



Admiro vuestra fuerza de voluntad
No se si conoces a PAPLE, tirador y árbitro de IPSC, si no te lo presento:
[youtube]UaLy-Vv4-So&feature[/youtube]
https://www.facebook.com/fernando.munizledesma?fref=ts
jolumago56 escribió:No conocia a este Sr. Paple pero los limites estan en nuestra cabeza
un saludo
sniper22 escribió:Com mi mas absoluto respeto, enhorabuena.
Pero me surge la duda:
Porque según la Ley
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd2487-1998.html
un discapacitado no puede poseer armas.
Artículo 3
Las pruebas de aptitud psicofísica tendrán por objeto comprobar que no existe enfermedad o deficiencia alguna que pueda suponer incapacidad para tener o usar armas, o para prestar servicios de seguridad privada, asociada con:
•
• a) La capacidad visual.
•
• b) La capacidad auditiva.
•
• c) El sistema locomotor.
•
• d) El sistema cardiovascular.
•
• e) Trastornos hematológicos.
•
• f) El sistema renal.
•
• g) Enfermedades ginecológicas.
•
• h) El sistema respiratorio.
•
• i) El sistema endocrino.
•
• j) El sistema neurológico.
•
• k) Infecciones.
•
• l) Problemas dermatológicos.
•
• m) Trastornos mentales y de conducta.
•
• n) Dificultades perceptivo-motoras, de toma de decisiones y problemas de personalidad.
•
• ñ) Cualesquiera otra afección, trastorno o problema, no comprendidos en los párrafos anteriores, que puedan suponer una incapacidad para tener o usar armas o para prestar servicios de seguridad privada.
Y según el Reglamento, solo puede competir con Aire Comprimido o Armas del ca.22.
Pudiendolo hacer en F.Central con .22
El 9mm no se refleja como autorizado.
Conozco muy de cerca casos a los que les han denegado la tenencia y federaciones que han impedido guiar y competir , salvo que lo hagan a traves de la
http://www.feddf.es/noticiasd.asp?id=17
y en competiciones oficiales.
Lo dicho, animo y a competir. Pero el tema no esta muy claro.
Como no soy muy extenso en declaraciones he puesto como ejemplo el n3.Wilcow escribió:sniper22 escribió:
Buenas tardes
Lo que dice la ley es que debes pasar las pruebas como todo hijo de vecino, esta claro que depende de la discapacidad que se tenga, por ejemplo alguien con una ceguera del 99% no pasaría las pruebas del psicotecnico, pero no por tener una discapacidad sin mas...
Una discapacidad no es lo mismo que una "incapacidad" que es lo que dice el articulo nº3 al que haces referencia.
¿Puedes explicar esos casos que dices conocer, por favor?
sniper22 escribió:Com mi mas absoluto respeto, enhorabuena.
Pero me surge la duda:
Porque según la Ley
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd2487-1998.html
.....//.....
http://www.feddf.es/noticiasd.asp?id=17
y en competiciones oficiales.
Lo dicho, animo y a competir. Pero el tema no esta muy claro.
jolumago56 escribió:Buenos DIAS !!!
Soy un tirador discapacitado ( voy en silla de ruedas).Tiro en todas las modalidades de arma corta en Alicante.
Recomiendo este bonito deporte a cualquier persona con discapacidad ya que podemos hacerlo bien y con buenos resultados.
joseluismanresa@gmail.com
Un saludo y ánimo!!!
jolumago56 escribió:Buenos DIAS !!!
Soy un tirador discapacitado ( voy en silla de ruedas).Tiro en todas las modalidades de arma corta en Alicante.
Recomiendo este bonito deporte a cualquier persona con discapacidad ya que podemos hacerlo bien y con buenos resultados.
joseluismanresa@gmail.com
Un saludo y ánimo!!!
sniper22 escribió:Como no soy muy extenso en declaraciones he puesto como ejemplo el n3.Wilcow escribió:sniper22 escribió:
Buenas tardes
Lo que dice la ley es que debes pasar las pruebas como todo hijo de vecino, esta claro que depende de la discapacidad que se tenga, por ejemplo alguien con una ceguera del 99% no pasaría las pruebas del psicotecnico, pero no por tener una discapacidad sin mas...
Una discapacidad no es lo mismo que una "incapacidad" que es lo que dice el articulo nº3 al que haces referencia.
¿Puedes explicar esos casos que dices conocer, por favor?
No pensaras que voy a poner nombres y tipos de minusvalías.
Por supuesto que hay que pasar las pruebas, pero algunas I.A. han rechazado informes de APTO.
Y por cierto con una ceguera del 99% SI PASAN y compiten.
Sabes que hay tres enfermedades por las que se rechaza directamente la licencia e inclusive el carnet de conducir.?
Parkinson/Altzeimer/Esclerosis M.
Pues bien, conozco uno que nos gana siempre y no me preguntes como lo hace. Yo no quiero saberlo.
Ojala se animen muchos a conocer las posibilidades que da el tiro.
Un saludo.
iokin escribió:Pues va a ser que no, Wilcow. Con una discapacidad de visión del 100%, no es que se pueda tirar, sino que se tira y además muy, pero que muy bien. Claro es que no se pertenece a la RFEDTO, sino a la FEDC, es decir a la Federación Española `de Deportes para Ciegos e Invidentes con cualquier grado de discapacidad. También existe la Federación de Deportes Adaptados, en la que tiran los minusvalidos. Los invidentes tiran solo con carabinas de aire comprimido y los minusvalidos pueden tirar con armas de fuego, aunque desconozco en que condiciones lo pueden hacer, ya que yo solo soy entrenador de ciegos y no de deportes adaptados, aunque los ciegos también pueden pertenecer a esta última federación. Un saludo.
jolumago56 escribió:Les agradecería que nos ayudasen a que adaptasen los campos de tiro para poder tener acceso todas las personas aficionadas a este maravilloso deporté.Muchas veces no podemos ir a tirar por no tener acceso a los campos !!!! DESPERTAR ESTAMOS EN EL SIGLO XXI !!! puedo esperar hasta el XXII !! NO MÁS !!! je,je,je
Un saludo y a colaborar que yo pensaba que nunca me tocaría ir en silla de ruedas y la vida me la ha puesto pegada al trasero!!!!!
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