Cuando yo me saqué las licencias D y E (En la provincia de Barcelona) tuve que firmar una declaración jurada en la cual me comprometía a practicar la caza. Tal como están las cosas no me extrañaría nada que empiecen a comprobar que realmente la practicamos.
Además del seguro y la licencia autonómica de caza ¿te pedirán las fotos de los animales cazados como prueba?
No me gusta nada el rumbo que está tomando el tema armas en este país. Lejos de mejorar va a peor.
Saludos
Ahora me quitan los rifles....
Re: Ahora me quitan los rifles....
CX4_STORM escribió:Cuando yo me saqué las licencias D y E (En la provincia de Barcelona) tuve que firmar una declaración jurada en la cual me comprometía a practicar la caza. Tal como están las cosas no me extrañaría nada que empiecen a comprobar que realmente la practicamos.
Además del seguro y la licencia autonómica de caza ¿te pedirán las fotos de los animales cazados como prueba?
No me gusta nada el rumbo que está tomando el tema armas en este país. Lejos de mejorar va a peor.
Saludos
No nos quieren armados, y por eso tantas trabas y tantos inventos ilegales por parte de los señores de verdes. No hay que tragar ni una, pero ni una cosa de estas que se inventan ILEGALMENTE. Si tu tienes tus papeles al dia, ... NO HAY QUE DEMOSTRAR SI CAZAS O NO, PUES ESTO NO ESTA ESCRITO EN EL REGLAMENTO DE ARMAS NI LECHES PAJOLERAS.
Y que sepais, que como no nos unamos, ya seamos, tiradores, cazadores, coleccionistas, esto de las armas en España va a ir cada vez peor, con mas prohibiciones, y con mas engaños para quitarnos las armas.
Hay que unirse, y denunciar formalmente, no dejarles pasar nada. Que todas esas tonterias que se inventan las comuniquen por escrito, y con eso denunciar, pero DENUNCIAR.
NOS ESTAN TOMANDO EL PELO DESCARADAMENTE, Y NOSOTROS YA DE BUENOS, SOMOS IDIOTAS QUE DECIMOS... SI GUAAANAAAA.
Saludos.
- fernandovitch
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Re: Ahora me quitan los rifles....
Cinco tiros escribió:....y entonces me respondio que pondria en su informe lo de la lesion a ver que pasaba ...
Pues, si aplican el RA a rajatabla, lo que podria pasar es la retirada de de todas tus licencias de armas de manera indefinida por incapacidad médica hasta que estés repuesto y entrega inmediata de todas tus armas a la IA. Ahí pueden estar hasta un año antes de que sean subastadas o destruidas. En ese tiempo puedes traspasarlas o recogerlas si queda demostrada de nuevo tu aptitud médica y te conceden de nuevo las licencias.
No eres sancionado, simplemente se aplica la normativa en su aspecto más importante, el de la seguridad. Y si tu IA no la cumple y se produce un accidente con resultado de lesiones quien se podria enfrentar a un problema penal es el interventor actual -quien lo fuese en el momento del conocimiento del problema de aptitud física-.
Otra cosa, si se produce un accidente en esas circunstancias, es que el seguro no te cubre.
Y si dices que has renovado recientemente las licencias con un informe médico favorable el gabinete y el facultativo firmantes deberían ser encausados desde el momento en que se conoce la "inexactitud" del informe, eso sin que se haya producido accidente alguno. No me gustaría estas en su pellejo.
Que coste que estoy contigo en todo lo que expresas y que lo arriba escrito no es mi opinión si no simplemente un resumen aplicado del espíritu del RA en materia de seguridad.
Ánimo y suerte.


- Cinco tiros
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Re: Ahora me quitan los rifles....
Vamos por partes,,, cuandomdigo que estoy lesionado, me refiero a que tengo una epicondililis interna y externa y para disparar bien me molesta..otra cosa es competir para mantener mis licencias...
