Arma larga para policías locales
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Kahlo
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RE: Arma larga para policías locales
Para los interesados>
en todos los organismos que dependen del Ministerio del Interior hay unas Hojas de atencion al ciudadano, algo asi como una hoja de reclamaciones, se puede pedir y hacer la reclamacion que se estime oportuna, estan en las Intervenciones de Armas, Comisarias, Puestos de La G.C. y si no les atienden siempre estan las Subdelegaciones y Delegaciones del Gobierno para realizar la queja pertinente.
en todos los organismos que dependen del Ministerio del Interior hay unas Hojas de atencion al ciudadano, algo asi como una hoja de reclamaciones, se puede pedir y hacer la reclamacion que se estime oportuna, estan en las Intervenciones de Armas, Comisarias, Puestos de La G.C. y si no les atienden siempre estan las Subdelegaciones y Delegaciones del Gobierno para realizar la queja pertinente.
RE: Arma larga para policías locales
que atrevida es la ignorancia...
desde que se invento la polvora y la patada en los webs no hay hombres pequeños (anonimo)
RE: Arma larga para policías locales
que si kahlo, pero que te las leas, igual tienes una version censurada de esas leyes.
desde que se invento la polvora y la patada en los webs no hay hombres pequeños (anonimo)
RE: Arma larga para policías locales
[citando a: Kahlo]
Vamos a ver:
1º Hay dos leyes diferenciadas, La Ley de FF.CC.SS del Estado y la la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Teide, la ley de Coordinacion de las policias locales de canarias es un adefesio legal, un premio a la cacicada insular promocinado por el sr. Segura para evitar que se le quitaran las armas a las polcias locales cuando intervenian fuera de su termino municipal de forma no recogida por ninguna ley ,( no olvidemos los polcias locales son policias solo dentro de su municipio, sentencias del tribunal superior de canarias sobre la UNIPOL), y no puede modificar la legislacion del Estado.
Pedazo de reconocimiento a la ignorancia propia......
Μολὼν λαβέ
RE: Arma larga para policías locales
kahlo he estado reflexionando y tu no eres profesional de las fcs, me temo que estas opositando y espero que no apruebes por que haras bueno a torrente.
saludos.
saludos.
desde que se invento la polvora y la patada en los webs no hay hombres pequeños (anonimo)
RE: Arma larga para policías locales
[citando a: Criid]
Poner multas de aparcamiento se esta volviendo peligroso, hay mucho conductor armado con AK 47 y RPG :D.
veo que no tienes ni idea de todo lo que hacen, aparte de las multas.
desde que se invento la polvora y la patada en los webs no hay hombres pequeños (anonimo)
RE: Arma larga para policías locales
No soy un gran experto en el tema, pero yo "creo" que policías son (como su nombre indica), independientemente de otras apreciaciones personales, matizaciones y etc.
Los policías locales, policías son. :D
Los policías locales, policías son. :D
Una bala, dos topillos
RE: Arma larga para policías locales
Como parte implicada, soy PL, en relación al tema en cuestión diria que SI, lo veo en muchas situaciones necesario, tal y como se ha dicho para repeler una agrasión con otro tipo de armas y mas aun como elemento disuasorio. Un ejemplo de uso seria en cualquier control rutinario de vehículos, cuando paras un coche, de noche, no sabes ni quien viene dentro, ni lo que traen, ni a donde van o vienen, no vas a ir con la pistola en la mano a pedirle el seguro obligatorio, pero el si puede sacar un arma de la guantera al ir a por la documentación, con un arma larga, la cual siempre esta visible, el compañero nos puede cubrir cuando nos acercamos a un vehículo desde la distancia y en un angulo que no nos dificultemos y el del coche si se ve levemente apuntado quizas se prive de intentar una agrasión. Lease que hablo de armas largas y no de escopetas, como ya ha apuntado un compañero antes, yo veo mas practico un subfusil mp5 del 9mm porque el disparo es mas selectivo en caso de producirse y tendria menos posibilidades de herir al que no se quiere, ademas la distancia a la que puede estar es mayor. En cuanto al que decia que nos fueramos a tocar el pito, pues aparte de que no tiene ni idea de como funciona realmente el sistema policial español, aqui por ejemplo una patrulla de GC, el dia que esta, con una demarcación de 5 poblaciones en un radio de 50 KM, imaginaos en un aviso si estan en la otra punta, si no vamos nosotros donde estarian los malos cuando llegaran??? Ahora, a mi que me lo den por escrito, que solo a poner multas y ordenanzas y encantao de la vida, de momento me quitaria un kilo de peso de la cintura :-)
RE: Arma larga para policías locales
Devonfire, estando totalmente de acuerdo contigo en todo, decirte que la ventaja de la escopeta táctica es que te ofrece un abanico muy amplio de municiones, desde marcaroras hasta balas perforantes, pasando por eléctricas, fumigenas, de goma, de baja lesividad, lacrimógenas.
