ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
Este video me recuerda a mi Cometa de balines...jejeje
Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
kernelsuse escribió:SHERIDAN escribió:Mikelak escribió:No sé si hay alguna confusión con el tipo de pólvora. Si es así corregidme, por favor. Creo que lo que se puede guiar con AE son cartuchos metálicos cargados con pólvora negra, no con pólvora nitro. Si existían armas y cartuchos de nitro ya en 1890, entonces legalmente supongo que se podría adquirir uno con AE. Ahí la verdad es que no me queda tan claro. También es posible que las mismas armas (los Cattleman por ejemplo) sean capaces de disparar la nitro (45 lc. cargados con la misma), pues he visto modelos de la misma marca que disparan 357 magnum. Si alguien pudiera aclarar el tema se lo agradecería. Un saludo a todos.
Los revólvers tipo Cattleman de fabricación actual, están probados para soportar cartuchos cargados con pólvora nitro, otra cosa distinta es que en su época dispararan con esta pólvora.
Aunque es cierto que la pólvora nitro se descubrió en 1888, o sea antes de 1990, tambien es verdad que en aquella época, no existían cartuchos del 45LC. cargados con pólvora nitro, esa es una información cogida por los pelos por aquellos que prefieren comprar o recargar con pólvora nitro, pero lo cierto es que ese tipo de pólvora, solo se utilizaba en Europa en algunas armas largas militares.
En la guerra hispano norteamericana, mas conocida por nosotros como la guerra de cuba, acaecida en ``1898´´, el ejército norteamericano, todabía utilizaban armas de pólvora negra en sus armas, de ahí que por el humo que los delataban, fueran fácilmente localizados por los soldados españoles y abatidos con sus mauser 43 de pólvora nitro que representaban toda una novedad en cuestión de armamento militar. Pero es que incluso los revólvers que llevaban los oficiales españoles, copias de S&W de la época fabricados por Orbea y otros fabricantes vascos, estaban fabricados para disparar con pólvora negra. Estos revolvers, se siguieron fabricando para el ejercito británico durante el conflicto de la 1ª guerra mundial y se siguieron fabricando en pólvora negra, hasta la década de 1920 ya que eran muy demandados en latinoamérica.
Conclusión, que podemos decir que en efecto, la pólvora nitro se descubrió antes de 1990, lo que no creo que estemos en condiciones de confirmar, que existieran por aquella época, cartuchos del 45 LC o del 44-40, cargados con pólvora nitro.
Un saludo.
Me parece bien recordar la historia pero no olvidemos todo lo que la modificación del RA dice:
Las armas de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación sean anteriores al 1 de enero de 1890, y las reproducciones y réplicas de las mismas, a menos que puedan disparar municiones destinadas a armas de guerra o a armas prohibidas.
https://www.interior.gob.es/seguridad-40 ... _locale=eu
Seguimos en las mismas, intentando pillar información por los pelos en un intento de tener la razón.
Como yo lo veo es de la siguiente forma.
Tu te compras una réplica moderna de un arma histórica, que es apta para disparar con pólvora nitro, aunque históricamente no es la que le corresponde. Pero es que ademas la amparas bajo una licencia o autorización de armas históricas, que exige que el arma tenga unas características similares a las originales, pues como yo lo veo, lo normal es que la munición a utilizar en estas armas, tenga las mismas características que la munición original.
Ya lo dijo en varias ocasiones el conocido ex forero Don Cesar, que no veía procedente la exigencia por parte de algunos tiradores, de poder tirar con nitro, por que no se ajusta a los hechos históricos, y Don cesar no es que sea especialmente sospechoso de estar hermanado con el ICAE.
Un saludo.
Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
SHERIDAN.Bien ,puedes tener razón en tu planteamiento.
Pero solo pide sus malditas 100 balas a las que también tiene derecho
solo eso pide y el reglamento lo ampara
100 balas anuales y eso no es discutible SALUDOS
Pero solo pide sus malditas 100 balas a las que también tiene derecho
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Estos son mis principios si no les gustan tengo otros...
