LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
- kernelsuse
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
A mi me dijeron que fuera donde fuera que me pedirán armero grado3, que fuera comparándolo porque al renovar si no lo tengo tendré que entregarlo.
Yo tampoco lo entiendo pero es que cada IA hace lo que le sale de los mismísimos...
Yo tampoco lo entiendo pero es que cada IA hace lo que le sale de los mismísimos...
EL DOCUMENTAL QUE NO QUIEREN QUE VEAS
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
https://youtu.be/R2JP-7WyoCs
ENTREVISTA ANARMA
https://www.ivoox.com/12206234
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Yo comprendo que pueda resultar extraño, pero el artículo es el siguiente:
Primero. Custodia de las armas.
Las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas que se encuentren guiadas al amparo de la autorización especial para su uso, conforme a lo dispuesto en el artículo 107 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas y al artículo 7 de la Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, se guardarán en los domicilios de sus titulares o en locales de empresas o entidades especializadas en la custodia de armas, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 83 y 144 del Reglamento de Armas.
En los domicilios particulares, las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas que respondan a la definición de arma larga del artículo 2 del Reglamento de Armas, serán guardadas completas, o sus cierres o piezas fundamentales, en cajas fuertes, armarios o armeros, con al menos un grado de seguridad clase I establecido en la norma UNE EN 1143-1.
Las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas que respondan a la definición de arma de fuego corta del artículo 2 del Reglamento de Armas, serán guardadas completas en cajas fuertes, armarios o armeros, con al menos un grado de seguridad clase III, de la norma UNE EN 1143-1.
No se puede leer el párrafo tercero sin partir de que el párrafo primero ya dice que se refiere a las armas guiadas con autorización especial. Si se aplicase a todas, el párrafo primero SOBRARÍA.
Por otra parte hay una gran diferencia. Las armas expuestas están a la vista y solo tienen un cristal de seguridad (la más baja de todas) y un anclaje a la vitrina. Nada impide sustraer la vitrina completa si es de un arma o pocas; y las otras nada menos que un armero grado III (se supone que al estar destinadas al uso en el domicilio habrá munición, de ahí la diferencia).
Si no están guiadas en AE (artículo 1º) ni están expuestas (artículo 2º) no se establece un grado de seguridad específico.
Noooo, noooo, eso no puede ocurrir. Aunque como dice José Mota, ¿pero y si sí? ¿y si sí?
Primero. Custodia de las armas.
Las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas que se encuentren guiadas al amparo de la autorización especial para su uso, conforme a lo dispuesto en el artículo 107 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas y al artículo 7 de la Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, se guardarán en los domicilios de sus titulares o en locales de empresas o entidades especializadas en la custodia de armas, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 83 y 144 del Reglamento de Armas.
En los domicilios particulares, las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas que respondan a la definición de arma larga del artículo 2 del Reglamento de Armas, serán guardadas completas, o sus cierres o piezas fundamentales, en cajas fuertes, armarios o armeros, con al menos un grado de seguridad clase I establecido en la norma UNE EN 1143-1.
Las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas que respondan a la definición de arma de fuego corta del artículo 2 del Reglamento de Armas, serán guardadas completas en cajas fuertes, armarios o armeros, con al menos un grado de seguridad clase III, de la norma UNE EN 1143-1.
No se puede leer el párrafo tercero sin partir de que el párrafo primero ya dice que se refiere a las armas guiadas con autorización especial. Si se aplicase a todas, el párrafo primero SOBRARÍA.
Por otra parte hay una gran diferencia. Las armas expuestas están a la vista y solo tienen un cristal de seguridad (la más baja de todas) y un anclaje a la vitrina. Nada impide sustraer la vitrina completa si es de un arma o pocas; y las otras nada menos que un armero grado III (se supone que al estar destinadas al uso en el domicilio habrá munición, de ahí la diferencia).
Si no están guiadas en AE (artículo 1º) ni están expuestas (artículo 2º) no se establece un grado de seguridad específico.
drana escribió:Si vas a tirar al club con el 45 no............si lo tienes en la AE para poder ir a tirar con el entonces si necesitas grado 3..........si solo lo tienes en el libro registro de replicas de cartucho metálico anterior a 1890 sin exposición, entonces no lo exigen......
Parece ser q es de esta forma según acabo de leer.....
