Hola, tengo una duda, el seguro del cazador existe como en casi todas las modalidades de seguro coches etc el obligatorio por daños a terceros y el ampliado con daños propios, durante varios años he tenido uno ampliado que me cubría gastos médicos daños en el arma, daños en el perro etc pero con el tema de reducir gastos tengo el básico a terceros pero leo en el boe el siguiente fragmento y parece que el de daños propios también es obligatorio, un saludo y gracias de antemano
Artículo 13.- Apercibimientos generales.
1. Para practicar cualquiera de las actividades cinegéticas descritas en esta
Orden es necesario estar en posesión de los documentos que se relacionan en el
artículo 69 de la Ley 7/2003, de 12 de noviembre, de Caza y Pesca Fluvial de la
Región de Murcia:
a) Licencia de caza en vigor de la Comunidad Autónoma de Murcia.
b) Seguro obligatorio de responsabilidad civil del cazador.
Seguro de daños propios por accidente sobrevenido durante la práctica
deportiva.[/u][/color][/color]
[/color]d) Documento identificativo valido para acreditar la personalidad.
e) En caso de utilizar armas, el permiso correspondiente, así como la guía de
pertenencia, de acuerdo con la legislación especifica.
f) En caso de utilizar otros medios de caza que precisen autorización, los
correspondientes permisos.
g) Tarjeta de filiación al coto, autorización escrita del titular cinegético,
arrendatario o persona que ostente su representación.
Los citados documentos habrá de llevarlos consigo el cazador durante la
acción de cazar o tenerlos razonablemente a su alcance, de manera que permita
mostrarlos a las autoridades o a sus agentes cuando así lo requieran.
2. Los titulares cinegéticos revisarán periódicamente la señalización
Seguro obligatorio para caza
Seguro obligatorio para caza
WINCHESTER 338WM
REMINGTON 300WM
BERETTA A400 XPLOR 12/76
SITINGER TACTICAL 12/76
SUPERPUESTA SPZ-SM 12/76
PLANA VICTOR SARASQUETA DWE
PLANA TRUST EIBARRES CAL 36
SUPERPUESTA INVESTAMS .410
CARABINA WALTER G22 22LR
CARABINA ONENA 22LR
REMINGTON 300WM
BERETTA A400 XPLOR 12/76
SITINGER TACTICAL 12/76
SUPERPUESTA SPZ-SM 12/76
PLANA VICTOR SARASQUETA DWE
PLANA TRUST EIBARRES CAL 36
SUPERPUESTA INVESTAMS .410
CARABINA WALTER G22 22LR
CARABINA ONENA 22LR
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Re: Seguro obligatorio para caza
Es facil que sea cierto.Yo me he tirado un monton de años con el de terceros "pelao".Hasta que hace un año +/- la junta de cazadores nos obligo a todos y digo todos los socios a tener el seguro caro con daños propios y presentarlo para que lo vieran,de lo contrario no te admitian el pago de la cuota para poder cazar.Yo no mire BOE de la C.Valenciana ni lo he mirado aun pero seguro que los tiros van por ahi.
Saludos.
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- gumersindo
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Re: Seguro obligatorio para caza
Un seguro de RC que cubra hasta 600.000 € vale muuuuucho más de lo que cuesta, Dios me libre de ser el sujeto agente de cualquier siniestro a mi y a cualquiera, pero esos 30 ó 40 € que cuesta un seguro de ese tipo te dan la tranquilidad de que la víctima será debidamente atendida.
Los daños propios si estas federado, te los cubre la licencia federativa.
Los daños propios si estas federado, te los cubre la licencia federativa.
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