LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Re: LICENCIA AE
Si algún compañero renueva licencia en breve, podía indicar cómo le ha ido y que le han exigido, porque la interpretación del BOE es verdaderamente ambigua.
Saludos.-
Saludos.-
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
kernelsuse escribió:jeremiah escribió:i.
Mi intervencion señalando como comentario propio de un mesillero la mantengo. Y se puede ser mesillero con AE, F, o con escopeta. Que lo sea el comentario no significa que lo sea el autor, ya que aqui escribimos.muchas cosas, y a veces metemos la pata (yo el primero), pero que ese comentario fundamenta el cambio impuesto, lo mantengo tambien.
.
Tu quien eres para juzgar y señalar a alguien de pistolero o mesillero como me apuntaste a mi? y encima mantienes tu postura... Anda y corre a llevar un jamón a la IA que seguro que ya te están esperando...
No es facil que lleve jamones a ningun sitio, pero si te puedo decir que he visitado la IA decenas de veces, y que la mayoria de gente que alli esta se lo merece.
Y que ojala toda la Administracion trabajara con el rigor, la profesionalidad y el buen hacer que yo he percibido en dependencias de la G.C. Y sobre esto podria relatar mas de un caso
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Ignasi: De aquí
"BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286 Miércoles 26 de noviembre de 2014 Sec. I. Pág. 96527
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DEL INTERIOR
12249
Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas."
"BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286 Miércoles 26 de noviembre de 2014 Sec. I. Pág. 96527
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DEL INTERIOR
12249
Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas."
- BudaFeliz
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
afar21011 escribió:BudaFeliz escribió:No entiendo ciertos puntos de vista, personalmente estoy Federado ya que la única manera de poder tirar en mi localidad es esta. Estando Federado me pegue 3 años sin ir a una sola competición, pero al campo de tiro las dos veces en semana no me las quita nadie (y solo abren tres días) De ser un campo de tiro de los que no pertenecen a la Federación con tener un seguro es suficiente, y no le estas pagando ciertas cosas a esos que no miran por sus afiliados. Luego está la parte económica, no todo el mundo se lo puede permitir. Competir significa, desplazamientos, en mi comunidad pagar dos licencias. La Autonómica y la Nacional que supones 105E, inscripciones a las tiradas que por día se incrementan más. El gasto de todo por todo, munición, certificados, coño que al final te cobraran por utilizar el aseo. Me fui a desplazar a otra provincia para realizar una tirada y me pedían el canon completo del año, esto es la Federación y sus clubes. Como comprenderéis no todos se lo pueden permitir, yo compito por un tema personal. Pero que tirando en el club estoy practicando un deporte también, si salgo a correr, salgo en bici etc. Que yo sepa no es necesario estar Federado y salir en bici eso sí que es un deporte de riesgo, cuantos mueren al año???
Lo que hay que hacer no es restringir la pertenencia sino las leyes a todo el que le dé un mal uso, endurecer las penas y sanciones para que se lo piensen. Los ciudadanos honrados no tienen derecho a poseer un arma por no tener medios económicos, los delincuentes sí. El mundo al revés, si alguien porta un SA en la cabina del camión como se dijo para eso está la ley. Tengo que sacarme una licencia de unas modalidades que no me gustan para poder tener una pistola monotiro del 45 Colt o un Conversión de este mismo calibre, y pagar un armero que cuesta un pastizal para darle seguridad. Que pasa, que si se cuelan en mi casa con un arma de fuego o con un arma blanca amenazando a mi familia no tendrán acceso a ese armero???
Es ponerle las cosas fáciles a los que tienen dinero y a los curritos limitarlos, puro y duro.
