LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

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santiagos
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor santiagos » 31 Dic 2014 20:25

drana escribió:Yo tengo autorización de recarga desde hace mas de diez años.....y aunque en su día la pedí para cierto calibre me dijeron q podría recargar todos los calibres q tuviera en guía una vez ya concedida....

Ahora veo q para cada calibre hay q hacer una nueva solicitud???

Menos mal q lo tengo todo en 44-40!!!!

Salu2 al foro!!
Feliz noche vieja!!
Feliz año!!

Eso parece compañero

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Hobbit
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Hobbit » 31 Dic 2014 21:58

santiagos escribió:Bien, ... y los que ya tenemos guiado un revolver réplica de cartucho metálico en AE anterior a la nueva normativa y estamos federados y competimos como en mi caso con calibre 9, 22 etc guiadas en F...que pasa para poder seguir disparando con el revolver replica guiado en AE ¿TENEMOS QUE COMPETIR EN QUE ? ¿En PIÑAL ? Y si no nos venden munición ? ¿ Recargar ? Hace dos meses que solicité la ampliación de recarga para el LC 45 y todavía estoy esperando... no se si la demora se debe a las fiestas o no se que pensar, yo tengo licencia de recarga de 45 acp, 9 parabellum y 357 magnum y me compré un Catleman Pietta cartucho metálico guiado en AE ya digo anteriormente a que saliera la dichosa nueva normativa. Bueno a ver como se come el tema porque no se a que atenerme.
Saludos a todos y Feliz Año Nuevo, eso si nos dejan.

SOCIO DE ANARMA 1246


Buenas noches de nuevo,

Vamos a ver, la Orden Ministerial habla de "acreditarse uso habitual" lo que significa que debes usarlas, no necesariamente competir. Con certificados del Club de Tiro estimo que seria suficiente.

Ahora no hay motivo para que el Club de Tiro no te venda munición (de pólvora negra), ya que la propia Orden te obliga a usarlas. Y con respecto a la recarga yo no veo ninguna variación, aun mas, al decirte que debes usarlas no hay justificación para no concederte la recarga. El tema creo que esta en que solo conceden autorizacion de recarga a aquellos tiradores que cuentan tambien con la F, ahora lo bueno seria conseguir que se concediese a aquellos que solo disponen de la AE.

Un saludo a todos,

santiagos
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor santiagos » 31 Dic 2014 23:09

Hobbit escribió:
santiagos escribió:Bien, ... y los que ya tenemos guiado un revolver réplica de cartucho metálico en AE anterior a la nueva normativa y estamos federados y competimos como en mi caso con calibre 9, 22 etc guiadas en F...que pasa para poder seguir disparando con el revolver replica guiado en AE ¿TENEMOS QUE COMPETIR EN QUE ? ¿En PIÑAL ? Y si no nos venden munición ? ¿ Recargar ? Hace dos meses que solicité la ampliación de recarga para el LC 45 y todavía estoy esperando... no se si la demora se debe a las fiestas o no se que pensar, yo tengo licencia de recarga de 45 acp, 9 parabellum y 357 magnum y me compré un Catleman Pietta cartucho metálico guiado en AE ya digo anteriormente a que saliera la dichosa nueva normativa. Bueno a ver como se come el tema porque no se a que atenerme.
Saludos a todos y Feliz Año Nuevo, eso si nos dejan.

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Buenas noches de nuevo,

Vamos a ver, la Orden Ministerial habla de "acreditarse uso habitual" lo que significa que debes usarlas, no necesariamente competir. Con certificados del Club de Tiro estimo que seria suficiente.

Ahora no hay motivo para que el Club de Tiro no te venda munición (de pólvora negra), ya que la propia Orden te obliga a usarlas. Y con respecto a la recarga yo no veo ninguna variación, aun mas, al decirte que debes usarlas no hay justificación para no concederte la recarga. El tema creo que esta en que solo conceden autorizacion de recarga a aquellos tiradores que cuentan tambien con la F, ahora lo bueno seria conseguir que se concediese a aquellos que solo disponen de la AE.

Un saludo a todos,

No se... no se...no lo tengo muy claro, pero gracias por tu opinión positiva :birra^:

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor drana » 01 Ene 2015 09:56

La recarga solo se concede en función de la actividad..................., y esta o es deportiva F, o es cinegética D.

Si a la AE, ahora le van a dar un tratamiento deportivo............... deberían permitirla también!!!

