Bueno, llevo tiempo desconectado del foro por una lesión y acabo de leer todo... alucino pepinillos.
Notapor chelin12 » 04 Nov 2013 20:00
tsman escribió:Denuncia en el juzgado de guardia a esos agentes y a liarla. Si hay una ley , que sea para todos leñe.
Y que te multen 300€ por llevar un juguete es de coña.
Pues no me atrevo pero lo estoy pensando , esto es un pueblo y me pueden estar tocando los cojones toda mi puta vida , y mas ahora que estoy esperando lo del c. de tiro y ya me he gastado una pasta , pero repito no descarto ir a la COMISARIA DE POLICIA y presentar mi denuncia tengo varios motivos que aquà no quiero exponer además de la incautación de momento mañana llevo todas las tarjetas que he hecho de las demás al ayuntamiento y ellos pueden ser los enunciados si no me las sellan.
Esto es lo que mas me cabrea de todo. Dicen que estamos en una democracia, pero para mi es una chistocracia, una democracia de chiste (malo).
Y lo peor es que tiene toda la razón del mundo. Es bastante frecuente que reclames por una mala actuacion de la administracion y te encuentres con "represalias".
Por ejemplo, hace bastante años, en un negocio que tenia, me cobraron 5 trimestres de un impuesto municipal anual (no recuerdo cual). Me presente y puse la correspondiente reclamacion ya que, evidentemente, el año sólo tiene 4 trimestres.
Lo corrigieron, ok. Pero al poco tiempo recibi una inspeccion de la policia en el negocio

.
De nuevo al ayuntamiento y se quedaron tan sorprendidos como yo, hasta que a un funcionario se le ocurrio preguntar "no habra puesto alguna reclamacion no?".
El motivo real de la tocada de huevos era la reclamacion previa.
Esto es propio de una dictadura, no de una democracia. El que no se siente seguro nunca puede ser libre. Y en este pais no tenemos ni la libertad de reclamar nuestros derechos legitimos sin miedo a las represalias de la administracion.
!Podían haberlas dejado en sus fundas, coño, que es donde se tienen que guardar!
Mas razón que un santo. ¿A cuento de que devuelven las fundas?. Dejenlas ustedes en ellas a fin de que las armas se mantengan en optimas condiciones.
me he quedado alucinado con la respuesta:
Las carabinas de aire comprimido solo pueden usarse en el sitio donde las has registrado, no pueden salir del municipio.
A lo cual yo le he dicho que en mi pueblo no hay campo de tiro, repuesta:
Pues habla con el alcalde para que habiliten uno y si no que no conceda permisos.
Con tal respuesta me quedo perplejo, se acerca otro guardia, se lo comenta y dice lo mismo, que es lo que pone el reglamento y no se pueden transportar fuera del municipio.
Primero la ignorancia. Parece que sólo se saben los 4 articulos para multarte, pero la reglamentacion que puede servir para no multarte la desconocen... Por un lado uno piensa que es incompetencia y, por otro, que nuestra policia, en lugar de estar dedicada a detener a los delincuentes, esta enfocada a recaudar y multar al ciudadano de a pie.
Un ejemplo: viví en un pueblo en el que habían muchos inmigrantes ilegales. En una rotonda de acceso solían hacer controles. Pues a mi padre lo pararon 2 o 3 veces en poco tiempo, mientras que, con bastante frecuencia, pasaba por allí andando y veía BMWs con 3 o 4 "europeos del este" derrapando en la rotonda. A esos nunca los paraban... no vaya ser que fuesen delincuentes de verdad....
Igualmente, una vivienda en la que se rumoreaba que vivian "señoritas de vidas alegre". Veias como un coche de lujo, con varios armarios empotrados del este iba a recoger a estas señoritas de 1.80cm que parecian modelos. A estos tampoco los paraban.
O a los africanos... tampoco. ¿Para que si no pueden pagar las multas?
En fin... españistan.
Y lo de
Pues habla con el alcalde para que habiliten uno y si no que no conceda permisos.
Ya me parece de chuleria o tonteria elevada a la maxima potencia.