Te doy la razon en parte, he montado muchos años en bici de carretera y siempre salí asegurado y practico algun deporte mas y estoy federado, las cajas fuertes creo que son necesarías no porque puedan robarlas para un ladron es facil, es por los niños, con respecto a la defensa del propio domicilio apunto que está la licencia B y pienso que esta licencia es la que debe ser bastante mas permisiva, hay un tema que va a molestar a muchos y si es así lo siento, pero a mi me gustaría practicar las carreras de formula,no necesariamente la 1, claro esta sino otras y alquilar los vehículos en las pista,s pero como no me lo puedo permitir pues no lo hago, esto pasa con los demas deportes
como el de las armas, el que no pueda que practique otro que si pueda, porque los permisos actuales son para practicar este dporte de las armas, o coleccionarlas, al menos para eso son estas licencias todas, escepto la B, es así hasta la fecha. Y como se puede conseguir que esta u otra licencia sea mas permisiva, solo uniendonos en asociaciones como Anarma u otra asociación de este tipo, para que luche por nuestros intereses.
Saludos
Gracias por darme a razón en parte



En cuanto a que sea para defensa como que no lo contemplo



Saludos compañero

- TIRADOR-Sifre
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
ya que tenemos que acatar la nueva AE
un pensamiento.....
¿ no sirve ANARMA como asociación ?
dos socios podrían respaldar a un tercero....
aprovechemos lo que ya tenemos y , de paso, crecemos y a ver si vamos "cogiendo peso"
es sólo una reflexión
un saludo
un pensamiento.....
¿ no sirve ANARMA como asociación ?
dos socios podrían respaldar a un tercero....
aprovechemos lo que ya tenemos y , de paso, crecemos y a ver si vamos "cogiendo peso"
es sólo una reflexión
un saludo
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
iokin escribió:Ignasi: De aquí
"BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286 Miércoles 26 de noviembre de 2014 Sec. I. Pág. 96527
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DEL INTERIOR
12249
Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas."
Hola, Aqui hay mucho cabrito suelto....
https://www.boe.es/boe/dias/2014/11/26/p ... -12249.pdf
Capitulo III, punto 11.
Es es un punto, pero vamos, que no tiene desperdicio.
Un Saludo
- kikeformad
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
TIRADOR-Sifre escribió:ya que tenemos que acatar la nueva AE
un pensamiento.....
¿ no sirve ANARMA como asociación ?
dos socios podrían respaldar a un tercero....
aprovechemos lo que ya tenemos y , de paso, crecemos y a ver si vamos "cogiendo peso"
es sólo una reflexión
un saludo
Si, seguro que vale. Lo digo en serio.
Saludos,
Socio 0208 Anarma
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
BudaFeliz escribió:afar21011 escribió:BudaFeliz escribió:No entiendo ciertos puntos de vista, personalmente estoy Federado ya que la única manera de poder tirar en mi localidad es esta. Estando Federado me pegue 3 años sin ir a una sola competición, pero al campo de tiro las dos veces en semana no me las quita nadie (y solo abren tres días) De ser un campo de tiro de los que no pertenecen a la Federación con tener un seguro es suficiente, y no le estas pagando ciertas cosas a esos que no miran por sus afiliados. Luego está la parte económica, no todo el mundo se lo puede permitir. Competir significa, desplazamientos, en mi comunidad pagar dos licencias. La Autonómica y la Nacional que supones 105E, inscripciones a las tiradas que por día se incrementan más. El gasto de todo por todo, munición, certificados, coño que al final te cobraran por utilizar el aseo. Me fui a desplazar a otra provincia para realizar una tirada y me pedían el canon completo del año, esto es la Federación y sus clubes. Como comprenderéis no todos se lo pueden permitir, yo compito por un tema personal. Pero que tirando en el club estoy practicando un deporte también, si salgo a correr, salgo en bici etc. Que yo sepa no es necesario estar Federado y salir en bici eso sí que es un deporte de riesgo, cuantos mueren al año???
Lo que hay que hacer no es restringir la pertenencia sino las leyes a todo el que le dé un mal uso, endurecer las penas y sanciones para que se lo piensen. Los ciudadanos honrados no tienen derecho a poseer un arma por no tener medios económicos, los delincuentes sí. El mundo al revés, si alguien porta un SA en la cabina del camión como se dijo para eso está la ley. Tengo que sacarme una licencia de unas modalidades que no me gustan para poder tener una pistola monotiro del 45 Colt o un Conversión de este mismo calibre, y pagar un armero que cuesta un pastizal para darle seguridad. Que pasa, que si se cuelan en mi casa con un arma de fuego o con un arma blanca amenazando a mi familia no tendrán acceso a ese armero???
