LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

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jitm7777
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Carta abierta de observaciones a la Orden INT/2202/2014.

Mensajepor jitm7777 » 17 Dic 2014 09:42

Es de agradecer el esfuerzo que el Ministerio del Interior ha dedicado para elaborar esta Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, con el ánimo de resolver algunas de las dudas planteadas -que en parte surgieron y en otras no se aprovechó a corregir- por el Real Decreto 976/2011, de 8 de julio, por el que se modifica el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero.

A pesar de entender qué cuestiones han primado en esta regulación, he de señalar que el resultado dista mucho del objetivo y tristemente colisiona con la realidad.

Por otro lado, adolece de ciertas deficiencias e imprecisiones jurídicas que, a mi entender va a generar aún más problemas en su aplicación así como que pudiera cuestionarse su adecuación a derecho.

Por ello, hay que lamentar que, a diferencia de otros Ministerios como el de Sanidad o el de Empleo (en las que tengo alrededor de 15 años de experiencia), el Ministerio de Interior no tenga la posibilidad de contrastar sus iniciativas reguladoras con los interesados/afectados con para intercambiar impresiones y pareceres para crear una norma eficaz a la vez que sencilla. Incluso haber sondeado la posibilidad de haber aprovechado una norma que simplificase el número de normas que atañe a este tema.

Aprovecho para sugerirles que den publicidad de la tramitación de sus futuros proyectos entre páginas web de reconocido prestigio para recabar opiniones y pareceres, para que la regulación final sea lo eficazmente deseable y beneficie al conjunto de la ciudadanía y a los aficionados a actividades culturales y coleccionistas.

A continuación, manifiesto diversas cuestiones que me han surgido tras la lectura de esta Orden, así como a otras cuestiones a este respecto que con voluntad constructiva espero que les pueda resultar de alguna utilidad.

1. Sorprende que esta Orden sólo afecte a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas y no contemple las armas antiguas originales fabricadas antes del 1 de enero de 1890 . Esto supone una laguna jurídica para el caso de que alguien tenga en estado de tiro o no una pieza de esta clase, o tenga interés en un futuro.

2. El artículo 107.a) del RD 137/1993 establece que no precisarán licencia las armas de avancarga ni las demás armas de fuego antiguas, históricas o artísticas que sean inscritas en los Libros-Registro (…) que sean conservadas (…) en armeros de los que sean titulares los coleccionistas (…) reconocidos como tales por el Ministerio del Interior.

Sin embargo, el artículo 3.1 de la Orden establece que sólo podrán ostentar la titularidad de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas las personas físicas o jurídicas que obtengan la condición de coleccionista de este tipo de armas y las inscriban en el libro-registro previsto en el artículo 107 del Reglamento de Armas.

Tal y como está expresado, surge la duda de si un titular de un libro-registro de coleccionista regulado por el RD 137/1993 y en el que tiene inscritas “armas inutilizadas” -es decir, “trastos” que son menos peligrosos que un cuchillo jamonero, e igual de peligrosos que una escoba o un juguete con forma de arma- , puede o no coleccionar esta clase de piezas incluyéndolo en su libro-registro o debe tramitar expresamente la condición de “coleccionista de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas; anteriores a 1/I/1890”.

3. El artículo 107.a) establece que no necesita licencia salvo si se le considera coleccionista. Pero la Orden parece que incluye una novedad regulatoria por la que se estaría extralimitando en el desarrollo del citado RD, al crear una nueva categoría de coleccionista: el coleccionista de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas.

En este sentido, en su artículo 4º de la Orden, a parte de los requisitos que se solicita para obtener el libro-registro de coleccionista para registrar armas inutilizadas, por se exigen más requisitos 2 requisitos más;

a) Titularidad de un mínimo de 2 reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas. En el supuesto de pretender obtener la condición de coleccionista respecto a una sola reproducción o réplica, deberá firmarse una declaración comprometiéndose a adquirir otra reproducción o réplica durante el año inmediatamente siguiente al reconocimiento de la condición de coleccionista.

b) Interés real en el coleccionismo de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, lo que podrá acreditarse, entre otras, de las siguientes formas:
– Afiliación a una asociación de coleccionismo de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas legalmente constituida, mediante la presentación del correspondiente carné o certificado.
– Carta de recomendación de, al menos, dos coleccionistas de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas con una antigüedad superior a dos años reconocida por la Guardia Civil, que avalen el interés del aspirante para el inicio de la colección.
Se entiende que son requisitos necesarios ambos, para tener la consideración de coleccionista de este tipo de armas.
Una vez que cumpla con estos requisitos y sea considerado “coleccionista de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas”. ¿Qué sucede si la asociación que avaló a este coleccionista se disuelve o este sujeto decide darse de baja?.

