Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Armas de IPSC y todo sobre las armas utilizadas en esta disciplina
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Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor airshopbcn » 19 Nov 2013 11:46

Recientemente me comentaba un Mosso d´escuadra conocido mio que queria hacerse del tiro para practicar IPSC, hasta aqui todo correcto, pero :
-¿Puede practicar IPSC con su arma particular?
-¿Se puede sacar la F como cualquier otro ciudadano?
-En caso de no querer sacarse la F, ¿se le puede ceder temporalmente un arma guiada con la F para las competiciones, ya que dispone de permiso de armas?
Me parece que me dejo alguna cosa en el tintero, pero cuantas mas aportaciones mejor, que seguro que me calienta la cabeza el proximo dia que me vea, que esta impaciente despues de vernos en la ultima tirada (literalmente se le cayo la baba.. :D :D )..


Un saludo a tod@s....

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Re: Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor airshopbcn » 19 Nov 2013 12:08

Por supuesto que se apuntaria a un club de tiro y se federaria....

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Vicente
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Re: Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor Vicente » 19 Nov 2013 13:25

Que tiene que hacer el curso que le habilite para poder practicar IPSC.

La única exhención que tiene por ser miembro de los CCFFSS es el tiempo mínimo practicando otras modalidades.

Saludos,

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Re: Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor lsam9 » 22 Nov 2013 23:34

Airshopbcn....

le puedes comentar que hay varios mossos comeitiendo y alguno en muy buen nivel. Recomiendale que una vez federado e inscrito a un club y con el curso de IPSC hecho si va a competir es mas facil y menos problematico que se saque la F y que se guie un arma de concurso o mas cuando suba categoria.
Si usa el arma reglamentaria puede tener varios lios internos ( si se estropea o modifica alguna cosa) externos si quiere desplazarse fuera de catalunya a tirar y tiene que ir pidiendo permisos a sus superiores para salir en comision de servicios etc...

Mejor que se saque la F que se guie una arma para competir (ademas la walther nos es lo mejor para IPSC) y que se deje de papeleos y explicaciones por que depende del arriba lo puede volver loco.

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Re: Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor panes » 23 Nov 2013 15:51

al federarse tiene automaticamente la licencia F, haga el curso de habilitacion d ipsc y a competir. Lo mejor que se compre un arma guiada en F y asi no tendra ningun problema por el arma.

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Re: Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor grafitti » 23 Nov 2013 16:05

panes escribió:al federarse tiene automaticamente la licencia F, haga el curso de habilitacion d ipsc y a competir. Lo mejor que se compre un arma guiada en F y asi no tendra ningun problema por el arma.

Eso es incorrecto.
Una cosa, es que teniendo la licencia "A" + tarjeta federativa, pueda hacer uso de instalaciones deportivas y competir (pero con su licencia "A"), y otra bien distinta lo que afirmas (que al federarse "automáticamente" tiene la "F"). La "A" ampara unas cosas, y la "F" otras. Por supuesto que tu consejo respecto al guiado de armas en "F" para ahorrarse problemas futuros, es totalmente correcto y acertado (si tiene un problema con un arma guiada en "F" tiene un problema...pero como ese problema sea con un arma guiada en "A", tiene un PROBLEMÓN!).

Después, para participar en IPSC con la licencia "A", depende de si tu arma es particular o de servicio. Si es particular (la que tienes guiada a tu nombre), es suficiente con la tarjeta federativa. Sin embargo, si es una pistola "de servicio", se necesita una autorización por parte de su comandante para hacer uso de ese arma en una prueba deportiva.

Recuerdo que la licencia "A" no es una licencia deportiva, mientras que las pruebas de IPSC si lo son. Por lo tanto, la "A" no es un "vale para todo".