Otra cosa....."como siempre", es lo q hagan en los distintos reinos de taifas!!!
Salu2 al foro!!!
Noooo, noooo, eso no puede ocurrir. Aunque como dice José Mota, ¿pero y si sí? ¿y si sí?
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Viene a ser lo mismo que mi Cattleman del 45lc guiado en F y ahora en AE necesita armero grado 3 y el mismo revolver guiado con las licencias A/B se puede custodiar en una caja de cartón .. 

Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
En mí intervención me especificaron que arma de Avancarga con licencia AE NO necesita armero, pero el revolver de cartuchería metálica guiada en AE necesita armero así como ser coleccionista de réplicas y todavía no saben como van a hacer lo del libro de coleccionista para réplicas de cartuchería metálica , que hay que esperar para eso; el que tenga revólver de cartuchería metalica SIEMPRE va a necesitar armero nivel III tanto en AE como en F, no lo necesitan los de A y B.
Eso es lo que van a aplicar y se va a cumplir, hasta que el recurso en los tribunales de ANARMA impida que esa norma se mantenga, pero con el que hablaba me ha dicho que si esa norma la derogan los tribunales se tendrá que hacer otra porque " con esas normas anteriores la gente se estaba armando de forma descontrolada " , me lo dijo sin acritud y convencido de que se hacía lo correcto, si esta norma es tumbada por los tribunales harán otra, porque eso sí me reconoció que la " norma actual es muy deficiente y hemos tenido que pedir que los de arriba nos la interpreten, porque no lo teníamos nosotros claro".
Eso es lo que me han dicho y dentro de dos días ya recojo mi armero de nivel III que me va a servir para AE y para F
Un saludo
Eso es lo que van a aplicar y se va a cumplir, hasta que el recurso en los tribunales de ANARMA impida que esa norma se mantenga, pero con el que hablaba me ha dicho que si esa norma la derogan los tribunales se tendrá que hacer otra porque " con esas normas anteriores la gente se estaba armando de forma descontrolada " , me lo dijo sin acritud y convencido de que se hacía lo correcto, si esta norma es tumbada por los tribunales harán otra, porque eso sí me reconoció que la " norma actual es muy deficiente y hemos tenido que pedir que los de arriba nos la interpreten, porque no lo teníamos nosotros claro".
Eso es lo que me han dicho y dentro de dos días ya recojo mi armero de nivel III que me va a servir para AE y para F
Un saludo
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Buenas!
No lo pregunté, pero de la lectura de la Resolución de27/03/2015 entiendo que:
Cuando adquieres una réplica de cartuchería metálica y la inscribes en el Libro-Registro correspondiente, estás obligado a:
Segundo. Medidas de seguridad de las armas en exposición.
1. Las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas inscritas en el Libro-Registro previsto en el artículo 107 del Reglamento de Armas, que se expongan en el interior de los domicilios, deberán poseer alguna de las medidas de seguridad siguientes, que impidan su robo o sustracción:
a) Un sistema de anclaje adecuado al medio de exposición.
b) Una vitrina dotada con cerradura y cristal con categoría de resistencia P1A de la norma UNE 356.
2. Sin perjuicio de lo exigido en el apartado anterior, si el número de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas inscritas en el Libro-Registro sobrepasa las cinco unidades, la puerta de la estancia o habitación donde se expongan estará dotada de cerradura con llave, y las ventanas o huecos estarán protegidos con persianas metálicas o con rejas.
Si la guías en AE para poderla usar, entonces necesitas:
Primero. Custodia de las armas.
Las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas que se encuentren guiadas al amparo de la autorización especial para su uso, conforme a lo dispuesto en el artículo 107 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas y al artículo 7 de la Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, se guardarán en los domicilios de sus titulares o en locales de empresas o entidades especializadas en la custodia de armas, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 83 y 144 del Reglamento de Armas.
En los domicilios particulares, las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas que respondan a la definición de arma larga del artículo 2 del Reglamento de Armas, serán guardadas completas, o sus cierres o piezas fundamentales, en cajas fuertes, armarios o armeros, con al menos un grado de seguridad clase I establecido en la norma UNE EN 1143-1.
Las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas que respondan a la definición de arma de fuego corta del artículo 2 del Reglamento de Armas, serán guardadas completas en cajas fuertes, armarios o armeros, con al menos un grado de seguridad clase III, de la norma UNE EN 1143-1.