Feliz año nuevo al foro!!!

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor santiagos » 01 Ene 2015 10:52

drana escribió:La recarga solo se concede en función de la actividad..................., y esta o es deportiva F, o es cinegética D.

Si a la AE, ahora le van a dar un tratamiento deportivo............... deberían permitirla también!!!

Feliz año nuevo al foro!!!

Perdona que discrepe pero tengo muchos compañeros que tienen guiados revolveres en AE y solicitaron el premiso de recarga para dichos revolveres y se lo han concedido con la condición de que recargen con pólvora negra.
Saludos y Feliz Año compañero. :birra^:

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor leica » 01 Ene 2015 11:19

Hobbit escribió:Buenas noches y Feliz Año!

Hace un par de días estuve por mi Intervención de Armas y comenté este asunto; os cuento:

Después de salir publicada en el BOE la Orden Ministerial, la ICAE ha mandado una circular a las Intervenciones comentando esta Orden y dando una serie de pautas a seguir. Las pautas que marca la citada circular son las de todos conocidas:

* Solo afecta a cartuchería metálica, las tradicionales de avancarga siguen como hasta ahora.

Para guiar un arma de cartucho metálico:
- Hay que comprar dos armas en el primer año.
- Se necesitará estar asociado a una Asociacion de Coleccionistas (lo de la firma de los dos coleccionistas lo han obviado).
- Habra que inscribirla en el Libro de Coleccionista.

Para usar el arma:
- Habra que hacer un examen relativo a su manejo.
- Nos tendrán que hacer un nuevo tipo de Autorización Especial (Será distinta a las de avancarga normales).
- Tendremos que pertenecer a un Club de Tiro y justificar tiradas.

Los problemas:

- Los aplicativos informáticos de la GC no están desarrollados y no se puede guiar nuevas armas.
- No esta definido el examen que hay que hacer y por tanto todavía no se puede realizar y subsecuentemente guiar ningún arma.

Y lo mas gordo: AVISO A TITULARES DE REPLICAS DEL .22

Dice la circular que como en aquellos tiempos no existia pólvora nitro y que ahora no se fabrica cartuchos del .22 con pólvora negra, se deberá informar a quienes pretendan guiar un arma de este calibre de la imposibilidad de hacer uso de ella.

Así que nos queda un tiempecito (meses) para que la maquinita administrativa desarrolle los aplicativos y diseñen el temario y examen que abrirá nuevamente las puertas a guiar estas armas.

Un saludo a todos y fuerza para el 2015!



pues dos cosas, esa circular debe ser de zona porque a mi intervención no ha llegado o no la aplican, a dia de ayer a ultima hora no había cambios para la AE ni previsto para primeros de año.....y se puede pasar de AE a AE sin problema alguno, otra cosa es pedir una nueva AE...en ese caso la solicitud la mandan a la central...

y por otro lado en esta circular que comentas.....de la caja fuerte no dicen ni mu,

y luego no entiendo lo justificar tiradas sin municion y sin recarga...y sin competiciones programadas.....y si tienes algo por colección y antiguo....te obligan a competir... no todo en el mundo es competir....es usar algo que tienes de colección....el que tiene un coche histórico y esta en una asociación...no tiene porque meter el coche en jarama.

por otro lado no dejan tiempo transitorio....las federaciones se deben adaptar a hacer competiciones y calendarios...las armerías deben sacar su stock....la gente se tiene que comprar un armero......deben crearse esas asociaciones de coleccionista de armas históricas....algún fabricante debe comercializar cartuchos del 22 con polvora negra....etc

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor walman » 01 Ene 2015 11:33

Hola, feliz año a todos. Yo solicite la autorizacion de recarga en diciembre en Valencia y al estar federado pude pedir tambien la del 45 lc pero solo para polvora
Negra. Todavia no me a llegado ya veremos.
Lo cierto es que todos estamos especulando y nadie tiene claro lo que va a pasar, porque el boe no lo deja claro.
Me gustaria que algunos miembros del foro que son interventores de armas, incluso creo que hay alguno de Icae nos digeran algo al respecto ( si lo tienen claro) cosa que dudo.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor muretti » 01 Ene 2015 11:42

...
Última edición por muretti el 01 Ene 2015 11:58, editado 1 vez en total.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor JordiAMX » 01 Ene 2015 11:47

santiagos escribió:
drana escribió:La recarga solo se concede en función de la actividad..................., y esta o es deportiva F, o es cinegética D.