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Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
SHERIDAN escribió:
Seguimos en las mismas, intentando pillar información por los pelos en un intento de tener la razón.
Como yo lo veo es de la siguiente forma.
Tu te compras una réplica moderna de un arma histórica, que es apta para disparar con pólvora nitro, aunque históricamente no es la que le corresponde. Pero es que ademas la amparas bajo una licencia o autorización de armas históricas, que exige que el arma tenga unas características similares a las originales, pues como yo lo veo, lo normal es que la munición a utilizar en estas armas, tenga las mismas características que la munición original.
Ya lo dijo en varias ocasiones el conocido ex forero Don Cesar, que no veía procedente la exigencia por parte de algunos tiradores, de poder tirar con nitro, por que no se ajusta a los hechos históricos, y Don cesar no es que sea especialmente sospechoso de estar hermanado con el ICAE.
Un saludo.
Sheridan, no es como tu lo veas ni como opine nadie. DonCesar al que le tengo mucho respeto, simplemente quería decir que a el le gusta usar estas armas con pólvora negra porque es mas correcto historicamente, no que no tengamos derecho a tirar con munición nitro como sugieres tu. El poder comprar una municion o otra tiene que ser una opción y no una restricción. ¿Qué dice el RA en su artículo 136? Esta muy clarito, leelo. No hacen falta referencias históricas ni darle tantas vueltas...
Yo tengo un arma histórica guiada con su certificado de arma histórica y por tanto, con la ley en la mano, tengo derecho al MISERABLE cupo anual de 100 cartuchos de pólvora negra o de pólvora nitro, de lo que me apetezca a mi comprar en ese momento, sea lo correcto históricamente o no me es indiferente, el reglamento así me lo permite.
Última edición por kernelsuse el 21 Ene 2014 16:25, editado 1 vez en total.
EL DOCUMENTAL QUE NO QUIEREN QUE VEAS
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
https://youtu.be/R2JP-7WyoCs
ENTREVISTA ANARMA
https://www.ivoox.com/12206234
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
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Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
SHERIDAN escribió:
Seguimos en las mismas, intentando pillar información por los pelos en un intento de tener la razón.
Como yo lo veo es de la siguiente forma.
Tu te compras una réplica moderna de un arma histórica, que es apta para disparar con pólvora nitro, aunque históricamente no es la que le corresponde. Pero es que ademas la amparas bajo una licencia o autorización de armas históricas, que exige que el arma tenga unas características similares a las originales, pues como yo lo veo, lo normal es que la munición a utilizar en estas armas, tenga las mismas características que la munición original.
Ya lo dijo en varias ocasiones el conocido ex forero Don Cesar, que no veía procedente la exigencia por parte de algunos tiradores, de poder tirar con nitro, por que no se ajusta a los hechos históricos, y Don cesar no es que sea especialmente sospechoso de estar hermanado con el ICAE.
Un saludo.
___________________________________________________________________________________________________________________
Pues es una opinión, pero lo que yo veo es que es una escusa más, para dificultar y complicar el acceso a estas armas y a sus réplicas.
Según lo dicho, y siguiendo tu argumento, las réplicas actuales de armas históricas están manufacturadas con técnología, aceros y materiales, que poco o nada tienen que ver con lo que existía en la época... tampoco se ajustan a los hechos históricos ... ¿No te parece?.
Pues con los cartuchos pasa lo mismo... o es que acaso es más peligroso un cartucho nitro, que otro del mismo calibre de pólvora negra?...
A mi me parece que la ICAE. se saca de la manga argumentos, que no se especifican ni están en el reglamento; por lo tanto no se sostiene esa línea de actuación...
Asi que... quien se trae las cosas por los pelos son los de la ICAE, en un intento (absurdo) de que no se comercialicen estas armas... ellos y sus circustancias.