Aquí yo no veo espacio para la interpretación; cuando la adquieres y la incluyes en el libro, anclaje o vitrina. Si luego pides AE, armero. No es lógico, pero llevamos 2651 mensajes sobre la ilogicidad de la administración.
Saludos
No lo pregunté, pero de la lectura de la Resolución de27/03/2015 entiendo que:
Cuando adquieres una réplica de cartuchería metálica y la inscribes en el Libro-Registro correspondiente, estás obligado a:
Segundo. Medidas de seguridad de las armas en exposición.
1. Las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas inscritas en el Libro-Registro previsto en el artículo 107 del Reglamento de Armas, que se expongan en el interior de los domicilios, deberán poseer alguna de las medidas de seguridad siguientes, que impidan su robo o sustracción:
a) Un sistema de anclaje adecuado al medio de exposición.
b) Una vitrina dotada con cerradura y cristal con categoría de resistencia P1A de la norma UNE 356.
2. Sin perjuicio de lo exigido en el apartado anterior, si el número de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas inscritas en el Libro-Registro sobrepasa las cinco unidades, la puerta de la estancia o habitación donde se expongan estará dotada de cerradura con llave, y las ventanas o huecos estarán protegidos con persianas metálicas o con rejas.
Si la guías en AE para poderla usar, entonces necesitas:
Primero. Custodia de las armas.
Las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas que se encuentren guiadas al amparo de la autorización especial para su uso, conforme a lo dispuesto en el artículo 107 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas y al artículo 7 de la Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, se guardarán en los domicilios de sus titulares o en locales de empresas o entidades especializadas en la custodia de armas, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 83 y 144 del Reglamento de Armas.
En los domicilios particulares, las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas que respondan a la definición de arma larga del artículo 2 del Reglamento de Armas, serán guardadas completas, o sus cierres o piezas fundamentales, en cajas fuertes, armarios o armeros, con al menos un grado de seguridad clase I establecido en la norma UNE EN 1143-1.
Las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas que respondan a la definición de arma de fuego corta del artículo 2 del Reglamento de Armas, serán guardadas completas en cajas fuertes, armarios o armeros, con al menos un grado de seguridad clase III, de la norma UNE EN 1143-1.
Aquí yo no veo espacio para la interpretación; cuando la adquieres y la incluyes en el libro, anclaje o vitrina. Si luego pides AE, armero. No es lógico, pero llevamos 2651 mensajes sobre la ilogicidad de la administración.
Saludos
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
La interpreatcion es que si las tienes en el libro de coleccionista y formas parte de una asociacion de coleccionista y tienes un minimo de dos reproducciones y no disparas con ellas y no estan expuestas no necesitas caja nivel III y si estan expuestas, vitrina de seguridad.
si disparas con ella ademas de lo anterior, caja nivel III, y examen para obtencion de AE, estar federado y me imagino que el que las exponga vitrina tambien.
el problema es que cada IA ara lo que se le salga del pairo y obligaran o comprar caja al que no tiene que comprarla y examinarse al que no tiene que examinarse "esto son lentejas si quieres las comes si no las dejas" si quieres poner una denuncia ponla.... y la mayoria optaran como buenos ciudadanos entrar el por el aro.
Si dicen que el libro de coleccionista no vale significa que ya estaran preparando otra orden ministerial de aqui al verano para autorizar un nuevo libro de coleccionismo... para la parida que han aprobado en noviembre.
si disparas con ella ademas de lo anterior, caja nivel III, y examen para obtencion de AE, estar federado y me imagino que el que las exponga vitrina tambien.
el problema es que cada IA ara lo que se le salga del pairo y obligaran o comprar caja al que no tiene que comprarla y examinarse al que no tiene que examinarse "esto son lentejas si quieres las comes si no las dejas" si quieres poner una denuncia ponla.... y la mayoria optaran como buenos ciudadanos entrar el por el aro.
Si dicen que el libro de coleccionista no vale significa que ya estaran preparando otra orden ministerial de aqui al verano para autorizar un nuevo libro de coleccionismo... para la parida que han aprobado en noviembre.

- boxer
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
[quote " con esas normas anteriores la gente se estaba armando de forma descontrolada " quote]
Cualquiera diría que tienen miedo a una sociedad armada.