En cuanto al certificado medico.... El medico me reviso vista, oido, reflejos y una larga charla con el psicologo ...pero no me revisaron el codo.,,, y esto no veo como me podrian aplicar esa ley de seguridad....
El GC se refería y se lo agradezco, a que pondría en su informe que no podia cazar por tener lesionado el brazo, vamos que no creo que por tener una epicondilitis nos quedemos sin lisencias ,,,,, la mitad de los tiradores de este pais lo tienen ,
Otra cosa es si queremos buscar cinco pies al gato .... Seguro que los encontramos
Como tengo la licencia De arma corta, la de escopeta de caza, la de rifles, la de avancarga ,,,,pues cada renovacion una charla con el psicologo...ya en unos años me conocen ....
Lo que si me adivirtieron en la IA fue una noticia que debemos estar pendientes los que tenemos armas cortas
Atentos ,,,, van a vigilar muy de cerca al seńor que va y participa solo una vez en una tirada al año para mantener la licencia .... Esto no lo van a considerar tener el arma para competicion de tiro...
No se como lo van a hacer pero la noticia es que no les gusta a los que mandan que un seńor tenga en su casa una pistola o revolver y que vaya una vez al año al campo de tiro y a veces se retire de la tirada en los disparos de prueba.
Está claro que no quieren que tengamos armas y como no me gusta la pinta que lleva esto, tomarè todas las precauciones para que no me las puedan quitar....
Armas, en el armero del campo de tiro....municion las que compro y gasto en el campo....y poco mas
Saludos y les tendre informados
En cuanto al certificado medico.... El medico me reviso vista, oido, reflejos y una larga charla con el psicologo ...pero no me revisaron el codo.,,, y esto no veo como me podrian aplicar esa ley de seguridad....
El GC se refería y se lo agradezco, a que pondría en su informe que no podia cazar por tener lesionado el brazo, vamos que no creo que por tener una epicondilitis nos quedemos sin lisencias ,,,,, la mitad de los tiradores de este pais lo tienen ,
Otra cosa es si queremos buscar cinco pies al gato .... Seguro que los encontramos
Como tengo la licencia De arma corta, la de escopeta de caza, la de rifles, la de avancarga ,,,,pues cada renovacion una charla con el psicologo...ya en unos años me conocen ....
Lo que si me adivirtieron en la IA fue una noticia que debemos estar pendientes los que tenemos armas cortas
Atentos ,,,, van a vigilar muy de cerca al seńor que va y participa solo una vez en una tirada al año para mantener la licencia .... Esto no lo van a considerar tener el arma para competicion de tiro...
No se como lo van a hacer pero la noticia es que no les gusta a los que mandan que un seńor tenga en su casa una pistola o revolver y que vaya una vez al año al campo de tiro y a veces se retire de la tirada en los disparos de prueba.
Está claro que no quieren que tengamos armas y como no me gusta la pinta que lleva esto, tomarè todas las precauciones para que no me las puedan quitar....
Armas, en el armero del campo de tiro....municion las que compro y gasto en el campo....y poco mas
Saludos y les tendre informados

Re: Ahora me quitan los rifles....
-Teme a tu gobierno que no te quiera armado-
- Branigan
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Re: Ahora me quitan los rifles....
Mientras sigamos diciendo .......¡Animo y suerte! A un compañero de armas en apuros y no nos unamos, lo llevamos claro.
COMO YO NO ERA JUDIO, ETC, ETC.
COMO YO NO ERA JUDIO, ETC, ETC.

El valor es tener miedo a la muerte y ensillar de todos modos.
Re: Ahora me quitan los rifles....
Por aclarar:
La CIPAE,, que es la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, como ógano designado para la interpretación de la normativa sobre armas (no las IAs, ni los cazadores, ni los foreros), en acuerdo de febrero del 2008, estableció, a propuesta de la propia icae, que se puede admitir la justificación de dedicación a la actividad deportiva para la tramitación de las licencias E y D que "el interesado aporte una declaración jurada o cualquier otro documento que justifique inequívocamente que va a practicar alguna de las actividades para las que habilitan las correspondientes licencias, circunstancia que será comprobada, en la medida de lo posible por los órganos encargados de la instrucción del procedimiento".