Es ponerle las cosas fáciles a los que tienen dinero y a los curritos limitarlos, puro y duro.
Te doy la razon en parte, he montado muchos años en bici de carretera y siempre salí asegurado y practico algun deporte mas y estoy federado, las cajas fuertes creo que son necesarías no porque puedan robarlas para un ladron es facil, es por los niños, con respecto a la defensa del propio domicilio apunto que está la licencia B y pienso que esta licencia es la que debe ser bastante mas permisiva, hay un tema que va a molestar a muchos y si es así lo siento, pero a mi me gustaría practicar las carreras de formula,no necesariamente la 1, claro esta sino otras y alquilar los vehículos en las pista,s pero como no me lo puedo permitir pues no lo hago, esto pasa con los demas deportes
como el de las armas, el que no pueda que practique otro que si pueda, porque los permisos actuales son para practicar este dporte de las armas, o coleccionarlas, al menos para eso son estas licencias todas, escepto la B, es así hasta la fecha. Y como se puede conseguir que esta u otra licencia sea mas permisiva, solo uniendonos en asociaciones como Anarma u otra asociación de este tipo, para que luche por nuestros intereses.
Saludos
Gracias por darme a razón en partese puede alquilar el circuito para correr, un coche viejo y ya esta
. Cada tres años se podría guardar para poder correr, con esto lo que quiero decir es que no tienes que correr todos los años. Puedes correr en el circuito pero no necesariamente competir en carreras, tirar en el club ya es practicar el deporte. Si sales en bici y no compites en carreras también practicas el deporte, ese es mi punto de vista
![]()
En cuanto a que sea para defensa como que no lo contemplo, si alguien entra en mi casa estando yo intento disuadirlo ya que en este país te sale mas rentable que te roben a que lo impidas con la fuerza. Otra cosa seria si esta en peligro la integridad de mi familia, para eso ni necesito la F,D,AE ni nada. Puede que lo mas practico sea un arma de fogueo, tal como truena en un domicilio me da que corre hasta el gato
![]()
Para evitar esto precisamente leyes y condenas mas fuertes.
Saludos compañero
Sigo dandote la razon en practicamente todo, pero, creo que seré mas claro esto es un deporte y
el que no se lo pueda permitir que no lo practique, y la teoría que expones del coche la paso a la de las armas
si una persona no puede permitirse este deporte insisto "este deporte" siempre puede ir a las ferias y tirar a los palillos con una escopeta balines y con respecto a la defensa del propio domicilo sigo pidiendo leyes mas permisivas para tener un arma de defensa con las precauciones necesarias para estas armas, esto se conseguirá a la larga como así ha sido en otros paises de Europa, el tiempo lo dirá.
Saludos
- Gosfalcon1873
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Veamos.
Las armas largas y cortas de avancarga y las demás armas de fuego antiguas o históricas, sus reproducciones y asimiladas, susceptibles de hacer fuego, y las de sistema “Flobert” (utilizan como propulsor del proyectil sólo la carga de fulminante de un pistón y por ello con menor potencia que otros tipos de armas de fuego), que no estén inscritas en los libros de coleccionista, se podrán utilizar exclusivamente en campos, galerías o polígonos de tiro de concurso y terrenos cinegéticos controlados, para prácticas y competiciones.
Los españoles y extranjeros, con residencia en España, que deseen utilizar las armas largas y cortas de avancarga y las demás armas de fuego antiguas o históricas, sus reproducciones y asimiladas, susceptibles de hacer fuego, deberán obtener una autorización especial de coleccionista (AE), que podrá amparar un número ilimitado de estas armas, y también deben estar en posesión de un certificado de un banco oficial de pruebas por cada una de las armas anteriores.