Seguimos en las mismas, intentando pillar información por los pelos en un intento de tener la razón.
Como yo lo veo es de la siguiente forma.
Tu te compras una réplica moderna de un arma histórica, que es apta para disparar con pólvora nitro, aunque históricamente no es la que le corresponde. Pero es que ademas la amparas bajo una licencia o autorización de armas históricas, que exige que el arma tenga unas características similares a las originales, pues como yo lo veo, lo normal es que la munición a utilizar en estas armas, tenga las mismas características que la munición original.
Ya lo dijo en varias ocasiones el conocido ex forero Don Cesar, que no veía procedente la exigencia por parte de algunos tiradores, de poder tirar con nitro, por que no se ajusta a los hechos históricos, y Don cesar no es que sea especialmente sospechoso de estar hermanado con el ICAE.
Un saludo.
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Pues es una opinión, pero lo que yo veo es que es una escusa más, para dificultar y complicar el acceso a estas armas y a sus réplicas.
Según lo dicho, y siguiendo tu argumento, las réplicas actuales de armas históricas están manufacturadas con técnología, aceros y materiales, que poco o nada tienen que ver con lo que existía en la época... tampoco se ajustan a los hechos históricos ... ¿No te parece?.
Pues con los cartuchos pasa lo mismo... o es que acaso es más peligroso un cartucho nitro, que otro del mismo calibre de pólvora negra?...
A mi me parece que la ICAE. se saca de la manga argumentos, que no se especifican ni están en el reglamento; por lo tanto no se sostiene esa línea de actuación...
Asi que... quien se trae las cosas por los pelos son los de la ICAE, en un intento (absurdo) de que no se comercialicen estas armas... ellos y sus circustancias.
Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
Mcmilan escribió:SHERIDAN.Bien ,puedes tener razón en tu planteamiento.
Pero solo pide sus malditas 100 balas a las que también tiene derecho
solo eso pide y el reglamento lo ampara
100 balas anuales y eso no es discutible SALUDOS
Por favor, me gustaría que me dijeras en que artículo del reglamento de armas, se especifica el cupo de munición para armas cortas o largas guiadas en AE.
No es que lo dude, pero yo por mas que lo busco, no lo encuentro. He encontrado el cupo de las armas guiadas en B, en F, en E, incluso hasta el cupo que se puede tener con el libro de coleccionista, pero no he encontrado el cupo de las armas amparadas en AE.
Un saludo.
- kernelsuse
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Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
SHERIDAN escribió:Mcmilan escribió:SHERIDAN.Bien ,puedes tener razón en tu planteamiento.
Pero solo pide sus malditas 100 balas a las que también tiene derecho
solo eso pide y el reglamento lo ampara
100 balas anuales y eso no es discutible SALUDOS
Por favor, me gustaría que me dijeras en que artículo del reglamento de armas, se especifica el cupo de munición para armas cortas o largas guiadas en AE.
No es que lo dude, pero yo por mas que lo busco, no lo encuentro. He encontrado el cupo de las armas guiadas en B, en F, en E, incluso hasta el cupo que se puede tener con el libro de coleccionista, pero no he encontrado el cupo de las armas amparadas en AE.
Un saludo.
Artículo 136, pero si este no te vale no hay otro ósea que no tendríamos ningún cupo.

EL DOCUMENTAL QUE NO QUIEREN QUE VEAS
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
https://youtu.be/R2JP-7WyoCs
ENTREVISTA ANARMA
https://www.ivoox.com/12206234
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
https://youtu.be/R2JP-7WyoCs
ENTREVISTA ANARMA
https://www.ivoox.com/12206234
Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
No se si estaré mirando en algún reglamento ya desfasado, pero en el articulo 136, solo se habla de armas consideradas como de concurso, lo que vendría a significar guiadas en F. De las armas amparadas en la AE, no dice nada, lo cual no se si es bueno o malo ya que al igual que pasa con la munición nitro, si no dice nada es que tampoco esta prohibido.