Cualquiera diría que tienen miedo a una sociedad armada.

"Si sabes cuantas armas tienes, es que no posees suficientes"
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE







"Si sabes cuantas armas tienes, es que no posees suficientes"
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
boxer escribió:[quote " con esas normas anteriores la gente se estaba armando de forma descontrolada " quote]
Cualquiera diría que tienen miedo a una sociedad armada.
¿De forma descontrolada?.

Sí, descontroladísima, igual es que en las IAs no tienen nuestros certificados psicofísicos, los de penales, nuestras licencias y nuestras guías, pobrecitos.

Cave canem.
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
moratalla escribió:En mí intervención me especificaron que arma de Avancarga con licencia AE NO necesita armero, pero el revolver de cartuchería metálica guiada en AE necesita armero así como ser coleccionista de réplicas y todavía no saben como van a hacer lo del libro de coleccionista para réplicas de cartuchería metálica , que hay que esperar para eso; el que tenga revólver de cartuchería metalica SIEMPRE va a necesitar armero nivel III tanto en AE como en F, no lo necesitan los de A y B.
Eso es lo que van a aplicar y se va a cumplir, hasta que el recurso en los tribunales de ANARMA impida que esa norma se mantenga, pero con el que hablaba me ha dicho que si esa norma la derogan los tribunales se tendrá que hacer otra porque " con esas normas anteriores la gente se estaba armando de forma descontrolada " , me lo dijo sin acritud y convencido de que se hacía lo correcto, si esta norma es tumbada por los tribunales harán otra, porque eso sí me reconoció que la " norma actual es muy deficiente y hemos tenido que pedir que los de arriba nos la interpreten, porque no lo teníamos nosotros claro".
Eso es lo que me han dicho y dentro de dos días ya recojo mi armero de nivel III que me va a servir para AE y para F
Un saludo
Suena a "si nos tumban la norma por ilegal, nos da igual, la volvemos a sacar con otro redactado, y volved a recurrirla si os da la gana. Y si la vuelven a tumbar, repetiremos el proceso"... si eso no es prevaricación, que venga Dios y lo vea.
Por otro lado, eso de que "la gente se estaba armando de forma descontrolada" suena a que haya ya un Cattleman o un Stallion en cada hogar español... además, esa "gente que se estaba armando de forma descontrolada" han pasado los filtros de la G.C. y no tienen antecedentes penales ni policiales. ¿O es que han estado concendiendo licencias AE al Torete, al Vaquilla y al Solitario? Si es así, es que alguien no ha estado haciendo bien su trabajo. Y si no, es que para ellos, todo español es sospechoso. En cualquier caso, no quedan en muy buen lugar...
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Buenas!
Te suena eso de "rentabilidades pasadas no presuponen rentabilidades futuras"? Pues nuestro querido ministro lo parafrasea: "buenos comportamientos pasados no presuponen buenos comportamientos futuros". Y como, por ejemplo, yo sólo he pasado en 10 años seis comprobaciones de psicofísico+penales , pues seguro que todavía queda algún resquicio por el que me pueda dar un brote psicótico y salir a la calle al grito de "Gerónimo", con un par de SAAs al cinto y un Henry entre los brazos. Claro, que con lo que le está saliendo al Gobierno y el partido que lo sustenta, entiendo el miedo de nuestro pobre ministro. Sobre todo cuando unos trabucaires le dan una serenata a un concejal. Malos, más que malos. Trabucaire caca, y al supremo vas.
Saludos
JotaErre escribió:moratalla escribió:En mí intervención me especificaron que arma de Avancarga con licencia AE NO necesita armero, pero el revolver de cartuchería metálica guiada en AE necesita armero así como ser coleccionista de réplicas y todavía no saben como van a hacer lo del libro de coleccionista para réplicas de cartuchería metálica , que hay que esperar para eso; el que tenga revólver de cartuchería metalica SIEMPRE va a necesitar armero nivel III tanto en AE como en F, no lo necesitan los de A y B.
Eso es lo que van a aplicar y se va a cumplir, hasta que el recurso en los tribunales de ANARMA impida que esa norma se mantenga, pero con el que hablaba me ha dicho que si esa norma la derogan los tribunales se tendrá que hacer otra porque " con esas normas anteriores la gente se estaba armando de forma descontrolada " , me lo dijo sin acritud y convencido de que se hacía lo correcto, si esta norma es tumbada por los tribunales harán otra, porque eso sí me reconoció que la " norma actual es muy deficiente y hemos tenido que pedir que los de arriba nos la interpreten, porque no lo teníamos nosotros claro".