¿De donde sacais eso de que las armas guiadas en AE, son para uso deportivo?... no lo veo por ningún sitio.
Menudo afán teneis algunos, por convertir todo este asunto de las armas guiadas en AE, en algo que por narices, tiene que estar relacionado con prácticar un deporte, federarse y pagar cuotas... ni que os dieran comisiones La Real Federación Española de Tiro Olímpico...
Una pregunta...bueno dos.
¿En los campos de tiro de la federación, se puede practicar tiro con un Uberti 1873 .44-40, o un rifle de palanca mismo calibre?... ¿Que posibilidades hay de conseguir esa munición en los campos de tiro de la federación?... mas que nada para ver las posibilidades de cumplir con las nuevas normas, y no quedar como un outlaw cualquiera, proscrito y marginado.
Las armas largas y cortas de avancarga y las demás armas de fuego antiguas o históricas, sus reproducciones y asimiladas, susceptibles de hacer fuego, y las de sistema “Flobert” (utilizan como propulsor del proyectil sólo la carga de fulminante de un pistón y por ello con menor potencia que otros tipos de armas de fuego), que no estén inscritas en los libros de coleccionista, se podrán utilizar exclusivamente en campos, galerías o polígonos de tiro de concurso y terrenos cinegéticos controlados, para prácticas y competiciones.
Los españoles y extranjeros, con residencia en España, que deseen utilizar las armas largas y cortas de avancarga y las demás armas de fuego antiguas o históricas, sus reproducciones y asimiladas, susceptibles de hacer fuego, deberán obtener una autorización especial de coleccionista (AE), que podrá amparar un número ilimitado de estas armas, y también deben estar en posesión de un certificado de un banco oficial de pruebas por cada una de las armas anteriores.
¿De donde sacais eso de que las armas guiadas en AE, son para uso deportivo?... no lo veo por ningún sitio.
Menudo afán teneis algunos, por convertir todo este asunto de las armas guiadas en AE, en algo que por narices, tiene que estar relacionado con prácticar un deporte, federarse y pagar cuotas... ni que os dieran comisiones La Real Federación Española de Tiro Olímpico...
Una pregunta...bueno dos.

¿En los campos de tiro de la federación, se puede practicar tiro con un Uberti 1873 .44-40, o un rifle de palanca mismo calibre?... ¿Que posibilidades hay de conseguir esa munición en los campos de tiro de la federación?... mas que nada para ver las posibilidades de cumplir con las nuevas normas, y no quedar como un outlaw cualquiera, proscrito y marginado.
- Gosfalcon1873
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
cantabro73 escribió:jeremiah escribió:i.
Mi intervencion señalando como comentario propio de un mesillero la mantengo. Y se puede ser mesillero con AE, F, o con escopeta. Que lo sea el comentario no significa que lo sea el autor, ya que aqui escribimos.muchas cosas, y a veces metemos la pata (yo el primero), pero que ese comentario fundamenta el cambio impuesto, lo mantengo tambien.
.
Estoy de acuerdo en practicamente todo lo que dices punto por punto , sencillamente un inciso , entre los tiradores federados HAY mesilleros igual que en muchos deportes hay gente que se compra la impedimenta y luego apenas practica
Esto no es un asunto de tiradores federados vs independientes , es un asunto de entender que la AE es uan licencia para USO deportivo de las avancargas , no para coleccionismo ni autodefensa aunque por un tiempo diese la impresion o quisiermos que lo fue
¿donde se dice en el reglamento que la AE, es una licencia para uso deportivo y no para otras actividades?...
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Gosfalcon1873 escribió:Veamos.
Las armas largas y cortas de avancarga y las demás armas de fuego antiguas o históricas, sus reproducciones y asimiladas, susceptibles de hacer fuego, y las de sistema “Flobert” (utilizan como propulsor del proyectil sólo la carga de fulminante de un pistón y por ello con menor potencia que otros tipos de armas de fuego), que no estén inscritas en los libros de coleccionista, se podrán utilizar exclusivamente en campos, galerías o polígonos de tiro de concurso y terrenos cinegéticos controlados, para prácticas y competiciones.
