jabaliviejo escribió:Yo insisto en que no lo posibilita la ley, sino el poder.
Es decir, en estricta aplicación, la ley lo autoriza solamente "con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito, o cuando exista peligro para la seguridad de las personas o de las cosas".
Si ninguna de estas dos condiciones existen, no hay margen pero sí hay poder, aunque no haya autoridad: el agente puede hacerlo (prevaliéndose de su condición) aunque no esté autorizado (por no darse los supuestos contemplados por la ley).
La segunda parte es si lo del agente es equívoco o prevaricación. Yo lo tengo claro.
Claro claro. Sólo que yo me refiero a que cada agente puede escudarse en su percepción del peligro para la seguridad de las personas y las cosas. Y mientras ese supuesto no esté perfectamente definido siempre se va a estar supeditado a la opinión personal de un policía o a las instrucciones órdenes o como se les quiera llamar que tengan que cumplir.
A eso me refiero a que en la práctica todo eso que se dice se va al garete. Ellos actúan escriben y si te sancionan bien y si no también.