Tarjeta de Armas de AC
- makeynai
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Re: Duda sobre Tarjeta de Armas de AC
Oído tirititao.
Me veo tirando en el salón de mi casa, o vendiendo la carabina y volviendo a mi otro jovi, el aeromodelismo.
Un Saludo.
Me veo tirando en el salón de mi casa, o vendiendo la carabina y volviendo a mi otro jovi, el aeromodelismo.
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"Yo ya no sé ni que yo sólo sé que no se nada"

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Re: Duda sobre Tarjeta de Armas de AC
Lo de este país es de traca.
Entre mi hijo (mayor de edad) y yo poseemos 4 armas de aire comprimido y 6 de airsoft y todas sin tarjeta, solo facturas y ni ahora ni el el futuro pienso sacarlas.
Como ciudadanos podemos comprar todas las que nos de la gana, nos venden montón de accesorios para hacer practicas de tiro con ellas y luego nos dicen que no podemos usarlas excepto en lugares autorizados, que son 4 los que hay y lejos de casa aparte de los € que cuesta y no está la economía para ello.
Vivo en un pueblo de las afueras de Madrid, pero se da la casualidad de que cuando puedo y tengo tiempo de usarlas, es en el norte donde tengo casa y mi familia tierras con bosques y más bosques alrededor y donde sin ningún tipo de problemas a efectos de seguridad me refiero, puedo hacer uso de ellas, sin embargo como legalmente no son lugares autorizados ni estoy empadronado allí para poder tener la tarjeta del lugar donde realmente les doy uso, seguiré siendo un fuera de la ley tirando a dianas de cartón, globos y latas.
Entre mi hijo (mayor de edad) y yo poseemos 4 armas de aire comprimido y 6 de airsoft y todas sin tarjeta, solo facturas y ni ahora ni el el futuro pienso sacarlas.
Como ciudadanos podemos comprar todas las que nos de la gana, nos venden montón de accesorios para hacer practicas de tiro con ellas y luego nos dicen que no podemos usarlas excepto en lugares autorizados, que son 4 los que hay y lejos de casa aparte de los € que cuesta y no está la economía para ello.
Vivo en un pueblo de las afueras de Madrid, pero se da la casualidad de que cuando puedo y tengo tiempo de usarlas, es en el norte donde tengo casa y mi familia tierras con bosques y más bosques alrededor y donde sin ningún tipo de problemas a efectos de seguridad me refiero, puedo hacer uso de ellas, sin embargo como legalmente no son lugares autorizados ni estoy empadronado allí para poder tener la tarjeta del lugar donde realmente les doy uso, seguiré siendo un fuera de la ley tirando a dianas de cartón, globos y latas.


Re: Duda sobre Tarjeta de Armas de AC
El unico derecho que tenemos en este pais es el de pagar impuestos; todo lo demas es puro sin sentido y aplicación personal y partidista de leyes estupidas y/o injustas que no tienen ningun otro fin que sacarnos mas pasta y fastidiarnos y complicarnos la vida a diario. Todos somos potenciales delinquentes a los que hay impedir como sea que cometamos terribles delitos.
Eso si, etarras y violadores todos a la calle.
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Re: Duda sobre Tarjeta de Armas de AC
corvo escribió:... ni estoy empadronado allí para poder tener la tarjeta del lugar donde realmente les doy uso...
Tengo entendido que con la tarjeta se puede usar el arma en cualquier sitio autorizado en España aunque no esté en el municipio del domicilio.
Nuestros legisladores interpretan que, como son armas destinadas a la practica deportiva, deben de ser usadas en sitios autorizados para dicha practica, vamos es como si te comprases una pelota de baloncesto y no te dejaran colocar una cesta en el patio de tu casa y te obligasen ir a un pabellón a jugar. Yo no tengo mucho problema porque me dedico al arma corta y siempre vas a campos de tiro pero tengo una Daystate que los cuatro tiros que ha tirado han sido en la cancha de 50 metros de mi club ya que no tengo ningún campo de FT cerca de mi domicilio. Por cierto las canchas de mi club están en un domicilio distinto al de mi residencia.
- makeynai
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Re: Duda sobre Tarjeta de Armas de AC
loregal escribió:El unico derecho que tenemos en este pais es el de pagar impuestos; todo lo demas es puro sin sentido y aplicación personal y partidista de leyes estupidas y/o injustas que no tienen ningun otro fin que sacarnos mas pasta y fastidiarnos y complicarnos la vida a diario. Todos somos potenciales delinquentes a los que hay impedir como sea que cometamos terribles delitos.