4. Otras dudas que complican este supuesto. ¿Al menos 2 armas en estado de tiro?. ¿De tener 2 y estropearse una de estas, está obligado a arreglarla o a adquirir otra?. Tras tener dos armas y reconocérsele como coleccionista de este tipo de armas, si vende una o las dos pierde tal condición?. ¿Tendría un 1 año para adquirir al menos 2?, ¿una el primer año y otra durante el segundo año?. Etc.
Esta regulación generará un sinfín de problemas en su aplicación sobre todo para el órgano de control en primera instancia, las comandancias de la Guardia Civil, que hace recaer sobre ellos tener que adoptar decisiones para los cuales pudiera no estar regulado el supuesto que en teoría deberían fiscalizar, y por tanto adoptar decisiones con el riesgo de ser acusado de prevaricación , cuando el afectado informe en el momento del acto o mediante escrito diligenciado correspondientemente, esta falta de capacidad.

5. Está contemplado en el RD 137/1993 el supuesto de uso de este tipo de armas en los festejos tradicionales. ¿A qué se refiere exactamente?, ¿estaría incluida las actividades de recreaciones históricas, como por ejemplo, la que se recrea en Almansa (Albacete) sobre la famosa batalla de 1707 en plena guerra de sucesión española?.


-CONCLUSIÓN:

En España necesitamos menos normas y mejores para que se cumplan, en lugar de creer que con regular situaciones de todo tipo, estamos a salvo de sinvergüenzas y delincuentes, que por cierto, seguirán actuando al margen de esta y de otras leyes, para cometer delitos, que de querer comprar un arma lo harán por los canales ilegales.

Por eso, con estas iniciativas realmente perjudican a los que precisamente quieren disfrutar de una afición sin que sean considerados como sospechosos de tener otra clase de intenciones más oscuras en este momento o a futuro.
El mundo del coleccionismo está de acuerdo en una regulación y un control de estas aficiones, pero no con la consideración de sospechosos de delito, que es como nos sentimos.

La regulación actual no preserva el equilibrio entre el mundo del coleccionismo y la prevención de delitos, sino más bien ha dispuesto de un marco jurídico disuasorio para los primeros que pierden interés en la configuración actual. Y es que por ejemplo, el legislador para evitar que se repita el que unos delincuentes recuperen la operatividad de “trastos” (armas inutilizadas del artículo 108 del Real Decreto 137/1993), la regulación actual establece unos destrozos inaceptables en piezas cuyo fin es el ornamento, decoración, exhibición en museo o con fines privados.

Por otro lado, hay actividades cada vez más en auge y que cada vez se suman más aficionados; las recreaciones históricas. En Europa tiene muchísimo recorrido y mueve muchísimo dinero legal y genera riqueza y puestos de trabajo directa e indirecta. Por ello, les invito a que pregunten a sus homólogos de otros países como Francia, Alemania o Gran Bretaña, como lo tienen regulado.

En Alemania la tenencia de un “trasto” en un domicilio no supone más obligaciones que el palo de una escoba o un cuchillo jamonero. Y sin embargo, en España la regulación la sigue llamando “arma” inutilizada, que es lo que motiva al legislador a regular su tenencia cuando es una pieza que no difiere en cuanto a su capacidad de disparar, de un “arma de juguete” o un mechero en forma de pistola.

Insto a que se revise TODA la normativa de nuevo que preserve el comercio legal y controlado de piezas operativas y de “trastos”, las actividades caza, de tiro, de fogeo de recreaciones históricas, etc. de cara también a preservar la seguridad del Estado.

Mal vamos en este país, si por el hecho de que alguien asesine con una escopeta de caza se endurezcan los requisitos y las obligaciones de todos los cazadores de España, hasta el punto de acabar con esta afición.

- PROPUESTAS.