Un saludo.
Un saludo.
Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
ARTICULO 136 .ADQUISICION DE CARTUCHERIA
2 Solo podrán adquirirse 100 cartuchos anuales por arma corta
presentando la guía de pertenencia y efectuando las operaciones
que se aluden en el apartado anterior.
El numero de cartuchos que pueden tenerse en deposito para arma corta no será superior a
150 .
Este escrito esta sacado del libro del curso de recarga que hice en el mes
de NOVIENBRE del año pasado
SALUDOS
2 Solo podrán adquirirse 100 cartuchos anuales por arma corta
presentando la guía de pertenencia y efectuando las operaciones
que se aluden en el apartado anterior.
El numero de cartuchos que pueden tenerse en deposito para arma corta no será superior a
150 .
Este escrito esta sacado del libro del curso de recarga que hice en el mes
de NOVIENBRE del año pasado
SALUDOS
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Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
SHERIDAN escribió:No se si estaré mirando en algún reglamento ya desfasado, pero en el articulo 136, solo se habla de armas consideradas como de concurso, lo que vendría a significar guiadas en F. De las armas amparadas en la AE, no dice nada, lo cual no se si es bueno o malo ya que al igual que pasa con la munición nitro, si no dice nada es que tampoco esta prohibido.
Un saludo.
Artículo 136 del reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, no del reglamento de armas que es el que tu estás consultando.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd563-2010.t5.html#cpa136
Saludos
Las armas tienen solamente dos enemigos.
El óxido y los políticos.
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Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
Mcmilan escribió:ARTICULO 136 .ADQUISICION DE CARTUCHERIA
2 Solo podrán adquirirse 100 cartuchos anuales por arma corta
presentando la guía de pertenencia y efectuando las operaciones
que se aluden en el apartado anterior.
El numero de cartuchos que pueden tenerse en deposito para arma corta no será superior a
150 .
Este escrito esta sacado del libro del curso de recarga que hice en el mes
de NOVIENBRE del año pasado
SALUDOS
Ai, si esto ya lo sabía, y según el enlace que te pongo a continuación, eso es válido para las armas cortas amparadas en B y en F, pero no dice nada de la AE. Por cierto, cuando hablamos de armas guiadas en AE, no sólo hablamos de armas cortas, también de las largas amparadas en AE, y.. para estas armas cual es el cupo 100 o 1000 como las amparadas en D?
http://www.guardiacivil.es/es/servicios/armasyexplosivo/Cartucheria_y_pirotecnia/cartucheria/index.html#adquisicion
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Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
SHERIDAN escribió:Mcmilan escribió:ARTICULO 136 .ADQUISICION DE CARTUCHERIA
2 Solo podrán adquirirse 100 cartuchos anuales por arma corta
presentando la guía de pertenencia y efectuando las operaciones
que se aluden en el apartado anterior.
El numero de cartuchos que pueden tenerse en deposito para arma corta no será superior a
150 .
Este escrito esta sacado del libro del curso de recarga que hice en el mes
de NOVIENBRE del año pasado
SALUDOS
Ai, si esto ya lo sabía, y según el enlace que te pongo a continuación, eso es válido para las armas cortas amparadas en B y en F, pero no dice nada de la AE. Por cierto, cuando hablamos de armas guiadas en AE, no sólo hablamos de armas cortas, también de las largas amparadas en AE, y.. para estas armas cual es el cupo 100 o 1000 como las amparadas en D?
http://www.guardiacivil.es/es/servicios/armasyexplosivo/Cartucheria_y_pirotecnia/cartucheria/index.html#adquisicion
Sheridan, no he visto página web con mas errores que la de la guardia civil, léete el reglamento que para eso está. Si te fijas cuando habla de F dice que podrán pedir aumento de cupo si necesitan mas de los indicados arriba (de lo cual no dice nada).
Mira el enlace que te puse antes que es el Reglamento con las modificaciones que ha habido desde que se publicó.