Todo esto con la ventaja de que el "malo" no sabe con que está cargada.
Así que el efecto psicológico es mayor que el de un subfusíl.
Saludos.
Todo esto con la ventaja de que el "malo" no sabe con que está cargada.
Así que el efecto psicológico es mayor que el de un subfusíl.
Saludos.
Cien millones de ducados en picos, palas y azadones para enterrar a los muertos del enemigo. [...] Finalmente, por la paciencia al haber escuchado estas pequeñeces del rey, que pide cuentas a quien le ha regalado un reino, cien millones de ducados.
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Kahlo
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RE: Arma larga para policías locales
Artículo Cincuenta y tres.
1. Los Cuerpos de Policía Local deberán ejercer las siguientes funciones:
Proteger a las autoridades de las corporaciones locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.
Policía administrativa, en lo relativo a las ordenanzas, bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
Participar en las funciones de policía judicial, en la forma establecida en el artículo 29.2 de esta Ley.
La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de protección civil.
Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las juntas de seguridad.
Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la policía de las Comunidades Autónomas la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sean requeridos para ello.
Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
2. Las actuaciones que practiquen los cuerpos de policía local en el ejercicio de las funciones previstas en los apartados c y g precedentes deberán ser comunicadas a las Fuerzas y Cuerpos
1. Los Cuerpos de Policía Local deberán ejercer las siguientes funciones:
Proteger a las autoridades de las corporaciones locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.
Policía administrativa, en lo relativo a las ordenanzas, bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
Participar en las funciones de policía judicial, en la forma establecida en el artículo 29.2 de esta Ley.
La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de protección civil.
Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las juntas de seguridad.
Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la policía de las Comunidades Autónomas la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sean requeridos para ello.
Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
2. Las actuaciones que practiquen los cuerpos de policía local en el ejercicio de las funciones previstas en los apartados c y g precedentes deberán ser comunicadas a las Fuerzas y Cuerpos
RE: Arma larga para policías locales
Y ese art. de donde es? de la LO de FFCCSE o de la LO de FCS? :cw:cw:cw
Dime dime.....
Dime dime.....
Μολὼν λαβέ
RE: Arma larga para policías locales
te parecen pocas?
desde que se invento la polvora y la patada en los webs no hay hombres pequeños (anonimo)
RE: Arma larga para policías locales
Y me pregunto yo; que tendrán que ver las funciones con la necesidad o no de dotar a los patrulleros de arma larga?
No me llores madre mía
si en la lucha he de quedar
que es deber del español
¡Por la Patria!
su sangre derramar.
si en la lucha he de quedar
que es deber del español
¡Por la Patria!
su sangre derramar.
RE: Arma larga para policías locales
si vas a un poligono y pillas robando unos kosovares bien equipados, te disparan con un arma automatica, les dices alto policia rindanse, y seguro que se entregan.
desde que se invento la polvora y la patada en los webs no hay hombres pequeños (anonimo)
RE: Arma larga para policías locales
[citando a: tito307]
si vas a un poligono y pillas robando unos kosovares bien equipados, te disparan con un arma automatica, les dices alto policia rindanse, y seguro que se entregan.
Se te olvida, querido contertulio tito307 amenizar las voces de alto policia con unos toques de "pito" de esos a los que se refiere el forero khalo.
No me llores madre mía
si en la lucha he de quedar
que es deber del español
¡Por la Patria!
su sangre derramar.
si en la lucha he de quedar
que es deber del español
¡Por la Patria!
su sangre derramar.
RE: Arma larga para policías locales
Y si además les dices "¿Pero tu crees que tu madre estaría orgullosa de tí?" se echan a llorar :D
Una bala, dos topillos
- TRESPADERNE
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RE: Arma larga para policías locales
Bueno,
Y despues de estos desencuentros, alguien sabe que Policia Local tiene escopetas en dotacion??.
Porque el tema era saber si alguna Policia Local tiene escopetas, no discutir sus funciones ni su preparacion ni su derecho a tocar el pito o la trompeta, que siempre pasa lo mismo, joder !!.
Y despues de estos desencuentros, alguien sabe que Policia Local tiene escopetas en dotacion??.
Porque el tema era saber si alguna Policia Local tiene escopetas, no discutir sus funciones ni su preparacion ni su derecho a tocar el pito o la trompeta, que siempre pasa lo mismo, joder !!.
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