- Solo un libro-registro de coleccionista para el registro de toda clase de armas, no de "trastos" (armas inutilizadas).
- Condición de coleccionista a partir de una pieza operativa (original o réplica).
- No exigir ni afiliaciones ni carta de recomendación.
- De estar operativa, exigir armero.

Estas y otras cuestiones sobre estos temas deberian resolverse mediante FAQ en la página web de la guardia civil, que además necesita que se actualice el Real Decreto 137/1993 conforme a la reforma del Real Decreto 976/2011, que no lo está precisamente en cuanto a lo que se considera “arma inutilizada”.



- OTRAS PROPUESTAS.
• Revisar qué desperfectos como mínimo ha de adolecer un “trasto” (arma inutilizada del ART. 108 del RD 137/1993) para que no sea considerada arma de fuego a efectos del RD 137/1993.
• Regular “las armas de fogueo” de recreaciones históricas. beneficiando la actividad la posesion porte. el tener que sacarlas de casa en un embalaje determinado como una caja con clave, etc. pero no tener que tramitar permisos especiales a las autoridades.
• Que los “trastos” sean considerados igual que las imitaciones de armas (inoperantes para hacer fuego).
• Liberar el sector de la inutilización y pueda hacerse por el propio interesado cumpliendo lo mínimo establecido.
• Los funcionarios de Seguridad del Estado tengan competencia para examinar un arma y determinar la consideración de trasto, sin que tenga que ser enviada a un banco de pruebas u obtener un certificado de un ingeniero. Solo en caso de duda y de confirmar la inoperatividad el estado correr con los gastos de envío remisión y comprobación la administracion pública en el caso de que se conforme la inoperatividad.
• Derogar el punto 3 de la Disposición Transitoria única del Real Decreto 976/2011, respecto a la necesidad de inutilizar un arma ya inutilizada, conforme al nuevo reglamento si es transferida.
• Revisión de la regulación de compraventa de “trastos” en la UE. Actualmente un particular que desee enviar un “trasto” fuera de España debe sacarse una licencia de empresa exportadora de armamento autorizado por el Ministerio de Defensa. Y de importar un “trasto” tengo entendido que es una lotería.

JOSÉ TORRES
COLECCIONISTA DE MILITARIA.


Un saludo y feliz navidad.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Carames » 17 Dic 2014 10:50

Yo no tengo más que añadir, deberías dedicarte a la modalidad de precisión, te iría muy bien, creeme!

;)

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Revista de armas guiadas en AE

Mensajepor BLISSET_27 » 18 Dic 2014 19:00

Una consulta, la revista de armas guiadas bajo la AE cada cuánto tiempo hay que pasar la revista de armas en la IA?
Hay que hacerlo en el momento de renovar la licencia?
Con todo el follón que hay con la famosa Orden Ministerial, cuál es la situación actual?
Gracias y saludos a tod@s.

miguelcz90
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Re: Revista de armas guiadas en AE

Mensajepor miguelcz90 » 18 Dic 2014 19:14

Cuando se renueva licencia sé pasa revista de las armas guiadas con esa licencia.
Eso hasta ahora, salvo te llamen de tú ia para pasar revista d alguna arma, caso no frecuente.
Saludos.

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Re: Revista de armas guiadas en AE

Mensajepor Calatravo » 18 Dic 2014 20:13

.
Última edición por Calatravo el 04 Oct 2022 23:42, editado 1 vez en total.
Manifestar:Querer a España,es de gente noble y sana.
Ni el lugar de nacimiento,ni la ideologia,ni la condicion social,
son impedimentos o excusas para:
RESPETAR A ESPAÑA.

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Re: Revista de armas guiadas en AE

Mensajepor kernelsuse » 18 Dic 2014 20:28

miguelcz90 escribió:Cuando se renueva licencia sé pasa revista de las armas guiadas con esa licencia.
Eso hasta ahora, salvo te llamen de tú ia para pasar revista d alguna arma, caso no frecuente.
Saludos.


