DUDA SOBRE CUPO ANUAL DE MUNICIí“N
- grafitti
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Re: DUDA SOBRE CUPO ANUAL DE MUNICIÓN
A mi también me ha sorprendido...Armeria Alvarez es una armería "de las grandes".
Pero con la ley en la mano, venderte un máximo de "50 cartuchos de una sola vez", no tiene lógica ni es de ley.
Saludos
Pero con la ley en la mano, venderte un máximo de "50 cartuchos de una sola vez", no tiene lógica ni es de ley.
Saludos

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Re: DUDA SOBRE CUPO ANUAL DE MUNICIÓN
resignao escribió:grafitti escribió:¿Estar federado para adquirir munición? No...no es necesario. Lo que es necesario es estar federado para tener un arma, y por ende, adquirir munición. Y si no tienes arma, no puedes adquirir munición.
Siempre y cuando tengas el arma guiada en "F", claro...si la tienes guiada en "A" o "C", las condiciones son distintas (entonces no son "armas deportivas").
Saludos
curiosamente el tipo de licencia que me interesa saber es el AE ......no tengo porque estar federado para adquirir municion para un arma guiada con AE ¿no?.....y sin embargo si que se puede practicar el tiro con ella.....pero claro ...."estando federado"
me da la sensacion de que es "una merluza que se muerde la cola" .....
saludos
Supongo que con la AE querrás un arma de cartuchería metálica

Dejando aparte las trabas que ponen desde la GC para adquirir munición para las mismas amparándose en la estúpida y peregrina excusa de que deben emplear munición cargada con pólvora negra (Se lo sacan de la manga para obstaculizar el asunto) no es necesario estar federado para poseer un arma amparada con la AE pero sí que has de emplearlas en galerías y campos de tiro autorizados, lo que generalmente lleva implícito federarse para poder disponer de dicho campo.
Si en el campo de tiro (Perteneciente a federación o club) venden munición deberían vendértela sin límite de cupo, tan solo con las obligaciones legales establecidas de no poder sacar dicha munición del campo de tiro. En caso contrario tan solo podrás disponer de los 100 anuales (Si no te obstaculizan la compra alegando que son cargados con pólvora nitro y no negra) o recargar (Si es que tampoco te alegan que con la AE no autorizan recargar, que de todo hay

Como ves, hay más de una "merluza que se muerde la cola", es más, yo diría que lo que hay es mucho "merluzo" dictando normas



Saludos...

- grafitti
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Re: DUDA SOBRE CUPO ANUAL DE MUNICIÓN
resignao escribió:grafitti escribió:¿Estar federado para adquirir munición? No...no es necesario. Lo que es necesario es estar federado para tener un arma, y por ende, adquirir munición. Y si no tienes arma, no puedes adquirir munición.
Siempre y cuando tengas el arma guiada en "F", claro...si la tienes guiada en "A" o "C", las condiciones son distintas (entonces no son "armas deportivas").
Saludos
curiosamente el tipo de licencia que me interesa saber es el AE ......no tengo porque estar federado para adquirir municion para un arma guiada con AE ¿no?.....y sin embargo si que se puede practicar el tiro con ella.....pero claro ...."estando federado"
me da la sensacion de que es "una merluza que se muerde la cola" .....
saludos
Efectivamente...