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Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
SHERIDAN escribió:Mcmilan escribió:ARTICULO 136 .ADQUISICION DE CARTUCHERIA
2 Solo podrán adquirirse 100 cartuchos anuales por arma corta
presentando la guía de pertenencia y efectuando las operaciones
que se aluden en el apartado anterior.
El numero de cartuchos que pueden tenerse en deposito para arma corta no será superior a
150 .
Este escrito esta sacado del libro del curso de recarga que hice en el mes
de NOVIENBRE del año pasado
SALUDOS
Ai, si esto ya lo sabía, y según el enlace que te pongo a continuación, eso es válido para las armas cortas amparadas en B y en F, pero no dice nada de la AE. Por cierto, cuando hablamos de armas guiadas en AE, no sólo hablamos de armas cortas, también de las largas amparadas en AE, y.. para estas armas cual es el cupo 100 o 1000 como las amparadas en D?
No lo se ,yo no legislo pero no dice nada de AE pero si no te vale no hay otro
SALUDOS
http://www.guardiacivil.es/es/servicios/armasyexplosivo/Cartucheria_y_pirotecnia/cartucheria/index.html#adquisicion
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Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
Ok, ya lo he visto, el apartado nº 2 del articulo 136.
Un saludo.
Un saludo.
Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
Artículo 136 Adquisición de cartuchería
1. Los titulares de licencias para armas largas rayadas podrán adquirir únicamente hasta 1.000 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia. El vendedor realizará los asientos correspondientes en los libros de su establecimiento y dará cuenta inmediata de la compra a la Intervención de Armas y Explosivos territorial.
En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos.
2. Sólo podrán adquirirse 100 cartuchos anuales por arma corta, presentando la guía de pertenencia, y efectuando las operaciones que se aluden en el apartado anterior. El número de cartuchos que pueden tenerse en depósito para arma corta no será superior a 150.
SALUDOS
1. Los titulares de licencias para armas largas rayadas podrán adquirir únicamente hasta 1.000 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia. El vendedor realizará los asientos correspondientes en los libros de su establecimiento y dará cuenta inmediata de la compra a la Intervención de Armas y Explosivos territorial.
En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos.
2. Sólo podrán adquirirse 100 cartuchos anuales por arma corta, presentando la guía de pertenencia, y efectuando las operaciones que se aluden en el apartado anterior. El número de cartuchos que pueden tenerse en depósito para arma corta no será superior a 150.

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Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
SHERIDAN escribió:Ok, ya lo he visto, el apartado nº 2 del articulo 136.
Un saludo.
Supongo que ya no dudarás de que con nuestros catleman guiados en AE podemos comprar 100 cartuchos anuales cargados con pólvora negra o nitrocelulosa.
EL DOCUMENTAL QUE NO QUIEREN QUE VEAS
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
https://youtu.be/R2JP-7WyoCs
ENTREVISTA ANARMA
https://www.ivoox.com/12206234
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
https://youtu.be/R2JP-7WyoCs
ENTREVISTA ANARMA
https://www.ivoox.com/12206234
Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
Lo único que me queda claro, es que se pueden comprar 100 cartuchos, ignoro si el ICAE, tiene potestad para interpretar el tipo de munición que se puede adquirir con la AE.
Un saludo.
Un saludo.
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Re: ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE
SHERIDAN escribió:Lo único que me queda claro, es que se pueden comprar 100 cartuchos, ignoro si el ICAE, tiene potestad para interpretar el tipo de munición que se puede adquirir con la AE.
Un saludo.
Esto no voy a ser yo quien te lo explique ahora porque en este momento tengo cosas que hacer y tu necesitas tu tiempo... Mañana si eso te cuento algo sobre quien interpreta la ley, quien la aplica, que pinta el Ministerio del interior y para que están los juezes.
EL DOCUMENTAL QUE NO QUIEREN QUE VEAS
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
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