En España se venden 400.000 armas de AC al año. Eso supone 4 millones de armas en 10 años. Sólo con ver sus caracteristicas se sabe que el 99% ni son armas de competicion olimpica para ser usadas en clubes de tiro, ni son armas de coleccionismo.
Los lugares habilitados para usarlas en todo el pais no dan ni para usar el 1% de las armas existentes (ni siquiera incluyendo los clubes de tiro).
Entonces, ¿que sin sentido es este?
¿Permito la venta de algo que luego no puedes usar? ¿Asi recaudo dos veces, por la venta y por las multas que pongo?. ¿Es esa la razón?
Me comentaba hace poco y con toda la razón el compañero MOMO que las armas de fuego conllevan muchos mas gastos, pero por lo menos puedes pasar por caja e ir al club a darle el uso para el que esta destinada sin temor alguno.
Con las armas de AC no pasa eso. Yo, para darle el uso al que esta destinada la CFR, me tengo que hacer 200km. Eso no es razonable.
por filipo » 14 Nov 2013 11:51
Otra cosa que creo que debemos saber.....
Es imposible que un agente se sepa todas las leyes, y el mero hecho de que lleven una pistola como decimos normalmente, no tiene nada que ver con que esa persona sea un experto en armas.A lo que estan obligados es a conocer perfectamente "su" arma, pero no obligatoriamente tienen que ser expertos armeros, algunos ni querrian llevarla ni les gustan las armas .Es por esto que GC tenga diferentes secciones, SEPRONA ,trafico , rural, terrorismo...porque 1 persona no puede saberlo todo
Normalmete , un agente cuando se enfreta a una situacion de la cual no es experto y no esta seguro de que el ciudadano se la este dando con queso, es pensar..." yo no tengo ni idea de esto, yo me las llevo al cuartel, me informo y si usted tiene razon se las devuelvo" pero llevarselas se las lleva como el tio no lo tenga claro.
Permiteme discrepar contigo compañero filipo.
Tienes razón en que si el agente tiene serias dudas lo razonable es hacer lo que dices en el parrafo 2º. Tambien tienes razon en que no puede saberse todas las leyes.
Ahora bien, sí creo que estan obligados a saber las leyes que aplican en su quehacer diario, a distinguir entre un arma de AC y una de fuego, etc, etc. Es decir, igual que se saben de memoria los articulos de la legislacion en base a la que te multan, deberian saberse los que sirven para no multarte.
Aunque hablamos de procedimientos distintos, me parece destacable en este sentido el art. 2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (que todo el mundo se pasa por el arco del triunfo):
Artículo 2
Todas las Autoridades y funcionarios que intervengan en el procedimiento penal cuidarán, dentro de los límites de su respectiva competencia, de consignar y apreciar las circunstancias así adversas como favorables al presunto reo; y estarán obligados, a falta de disposición expresa, a instruir a éste de sus derechos y de los recursos que pueda ejercitar, mientras no se hallare asistido de defensor.
Por ultimo, ¿2 meses para devolverlas?. Eso es una tomadura de pelo. Debería haber bastado presentar la factura de compra de las armas para que se las devuelvan en un plazo maximo de 1 semana. Y mas si aportas las documentacion que acredite que has solicitado la tarjeta de armas y el ayuntamiento no te la ha concedido.
No voy a negar que hay que llevar las carabinas documentadas. Pero hay que ser razonable en la aplicacion de la ley. Discrecionalidad no significa arbitrariedad.
Para mi, lo razonable es solicitar antecedentes policiales de chelin, y pedirle que lleve la factura de compra. En 24 horas ves si está "limpio". Y a partir de ahi le devuelves la carabina al dia siguiente.
Siento lo que te ha pasado compañero, pero que nos sirva de leccion a todos. Como en todas las profesiones, hay bueno y malos profesionales. Por si damos con uno "malo", mejor ir con todo en regla.
Un abrazo chelin.
Pd. A estos "profesionales" que tanto celo ponen en estas actuaciones me gustaria ver sin ponen el mismo empeño en perseguir a los delincuentes. En todos los pueblos, en todas las ciudades, todos sabemos donde estan los puntos de venta de droga, etc. ¿Cuantas veces se acude alli? ¿cuantos controles rutinarios se ponen en los barrios conflictivos?