Una vez pasada la revista de armas no te va a llamar nadie hasta dentro de 5 años. Y ni eso, acudiras tu solito a la siguiente renovación. :)

Aqui ya han dicho dos foreros que han renovado sin problemas.
EL DOCUMENTAL QUE NO QUIEREN QUE VEAS
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
https://youtu.be/R2JP-7WyoCs
ENTREVISTA ANARMA
https://www.ivoox.com/12206234

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Re: Revista de armas guiadas en AE

Mensajepor cantabro1964 » 19 Dic 2014 10:18

Calatravo escribió:No se si pasara en todos ,pero en la IA que me corresponde dicen que con la nueva orden cuando toque pasar revista que hay que sacar las armas de AE y meterlas en el libro o en otra licencia.
A lo mejor luego no es asi pero esta la cosa jodida,a mi me falta algo mas de 2 años pero esto jode si se cumple.
Saludos.

Buenos días. Entonces ¿para qué quieres una licencia (o Autorización Especial) si no puedes tener armas? Estoy convencido de que no se atreven a ponértelo por escrito.
Un saludo.

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Re: Revista de armas guiadas en AE

Mensajepor BLISSET_27 » 19 Dic 2014 14:15

kernelsuse escribió:
miguelcz90 escribió:Cuando se renueva licencia sé pasa revista de las armas guiadas con esa licencia.
Eso hasta ahora, salvo te llamen de tú ia para pasar revista d alguna arma, caso no frecuente.
Saludos.


Una vez pasada la revista de armas no te va a llamar nadie hasta dentro de 5 años. Y ni eso, acudiras tu solito a la siguiente renovación. :)

Aqui ya han dicho dos foreros que han renovado sin problemas.


Gracias por la respuesta, de momento me quedan casi 3 años....por cierto, ayer guié un NMA de avancarga y sin problemas (quitando el comentario "jocoso" del funcionario).
Me parece que en las IAs están más perdidos que nosotros con la nueva reglamentación (más de lo que estaban antes si cabe.....)

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor miguel888 » 19 Dic 2014 15:33

Y que comentario hicieron?
El buen cazador ama y respeta los animales. Los entiende y los disfruta. Admira, su fuerza, su poderí­o, y su belleza.
Siempre que tengo la pieza en mi mano le darí­a la opción de volver a volar, pero entonces ya no serí­a caza.

macanud0
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor macanud0 » 19 Dic 2014 15:57

Buenas:
A mi practicamente me quedan casi los 5 años para revista , pero , y si mañana quiero ir a hacer una tirada a mi club ? Ya debo de pedirles que me expidan una autorizacion ? O de momento aún puedo ir libremente ?
S2

JUAN357
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor JUAN357 » 19 Dic 2014 16:59

Esta muy bien que ANARMA como asociacion presente un recurso y nos defienda
Pero aparte de ellos no tenemos por aqui en el foro
algun procurador y abogado afectados por esta norma absurda
que presente recurso tambien y asi nos ahorramos algunos gastos
solo tendria que pagar las costas judiciales seria de agradecer
aqui lo dejo haber si alguno se ofrece

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor macanud0 » 19 Dic 2014 19:18

Pues no sé , a mi entrar en una web en la que para leer algunos de los mensajes de su foro hay que pasar por caja , la verdad me abre interrogantes.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Mcmilan » 20 Dic 2014 01:12

Comunicado Oficial







Estimados Socios,


Me gustaría agradecer vuestra asistencia a todos los que pudisteis venir a la Asamblea del día 30. ANARMA ha estado durante mucho tiempo paralizada institucionalmente y la Asamblea es sin duda un símbolo de que abandonamos la época oscura en la que hemos estado inmersos y seguimos adelante.

Como ya os comente, este primer año al frente de la Asociación ha sido duro, casi lo podríamos definir una reparación en dique seco, teníamos muchos problemas y con la ayuda de todos vosotros los hemos ido solucionado sin dejar de estar presentes y sin dejar de atenderos. Es cierto que el arranque fue muy complicado y que nuestras relaciones con los socios estaban muy degradas, pero poco a poco hemos arreglado la nave, la hemos puesto a flote y ahora navegamos a toda vela.

Esto desde luego tampoco habría sido posible sin la ayuda de los miembros de la Junta Directiva y los voluntarios que se han esmerado en salvar la nave.