Es decir, que como se ha dicho en anteriores post, te pueden pedir una declaración, te puede valer una tarjeta deferativa, se puede presentar voluntariamente una licencia de caza, pero en todo caso la práctica "SERÁ COMPROBADA EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE".
Lógicamente no se puede comprobar en la primera solicitud de Licencia (no ha podido haber actividad porque no se ha sido titular de licencia),pero en las renovaciones SÍ se puede comprobar si los 5 años anteriores se ha realizado alguna actividad deportiva con las armas (las licencias se conceden para realizar actividades deportivas con armas..... si no se realizan no existe justificación para su tenencia)
Por lo tanto es el legislador y no la IAs las que imponen las reglas, éstas únicamente tratan de llevar a cabo su cumplimiento.
Un saludo
La CIPAE,, que es la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, como ógano designado para la interpretación de la normativa sobre armas (no las IAs, ni los cazadores, ni los foreros), en acuerdo de febrero del 2008, estableció, a propuesta de la propia icae, que se puede admitir la justificación de dedicación a la actividad deportiva para la tramitación de las licencias E y D que "el interesado aporte una declaración jurada o cualquier otro documento que justifique inequívocamente que va a practicar alguna de las actividades para las que habilitan las correspondientes licencias, circunstancia que será comprobada, en la medida de lo posible por los órganos encargados de la instrucción del procedimiento".
Es decir, que como se ha dicho en anteriores post, te pueden pedir una declaración, te puede valer una tarjeta deferativa, se puede presentar voluntariamente una licencia de caza, pero en todo caso la práctica "SERÁ COMPROBADA EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE".
Lógicamente no se puede comprobar en la primera solicitud de Licencia (no ha podido haber actividad porque no se ha sido titular de licencia),pero en las renovaciones SÍ se puede comprobar si los 5 años anteriores se ha realizado alguna actividad deportiva con las armas (las licencias se conceden para realizar actividades deportivas con armas..... si no se realizan no existe justificación para su tenencia)
Por lo tanto es el legislador y no la IAs las que imponen las reglas, éstas únicamente tratan de llevar a cabo su cumplimiento.
Un saludo
- bestiababosa
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Re: Ahora me quitan los rifles....
para que una ley se deba cumplir, ha de ser publicada. Las circulares internas que se gasta esta gente...y solo conocen ellos...deberian valer para ellos solo, en un pais democratico....
pero releyendo la ley, en el reglamento no dice nada de periodos de inactividad concretos para retirar la D. Sí lo hace con la F, que establece que si en un año no se realiza actividad deportiva, se pierde la licencia. De la D, nada de nada en el reglamento. Luego se han inventado la ley.
el error ha sido dar por valido lo que le "han dicho", en la IA. Lo que hay que hacer es que te lo pongan por escrito, estableciendo en que articulo del relgamento se basan para retirarte el permiso que te acaban de renovar hace un mes y que te permite su tenencia durante 5 años.
ademas, no tienes porque cazar en tu CCAA, puedes irte al extranjero, etc...el hecho de no cazar en CANARIAS no significa que no puedas hacerlo de hoy a 5 años en BOTSWANA.
releyendo reglamento, articulo 97 punto 2:
2"Cuando se solicite la concesión de las licencias D para armas de la categoría 2.ª, 2 y de las licencias E para armas de la categoría 3.ª, 2, dicha información se referirá también a la dedicación real del interesado al ejercicio de la caza o de los deportes correspondientes, que podrá ser acreditada por los solicitantes mediante exhibición de las correspondientes licencias de caza y tarjetas federativas en vigor". (O SEA, LICENCIA DE CAZA O TARJETA FEDERATIVA ES LO QUE ACREDITA LA DEDICACION, punto pelota...lo demas, cosecha propia de algunos...)