Eso es lo que me han dicho y dentro de dos días ya recojo mi armero de nivel III que me va a servir para AE y para F
Un saludo
Suena a "si nos tumban la norma por ilegal, nos da igual, la volvemos a sacar con otro redactado, y volved a recurrirla si os da la gana. Y si la vuelven a tumbar, repetiremos el proceso"... si eso no es prevaricación, que venga Dios y lo vea.
Por otro lado, eso de que "la gente se estaba armando de forma descontrolada" suena a que haya ya un Cattleman o un Stallion en cada hogar español... además, esa "gente que se estaba armando de forma descontrolada" han pasado los filtros de la G.C. y no tienen antecedentes penales ni policiales. ¿O es que han estado concendiendo licencias AE al Torete, al Vaquilla y al Solitario? Si es así, es que alguien no ha estado haciendo bien su trabajo. Y si no, es que para ellos, todo español es sospechoso. En cualquier caso, no quedan en muy buen lugar...
Te suena eso de "rentabilidades pasadas no presuponen rentabilidades futuras"? Pues nuestro querido ministro lo parafrasea: "buenos comportamientos pasados no presuponen buenos comportamientos futuros". Y como, por ejemplo, yo sólo he pasado en 10 años seis comprobaciones de psicofísico+penales , pues seguro que todavía queda algún resquicio por el que me pueda dar un brote psicótico y salir a la calle al grito de "Gerónimo", con un par de SAAs al cinto y un Henry entre los brazos. Claro, que con lo que le está saliendo al Gobierno y el partido que lo sustenta, entiendo el miedo de nuestro pobre ministro. Sobre todo cuando unos trabucaires le dan una serenata a un concejal. Malos, más que malos. Trabucaire caca, y al supremo vas.
Saludos
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Mientras tanto, los radicales islamistas parecen poder conseguir AK-47s con gran facilidad... pero parece que un ciudadano sin antecedentes que tiene un Cattleman legal en casa es mucho más peligroso...
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Armarse de forma descontrolada????
Lo de siempre....q las armas las qjiern tener ellos y los amiguetes a los q les conceden la B...
Todo el problema se genera por q son armas cortas......
Hay 50 veces mas rifles y escopetas...pero esas parece ser q no les preocupan....
Y debe ser con razón por que nunca las escopetas han estado involucradas en algún crimen de la españa negra no????
Salu2 al foro!!!
Lo de siempre....q las armas las qjiern tener ellos y los amiguetes a los q les conceden la B...
Todo el problema se genera por q son armas cortas......
Hay 50 veces mas rifles y escopetas...pero esas parece ser q no les preocupan....
Y debe ser con razón por que nunca las escopetas han estado involucradas en algún crimen de la españa negra no????
Salu2 al foro!!!
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Este nuevo reglamento es una payasada de alguien con ganas de cambiar normativas esta claro, pero sobre todo es una gran putada para los que ya tenemos la AE simplemente porque nos encantan las armas históricas, y de cuando en cuando pegar algún tiro con ellas. Una putada porque lo que ayer valía hoy ya no vale, y nos obliga a hacer un buen desembolso económico no previsto de un día para otro.
Se inventan lo del armero grado 3 que no baja de 400 y pico € los que solo valen para 2 armas, te obligan a adquirir una segunda arma para ya (te venga bien o mal gastarte otros 600-1000€), hacerte socio de un club (300€ mas que menos), y ya sacarte el libro y asociarte (estos dos requisitos hasta los veo normales).
Eso si el mismo Cattleman guiado en A/B no necesita armero grado 3 porque debe ser inrobable..barriendo para casa y vaciando el recogedor en la puerta del vecino.
Menos mal que hay crisis.
Y veremos porque por lo que parece la AE que tenemos solo nos va a valer para avancarga, así todo de la noche a la mañana.
Se inventan lo del armero grado 3 que no baja de 400 y pico € los que solo valen para 2 armas, te obligan a adquirir una segunda arma para ya (te venga bien o mal gastarte otros 600-1000€), hacerte socio de un club (300€ mas que menos), y ya sacarte el libro y asociarte (estos dos requisitos hasta los veo normales).