Si a la AE, ahora le van a dar un tratamiento deportivo............... deberían permitirla también!!!

Feliz año nuevo al foro!!!

Perdona que discrepe pero tengo muchos compañeros que tienen guiados revolveres en AE y solicitaron el premiso de recarga para dichos revolveres y se lo han concedido con la condición de que recargen con pólvora negra.
Saludos y Feliz Año compañero. :birra^:



Y otros a los que no nos la han concedido. Depende de la IA que te toque, seguridad no hay ninguna ni en un sentido ni en el contrario. Como de costumbre dependerá del pie con el que se haya levantado el guardia que te atienda.
Cave canem.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor ESMALTINO » 01 Ene 2015 11:59

muretti escribió:...circular 58 de 2014. Correcto en todo lo comentado por hobbit y pendiente de resoluciones del director general de la guardia civil que dictará cuales son las pruebas y las medidas de seguridad. Puntualizar que la OM no tiene carácter retroactivo y los que ya tienen guiada un arma categoría 6.2 en AE están exentos hasta la caducidad de la autorizacion, fecha en la que deberán iniciar proceso como si fuese obtención por primera vez ..


Hola Compañero, lo que dices que la OM no tiene carácter retroactivo, ¿donde está escrito?, ¿o es que se supone?, ó ¿que nos gustaría que fuese así?, por que en este caso los revólveres del 22 ya guíados, se podrían utilizar con pólvora nitro hasta caducidad y nueva renovación de la AE .. creo que todo es está muy confuso y no sabremos a qué atenernos, y cada Intervención es "un mundo".... ya veremos a ver como se desarrollan los acontecimientos, aunque creo que nunca nos enteraremos, ni no los aclararán del todo.
Feliz 2015 ..

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor drana » 01 Ene 2015 12:18

Santiagos................me alegro mucho que funcione asi en tu localidad.............., deberíamos mudarnos!!!

Aquí en la mia, lo expuesto: ni en el mejor de los sueños recargar con la AE,!!!

Solo se autoriza para lo expuesto anteriormente................., y de aumento de cupo para la AE, mas de ciencia ficción!!!

Lo que ocurre es que esto son los reinos de taifas!!!

Feliz año, (a los que se hayan levantado)!!!! :D :D

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor santiagos » 01 Ene 2015 12:27

Hola Drana, mi localidad es Madrid, y según se tercie el día... si sale el sol a lo mejor hay suerte y si sale la luna pues lo contrario...jajaja
Un saludo compañero. Y además estoy de acuerdo contigo.
Feliz 2015. :birra^:

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Hobbit » 01 Ene 2015 14:15

leica escribió:
pues dos cosas, esa circular debe ser de zona porque a mi intervención no ha llegado o no la aplican, a dia de ayer a ultima hora no había cambios para la AE ni previsto para primeros de año.....y se puede pasar de AE a AE sin problema alguno, otra cosa es pedir una nueva AE...en ese caso la solicitud la mandan a la central...

y por otro lado en esta circular que comentas.....de la caja fuerte no dicen ni mu,

y luego no entiendo lo justificar tiradas sin municion y sin recarga...y sin competiciones programadas.....y si tienes algo por colección y antiguo....te obligan a competir... no todo en el mundo es competir....es usar algo que tienes de colección....el que tiene un coche histórico y esta en una asociación...no tiene porque meter el coche en jarama.

por otro lado no dejan tiempo transitorio....las federaciones se deben adaptar a hacer competiciones y calendarios...las armerías deben sacar su stock....la gente se tiene que comprar un armero......deben crearse esas asociaciones de coleccionista de armas históricas....algún fabricante debe comercializar cartuchos del 22 con polvora negra....etc


Bueno, es simple.

Si solo quieres las armas para tenerlas en tu casa como colección, tan solo necesitaras el libro de coleccionista, la pertenencia a una asociación o firma de dos coleccionistas y las medidas de seguridad que indique la GC. Pero no podrás comprar munición, ni sacar el arma de casa, ni por supuesto usarla.

Si la quieres usar, a todo lo anterior suma pasar un examen de capacitación y acreditar que las USAS en la galería (ojo que no dice nada de competir y por lo tanto entiendo que aquí sobra la Federacion).

* Ojo, en ambos casos anteriores debes comprometerte a tener al menos dos armas y adquirirlas (las dos) en el mismo año.