3." Las licencias se expedirán en los correspondientes impresos confeccionados por la Dirección General de la Guardia Civil."
4." En toda autorización, licencia o tarjeta, deberá figurar el número del documento nacional de identidad o documento equivalente y los datos personales, cuando el titular sea persona física, y el número del código de identificación, la denominación y domicilio, cuando el titular sea persona jurídica."
5 "La vigencia de las autorizaciones concedidas y de los reconocimientos de coleccionistas efectuados estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles con arreglo a lo dispuesto en este Reglamento para su otorgamiento, (LO DICHO, LO QUE DISPONE EL REGLAMENTO PARA OTORGAR ES LO QUE PIDE PARA RENOVAR, NI MAS, NI MENOS......)pudiendo los órganos competentes para su expedición comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y procediendo a revocarlas en caso contrario."
y los requisitos son los que pide EN CONCRETO EL RELGAMENTO, LO QUE ESTA PUBLICADO Y LEEMOS TODOS.., no los que se inventa tu IA, sin base juridica ninguna.....y cazar exclus. en tu IA no lo exije el relgamento...., sino el mantenimiento de las aptitudes psicofisicas y aportar los papeles que exije...... La ley a de ser concreta, y en este caso, lo es: la tarjeta federativa o licencia de caza acredita tu ejercicio de la caza...o quieren un certificado de que fuiste a una monteria, cosa que no exije el reglamento?
de todas maneras, que no quieren renovar dentro de 5 años, cuando caduque, porque no cazaste? la vuelves a solicitar de nuevo, claro, que aportando mas papeles, por ser como la primera vez...pero dentro de 5 años!
como puede una IA anular una concesion del Ministerio del Interior sin basarse en protocolos de seguridad, sino meramente .."de exceso de celo" (lease inventarse la ley)?
pero bueno, lo que yo diga, una mierda vale...pero manda huevos la cantidad de burradas.
ultima burrada que he oido:
cierta IA obliga a depositar las armas a poseedores de F mientras se renueva, pues interpreta el interventor que "mientras se renueva, no se tiene licencia."......
resumen: le ha tocado un Interventor que se inventa la ley. Si le exijen el deposito de sus armas, exijalo por escrito, y digale al interventor que pondra una queja formal contra el por exceso en el ejercicio de sus funciones. Leale el articulo del reglamento referente a concesion y renovacion de licencias D y E, el 97.2. Denuncie si persisten en pisotear sus derechos ciudadanos. Exija que ellos cumplan la ley como nos exijen a nosotros cumpirla, pero LA LEY, no "SU LEY"....
un saludo
pero releyendo la ley, en el reglamento no dice nada de periodos de inactividad concretos para retirar la D. Sí lo hace con la F, que establece que si en un año no se realiza actividad deportiva, se pierde la licencia. De la D, nada de nada en el reglamento. Luego se han inventado la ley.
el error ha sido dar por valido lo que le "han dicho", en la IA. Lo que hay que hacer es que te lo pongan por escrito, estableciendo en que articulo del relgamento se basan para retirarte el permiso que te acaban de renovar hace un mes y que te permite su tenencia durante 5 años.
ademas, no tienes porque cazar en tu CCAA, puedes irte al extranjero, etc...el hecho de no cazar en CANARIAS no significa que no puedas hacerlo de hoy a 5 años en BOTSWANA.
releyendo reglamento, articulo 97 punto 2:
2"Cuando se solicite la concesión de las licencias D para armas de la categoría 2.ª, 2 y de las licencias E para armas de la categoría 3.ª, 2, dicha información se referirá también a la dedicación real del interesado al ejercicio de la caza o de los deportes correspondientes, que podrá ser acreditada por los solicitantes mediante exhibición de las correspondientes licencias de caza y tarjetas federativas en vigor". (O SEA, LICENCIA DE CAZA O TARJETA FEDERATIVA ES LO QUE ACREDITA LA DEDICACION, punto pelota...lo demas, cosecha propia de algunos...)