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Re: DUDA SOBRE CUPO ANUAL DE MUNICIÓN
el club de tiro es el de Montjuic, la munición del 22lr te la venden simplemente con la federativa ya que es la única que teóricamente puedes consumir con las armas del club mientras estas entrenando para sacarte la F (por lo tanto no tienes todavía ningún arma guiada), el resto de calibres te exigen la guía del arma, y las ventas de munición quedan registradas en el ordenador (te emiten una factura que debes firmar, especificando calibre, cantidad, comprador y guía o nº federativa), cantidad y numero de guía o licencia, a disposición de consulta por la guardia civil cuando quieran.
En monjuic no venden munición compatible con las armas de AE (esencialmente 44 rusian, 44/40 y 45colt), según me dijeron en su día, la guardia civil no les autoriza.
En monjuic no venden munición compatible con las armas de AE (esencialmente 44 rusian, 44/40 y 45colt), según me dijeron en su día, la guardia civil no les autoriza.
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Re: DUDA SOBRE CUPO ANUAL DE MUNICIÓN
Si sólo te venden una caja a día, el día que tienes competición de por ejemplo 9mm, que haces, tirar sólo 50 tiros en vez de 60? O te la tienes que traer ya de casa?
- grafitti
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Re: DUDA SOBRE CUPO ANUAL DE MUNICIÓN
robertml escribió:Si sólo te venden una caja a día, el día que tienes competición de por ejemplo 9mm, que haces, tirar sólo 50 tiros en vez de 60? O te la tienes que traer ya de casa?
juasss
Ahora vas y lo cascas!

PD: Mejor ejemplo imposible robertml!


Re: DUDA SOBRE CUPO ANUAL DE MUNICIÓN
grafitti escribió:No "lo saben". Pero si quieres correr el riesgo de que se presente un dia la GC en tu casa para pasar revista, y descubran que tienes almacenada una cantidad superior a la legalmente establecida, pues...puedes estar incurriendo en un DELITO de DEPÓSITO DE EXPLOSIVOS (no se exactamente la tipificación del mismo), con lo que ello te puede llegar a suponer. Repito..."no lo saben", pero "tu mismo"...
Y no...no te exigen ninguna factura. Eso lo tiene controlada la I.A. respecto a tu cupo autorizado (las armerias informan mensualmente de las ventas de munición...y estas se cotejan con los cupos de cada comprador...si tu pasas el tuyo pues...).
¿Estar federado para adquirir munición? No...no es necesario. Lo que es necesario es estar federado para tener un arma, y por ende, adquirir munición. Y si no tienes arma, no puedes adquirir munición.
Siempre y cuando tengas el arma guiada en "F", claro...si la tienes guiada en "A" o "C", las condiciones son distintas (entonces no son "armas deportivas").
Saludos
En mi casa si llaman amablemente a la puerta de la IA les doy los buenos días y les indico el camino del bar mas cercano para que pasen la mañana que en mi casa solo entro yo,quien digo yo y quien dice el Juez y dudo mucho que su Señoría de la autorizacion judicial pertinente para entrar en mi casa...
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Re: DUDA SOBRE CUPO ANUAL DE MUNICIÓN
oteflo escribió:En mi casa si llaman amablemente a la puerta de la IA les doy los buenos días y les indico el camino del bar mas cercano para que pasen la mañana que en mi casa solo entro yo,quien digo yo y quien dice el Juez y dudo mucho que su Señoría de la autorizacion judicial pertinente para entrar en mi casa...
O sea...que puedes almacenar toda la munición y polvora del mundo, porque en tu casa "solo entras tu".
Vamos que "pa chulo chulo, mi pirulo". Me parto y me mondo.
Aunque me pregunto...¿cuando he dicho yo que nadie pueda entrar en tu casa libremente? Se entiende (o al menos, "debería entenderse"), que si la Guardia Civil viene a hacer un registro, lo hace en base a unas sospechas fundadas, y con una orden judicial, por supuesto. Hay que diferenciar una REVISIÓN/REVISTA de un REGISTRO.
No entiendo la manía de rebatir cosas que uno no ha dicho...
PD: Si viene la Guardia Civil a tu casa, indicales "el bar mas cercano", que verás ellos lo que te indican. Juass