Eso si, etarras y violadores todos a la calle.
Está la cosa muy malita. No sé cuanto más durará la paciencia de los ciudadanos de éste país. A diario nos demuestran las noticias que si cometes un delito leve te hacen pagarlo muy caro, en cambio los políticos ladrones todos, sean del partido que sean como mucho se les imputa, y no sirve de nada, nada más que para gastar dinero en abogados caros, jueces comprados por el gobierno que gobierne y no pagan nada de sus bolsillos porque lo pagamos nosotros, en cambio si un ciudadano normal tiene que poner una denuncia encima tienes que pagar.
¿Le quitaron la escopeta al hijo de la infanta cuando se disparó en el pie? ¿Y su tío Hurtangarín y un largo etc. que se rien de la sociedad y luego los gobiernos y los "jueces" los perdonan porque creen más las mentiras descaradas de sus abogados que pretenden hacernos creer que en vez de castigarlos habría que canonizarlos?
Viva la Justicia.
Al final, como los delincuentes tienen armas de fuego con las que cometen atracos y asesitatos, pagamos los que disparan balines a latas en lugares perdidos.
Señores legisladores, creen Vds. que prohibiéndonos usar carabinas de aire en lugares seguros acabarán con los verdaderos culpables?
Al final al asesino se le premia con la libertad prematura y se imputa y castiga al balinero.
Espero que esta absurda ley de carabinas se arregle pronto, porque queremos estar en la legalidad, pero no nos dejan. O te sacrificas abandonando la afición o "delinques" pegando tiros a latas.
Perdonar el ladrillo, pero necesitaba desahogarme, compañeros.
¡QUE ASCO, QUIEREN QUE SEAMOS LOS ESCLAVOS DE LOS MALDITOS!
Sal U2 y wenos tiros aunque seamos furtivos



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Re: Tarjeta de Armas de AC
yo cuando lo hice la llevé la targeta amarilla a la policia local, y en unos dias me llamaron para recojerla sellada y gratis... solo eso...
Prefiero llevarla y no tener que usarla, a necesitarla y no llevarla.
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Re: Tarjeta de Armas de AC
Senik escribió:yo cuando lo hice la llevé la targeta amarilla a la policia local, y en unos dias me llamaron para recojerla sellada y gratis... solo eso...
Hola Senik.
¿En la capital,o en un pueblo?.
Un saludo.
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Re: Tarjeta de Armas de AC
celakanto escribió:Senik escribió:yo cuando lo hice la llevé la targeta amarilla a la policia local, y en unos dias me llamaron para recojerla sellada y gratis... solo eso...
Hola Senik.
¿En la capital,o en un pueblo?.
Un saludo.
pueblo

Prefiero llevarla y no tener que usarla, a necesitarla y no llevarla.
Re: Tarjeta de Armas de AC
Hola amigos.
Una pregunta de novato. Si no tengo la factura y es imposible encontrarla, se puede sacar la licencia municipal de AC.
Gracias y un saludo.
Pdt: Perdonar por salirme un poco del tema.
Una pregunta de novato. Si no tengo la factura y es imposible encontrarla, se puede sacar la licencia municipal de AC.
Gracias y un saludo.
Pdt: Perdonar por salirme un poco del tema.
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Re: Tarjeta de Armas de AC
Depende del ayuntamiento, la tarjeta de armas la venden en las armerías.
Me he quedado sorprendido
penales y psicotécnico para ac.
En fin, pronto ni con aire.
Me he quedado sorprendido

En fin, pronto ni con aire.
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Re: Tarjeta de Armas de AC
En Madrid Sí.miguelcz90 escribió:....... Me he quedado sorprendidopenales y psicotécnico para ac.
En fin, pronto ni con aire.
Yo estoy empadronado en Madrid pero la carabina en un pueblo de la comunidad de madrid. Mi gozo en un pozo, así casi empezaba el hilo. No me la quieren registrar en el ayuntamiento del pueblo por no estar empadronado, y eso que tengo allí vivienda.
Si no se tiene factura creo que con una declaración jurada como que te la regaló p.ej. tu abuelo, valdría junto con las tarjetas.
Pregunta, ¿dónde puedo descargarme la circular cipae?
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Re: Tarjeta de Armas de AC
Aqui tienes la circular.aprovecho para hacer unas puntualizaciones:
.- La tarjeta de armas es solo un documento que acredita la propeidad y sus inscripcion en un regsitro.