3." Las licencias se expedirán en los correspondientes impresos confeccionados por la Dirección General de la Guardia Civil."
4." En toda autorización, licencia o tarjeta, deberá figurar el número del documento nacional de identidad o documento equivalente y los datos personales, cuando el titular sea persona física, y el número del código de identificación, la denominación y domicilio, cuando el titular sea persona jurídica."
5 "La vigencia de las autorizaciones concedidas y de los reconocimientos de coleccionistas efectuados estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles con arreglo a lo dispuesto en este Reglamento para su otorgamiento, (LO DICHO, LO QUE DISPONE EL REGLAMENTO PARA OTORGAR ES LO QUE PIDE PARA RENOVAR, NI MAS, NI MENOS......)pudiendo los órganos competentes para su expedición comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y procediendo a revocarlas en caso contrario."
y los requisitos son los que pide EN CONCRETO EL RELGAMENTO, LO QUE ESTA PUBLICADO Y LEEMOS TODOS.., no los que se inventa tu IA, sin base juridica ninguna.....y cazar exclus. en tu IA no lo exije el relgamento...., sino el mantenimiento de las aptitudes psicofisicas y aportar los papeles que exije...... La ley a de ser concreta, y en este caso, lo es: la tarjeta federativa o licencia de caza acredita tu ejercicio de la caza...o quieren un certificado de que fuiste a una monteria, cosa que no exije el reglamento?
de todas maneras, que no quieren renovar dentro de 5 años, cuando caduque, porque no cazaste? la vuelves a solicitar de nuevo, claro, que aportando mas papeles, por ser como la primera vez...pero dentro de 5 años!
como puede una IA anular una concesion del Ministerio del Interior sin basarse en protocolos de seguridad, sino meramente .."de exceso de celo" (lease inventarse la ley)?
pero bueno, lo que yo diga, una mierda vale...pero manda huevos la cantidad de burradas.
ultima burrada que he oido:
cierta IA obliga a depositar las armas a poseedores de F mientras se renueva, pues interpreta el interventor que "mientras se renueva, no se tiene licencia."......
resumen: le ha tocado un Interventor que se inventa la ley. Si le exijen el deposito de sus armas, exijalo por escrito, y digale al interventor que pondra una queja formal contra el por exceso en el ejercicio de sus funciones. Leale el articulo del reglamento referente a concesion y renovacion de licencias D y E, el 97.2. Denuncie si persisten en pisotear sus derechos ciudadanos. Exija que ellos cumplan la ley como nos exijen a nosotros cumpirla, pero LA LEY, no "SU LEY"....
un saludo
Última edición por bestiababosa el 16 Feb 2015 23:10, editado 3 veces en total.
Re: Ahora me quitan los rifles....
bestiababosa escribió:para que una ley se deba cumplir, ha de ser publicada. Las circulares internas que se gasta esta gente...y solo conocen ellos...deberian valer para ellos solo, en un pais democratico....
pero releyendo la ley, en el reglamento no dice nada de periodos de inactividad concretos para retirar la D. Sí lo hace con la F, que establece que si en un año no se realiza actividad deportiva, se pierde la licencia. De la D, nada de nada en el reglamento. Luego se han inventado la ley.
el error ha sido dar por valido lo que le "han dicho", en la IA. Lo que hay que hacer es que te lo pongan por escrito, estableciendo en que articulo del relgamento se basan para retirarte el permiso que te acaban de renovar hace un mes y que te permite su tenencia durante 5 años.
ademas, no tienes porque cazar en tu CCAA, puedes irte al extranjero, etc...el hecho de no cazar en CANARIAS no significa que no puedas hacerlo de hoy a 5 años en BOTSWANA.
releyendo reglamento:
Cuando se solicite la concesión de las licencias D para armas de la categoría 2.ª, 2 y de las licencias E para armas de la categoría 3.ª, 2, dicha información se referirá también a la dedicación real del interesado al ejercicio de la caza o de los deportes correspondientes, que podrá ser acreditada por los solicitantes mediante exhibición de las correspondientes licencias de caza y tarjetas federativas en vigor.