Dentro de este contexto, he deciros que hemos revisado todo, hemos visto lo que habíamos hecho, lo que estábamos haciendo y lo que estaba ocurriendo. Es evidente que algunos miembros de la Junta no han sido leales, y tras una exhaustiva investigación de las finanzas y de los casos que el Departamento Legal estaba llevando, se llegó a la conclusión de que el Vice Presidente no estaba siendo leal con la Asociación, la Junta Directiva y sus socios.

Por ese motivo y tras exponerles el caso, la Asamblea votó de forma unánime iniciar el procedimiento para su expulsión.

Se que a muchos esto os habrá cogido por sorpresa, pero lo cierto es que nosotros nos hemos visto igual de sorprendidos al ver que una persona de nuestra confianza tenía intereses muy dispares a los nuestros desde el primer momento que entramos aquí. Por ese motivo también pedimos en la Asamblea que se votase en contra de la gestión económica de los años anteriores y que se modificase nuestros estatutos para impedir que las personas que ocupen cargos en la Junta puedan aspirar a ser remunerados económicamente o a justificar acciones o gastos con el objetivo de que les supongan remuneración.

Durante la Asamblea también votamos los nuevos presupuestos, cambio de domicilio de la Asociación y acrónimo, para que sea reconocida y registrada como ANARMA, no como ANA como figuraba hasta ahora en el Registro de Asociaciones del Ministerio de Interior.

A todos los que no pudieron asistir se les facilitara Actas de la reunión y si los solicitan los datos económicos, como el resultado de la auditoría, cuentas, presupuestos y resumen de los gastos. Para ello por favor contactar con info@anarma.org, si tenéis cualquier otra duda por favor no dejéis de contactar con nosotros. Para eso estamos.

En otro orden de cosas, quiero informaros sobre la iniciativa de ANARMA y del Despacho Lexpania Abogados para denunciar la Orden Ministerial 2202/2014 del 24 de Noviembre. En ANARMA lideramos esta iniciativa y hemos establecido varios modelos de participación, para que se sume el mayor número de gente y colectivos posible. Los socios por el mero hecho de serlo y de estar al corriente del pago de la cuota, ya participáis en el modelo colectivo. Si además de esto, queréis sumaros individualmente en la demanda, lo podéis hacer por el coste que tiene un poder notarial, aproximadamente 40€ (depende del notario que elijáis). Para gente de fuera de la organización, hemos establecido otras modalidades ventajosas que serán explicadas próximamente en los medios en los que estamos presentes (WEB, FACEBOOK, armas.es, etc.). Creo que es importante que os suméis todos los que estáis en contra del ataque injustificado que se ha llevado contra la Licencia AE.

Sumarse es importante por varios motivos, primero para enseñar a la administración que efectivamente hay cohesión y unidad dentro de nuestro colectivo, y que vamos a llegar hasta donde haga falta para cambiar las cosas en este país. Esta denuncia es la mejor arma para devolverles todo el daño hecho a aquellos que nos han ninguneado y nos ha pretendido tratar como criminales.

Es hora de darles en toda la boca, tomar la iniciativa contra los liberticidas que durante muchos años nos han oprimido y ponerles de una vez por todas en su sitio. Vamos a enseñarles de una vez quienes somos los verdaderos dueños de España, y sobre todo en una sociedad democrática, quien son los que tienen que servir y a quienes tienen el deber y la obligación que hacerlo.

Como ya he mencionado, los socios de ANARMA lo tienen fácil, porque con solo estar al corriente de su cuota van a dar una lección a los liberticidas de la administración que nunca olvidarán. De hecho hace un año se reían de nosotros, tras el anuncio de la demanda ya no tienen ganas de reírse, es más, algunos ya no les entra ni el café por la mañanas, y ahora mismo no hay cosa que les cause más temor que un carnet de socio de ANARMA en vigor.

La gestación de la Orden INT/2202/2014 ha sido oscura desde sus inicios, nos avisaron de su existencia cuando ya estaba votada en la CIPAE y de camino al BOE, esta denuncia es nuestra forma de decir que no estamos de acuerdo de cómo se están haciendo las cosas, que demandamos que se hagan las cosas bien, y sobre todo con lealtad a los ciudadanos y transparencia. No vamos a tolerar que esta Orden ni ninguna otra socave la autoridad de los españoles, y menos que sea un cuerpo militarizado el que la imponga a los civiles. Lo siento señores pero en democracia las cosas no funcionan así, y desde este momento no vamos a tolerarlo.