Saludos




PD:
Airshopbcn, apuntadose a un club de tiro, federandose, y siendo su arma "particular" (aunque guiada en "A"), puede participar sin el menor inconveniente en cualquier prueba deportiva, con los requisitos mínimos de aptitud (prueba de aptitud-curso de seguridad, en el caso del IPSC). Sin problemas.
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Re: Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor panes » 24 Nov 2013 21:23

Si tu lo dices. La licencia A ampara todas las demas, de hecho no existe el formato de licencia A es la tarjeta profesional, tu te federas y ya tienes la F, o mejor dicho la AF si se es miembro de las FCSES y FAS. Luego a la hora de guiar un arma corta si es para defensa tienes un cupo segun empleo y se guia com AB, si quieres guiar armas largas AD o AE segun si es rifle o escopeta y para uso deportivo tanto cortas como largas AF lo cual pondra en la guia ARMA DE CONCURSO, y el cupo es segun tu categoria de tirador. :apla:

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Re: Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor grafitti » 24 Nov 2013 22:53

Por supuesto, yo lo digo.
Ahora te has explicado mejor. La licencia "A" (que en realidad es la TIP, ya que no existe formato concreto de "Licencia de armas tipo A", tal y como bien dices), AMPARA todas las demás licencias (con sus cupos y condiciones establecidas en cada caso), pero no te "otorga automáticamente" una u otra licencia(que es lo que habías afirmado y yo he dicho que era incorrecto).

Y efectivamente, y en todo caso, lo que obtienes cuando te federas, siendo miembro de las FCSES o las FAS es la "AF" (no la "F", aunque tengan la misma valía).
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Re: Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor airshopbcn » 25 Nov 2013 09:43

Gracias a todos por las aclaraciones :apla: :apla: :
De momento el dia 1 de Enero se federara y empezara "por abajo", mirando y aprendiendo :D :D .
En cuanto a como guiar el arma se encuentra en el dilema de que si la guia con su licencia, no tiene que tener armero de seguridad (500 trompos menos) y tener un arma de dimensiones "grandes" que no le seria comoda para llevarla de defensa, aunque como esta el tema hoy en dia mejor no llevar nada...
Por todo lo demas, me parece que tenemos otro tirador de IPSC con nosotros.


Un saludo a tod@s:

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Re: Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor grafitti » 25 Nov 2013 10:16

Pues bienvenido sea!

Lo que no entiendo, es como no se obliga a los profesionales a guardar en sus domicilios sus armas en las mismas condiciones que el personal civil. ¿Que tiene que ver que seas profesional o no, en relación con el hecho de guardar un arma con la máxima seguridad en tu domicilio? o ¿porque al personal civil se le obliga a custodiar las armas con mas seguridad que al personal profesional (es decir, lo contrario)?

Hay cosas que nunca entenderé.

Saludos!
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Re: Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor byWok » 25 Nov 2013 10:29

grafitti escribió:Pues bienvenido sea!

Lo que no entiendo, es como no se obliga a los profesionales a guardar en sus domicilios sus armas en las mismas condiciones que el personal civil. ¿Que tiene que ver que seas profesional o no, en relación con el hecho de guardar un arma con la máxima seguridad en tu domicilio? o ¿porque al personal civil se le obliga a custodiar las armas con mas seguridad que al personal profesional (es decir, lo contrario)?

Hay cosas que nunca entenderé.

Saludos!

Cuidadín... que te metes en un lodazal :lol:
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Re: Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor airshopbcn » 25 Nov 2013 10:47

grafitti escribió:Pues bienvenido sea!

Lo que no entiendo, es como no se obliga a los profesionales a guardar en sus domicilios sus armas en las mismas condiciones que el personal civil. ¿Que tiene que ver que seas profesional o no, en relación con el hecho de guardar un arma con la máxima seguridad en tu domicilio? o ¿porque al personal civil se le obliga a custodiar las armas con mas seguridad que al personal profesional (es decir, lo contrario)?

Hay cosas que nunca entenderé.

Saludos!

Por el fin a que estan destinadas las armas, tu y yo para tirar al blanco y las otras para defenderse, con lo cual se sobreentiende que no se las van a quitar ya que siempre estan listas para su uso.....lo que despues diga el juez ya es otra cosa :D :D

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Re: Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor grafitti » 25 Nov 2013 12:11

byWok escribió:Cuidadín... que te metes en un lodazal :lol:

¿Porque? Solo he expresado "que no entiendo esta circunstancia". No creo que a nadie le pueda molestar mi "ignorancia".
Entendería que alguien me dijese que no tiene porque pagarse una caja fuerte de grado III por exigencias de su profesión. Pues vale! Que la pague quien la tenga que pagar! Pero que esa caja (armero de seguridad), se tenga en un domicilio donde hay armas y éstas pueden ser robadas.

airshopbcn escribió:Por el fin a que estan destinadas las armas, tu y yo para tirar al blanco y las otras para defenderse, con lo cual se sobreentiende que no se las van a quitar ya que siempre estan listas para su uso.....lo que despues diga el juez ya es otra cosa :D :D


Si me dijeses que si se tiene un arma no se tiene obligación de tener armero, me pareceria correcto. Pero..¿cuando se tienen 3,4,5...6 armas, tampoco? (solo llevas una encima y las otras 5 permanecen en tu casa).

