Licencia de armas en Argentina, requisitos

Temas relacionados con la tenencia y uso de las armas.
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lincis
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Licencia de armas en Argentina, requisitos

Mensajepor lincis » 03 Jun 2013 21:51

En la República Argentina, la condición de legítimo usuario de armas (ciudadano capaz de poder adquirir y poseer, no portar, legalmente un arma de fuego) se adquiere cumpliendo una serie de requisitos que solicita la entidad oficial existente para tal efecto, o sea el Registro Nacional de las Armas (RENAR).


1) Acreditar identidad, domicilio real y ser mayor de VEINTIÚN (21) años de edad, mediante la presentación de Documento Nacional de Identidad (DNI), Libreta de Enrolamiento (LE) o Libreta Cívica (LC), o fotocopia debidamente certificada de dichos documentos conforme lo establecido en la normativa vigente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 67 del Anexo I al Decreto N° 395/75 Reglamentario de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429

2) Domicilio de guarda de las armas: Se deberá denunciar los lugares donde se conservarán las armas.

3) Acreditar medios de vida lícitos, de conformidad con el siguiente régimen:

a) Los Trabajadores en relación de dependencia deberán presentar:
- Recibo original de haberes suscrito por el empleador o fotocopia debidamente certificada conforme lo establecido en la normativa vigente, o
- Certificación de servicios en original expedida y suscrita por el empleador con firma certificada por entidad bancaria la que deberá contener como mínimo: Datos del empleador: nombre y apellido o razón social, número de Clave Única de Identificación Tributaria, domicilio y teléfono. Datos del empleado: nombre y apellido, número de Clave Única de Identificación Laboral, fecha de ingreso, tarea desarrollada y remuneración bruta.

b) Los Trabajadores autónomos ó independientes deberán presentar:
- Copia certificada del aporte como monotributista en caso contrario, deberá acompañarse además fotocopia certificada de la constancia de inscripción ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS; o
- Copia certificada de la presentación ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS de la declaración del Impuesto a las Ganancias, cuyo vencimiento hubiera operado en el último año calendario; o
- Copia certificada del comprobante de pago de anticipo del impuesto a las ganancias correspondiente al último vencimiento; o
- Copia certificada de la presentación ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS de la posición del Impuesto al Valor Agregado (IVA); o
- Copia certificada del comprobante de pago de aportes al régimen de trabajadores autónomos u otros regímenes especiales; o
- Copia certificada de matrícula habilitante como profesional y copia certificada del comprobante de pago de la misma; o
- Copia certificada del comprobante de pago de Ingresos Brutos o Convenio Multilateral; o
- Certificación de ingresos personales emitida por Contador Público, con la intervención del Consejo Profesional correspondiente, consignando que la misma es extendida para ser presentada ante el Registro Nacional de Armas. Dicha certificación deberá contener, como mínimo: 1) Nombre, apellido y domicilio del solicitante, 2) Información objeto de la certificación: manifestación del monto de ingresos personales y períodos comprendidos, los que no podrán tener una antigüedad mayor a tres meses, 3) Alcance de la tarea: detalle de los comprobantes cotejados por el profesional (tales como facturas, duplicados de recibos de alquileres), 4) Manifestación profesional: Certificación de ingresos personales relacionada a los comprobantes cotejados y 5) Fecha de emisión.

c) Los jubilados o pensionados deberán presentar:
- Recibo original de haberes o fotocopia debidamente certificada conforme lo establecido en la normativa vigente.

d) La documentación para la acreditación de este requisito será considerada válida al momento de su presentación cuando su fecha de emisión no haya superado los sesenta (60) días corridos.

4) Acreditar inexistencia de Antecedentes Penales: el solicitante deberá adjuntar Certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia dependiente de MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACIÓN donde conste la inexistencia de antecedentes penales de cualquier tipo.
El certificado será considerado válido al momento de su presentación cuando su fecha de emisión no haya superado los sesenta (60) días corridos.

5) Acreditar estado de Salud Psicofísico apto: A tales efectos, deberá agregarse:

a) Examen psicológico o psiquiátrico: certificación emitida por profesional psicólogo o psiquiatra matriculado y habilitado, en el que conste:
- Lugar y fecha de emisión
- Nombre, Apellido, domicilio y teléfono del profesional
- Número de Matrícula Profesional y organismo que la expidió
- Nombre y Apellido del solicitante
- Número de DNI, LC o LE del examinado.
- Certificación que el solicitante se encuentra psicológica o psiquiátricamente apto para la tenencia de armas de fuego.
- Firma y Sello del profesional.

b) Examen físico: certificación de examen físico emitido por profesional médico matriculado y habilitado, donde conste:
- Lugar y fecha de emisión
- Nombre, Apellido, domicilio y teléfono del profesional
- Número de Matrícula Profesional y organismo que la expidió
- Nombre y Apellido del examinado
- Número de documento de identidad del examinado (DNI, LC o LE).
- Certificación que el solicitante se encuentra físicamente apto para la tenencia de armas de fuego
- Firma y Sello del profesional.
La documentación para la acreditación de este requisito será considerada válida al momento de su presentación cuando su fecha de emisión no haya superado los sesenta (60) días corridos.