3. Las licencias se expedirán en los correspondientes impresos confeccionados por la Dirección General de la Guardia Civil.
4. En toda autorización, licencia o tarjeta, deberá figurar el número del documento nacional de identidad o documento equivalente y los datos personales, cuando el titular sea persona física, y el número del código de identificación, la denominación y domicilio, cuando el titular sea persona jurídica.
5 La vigencia de las autorizaciones concedidas y de los reconocimientos de coleccionistas efectuados estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles con arreglo a lo dispuesto en este Reglamento para su otorgamiento, pudiendo los órganos competentes para su expedición comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y procediendo a revocarlas en caso contrario.
y los requisitos son los que pide, no los que se inventa tu interventor: haber ido a cazar en tu CCAA no lo exije el reglamento, sino el mantenimiento de las aptitudes psicofisicas y aportar los papeles. La ley a de ser concreta, y en este caso, lo es: la tarjeta federativa o licencia de caza acredita tu ejercicio de la caza...o quieren un certificado de que fuiste a una monteria, cosa que no exije el reglamento?
de todas maneras, que no quieren renovar dentro de 5 años, cuando caduque, porque no cazaste? la vuelves a solicitar de nuevo, claro, que aportando mas papeles, por ser como la primera vez...pero dentro de 5 años!
como puede una IA anular una concesion del Ministerio del Interior sin basarse en protocolos de seguridad, sino meramente .."de exceso de celo" (lease inventarse la ley)?
pero bueno, lo que yo diga, una mierda vale...pero manda huevos la cantidad de burradas.
ultima burrada que he oido:
cierta IA obliga a depositar las armas a poseedores de F mientras se renueva, pues interpreta el interventor que "mientras se renueva, no se tiene licencia."......
resumen: le ha tocado un Interventor que se inventa la ley. Pongase en contacto con un abogado.
un saludo






















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Re: Ahora me quitan los rifles....
bestiababosa escribió:
ultima burrada que he oido:
cierta IA obliga a depositar las armas a poseedores de F mientras se renueva, pues interpreta el interventor que "mientras se renueva, no se tiene licencia."......
resumen: le ha tocado un Interventor que se inventa la ley. Si le exijen el deposito de sus armas, exijalo por escrito, y digale al interventor que pondra una queja formal contra el por exceso en el ejercicio de sus funciones. Leale el articulo del reglamento referente a concesion y renovacion de licencias D y E, el 97.2. Denuncie si persisten en pisotear sus derechos ciudadanos. Exija que ellos cumplan la ley como nos exijen a nosotros cumpirla, pero LA LEY, no "SU LEY"....
un saludo
Solo un añadido ( todo lo demás borrado) 100% OK
Cuando renuevas, te hacen un permiso temporal válido para tres meses.
Sí al cabo de tres meses no te llega la renovación y te lo vuelven a renovar (el temporal) para tres meses más.
Nunca dejas de tener licencia de armas. Independientemente que sea "F" "E" ò "D"
Saludos Manolo
- bestiababosa
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Re: Ahora me quitan los rifles....
estimado,
parece ser que el unico de ESPAÑA que no lo sabe es cierto interventor, que manda huevos que alguien que desconoze la ley se dedique a vivir de su aplicacion.
Bueno, como no le denuncian......pero es algo que me conto alguien muy serio de otra IA, no la mia, donde no hay quejas, pues aplican la literalidad del reglamento, como debe ser.
El reglamento es malo, pero es que si encima llega algun prepotente y le pone restricciones "cosecha propia"...ya es rizar el rizo.
hay tambien un problema muy grave con esto de las "circulares internas" de esta gente...pero muy grave....LEYES de "ELLOS" QUE NOS APLICAN sin estar publicadas, de circulamiento interno, por eso "SON DE ELLOS" y sin reformar el reglamento....