Los españoles y extranjeros, con residencia en España, que deseen utilizar las armas largas y cortas de avancarga y las demás armas de fuego antiguas o históricas, sus reproducciones y asimiladas, susceptibles de hacer fuego, deberán obtener una autorización especial de coleccionista (AE), que podrá amparar un número ilimitado de estas armas, y también deben estar en posesión de un certificado de un banco oficial de pruebas por cada una de las armas anteriores.
¿De donde sacais eso de que las armas guiadas en AE, son para uso deportivo?... no lo veo por ningún sitio.
Si ves por algun sitio que pone " la AE ampara armas para coleccionismo autodefensa o tiro informal que se podran utilizar en cualquier terreno sin mas que las precauciones propias del sentido comun" seria maravilloso y yo el primero que lo aplaudiria , pero el reglamento pone lo que pone no lo que nos gustaria y en lo que has copiado puedes leer muy claro que su uso es para prácticas y competiciones en campos, galerías o polígonos de tiro de concurso y terrenos cinegéticos controlados
Gosfalcon1873 escribió:¿En los campos de tiro de la federación, se puede practicar tiro con un Uberti 1873 .44-40, o un rifle de palanca mismo calibre?... ¿Que posibilidades hay de conseguir esa munición en los campos de tiro de la federación?... mas que nada para ver las posibilidades de cumplir con las nuevas normas, y no quedar como un outlaw cualquiera, proscrito y marginado.
No veo porque no , se tira a piñal con esos calibres , tendras que preguntar por el campo en concreto que te interesa no todos tiene la misma normativa interna respecto al uso de las galerias
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Cántabro, no se vende munición en las federaciones para la AE. Tampoco se suele traer munición del 45 colt y si se trae es para armas guiadas en F
Ósea que sólo se puede comprar 100 cartuchos de PN a precio de 130 euros. Con esto se puede entrenar? Esto ya lo he explicado 3 veces en este hilo.
No os equivoqueis, exigen que te federes para fastidiar a la AE.
Ósea que sólo se puede comprar 100 cartuchos de PN a precio de 130 euros. Con esto se puede entrenar? Esto ya lo he explicado 3 veces en este hilo.
No os equivoqueis, exigen que te federes para fastidiar a la AE.
EL DOCUMENTAL QUE NO QUIEREN QUE VEAS
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
https://youtu.be/R2JP-7WyoCs
ENTREVISTA ANARMA
https://www.ivoox.com/12206234
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
https://youtu.be/R2JP-7WyoCs
ENTREVISTA ANARMA
https://www.ivoox.com/12206234
El Boe ,como cargarse a los coleccionistas y la AE
https://www.boe.es/boe/dias/2014/11/26/p ... -12249.pdf
No tiene desperdicio como nos quieren los del ministerio del interior a los coleccionistas y a los poseedores de licencias de armas.
No les llegaba con que no se pudiera meter en el libro de coleccionista armas modernas de fecha de fabricación o patente posteriores al 1 de enero de 1890. Salvó las inutilizadas ( antes de venta libre ) . El resto es imposible incluso traspasarlas de un coleccionista a otro.
Los siguientes seremos en sufrir más restricciones ¿los cazadores?¿los tiradores olímpicos ? A estos ya nos fastidia la federación a mayores. ¿Las armerías ?
Los poseedores de la B ¿ queda alguno que no sea político ?
A y La potestad del director general de la guardia civil de poner las normas adicionales que quiera para la obtención y salvaguarda... tiene un peligro.
No tiene desperdicio como nos quieren los del ministerio del interior a los coleccionistas y a los poseedores de licencias de armas.
No les llegaba con que no se pudiera meter en el libro de coleccionista armas modernas de fecha de fabricación o patente posteriores al 1 de enero de 1890. Salvó las inutilizadas ( antes de venta libre ) . El resto es imposible incluso traspasarlas de un coleccionista a otro.