Eso si el mismo Cattleman guiado en A/B no necesita armero grado 3 porque debe ser inrobable..barriendo para casa y vaciando el recogedor en la puerta del vecino.
Menos mal que hay crisis.
Y veremos porque por lo que parece la AE que tenemos solo nos va a valer para avancarga, así todo de la noche a la mañana.

Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Ya hace algun tiempo que no intervengo en el hilo, pero lo voy siguiendo, para hacerme una idea de que va el tema en aquellos que les ha tocado el "renovar", aunque va bién el leer ciertas interpretaciones de los últimos textos publicados en el BOE que hace cada uno, es más para ir practicando cuando tenga que ir a la IA que me corresponde y tenga que lidiar con el interventor y su interpretación del texto
Una cosa que no me gusta, es comparar a los que tenemos AE con aquellos que tienen la A o la B, nada tiene que ver nuestra Auotirzación Especial, gente que por alguna extraña razón, nos gustan esos trastos copiados de originales o originales los que han tenido la suerte de agenciarse con uno, que se utilizaban vete a saber tu cuando, trastos sucios por el uso de la polvora negra, caprichosos a la hora de encontrar la carga "perfecta", pesados, y que los utilizamos para una finalidad ludico-deportiva con las Licencias A y B que son los que tienen por herramienta profesional y los que "necesitan" de una seguridad extra, aunque a veces, sabiendo quien tiene una concedida, no encuentro razón alguna para tal premio, digo a algunos que tienen la B.
Lo que si que tengo claro, es un caso conocido, en que si, esta AE, resulta que es una B encubierta. supongo que el exceso de alcohol de esa persona el dia en question tuvo mucha influencia en lo que salió por su boca, pero algunos, por no decir todos, nos quedamos alucinados de oir lo que allí resono por toda la taberna y eso que creia que conocia a esa persona. Sabiendo de este caso, este caso en concreto, como no voy a entender a la ICAE cuando intenta limitar estas armas? Pero claro, en vez de pagar el pato los que realmente deben pagarlo, nos meten a todos en el mismo saco. Y esto cabrea. Aunque creo que cuando algunos casos llegan a las "altas esferas" temen que eso sea generalizado cuando solo son unos pocos casos.
Por si tengo que justificar o no su uso, entonces si no se usan... para que las tengo? Tengo un Sharps 1874, lo voy a conservar, pasarlo a la D, ya que con AE o ese nuevo mejorado libro de coleccionista no voy a poder usarlo para el fin que tenia, que era la caza, y aunque ultimamente estaba un poco olvidado, de vez en cuando vale la pena el sacarlo y usarlo. y la AE, pues solo para avancarga, menos historia y follones. Aunque no es obligatorio, una de las primeras compras despues de obtener la AE fue un armero para guardar esas armas, aunque repito no era obligatorio, lo hice para garantizarme más seguridad por sustracción y menos follones en tal caso. Y que nadie que estuviera por casa pusiera sus sucias zarpas sobre uno de mis tesoros.
Doy la batalla por perdida, pues no, pero si esta "guerra".
Una cosa que no me gusta, es comparar a los que tenemos AE con aquellos que tienen la A o la B, nada tiene que ver nuestra Auotirzación Especial, gente que por alguna extraña razón, nos gustan esos trastos copiados de originales o originales los que han tenido la suerte de agenciarse con uno, que se utilizaban vete a saber tu cuando, trastos sucios por el uso de la polvora negra, caprichosos a la hora de encontrar la carga "perfecta", pesados, y que los utilizamos para una finalidad ludico-deportiva con las Licencias A y B que son los que tienen por herramienta profesional y los que "necesitan" de una seguridad extra, aunque a veces, sabiendo quien tiene una concedida, no encuentro razón alguna para tal premio, digo a algunos que tienen la B.
Lo que si que tengo claro, es un caso conocido, en que si, esta AE, resulta que es una B encubierta. supongo que el exceso de alcohol de esa persona el dia en question tuvo mucha influencia en lo que salió por su boca, pero algunos, por no decir todos, nos quedamos alucinados de oir lo que allí resono por toda la taberna y eso que creia que conocia a esa persona. Sabiendo de este caso, este caso en concreto, como no voy a entender a la ICAE cuando intenta limitar estas armas? Pero claro, en vez de pagar el pato los que realmente deben pagarlo, nos meten a todos en el mismo saco. Y esto cabrea. Aunque creo que cuando algunos casos llegan a las "altas esferas" temen que eso sea generalizado cuando solo son unos pocos casos.