Con esto quiero dejar claro que no estamos en guerra abierta con la ICAE, solo estamos apelando a nuestros derechos como pueblo soberano, y entendemos que este tipo de cosas no pueden hacerse de esta forma. Es necesario hablarlas, planificarlas y establecerlas sin nocturnidad ni alevosía, y sobre todo hacerlas bien para que los Legítimos Usuarios de Armas en España no salgan perjudicados, por el “supuesto” mal hacer de unos pocos, y digo “supuesto” porque a día de hoy todavía estamos esperando las cifras que supuestamente justifican este esperpento.

En nuestra opinión esto ocurre por el complicado sistema que regula las armas en España, con la actual legislación tanto la administración como los usuarios tienen las manos atadas, y la actual normativa no se aproxima a la realidad ni de lejos. Por este motivo una administración hiperregulada se vuelve ineficiente, siendo incapaz de aceptar nuevo crecimiento.

La realidad es que no cortan el Libro de Coleccionista o la AE por riesgo de seguridad, lo cortan porque ahora mismo no hay capacidad de gestionar, y en el momento que el número de licencias o de guías se dispara tienen que poner medidas para evitar su crecimiento, y prevenir así que la administración se sature.

Además una licencia como la AE estaba demostrando precisamente lo que no quieren que se demuestre, y es que las armas con poca regulación no provocan más crímenes ni accidentes. Por ello las prisas por cortar las licencias tan rápido y de raíz con una chapuza de Orden Ministerial.

En ANARMA creemos que es necesario hacer las cosas bien, y creo que poniendo las cosas en su sitio y tendiendo la mano, vamos a explicarles exactamente como. Y no es cuestión ya de defender unas ideas o una afición, es cuestión de hacer que los españoles retomen el control de España y hagan todos juntos que este país vuelva a funcionar.

Efectivamente en este punto tengo que volver a poner como ejemplo Perú, donde un solo hombre, nuestro amigo y hermano Thomas Saldias ha aglutinado a todas las asociaciones pro armas peruanas y ha conseguido algo increíble, revertir completamente un reglamente y aprobar una de las mejores legislaciones de armas del mundo.

Desde luego el ejemplo Peruano es una lección de democracia al Mundo. Personalmente tras verlo en persona, creo que una de las claves de éxito es la adecuación de la legislación a la realidad, la generación de estadísticas para evaluar con exactitud el impacto de las leyes y sobre todo el relevo generacional, que ha propiciado por primera vez en la historia que al frente de la Super Intendencia de Armas de Perú (SUCAMEC) este bajo el mando de un civil, que aglutina a un equipo de técnicos y asesores con una media de 35 años de edad, muy reformistas y sobre todo con ganas de servir y de hacer que las cosas cambien a mejor.

Desde aquí quiero mandar mis felicitaciones y enhorabuena a Thomas y al equipo de su ICAE, el SUCAMEC, por ser valientes, inteligentes y sobre todo creativos a la hora de buscar soluciones a una situación muy deteriorada. No es extraño que este efecto se esté repitiendo a lo largo de toda la administración peruana, y que por ese motivo su economía está siendo la economía que más está creciendo de Latino América.

Desde luego en cuanto podamos deberíamos traer a Thomas a España para que explique cómo ha sido su experiencia, tenemos mucho que aprender de ellos.

Por otro lado quiero pediros que todos los que tengáis problemas en vuestras respectivas IAs con cualquier tipo de licencia lo comuniquéis inmediatamente a la Asociación para que lo transmitamos al ICAE. A raíz de la Orden INT/2202/2014 hay intervenciones que han tomado medidas tan rocambolescas como solicitar la incautación de las armas amparadas en AE. Por suerte tras una rápida llamada al ICAE este absurdo ha podido resolverse sin problemas. Dada la confusión que este despropósito de orden está generando, poneros en contacto con nosotros y esperar que os demos directrices sobre cómo actuar.