Re: DUDA SOBRE CUPO ANUAL DE MUNICIÓN
grafitti escribió:oteflo escribió:En mi casa si llaman amablemente a la puerta de la IA les doy los buenos días y les indico el camino del bar mas cercano para que pasen la mañana que en mi casa solo entro yo,quien digo yo y quien dice el Juez y dudo mucho que su Señoría de la autorizacion judicial pertinente para entrar en mi casa...
O sea...que puedes almacenar toda la munición y polvora del mundo, porque en tu casa "solo entras tu".
Vamos que "pa chulo chulo, mi pirulo". Me parto y me mondo.
Aunque me pregunto...¿cuando he dicho yo que nadie pueda entrar en tu casa libremente? Se entiende (o al menos, "debería entenderse"), que si la Guardia Civil viene a hacer un registro, lo hace en base a unas sospechas fundadas, y con una orden judicial, por supuesto. Hay que diferenciar una REVISIÓN/REVISTA de un REGISTRO.
No entiendo la manía de rebatir cosas que uno no ha dicho...
PD: Si viene la Guardia Civil a tu casa, indicales "el bar mas cercano", que verás ellos lo que te indican. Juass
Ya te puedo decir que por mi trabajo no es la primera vez que se ve...los jueces son muy muy reacios a dar ordenes de registro en domicilios por delitos graves como para que sean por posibles delitos o infracciones administrativas! No rebato si no simplemente las cosas se hacen como se tienen que hacer que para eso hay unas normas y leyes que cumplir y que me hacen cumplir todos los días...
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Re: DUDA SOBRE CUPO ANUAL DE MUNICIÓN
Buenas!
Entre ellas permitir que la GC inspeccione las armas y su custodia de que dispones, según la o las licencias que te hayan sido concedidas, tal como firmas cuando solicitas la licencia de armas. Y si la GC no entra - estás en tu derecho - las armas saldrán - están en su derecho - y costará mucho esfuerzo y dinero que vuelvan, si es que vuelven. Todo ello, por no dejar que comprueben que cumples con la normativa vigente, tal como haces y debe ser.
De verdad vale la pena?
Anda que no hay enemigos de verdad como para buscarse más.
Saludos
oteflo escribió:grafitti escribió:oteflo escribió:En mi casa si llaman amablemente a la puerta de la IA les doy los buenos días y les indico el camino del bar mas cercano para que pasen la mañana que en mi casa solo entro yo,quien digo yo y quien dice el Juez y dudo mucho que su Señoría de la autorizacion judicial pertinente para entrar en mi casa...
O sea...que puedes almacenar toda la munición y polvora del mundo, porque en tu casa "solo entras tu".
Vamos que "pa chulo chulo, mi pirulo". Me parto y me mondo.
Aunque me pregunto...¿cuando he dicho yo que nadie pueda entrar en tu casa libremente? Se entiende (o al menos, "debería entenderse"), que si la Guardia Civil viene a hacer un registro, lo hace en base a unas sospechas fundadas, y con una orden judicial, por supuesto. Hay que diferenciar una REVISIÓN/REVISTA de un REGISTRO.
No entiendo la manía de rebatir cosas que uno no ha dicho...
PD: Si viene la Guardia Civil a tu casa, indicales "el bar mas cercano", que verás ellos lo que te indican. Juass
Ya te puedo decir que por mi trabajo no es la primera vez que se ve...los jueces son muy muy reacios a dar ordenes de registro en domicilios por delitos graves como para que sean por posibles delitos o infracciones administrativas! No rebato si no simplemente las cosas se hacen como se tienen que hacer que para eso hay unas normas y leyes que cumplir y que me hacen cumplir todos los días...
Entre ellas permitir que la GC inspeccione las armas y su custodia de que dispones, según la o las licencias que te hayan sido concedidas, tal como firmas cuando solicitas la licencia de armas. Y si la GC no entra - estás en tu derecho - las armas saldrán - están en su derecho - y costará mucho esfuerzo y dinero que vuelvan, si es que vuelven. Todo ello, por no dejar que comprueben que cumples con la normativa vigente, tal como haces y debe ser.
De verdad vale la pena?
Anda que no hay enemigos de verdad como para buscarse más.