Los siguientes seremos en sufrir más restricciones ¿los cazadores?¿los tiradores olímpicos ? A estos ya nos fastidia la federación a mayores. ¿Las armerías ?
Los poseedores de la B ¿ queda alguno que no sea político ?
A y La potestad del director general de la guardia civil de poner las normas adicionales que quiera para la obtención y salvaguarda... tiene un peligro.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
cantabro73 escribió:
Si ves por algun sitio que pone " la AE ampara armas para coleccionismo autodefensa o tiro informal que se podran utilizar en cualquier terreno sin mas que las precauciones propias del sentido comun" seria maravilloso y yo el primero que lo aplaudiria , pero el reglamento pone lo que pone no lo que nos gustaria y en lo que has copiado puedes leer muy claro que su uso es para prácticas y competiciones en campos, galerías o polígonos de tiro de concurso y terrenos cinegéticos controlados
¿quien dice que la AE sea para autodefensa o coleccionismo?... eso lo sacas tu de tu propia cosecha.
Y te ruego que leas despacio... lo que se dice es, que se podrán utilizar exclusivamente en campos, galerías o polígonos de tiro de concurso y terrenos cinegéticos controlados, para prácticas y competiciones.
Sigo sin ver que la AE sea como dices, para tiro deportivo... se dice insisto, "para prácticas y competiciones", no que necesariamente se tenga que competir si no lo deseo... para esa modalidad esta la F...
Entiendo que cuando se dice "que se podrán utilizar exclusivamente en campos (recalco este detalle), galerías o polígonos de tiro de concurso y terrenos cinegéticos controlados, para prácticas y competiciones", se refiere a las galerias y campos habilitados con ese propósito; y no a los potenciales tiradores.
Además se pueden usar para "prácticas" como queda claro en el propio texto... por ejemplo tiradas en un club de tiro (no necesariamente perteneciente a la federación), por puro y simple esparcimiento...sin que te tengas que ver obligado a federarte ni nada parecido... ahora con la nueva disposición publicada en el BOE, lo quieren cambiar, y así fastidiar al personal.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
kernelsuse escribió:Cántabro, no se vende munición en las federaciones para la AE. Tampoco se suele traer munición del 45 colt y si se trae es para armas guiadas en F
Ósea que sólo se puede comprar 100 cartuchos de PN a precio de 130 euros. Con esto se puede entrenar? Esto ya lo he explicado 3 veces en este hilo.
No os equivoqueis, exigen que te federes para fastidiar a la AE.
Por partes
No puedo hablar por todas las federaciones pero aqui se vende la municion que mas se consume , cosa normal por otro lado sa del 45 lc o 44-40 hay tres y pistolas del 9mm 3333 por decir algo se entiende
Que tal como esta de mal planteado el tema no se puede entrenar cierto , nadie se habia planteado legislar la municion metalica de armas que no usan municion metalica como es logico
Lo de que exigen que te federes para fastidiar la AE te lo matizo , en mi opinion exigen que te federes para desincentivar/aburrir/controlar a los poseedores de AE que ven esta licencia como una forma menos limitada/controlada de poseer un arma corta de cartucho metalico
Ya se ha dicho hasta la saciedad varias veces y de varias formas en este hilo , personalmente yo no lo veo como un conflicto federados/no federados pero lo cierto es que a muchos tiradores habituales de AE la modificacion los deja basicamente igual
- Gosfalcon1873
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Pues menos mal... alguien que reconoce que no debemos entender esto como un conflicto entre colectivos de aficionados.
Es cierto que la cosa se complica... de todas maneras todavía se tienen que matizar algunas cosas que con todos estos cambios, se quedan un poco en el aire... ya veremos como queda finalmente resueltas todas las dudas que surjan.
Es cierto que la cosa se complica... de todas maneras todavía se tienen que matizar algunas cosas que con todos estos cambios, se quedan un poco en el aire... ya veremos como queda finalmente resueltas todas las dudas que surjan.