.- No es Permiso de armas ni licencia de armas.
. el reglamento de armas especifica que los alcaldes PODRAN autorizar los lugares en que se podran utilizar.
.- En el R.A no especifica que SOLO se pueden utilizar en el término........
.- La tarjeta de armas es solo un documento que acredita la propeidad y sus inscripcion en un regsitro.
.- No es Permiso de armas ni licencia de armas.
. el reglamento de armas especifica que los alcaldes PODRAN autorizar los lugares en que se podran utilizar.
.- En el R.A no especifica que SOLO se pueden utilizar en el término........
- makeynai
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Re: Tarjeta de Armas de AC
Gracias PROFESIONAL.
Una pregunta.
El impreso que me has puesto ¿vale para cualquier provincia española?, lo digo porque es de la comandancia de la GC de Pontevedra.
Decías:
A continuación verás que el ayuntamiento de madrid dice claro que está limitado al término municipal.
Esto es lo que pone en la página del ayuntamiento de Madrid sobre la tarjeta de armas de cuarta categoría (Copio y Pego):
Permiso para uso de armas de cuarta categoría
Tarjeta Tipo A
1. Este permiso es válido para las armas comprendidas en la cuarta categoría 4-1: Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico–deportivo cuyo sistema de disparo es automático. (Reglamento de Armas 137/1993, de 29 de enero, artículo 3 y Orden de Interior 2860/2012 de 27 de diciembre).
2. Las tarjetas se otorgarán a los avecindados o residentes en el municipio de Madrid, limitándose al respectivo término municipal.
3. Validez: 5 años - Limitada al término municipal de Madrid.
4. Máximo de armas que se pueden registrar: 6.
Tarjeta Tipo B
1. Este permiso es válido para las armas comprendidas en la cuarta categoría 4-2: Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico–deportivo accionadas por muelle o resorte. (Reglamento de Armas 137/1993, de 29 de enero, Artículo 3 y Orden de Interior 2860/2012 de 27 de diciembre).
2. Las tarjetas se otorgarán a los avecindados o residentes en el municipio de Madrid, limitándose al respectivo término municipal.
3. Validez: permanente - Limitada al término municipal de Madrid.
Destinatarios
Vecinos o residentes en el municipio de Madrid, limitándose al respectivo término municipal.
Importe
Para 2013: 20,75 euros por cada arma a registrar.
Solicitud
- Fotocopia del DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia
- Certificado de aptitudes psicofísicas
- Certificado de antecedentes penales
- Factura o albarán que acredite la propiedad y las características del arma especificamente marca, modelo, categoría, tipo, calibre, número de serie.
- Abono de las tasas por la tramitación del procedimiento
Menores. Mayores de 14 años. Validez hasta los 18 años.
- Autorización de quien ostente la patria potestad o tutela.
- Fotocopia del DNI, pasaporte o Tarjeta de Residencia.
- Certificado de antecedentes penales, de quien tenga la patria potestad o tutela.
- Factura o albarán que acredite la propiedad y las características del arma especificamente marca, modelo, categoría, tipo, calibre, número de serie.
- Abono de las tasas por la tramitación del procedimiento
Personal en activo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
- Quedarán exentos de presentar los Certificados de antecedentes penales y actitudes psicofísicas, el personal perteneciente a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, siempre y cuando se aporte certificación de la autoridad competente en el cuerpo correspondiente en el que se preste servicio, donde conste que el interesado se encuentra en situación activa y sin ningún tipo de restricción o limitación en cuanto a la tenencia y uso de armas..
En https://sede.madrid.es/portal/site/tram ... 1f5a0aRCRD teneis toda la información.
Esto es para que veais lo que pide la Botella a los madrileños que tanto quiere para registrar una carabina de aire.
Una pregunta.
El impreso que me has puesto ¿vale para cualquier provincia española?, lo digo porque es de la comandancia de la GC de Pontevedra.
Decías:
PROFESIONAL escribió:- En el R.A no especifica que SOLO se pueden utilizar en el término........
A continuación verás que el ayuntamiento de madrid dice claro que está limitado al término municipal.
Esto es lo que pone en la página del ayuntamiento de Madrid sobre la tarjeta de armas de cuarta categoría (Copio y Pego):
Permiso para uso de armas de cuarta categoría
Tarjeta Tipo A
1. Este permiso es válido para las armas comprendidas en la cuarta categoría 4-1: Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico–deportivo cuyo sistema de disparo es automático. (Reglamento de Armas 137/1993, de 29 de enero, artículo 3 y Orden de Interior 2860/2012 de 27 de diciembre).