Saludos
Re: DUDA SOBRE CUPO ANUAL DE MUNICIÓN
jrdc1 escribió:Buenas!oteflo escribió:grafitti escribió:O sea...que puedes almacenar toda la munición y polvora del mundo, porque en tu casa "solo entras tu".
Vamos que "pa chulo chulo, mi pirulo". Me parto y me mondo.
Aunque me pregunto...¿cuando he dicho yo que nadie pueda entrar en tu casa libremente? Se entiende (o al menos, "debería entenderse"), que si la Guardia Civil viene a hacer un registro, lo hace en base a unas sospechas fundadas, y con una orden judicial, por supuesto. Hay que diferenciar una REVISIÓN/REVISTA de un REGISTRO.
No entiendo la manía de rebatir cosas que uno no ha dicho...
PD: Si viene la Guardia Civil a tu casa, indicales "el bar mas cercano", que verás ellos lo que te indican. Juass
Ya te puedo decir que por mi trabajo no es la primera vez que se ve...los jueces son muy muy reacios a dar ordenes de registro en domicilios por delitos graves como para que sean por posibles delitos o infracciones administrativas! No rebato si no simplemente las cosas se hacen como se tienen que hacer que para eso hay unas normas y leyes que cumplir y que me hacen cumplir todos los días...
Entre ellas permitir que la GC inspeccione las armas y su custodia de que dispones, según la o las licencias que te hayan sido concedidas, tal como firmas cuando solicitas la licencia de armas. Y si la GC no entra - estás en tu derecho - las armas saldrán - están en su derecho - y costará mucho esfuerzo y dinero que vuelvan, si es que vuelven. Todo ello, por no dejar que comprueben que cumples con la normativa vigente, tal como haces y debe ser.
De verdad vale la pena?
Anda que no hay enemigos de verdad como para buscarse más.
Saludos
Oteflo sabe muy bien lo que dice y tiene algo de experiencia en tratar con allanamientos de morada (es policia). A quien no le compensaria es a los G.C. que intervinieran ..... por que a ver como justifican una sanción por no dejarles entrar en su domicilio basada en el reglamento de armas. No olvidemos que la inviolabilidad del domicilio es un derecho fundamental (como tal tiene reserva de Ley Orgánica) que consiste en que si no se acude con una autorización del juez tienes derecho a negar la entrada. No pueden sancinarte por ejercer un derecho. Con el recochineo que la L.O. de Seguridad Ciudadana habilita a la administración a inspeccionar practicamente todos los sitios relacionados con las armas excepto las viviendas.
Saludos.
Re: DUDA SOBRE CUPO ANUAL DE MUNICIÓN
Buenos días,
En primer lugar, me gustaría saber cuantos casos reales conocéis de "primera mano" de visitas/revisiones al domicilio por parte de la Intervencion de Armas de la Guardia Civil.
En segundo lugar, cuantos casos reales conocéis de "entrada y registro con orden judicial" por asuntos relacionados con cupos de armas y munición a personas que disponen de licencias de armas.
En tercer lugar, cuantos casos de primera mano conocéis de tiradores acusados por un delito de deposito de munición.
Lo digo, porque como bien apunta el compañero, esto de las entradas y registro es muy serio; los jueces no lo autorizan si no esta muy claro y la IA tampoco lo va a pedir si no es algo ya "flagrante" porque tampoco tienen ganas de pillarse los dedos.
Yo, en mis cortas "entendederas", creo que si el personal de la IA viene a tu casa a revisar tus armas y demás artilugios, tu única obligación (según el RA) es mostrarles las armas y abrirles los armeros. Eso si, haciéndoles constar fehacientemente que tu no autorizas el registro de tu domicilio pero que si estas dispuesto a mostrarles las armas y los armeros. Por tanto, la GC podrá ver tus armas y armeros, pero no mirar que tienes debajo de la cama ni en el cajón de la cómoda (ni decirte que lo abras).
Hasta ahí, llegan tus obligaciones según el vigente R.A.
Donde yo veo el verdadero problema, es en el caso de un incendio en tu casa (Dios no lo quiera) y que se lie una "mascleta" con los Bomberos por medio. Ahi, si podria haber una investigación de oficio del CNP o GC en función de lo que los Bomberos reflejen en su parte...