Y si una ley NO ES PUBLICA, su validez juridica es CERO.
Como me pueden aplicar una norma que NADIE SALVO ELLOS, conocen...? yo y todos tenemos que cumplir el reglamento...pero EL REGLAMENTO publicado, no el SECRETO.
Lo mismo pasa con las armas HISTORICAS y ARTISTICAS, que reconoce la LEY PUBLICADA , pero despues resulta que tienen OTRO REGLAMENTO interno, secreto, entre ellos, que interpretando arbritrariamente lo que es HISTORICO o ARTISTICO.....(pistola de MANOLETE que nadie quiere y armas decoradas con Diamantes que nadie colecciona y que debian usar los artistas del BODEVIL...).
Un saludo
parece ser que el unico de ESPAÑA que no lo sabe es cierto interventor, que manda huevos que alguien que desconoze la ley se dedique a vivir de su aplicacion.
Bueno, como no le denuncian......pero es algo que me conto alguien muy serio de otra IA, no la mia, donde no hay quejas, pues aplican la literalidad del reglamento, como debe ser.
El reglamento es malo, pero es que si encima llega algun prepotente y le pone restricciones "cosecha propia"...ya es rizar el rizo.
hay tambien un problema muy grave con esto de las "circulares internas" de esta gente...pero muy grave....LEYES de "ELLOS" QUE NOS APLICAN sin estar publicadas, de circulamiento interno, por eso "SON DE ELLOS" y sin reformar el reglamento....
Y si una ley NO ES PUBLICA, su validez juridica es CERO.
Como me pueden aplicar una norma que NADIE SALVO ELLOS, conocen...? yo y todos tenemos que cumplir el reglamento...pero EL REGLAMENTO publicado, no el SECRETO.
Lo mismo pasa con las armas HISTORICAS y ARTISTICAS, que reconoce la LEY PUBLICADA , pero despues resulta que tienen OTRO REGLAMENTO interno, secreto, entre ellos, que interpretando arbritrariamente lo que es HISTORICO o ARTISTICO.....(pistola de MANOLETE que nadie quiere y armas decoradas con Diamantes que nadie colecciona y que debian usar los artistas del BODEVIL...).
Un saludo
Re: Ahora me quitan los rifles....
No es por discrepar, pero me he repasado el RA y no he visto que ningún artículo hable de RENOVACIÓN, solo habla de "licencias sucesivas", "nueva concesión" en el art. 97.1; "nuevas licencias" en el caso de las licencias B -art.99.6-; en relación con las licencias F, también habla de "nuevas licencias" -art. 134- y sobre todo el art. 103, que dice que "Cuando los titulares de licencias de armas, próximas a caducar, soliciten su nueva concesión, las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil que reciban las solicitudes con las correspondientes documentaciones podrán expedir a los solicitantes autorizaciones temporales de uso de dichas armas, cuyo plazo de validez será de tres meses; recogiéndoles al propio tiempo las licencias próximas a caducar".
Por otro lado quiero recordar nuevamente el art. 97.5 citado anteriormente, pero resaltando la parte que no se ha destacado "....5.- La vigencia de las autorizaciones concedidas y de los reconocimientos de coleccionistas efectuados estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles con arreglo a lo dispuesto en este Reglamento para su otorgamiento, pudiendo los órganos competentes para su expedición comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y procediendo a revocarlas en caso contrario", es decir, que ciertamente la Licencia de Caza o la Tarjeta Federativa pueden justificar la dedicación a un actividad, pero si ésta no se realiza (si no se caza o no de realiza tiro deportivo) no existe actividad (creo que esto lo debe entender cualquiera) y por lo tanto no se puede justificar la posesión de armaspara práctricas deportivas cuando éstas no se realizan, lo demás sí que son interpretaciones interesadas.