2. Las tarjetas se otorgarán a los avecindados o residentes en el municipio de Madrid, limitándose al respectivo término municipal.
3. Validez: 5 años - Limitada al término municipal de Madrid.
4. Máximo de armas que se pueden registrar: 6.
Tarjeta Tipo B
1. Este permiso es válido para las armas comprendidas en la cuarta categoría 4-2: Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico–deportivo accionadas por muelle o resorte. (Reglamento de Armas 137/1993, de 29 de enero, Artículo 3 y Orden de Interior 2860/2012 de 27 de diciembre).
2. Las tarjetas se otorgarán a los avecindados o residentes en el municipio de Madrid, limitándose al respectivo término municipal.
3. Validez: permanente - Limitada al término municipal de Madrid.
Destinatarios
Vecinos o residentes en el municipio de Madrid, limitándose al respectivo término municipal.
Importe
Para 2013: 20,75 euros por cada arma a registrar.
Solicitud
- Fotocopia del DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia
- Certificado de aptitudes psicofísicas
- Certificado de antecedentes penales
- Factura o albarán que acredite la propiedad y las características del arma especificamente marca, modelo, categoría, tipo, calibre, número de serie.
- Abono de las tasas por la tramitación del procedimiento
Menores. Mayores de 14 años. Validez hasta los 18 años.
- Autorización de quien ostente la patria potestad o tutela.
- Fotocopia del DNI, pasaporte o Tarjeta de Residencia.
- Certificado de antecedentes penales, de quien tenga la patria potestad o tutela.
- Factura o albarán que acredite la propiedad y las características del arma especificamente marca, modelo, categoría, tipo, calibre, número de serie.
- Abono de las tasas por la tramitación del procedimiento
Personal en activo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
- Quedarán exentos de presentar los Certificados de antecedentes penales y actitudes psicofísicas, el personal perteneciente a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, siempre y cuando se aporte certificación de la autoridad competente en el cuerpo correspondiente en el que se preste servicio, donde conste que el interesado se encuentra en situación activa y sin ningún tipo de restricción o limitación en cuanto a la tenencia y uso de armas..
En https://sede.madrid.es/portal/site/tram ... 1f5a0aRCRD teneis toda la información.
Esto es para que veais lo que pide la Botella a los madrileños que tanto quiere para registrar una carabina de aire.
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Re: Tarjeta de Armas de AC
Ese impreso vale para todo el territorio nacional. La Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos es un organo consultivo de la Administración del Estado. Es el órgano encargado de interpretar la legislación sobre armas y explosivos.
El arma la puedes transportar por donde quieras, adoptando las medidas de seguridad que supongo debes conocer. Es muy frecuente que se llame PERMISO o incluso LICENCIA a las tarjetas de Armas pero eso es malinterpretacion/desconocimento del Reglamento de Armas. Un arma de la cuarta categoría es de venta libre , no ocurre lo mismo con un arma de fuego que requiere licencia de armas.
Lo de la validez dentro del termino es una coletilla que figura en el 105.1......Si la concede un alcalde , pues es lógico que valga para su municipio. Lo mismo que un permiso de obras de Alpedrete, no vale para Alcobendas. Existen ayuntamientos que piden psicotécnico, pero no penales; otros, Penales, pero no psicotécnico; otros, ni lo uno ni lo otro.
Según la R.A.E
6. f. Der. Resolución de la Administración por la que se autoriza una determinada actividad. Licencia de obras. Licencia de armas
Eso de “PERMISO” se lo han sacado de la manga o no se han leido el reglamento y legislación periferica.. Si en verdad fuese un permiso, entiendo que ninguna armeria podria vender un arma de la cuarta categoría sin consentimiento de “la botella”.......Y ahí si que se montaria un buen pollo..... Este hilo puede resultar interesante comentar situaciones que hayan ocurrido
Parfa terminar, con el dictament de CIPAE, queda sentado el criterio de que para sacar el arma fuera del domicilio, si tiene tarjeta de armas, no hay ningun problema.
El arma la puedes transportar por donde quieras, adoptando las medidas de seguridad que supongo debes conocer. Es muy frecuente que se llame PERMISO o incluso LICENCIA a las tarjetas de Armas pero eso es malinterpretacion/desconocimento del Reglamento de Armas. Un arma de la cuarta categoría es de venta libre , no ocurre lo mismo con un arma de fuego que requiere licencia de armas.