6) Acreditar Idoneidad en el manejo de Armas de Fuego mediante certificación suscrita por instructor de tiro habilitado e intervenido por la Entidad de Tiro donde se realizó el examen, conforme con la normativa vigente. El examen deberá realizarse y acreditarse, además, en cada renovación de la Credencial de Legítimo Usuario.
La documentación para la acreditación de este requisito será considerada válida al momento de su presentación cuando su fecha de emisión no haya superado los sesenta (60) días corridos.

7) Foto 4 x 4 frente fondo celeste actualizada y un juego de huellas dactiloscópicas tomado en forma plana (no rodada).
Se registrarán de cada individuo una imagen facial de toma frontal, sin obstrucciones de elementos en el rostro, y la totalidad de dedos de ambas manos en forma plana, ambos con la calidad y métodos técnicos que permitan su utilización en sistemas automatizados de reconocimiento e identificación biométrica acorde a estándares internacionales en la materia.

La certificación de inexistencia de antecedentes es realizada por el Registro Nacional de Reincidencias y Estadística Criminal y tiene una tasa de $25,70. Si dicha tramitación fuese realizada por el Renar deberá agregar un Formulario Ley 23.792 Tipo 05.



Que os parece?
A suerte o a muerte.
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Tirofino
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Re: Licencia de armas en Argentina, requisitos

Mensajepor Tirofino » 14 Jun 2013 13:06

y se renueva cada 5 años

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rjdeloeste
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Re: Licencia de armas en Argentina, requisitos

Mensajepor rjdeloeste » 26 Jun 2013 06:56

Esa es la teoria , la practica es que te acercas a una armeria ,el gestor de la misma te dice cuantos pesos te sale el tramite y si no tenes antecedentes , firmas , pagas y esperas a que te llegue el CLU . Ni medico , ni teorico , ni practico ni nada de nada.Te podria contar de un caso de un argentino que le dieron el CLU y ni siquiera vive en argentina.
La segunda opcion es tene un amigo en La Campora ( grupo politico del hijo de la señora presidenta )y con esto ya ni gestor ni certificado de antecedentes ni nada de nada y lo mejor es que si sos de La Campora o afin al partido hasta te dan la portación y ya podes ir con tu pistola en la cintura.
Hoy en día el RENAR (registro de armas ) esta manejado politicamente y reparte a discreción tanto tenencias como portaciones de armas.
Saludos.

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Re: Licencia de armas en Argentina, requisitos

Mensajepor grafitti » 26 Jun 2013 08:04

Que pasote...
Gracias por la información, amigos!
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shooter1980
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Re: Licencia de armas en Argentina, requisitos

Mensajepor shooter1980 » 26 Jun 2013 08:24

Chunga la pasasa..saludos.

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afar21011
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Re: Licencia de armas en Argentina, requisitos

Mensajepor afar21011 » 24 Ago 2013 12:40

rjdeloeste escribió:Esa es la teoria , la practica es que te acercas a una armeria ,el gestor de la misma te dice cuantos pesos te sale el tramite y si no tenes antecedentes , firmas , pagas y esperas a que te llegue el CLU . Ni medico , ni teorico , ni practico ni nada de nada.Te podria contar de un caso de un argentino que le dieron el CLU y ni siquiera vive en argentina.
La segunda opcion es tene un amigo en La Campora ( grupo politico del hijo de la señora presidenta )y con esto ya ni gestor ni certificado de antecedentes ni nada de nada y lo mejor es que si sos de La Campora o afin al partido hasta te dan la portación y ya podes ir con tu pistola en la cintura.
Hoy en día el RENAR (registro de armas ) esta manejado politicamente y reparte a discreción tanto tenencias como portaciones de armas.
Saludos.


Hola: Ya me parecia que en Argentina tenia que haber otra
forma mas sencilla, es decir... con dinerose resuelve facilmente

Saludos

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sanitario35
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Re: Licencia de armas en Argentina, requisitos

Mensajepor sanitario35 » 25 Ago 2013 01:06

gracias por la información, pero por lo que comentan los compañeros con dinero en la mano , vivas o no en el pais ( es decir sin cumplir requisitos) tienes arma :evil:

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afar21011
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Re: Licencia de armas en Argentina, requisitos

Mensajepor afar21011 » 25 Ago 2013 12:41

sanitario35 escribió:gracias por la información, pero por lo que comentan los compañeros con dinero en la mano , vivas o no en el pais ( es decir sin cumplir requisitos) tienes arma :evil:


Me refiero a obtener la licencia. Lo dice bien clarito el compi.
para comprar un arma ilegal no es necesario que lo digan los
compis, hasta el mas lerdo de los delicuentes lo sabe.

Saludos

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Re: Licencia de armas en Argentina, requisitos

Mensajepor PROFESIONAL » 25 Ago 2013 18:31

:mrgreen: Excelente informacion. Ahora,haciendo gala del sabio de proceder de la administracion,"copiara y pegará" para aplicarlo aqui algun dia,como ya pasao con el reglamento argentino de 9mm :mrgreen:


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