Por lo tanto nada impide a las IAs comprobar en cualquier momento que las armas que se poseen se tienen para lo que se han solicitado, y en caso de revocar, sería dentro de la instrucción de un procedimiento donde el titular podrá justificar, acreditar o lo que crea conveniente.
Y sí, cazar en BOTSWANA o en otra CCAA, justifica claramente la actividad. . . . .
Un saludo.
Por otro lado quiero recordar nuevamente el art. 97.5 citado anteriormente, pero resaltando la parte que no se ha destacado "....5.- La vigencia de las autorizaciones concedidas y de los reconocimientos de coleccionistas efectuados estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles con arreglo a lo dispuesto en este Reglamento para su otorgamiento, pudiendo los órganos competentes para su expedición comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y procediendo a revocarlas en caso contrario", es decir, que ciertamente la Licencia de Caza o la Tarjeta Federativa pueden justificar la dedicación a un actividad, pero si ésta no se realiza (si no se caza o no de realiza tiro deportivo) no existe actividad (creo que esto lo debe entender cualquiera) y por lo tanto no se puede justificar la posesión de armaspara práctricas deportivas cuando éstas no se realizan, lo demás sí que son interpretaciones interesadas.
Por lo tanto nada impide a las IAs comprobar en cualquier momento que las armas que se poseen se tienen para lo que se han solicitado, y en caso de revocar, sería dentro de la instrucción de un procedimiento donde el titular podrá justificar, acreditar o lo que crea conveniente.
Y sí, cazar en BOTSWANA o en otra CCAA, justifica claramente la actividad. . . . .
Un saludo.
- bestiababosa
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Re: Ahora me quitan los rifles....
vigencia= requisitos exigibles con arreglo a lo dispuesto en este Reglamento para su otorgamiento:
2"Cuando se solicite la concesión de las licencias D para armas de la categoría 2.ª, 2 y de las licencias E para armas de la categoría 3.ª, 2, dicha información se referirá también a la dedicación real del interesado al ejercicio de la caza o de los deportes correspondientes, que podrá ser acreditada por los solicitantes mediante exhibición de las correspondientes licencias de caza y tarjetas federativas en vigor"
y me quedo con la ley que aqui es muy concreta por cierto......no habla de otras cosas aunque supongo valdran..que me callo para no dar ideas.... pero leo claramente "tarjeta o licencia", que, por cierto, son anuales.
paso de mas discusiones y resumo....lo que importa, no o es si existe o no......sino lo que la ley nos exije para demostrar que existe....si la ley dice aportar churros para demostrar que soy goloso y poder comprar azucar.........aporto los churros y les demuestro que soy goloso..........
pd: cierto, llamamos renovacion a licencias que en realidad, no se renuevan, sino que se solicitan otra vez por caducar.
pd2: todo lo que digamos aqui no vale una m**** y ojo con dar ideas y levantar liebres...
2"Cuando se solicite la concesión de las licencias D para armas de la categoría 2.ª, 2 y de las licencias E para armas de la categoría 3.ª, 2, dicha información se referirá también a la dedicación real del interesado al ejercicio de la caza o de los deportes correspondientes, que podrá ser acreditada por los solicitantes mediante exhibición de las correspondientes licencias de caza y tarjetas federativas en vigor"
y me quedo con la ley que aqui es muy concreta por cierto......no habla de otras cosas aunque supongo valdran..que me callo para no dar ideas.... pero leo claramente "tarjeta o licencia", que, por cierto, son anuales.
paso de mas discusiones y resumo....lo que importa, no o es si existe o no......sino lo que la ley nos exije para demostrar que existe....si la ley dice aportar churros para demostrar que soy goloso y poder comprar azucar.........aporto los churros y les demuestro que soy goloso..........
pd: cierto, llamamos renovacion a licencias que en realidad, no se renuevan, sino que se solicitan otra vez por caducar.
pd2: todo lo que digamos aqui no vale una m**** y ojo con dar ideas y levantar liebres...
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