Lo de la validez dentro del termino es una coletilla que figura en el 105.1......Si la concede un alcalde , pues es lógico que valga para su municipio. Lo mismo que un permiso de obras de Alpedrete, no vale para Alcobendas. Existen ayuntamientos que piden psicotécnico, pero no penales; otros, Penales, pero no psicotécnico; otros, ni lo uno ni lo otro.
Según la R.A.E
6. f. Der. Resolución de la Administración por la que se autoriza una determinada actividad. Licencia de obras. Licencia de armas
Eso de “PERMISO” se lo han sacado de la manga o no se han leido el reglamento y legislación periferica.. Si en verdad fuese un permiso, entiendo que ninguna armeria podria vender un arma de la cuarta categoría sin consentimiento de “la botella”.......Y ahí si que se montaria un buen pollo..... Este hilo puede resultar interesante comentar situaciones que hayan ocurrido
Parfa terminar, con el dictament de CIPAE, queda sentado el criterio de que para sacar el arma fuera del domicilio, si tiene tarjeta de armas, no hay ningun problema.
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Re: Tarjeta de Armas de AC
Gracias PROFESIONAL por las aclaraciones.
Pues nada, la próxima vez que vaya al pueblo intentaré hablar con el alcalde directamente, acompañado de un policía jubilado de la nacional que vive en el pueblo y es amigo de la familia, a ver si acompañandome y hablando con el alcalde me "rellena" la tarjeta y puedo hacerlo.
Si no pues tendré que rascarme el bolsillo y pagar en madrid unos 50 euracos por el psico + 21 para la "botella" y unos 4 para penales. Total, media carabina. Siempre y cuando no tenga problemas al tenerla en el pueblo en el que no estoy empadronado pero tengo casa.
Está siendo interesante éste hilo. No se si consiguiendo un certificado como que se tiene vivienda en otro lugar al de empadronamiento el alcalde de ese lugar podría sellarte la tarjeta.
Como dices, profesional, haber si alguien que tenga un problema parecido al mío pudo hacerlo.
Pues nada, la próxima vez que vaya al pueblo intentaré hablar con el alcalde directamente, acompañado de un policía jubilado de la nacional que vive en el pueblo y es amigo de la familia, a ver si acompañandome y hablando con el alcalde me "rellena" la tarjeta y puedo hacerlo.
Si no pues tendré que rascarme el bolsillo y pagar en madrid unos 50 euracos por el psico + 21 para la "botella" y unos 4 para penales. Total, media carabina. Siempre y cuando no tenga problemas al tenerla en el pueblo en el que no estoy empadronado pero tengo casa.
Está siendo interesante éste hilo. No se si consiguiendo un certificado como que se tiene vivienda en otro lugar al de empadronamiento el alcalde de ese lugar podría sellarte la tarjeta.
Como dices, profesional, haber si alguien que tenga un problema parecido al mío pudo hacerlo.
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Re: Tarjeta de Armas de AC
El problema no es la tarjeta, el problema es el sitio donde la vas a utilizar, el alcalde no se tiene que enrollar haciéndote la tarjeta se tiene que enrollar autorizándote la finca donde la vas a usar como sitio seguro de uso. Si te hace la tarjeta te ahorras 75 euros pero el problema sigue ahí.
- makeynai
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Re: Tarjeta de Armas de AC
Ya, tirititao (Vaya ritmo que tiene tu nick, mola). Pero estoy seguro que si me sella la tarjeta, también me podrá autorizar a utilizarla sobre dianas en algún lugar seguro del municipio, como por ejemplo donde se celebra la prueba de tiro al plato en fiestas.tirititao escribió:El problema no es la tarjeta, el problema es el sitio donde la vas a utilizar, el alcalde no se tiene que enrollar haciéndote la tarjeta se tiene que enrollar autorizándote la finca donde la vas a usar como sitio seguro de uso. Si te hace la tarjeta te ahorras 75 euros pero el problema sigue ahí.
Sigo preguntando, si habrá posibilidad de poder hacerlo sin estar empadronado, consiguiendo de alguna manera algún certificado como la posesión de vivienda en ese municipio??????
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Re: Tarjeta de Armas de AC
Siempre puedes hacer la pequeña trampa de empadronarte en el pueblo, hacer la tarjeta para la carabina y, pasados unos meses, volverte a empadronar en Madrid...
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