Por si tengo que justificar o no su uso, entonces si no se usan... para que las tengo? Tengo un Sharps 1874, lo voy a conservar, pasarlo a la D, ya que con AE o ese nuevo mejorado libro de coleccionista no voy a poder usarlo para el fin que tenia, que era la caza, y aunque ultimamente estaba un poco olvidado, de vez en cuando vale la pena el sacarlo y usarlo. y la AE, pues solo para avancarga, menos historia y follones. Aunque no es obligatorio, una de las primeras compras despues de obtener la AE fue un armero para guardar esas armas, aunque repito no era obligatorio, lo hice para garantizarme más seguridad por sustracción y menos follones en tal caso. Y que nadie que estuviera por casa pusiera sus sucias zarpas sobre uno de mis tesoros.
Doy la batalla por perdida, pues no, pero si esta "guerra".
No cometas el error de pensar que tu y yo compartimos los mismos valores
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Yo el problema no lo veo en la situación actual.
Sea los requisitos que sean, si están claros, pues los cumples y punto.
El problema de gran embergadura esta en que la ley la pueden cambiar a su antojo cuando les de la gana y dejarte con el culo al aire
Es decir, que resulta que ahora vas y cumples la
Legislación, y te sacas el libro, federacion, armero y... No lo olvidemos, te compras un segundo arma.... Perfecto.
Y ahora que crees que estas legal, pues resulta que sale una normativa nueva en que la AE para avancarga y que el CM, pues no lo ampara.... y te dejan con un arma no, DOS armas en canicas e ilegal, para regalarlas al mejor postor o para la subasta de armas.
En fin... Yo tengo claro cual es el camino....
Triste pero cierto.
Sea los requisitos que sean, si están claros, pues los cumples y punto.
El problema de gran embergadura esta en que la ley la pueden cambiar a su antojo cuando les de la gana y dejarte con el culo al aire
Es decir, que resulta que ahora vas y cumples la
Legislación, y te sacas el libro, federacion, armero y... No lo olvidemos, te compras un segundo arma.... Perfecto.
Y ahora que crees que estas legal, pues resulta que sale una normativa nueva en que la AE para avancarga y que el CM, pues no lo ampara.... y te dejan con un arma no, DOS armas en canicas e ilegal, para regalarlas al mejor postor o para la subasta de armas.
En fin... Yo tengo claro cual es el camino....

Triste pero cierto.
El buen cazador ama y respeta los animales. Los entiende y los disfruta. Admira, su fuerza, su poderío, y su belleza.
Siempre que tengo la pieza en mi mano le daría la opción de volver a volar, pero entonces ya no sería caza.
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- miancave
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
En este tema es en el que tienen que centrarse los que legislan y "los de verde", y no en la gente honrada que paga impuestos, andan bien de "la azotea" y no tienen antecedentes penales.
http://www.libertaddigital.com/espana/2015-04-27/incautan-un-centenar-de-armas-que-podrian-estar-destinadas-a-grupos-islamistas-1276546572/
PD: El tio que preparó todo para la foto se ha lucido...con dos coj...Atentos al detalle del cargador...

http://www.libertaddigital.com/espana/2015-04-27/incautan-un-centenar-de-armas-que-podrian-estar-destinadas-a-grupos-islamistas-1276546572/
PD: El tio que preparó todo para la foto se ha lucido...con dos coj...Atentos al detalle del cargador...


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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Y otro detalle interesante que ha aportado otro compañero del foro, en otro hilo:
Teniente Coronel que estuvo destinado en la ICAE investigado por narcotráfico
http://www.armas.es/foros/conversacion-general/teniente-coronel-que-estuvo-destinado-en-la-icae-investigado-por-narcotrafico-1012300
Teniente Coronel que estuvo destinado en la ICAE investigado por narcotráfico
http://www.armas.es/foros/conversacion-general/teniente-coronel-que-estuvo-destinado-en-la-icae-investigado-por-narcotrafico-1012300
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