- kernelsuse
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
cantabro73 escribió:kernelsuse escribió:Cántabro, no se vende munición en las federaciones para la AE. Tampoco se suele traer munición del 45 colt y si se trae es para armas guiadas en F
Ósea que sólo se puede comprar 100 cartuchos de PN a precio de 130 euros. Con esto se puede entrenar? Esto ya lo he explicado 3 veces en este hilo.
No os equivoqueis, exigen que te federes para fastidiar a la AE.
Por partes
No puedo hablar por todas las federaciones pero aqui se vende la municion que mas se consume , cosa normal por otro lado sa del 45 lc o 44-40 hay tres y pistolas del 9mm 3333 por decir algo se entiende
Que tal como esta de mal planteado el tema no se puede entrenar cierto , nadie se habia planteado legislar la municion metalica de armas que no usan municion metalica como es logico
Lo de que exigen que te federes para fastidiar la AE te lo matizo , en mi opinion exigen que te federes para desincentivar/aburrir/controlar a los poseedores de AE que ven esta licencia como una forma menos limitada/controlada de poseer un arma corta de cartucho metalico
Ya se ha dicho hasta la saciedad varias veces y de varias formas en este hilo , personalmente yo no lo veo como un conflicto federados/no federados pero lo cierto es que a muchos tiradores habituales de AE la modificacion los deja basicamente igual
El caso es que han equiparado la AE a la F. y tanto las armas que se pueden guiar como las posibilidades de munición no son las mismas.
EL DOCUMENTAL QUE NO QUIEREN QUE VEAS
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
https://youtu.be/R2JP-7WyoCs
ENTREVISTA ANARMA
https://www.ivoox.com/12206234
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
https://youtu.be/R2JP-7WyoCs
ENTREVISTA ANARMA
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Gosfalcon1873 escribió:
¿quien dice que la AE sea para autodefensa o coleccionismo?... eso lo sacas tu de tu propia cosecha.
Por supuesto que lo he escrito yo , te lo he puesto como ejemplo de lo que NO dice el reglamento y casos como el coleccionismo o el tiro informal son bastante habituales ,yo mismo tiro por entretenimiento con avancarga y no com pito Pero el reglamento te repito dice lo que dice Lo de la autodefensa es un tema caliente y lo dejamos por respeto a la moderacion
Gosfalcon1873 escribió:Y te ruego que leas despacio... lo que se dice es, que se podrán utilizar exclusivamente en campos, galerías o polígonos de tiro de concurso y terrenos cinegéticos controlados, para prácticas y competiciones.
Sigo sin ver que la AE sea como dices, para tiro deportivo... se dice insisto, "para prácticas y competiciones", no que necesariamente se tenga que competir si no lo deseo... para esa modalidad esta la F...
Que entiendes tu por competicion de tiro? porque la diferencia que parece que ves entre tiro deportivo y competicion de tiro sinceramente no la veo por ningun sitio , tan deportiva es una prueba de pistola velocidad como de piñal
Estas considerando qeu solo es tiro deportivo lo que se hace con f y lo siento pero te equivocas , tiro deportivo es tirar al plato o con carabina neumatica y no van en f
Otra cosa distinta es que ahora tengas que demostrar actividad deportiva , no es una finalidad en si misma es requisito para la renovacion , la f lo tiene pero no por ser deportiva sino por amparar armas cortas que es meollo del asunto aqui
Gosfalcon1873 escribió:
Además se pueden usar para "prácticas" como queda claro en el propio texto... por ejemplo tiradas en un club de tiro (no necesariamente perteneciente a la federación), por puro y simple esparcimiento...sin que te tengas que ver obligado a federarte ni nada parecido... ahora con la nueva disposición publicada en el BOE, lo quieren cambiar, y así fastidiar al personal.
La practica como es logico va de la mano de la competicion seria una incoengruencia permitir la competicion y no la practica
Volvemos de nuevo al principio del asunto , mientras las avancargas eran cosa de cuatro carboneros era mas laxa en requisitos , pero ahora sin llegar ni de lejos a lo que es la f se ha endurecido , cosa que muchos nos temiamos
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