También quiero mandar un recuerdo a la familia de la CNP fallecida en Vigo, darle las gracias por su servicio, y recordarle a la Administración que tiene la obligación de velar por sus sirvientes públicos y sus ciudadanos, no solo por las Vírgenes. Creo que hay que analizar lo sucedido y aparte de saber porque el CNP no tenía chalecos anti bala, tratar de entender qué tipo de formación y de normativa lleva a una Agente de Policía a mostrar las palmas de las manos a un criminal armado con una rehén, en vez de desenfundar su arma. Creo que las leyes anti armas en este país han llegado a un extremo del absurdo en el que dañan a muchísima gente por no adecuarse a la realidad criminal. Cuestan la vida a nuestras FYCSE, causan heridos entre los civiles por dificultar el entrenamiento y fomentan el uso de munición inapropiada, y nos dejan al resto de los ciudadanos desprotegidos.

¿Si los policías no pueden defenderse adecuadamente de las agresiones, cómo van a defender al resto de los ciudadanos?

Esperemos que en breve empiece a imponerse de nuevo la cordura y el sentido común, y la Administración deje de dar imagen de inoperancia, pasividad e inacción, y que protejan a nuestros Policías para que a su vez puedan protegernos a nosotros.

Finalmente quiero desearos una Feliz Navidad y Prospero Año nuevo ahora que se aproximan las fiestas. Quiero recordaros que ANARMA somos todos y que vuestra participación es importante, ya sea fomentando nuestros ideales en vuestros campos de tiro o participando simplemente con vuestros 30 Euros. Tanto yo mismo como la Junta Directiva estamos muy agradecidos por vuestra fe y vuestro apoyo en este proyecto, que sin duda no tiene parangón en España. Con vuestra ayuda no me cabe ninguna duda de que las cosas van a cambiar, y mucho antes de lo que esperáis.

Muchas gracias a todos y Felices Fiestas.

Javier Arnaiz Larson
Presidente de la Asociación Nacional del Arma.



Javier Arnaiz Larson
Presidente de ANARMA


Asociación Nacional del Arma, ¡Defendemos Tus Derechos!
Estos son mis principios si no les gustan tengo otros...

A well regulated militia being necessary to the security of a free State, the right of the People to keep and bear arms shall not be infringed

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor varicelas » 20 Dic 2014 01:30

El Martes fuí a la IA de Valladolid. No saben como hacer las cosas aún. Están esperando que les expliquen todo bien desde la ICAE (no se a que están esperando), aún así no guían ningún arma de cartucho metálico con AE aún teniendo los certificados de defensa y BOPE, certificandola como arma historica. Tampoco el traspaso de una ya guiada con AE a otro poseedor de AE, con lo cual nos han jodido pero bien.
Por si acaso pedí la documentación para solicitar el libro de coleccionista, entre tasas y certificado medico unos 80€, para no asegurarme que me lo concedan. Pero si me lo conceden me aseguro que aunque no me renueven dentro de tres años la licencia AE, (que por cierto ya no se considera licencia de armas) no tenga que dejar depositadas las armas en la IA, por que si tampoco las vamos a poder vender solo nos quedará inutilizarlas (153€ mas gastos de envio).

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Mcmilan » 20 Dic 2014 01:42

De eso se trata de crear tal cacao que ni ellos se enteren,y deciden tirar por la calle del medio,que es no guiar y renovar,conceder licencias
en una palabra,fastidiar :ghost:
Estos son mis principios si no les gustan tengo otros...

A well regulated militia being necessary to the security of a free State, the right of the People to keep and bear arms shall not be infringed

santiagos
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor santiagos » 20 Dic 2014 08:17

Pero eseo será en Valladolid...¿ No compañero ?

santiagos
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor santiagos » 20 Dic 2014 08:20

santiagos escribió:Pero eseo será en Valladolid...¿ No compañero ?

Pero eso será en Valladolid ...¿ No compañero ?
Porque en otras Intervenciones creo que es diferente.

paquito77
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor paquito77 » 20 Dic 2014 08:34

En Valladolid no lo tienen claro y no las guían. Pero lo raro es que lo tengan claro en alguna intervención ya que con esa orden tan ambigua lo que se pretende es eso. De todos es sabido que en cada intervención se hacían las cosas a su manera y no había unidad antes de esto. Yo mismo lo he experimentado( conozco 6 distintas)
Pues ahora imaginaros el caos que puede haberse establecido. Estoy seguro que puede pasarte desde que te la guíen en alguna como antes hasta el supuesto contrario como pasa en Valladolid.
Un saludo


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