo en cuenta que no es nada raro encontrarse con un interventor desconocedor del RA, vete a preguntarle a "un rural" o a un GC de Tráfico sobre la capacidad legal del cargador de tal o cual arma. Reza para caer simpático, porque aunque la norma esté de tu lado, puede que de primeras te empure. Y luego a apañarselas uno para defenderse. Esto respecto a los controles en carretera.

Respecto a los controles en una galería, si tu actividad no está sujeta al reglamento, pues te expones a sanción si te pillan. También está la posibilidad de que te empuren o lo intenten creyendo que estás fuera del RA, por ejemplo, con una culata plegable en una carabina del .22, o en un rifle o escopeta de repetición; cosa perfectamente legal y muy sencilla de entender cuando se lee el RA.

Saludos.


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