Dices que "se sobreentiende que no se las van a quitar"...las que porte de acuerdo...pero ¿las que se tienen en casa tampoco? ¿y las guiadas en AF como "armas de concurso" (que se entienden que son "para tirar al blanco")?

Ojo...que en absoluto estoy diciendo nada contra el personal profesional. Ellos no tienen la culpa de tanta "chorri-ley", faltaría mas!
Es lo mismo que las armas largas...que según como sean las puedes guardar en un armario (manda eggs!).

En fin...no quiero desviar el hilo (pido disculpas si ya lo he hecho). Solo es una duda que siempre se me ha pasado por la cabeza y que nunca he logrado entender.

Saludos
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Re: Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor tremendo » 25 Nov 2013 14:17

La no obligación de tener armero, es unicamente en el arma corta guiada con la AB, las demás armas que se tengan guiadas con la licencia tipo A tienen la misma obligacion que los demás, es decir un rifle guiado con la A Si necesita de su correspondiente armero de seguridad.
Saludos.

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Re: Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor grafitti » 25 Nov 2013 14:26

tremendo escribió:La no obligación de tener armero, es unicamente en el arma corta guiada con la AB, las demás armas que se tengan guiadas con la licencia tipo A tienen la misma obligacion que los demás, es decir un rifle guiado con la A Si necesita de su correspondiente armero de seguridad.
Saludos.

Desconocía que fuese así. Si efectivamente así es, si que puedo llegar a entenderlo. Pensaba que era en las circunstancias citadas anteriormente.

Gracias por la aclaración, tremendo.
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Re: Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor panes » 25 Nov 2013 18:27

Te las otorga automaticamente y es lo mismo AF que F a todos los efectos, el tema de la custodia de las armas viene especificado en el reglamento de armas, hay coletillas con los miembros de las FFCCSE y FAS estan excluidos por el hecho de ser polis o militares,y la diferencia mas sustancial por la custodia es que un civil solo puede portarla d casa al campo de tiro y vuelta y los miembros de las ffccse pueden portarlas en todo momento y entre comillas esta siempre custodiada por el responsable del arma, pero es muy recomendable tener armero ya que en caso de robo en el domicilio no te exime del cumplimiento lo que marca el reglamento. :pists: :pists: :pists: :pists: :pists:

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Re: Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor lsam9 » 25 Nov 2013 20:39

Sobre el tema del armero como en todo depende de la IA de la zona, tengo compañeros del club que no se lo piden y otros que lo han tenido que comprar.
Sobre la expedicion hay que solicitarla creo que lo unico que se libran es de las pruevas y examenes de obtencion pero para todo lo demas le piden lo mismo, activada deportiva, federativa o licencia de caza, etc...

Saludos

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Re: Pregunta sobre la practica de IPSC para Mossos

Mensajepor grafitti » 25 Nov 2013 20:52

panes escribió:...la diferencia mas sustancial por la custodia es que un civil solo puede portarla d casa al campo de tiro y vuelta y los miembros de las ffccse pueden portarlas en todo momento...

Los civiles no pueden portarlas en ningún caso, panes. Si acaso pueden TRANSPORTARLAS. Disculpame si te parece quisquilloso o rebuscado mi comentario. Es que es totalmente distinto PORTAR que TRANSPORTAR.

Yo, tal y como explicaba entes, entiendo que si una persona con permiso clase A tiene UNA pistola, no tenga la obligación de tener armero en las mismas condiciones que otra persona con permiso clase F. Pero lo que no entendía era que, TENIENDO MAS DE UNA PISTOLA no tenga esa obligación. Según el compañero tremendo, si es obligatorio. Esa era mi duda.

Saludos
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