Por otro lado, con referencia al tema de la recarga, si hay compañeros a los que se les ha concedido la Autorización de Recarga con la AE aquellos a quienes sus Intervenciones no se las conceden tienen la posibilidad de recurrir administrativamente esta denegación alegando agravio comparativo.

Y mas, una solución para la asociación de coleccionistas es que ANARMA modificara rapidamente sus Estatutos para incluir entre sus fines la "promoción y difusión del coleccionismo de armas". Así, ser socio de ANARMA serviría para justificar la pertenencia a una asociación de coleccionistas.

Un saludo a todos y ¡Feliz Año!,

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor JotaErre » 01 Ene 2015 14:29

Vamos que, en resumen, lo que han hecho es crear un nuevo tipo de licencia de armas... sin modificar el Reglamento de Armas. ¿Hasta qué punto es legal eso? Yo no soy abogado, pero no lo veo nada claro. Eso sí, cuando llevas estos temas a los tribunales, puede pasar cualquier cosa.

Por cierto, os informo de que ayer hice mi transferencia de 30€ a Anarma y envié mi solicitud de ingreso en dicha asociación. No sé si se conseguirá unir a todos los usuarios de armas de este país. No sé si se conseguirá una masa crítica suficiente para cambiar las cosas... pero sí que sé que la manera más segura de que las cosas no cambien es no hacer nada. Así que hay que intentarlo.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor leica » 01 Ene 2015 14:38

Hobbit escribió:
leica escribió:
pues dos cosas, esa circular debe ser de zona porque a mi intervención no ha llegado o no la aplican, a dia de ayer a ultima hora no había cambios para la AE ni previsto para primeros de año.....y se puede pasar de AE a AE sin problema alguno, otra cosa es pedir una nueva AE...en ese caso la solicitud la mandan a la central...

y por otro lado en esta circular que comentas.....de la caja fuerte no dicen ni mu,

y luego no entiendo lo justificar tiradas sin municion y sin recarga...y sin competiciones programadas.....y si tienes algo por colección y antiguo....te obligan a competir... no todo en el mundo es competir....es usar algo que tienes de colección....el que tiene un coche histórico y esta en una asociación...no tiene porque meter el coche en jarama.

por otro lado no dejan tiempo transitorio....las federaciones se deben adaptar a hacer competiciones y calendarios...las armerías deben sacar su stock....la gente se tiene que comprar un armero......deben crearse esas asociaciones de coleccionista de armas históricas....algún fabricante debe comercializar cartuchos del 22 con polvora negra....etc


Bueno, es simple.

Si solo quieres las armas para tenerlas en tu casa como colección, tan solo necesitaras el libro de coleccionista, la pertenencia a una asociación o firma de dos coleccionistas y las medidas de seguridad que indique la GC. Pero no podrás comprar munición, ni sacar el arma de casa, ni por supuesto usarla.

Si la quieres usar, a todo lo anterior suma pasar un examen de capacitación y acreditar que las USAS en la galería (ojo que no dice nada de competir y por lo tanto entiendo que aquí sobra la Federacion).

* Ojo, en ambos casos anteriores debes comprometerte a tener al menos dos armas y adquirirlas (las dos) en el mismo año.

Por otro lado, con referencia al tema de la recarga, si hay compañeros a los que se les ha concedido la Autorización de Recarga con la AE aquellos a quienes sus Intervenciones no se las conceden tienen la posibilidad de recurrir administrativamente esta denegación alegando agravio comparativo.

Y mas, una solución para la asociación de coleccionistas es que ANARMA modificara rapidamente sus Estatutos para incluir entre sus fines la "promoción y difusión del coleccionismo de armas". Así, ser socio de ANARMA serviría para justificar la pertenencia a una asociación de coleccionistas.

Un saludo a todos y ¡Feliz Año!,




si lo de que anarma pasara a ser también asociación de coleccionismo ya es un clamor popular......esta claro que esta nueva norma o como sea...va a ayudar a crecer y ser mas fuerte a anarma....pues alguien mas se apuntará al tener que sacarse o renovar la AE..

por otro lado la segunda arma debe ser cartucho metalico o puede ser de avancarga? y bueno si es de cartucho metalico el bope debe iniciar de nuevo la certificación si es que han parado como dicen.....que tampoco entiendo porque han parado...si la norma obliga a que la gente duplique su armamento...

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Busman » 01 Ene 2015 14:43

ESMALTINO escribió:
muretti escribió:...circular 58 de 2014. Correcto en todo lo comentado por hobbit y pendiente de resoluciones del director general de la guardia civil que dictará cuales son las pruebas y las medidas de seguridad. Puntualizar que la OM no tiene carácter retroactivo y los que ya tienen guiada un arma categoría 6.2 en AE están exentos hasta la caducidad de la autorizacion, fecha en la que deberán iniciar proceso como si fuese obtención por primera vez ..


Hola Compañero, lo que dices que la OM no tiene carácter retroactivo, ¿donde está escrito?, ¿o es que se supone?, ó ¿que nos gustaría que fuese así?, por que en este caso los revólveres del 22 ya guíados, se podrían utilizar con pólvora nitro hasta caducidad y nueva renovación de la AE .. creo que todo es está muy confuso y no sabremos a qué atenernos, y cada Intervención es "un mundo".... ya veremos a ver como se desarrollan los acontecimientos, aunque creo que nunca nos enteraremos, ni no los aclararán del todo.
Feliz 2015 ..



Parece haber quedado bien claro como se van a tener que guiar estas armas a partir de ahora, pero lo que no está nada claro es lo que va a pasar con las armas ya guiadas legalmente antes de la entrada en vigor de la Orden Ministerial. A mí me parece que este es el punto que más interesa a la mayoría de los seguidores de este hilo.


Esto es lo que dice el artículo 9 de nuestra Constitución:

1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.


Por otro lado el actual Reglamento de Armas, en su artículo 97, punto 5 dice lo siguiente:


Artículo 97.

5. La vigencia de las autorizaciones concedidas y de los reconocimientos de coleccionistas efectuados estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles con arreglo a lo dispuesto en este Reglamento para su otorgamiento…


Este artículo obliga a ambas partes , administración y ciudadano, a dicho mantenimiento de requisitos. Es decir que la norma, en este caso, no puede ser retroactiva ni siquiera a la hora de renovar, mientras se mantengan los requisitos exigibles en el Reglamento de Armas para su otorgamiento, hecho sucedido antes de la entrada en vigor de la dichosa Orden Ministerial.

Recomendaría al ICAE que aclarase bien este tema en sus órdenes internas y que pusiese por escrito si las va a aplicar de forma retroactiva o no, pues puede suceder que a la hora de renovar se retiren guias o se requisen armas guiadas legalmente o se exija meterlas en el Libro, etc. y se vulneren los derechos constitucionales de los ciudadanos y en ese caso el ciudadano afectado podría denunciar a la persona particular que valiéndose de su autoridad, tal vez por desconocimiento y sin proponérselo, los está vulnerando.

Recomendaría a ANARMA que se centrase en este aspecto de la irretroactividad, pues el Reglamento, aunque autoriza al Ministro del Interior a este tipo de “regulaciones” no menciona que puedan aplicarse de manera retroactiva. Por otro lado creo que un buen numero de sus afiliados está afectado por la OM aunque hayan guiado el arma legalmente en su momento. Es un tema que el departamento jurídico puede trabajar.

Recomendaría a los armeros afectados que también trabajasen en ese aspecto pues, aunque a ellos quizás les interese el stock de armas por vender, no deben olvidar que las armas vendidas lo fueron presuponiendo dicha irretroactividad y es algo que puede influir en lo sucesivo con futuras ventas. ¿Quien va a comprar nada si al día siguiente sacan una Orden y te lo quitan sin más?

Otro tema muy distinto es el de las medidas de seguridad (la caja fuerte, vaya), que sí se pueden exigir pues el Reglamento autoriza a ello y no son consideradas normas no favorables o restrictivas, incluso se supone que están ahí por nuestro propio bien.

En fin, solo es una idea sin ánimo de crear malos rollos y con el único propósito de tender una mano a todos los colectivos afectados; tanto armeros, coleccionistas, asociaciones o miembros de la autoridad.

Un saludo y feliz 2015 a todos.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Telos » 01 Ene 2015 14:50

Efectivamente Busman mejor no lo has podido plasmar....

Abrazos

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muretti
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor muretti » 01 Ene 2015 15:06

...las guiadas van a seguir guiadas pero debes de cumplir los requisitos de la OM. Eso sí tienes que tener presente el uso exclusivo de munición de pólvora negra...


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