Comentarios...
Un saludo,
En primer lugar, me gustaría saber cuantos casos reales conocéis de "primera mano" de visitas/revisiones al domicilio por parte de la Intervencion de Armas de la Guardia Civil.
En segundo lugar, cuantos casos reales conocéis de "entrada y registro con orden judicial" por asuntos relacionados con cupos de armas y munición a personas que disponen de licencias de armas.
En tercer lugar, cuantos casos de primera mano conocéis de tiradores acusados por un delito de deposito de munición.
Lo digo, porque como bien apunta el compañero, esto de las entradas y registro es muy serio; los jueces no lo autorizan si no esta muy claro y la IA tampoco lo va a pedir si no es algo ya "flagrante" porque tampoco tienen ganas de pillarse los dedos.
Yo, en mis cortas "entendederas", creo que si el personal de la IA viene a tu casa a revisar tus armas y demás artilugios, tu única obligación (según el RA) es mostrarles las armas y abrirles los armeros. Eso si, haciéndoles constar fehacientemente que tu no autorizas el registro de tu domicilio pero que si estas dispuesto a mostrarles las armas y los armeros. Por tanto, la GC podrá ver tus armas y armeros, pero no mirar que tienes debajo de la cama ni en el cajón de la cómoda (ni decirte que lo abras).
Hasta ahí, llegan tus obligaciones según el vigente R.A.
Donde yo veo el verdadero problema, es en el caso de un incendio en tu casa (Dios no lo quiera) y que se lie una "mascleta" con los Bomberos por medio. Ahi, si podria haber una investigación de oficio del CNP o GC en función de lo que los Bomberos reflejen en su parte...
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Re: DUDA SOBRE CUPO ANUAL DE MUNICIÓN
hg_rosk escribió:Muchas gracias por las respuestas, ya me parecía a mi. Bueno, para que sepáis lo que hay esto me sucedió en " Armería Álvarez " delegación de Coruña. Tendré que ir a Betanzos , que es la otra más cercana a mi casa.
Un saludo.
Hola hg_rosk,tienes razon que en la armeria de pocomaco solo se pueden pillar las dos cajas en dias alternos..el otro dia me acerque y le pedi unas cuantas cajas al armero jejee y me vino con una y que al otro dia fuese por la otra,quede contento por que encontre lo que pense no encontrar 7,65,contacte con un monton de armerias en España y nada de 32 auto,Belami en Betanzos no me suena que tengan casi nada para corta,un saludo compañero!!!
Re: DUDA SOBRE CUPO ANUAL DE MUNICIÓN
Hobbit escribió:Buenos días,
En primer lugar, me gustaría saber cuantos casos reales conocéis de "primera mano" de visitas/revisiones al domicilio por parte de la Intervencion de Armas de la Guardia Civil.
En segundo lugar, cuantos casos reales conocéis de "entrada y registro con orden judicial" por asuntos relacionados con cupos de armas y munición a personas que disponen de licencias de armas.
En tercer lugar, cuantos casos de primera mano conocéis de tiradores acusados por un delito de deposito de munición.
Lo digo, porque como bien apunta el compañero, esto de las entradas y registro es muy serio; los jueces no lo autorizan si no esta muy claro y la IA tampoco lo va a pedir si no es algo ya "flagrante" porque tampoco tienen ganas de pillarse los dedos.
Yo, en mis cortas "entendederas", creo que si el personal de la IA viene a tu casa a revisar tus armas y demás artilugios, tu única obligación (según el RA) es mostrarles las armas y abrirles los armeros. Eso si, haciéndoles constar fehacientemente que tu no autorizas el registro de tu domicilio pero que si estas dispuesto a mostrarles las armas y los armeros. Por tanto, la GC podrá ver tus armas y armeros, pero no mirar que tienes debajo de la cama ni en el cajón de la cómoda (ni decirte que lo abras).
Hasta ahí, llegan tus obligaciones según el vigente R.A.
Donde yo veo el verdadero problema, es en el caso de un incendio en tu casa (Dios no lo quiera) y que se lie una "mascleta" con los Bomberos por medio. Ahi, si podria haber una investigación de oficio del CNP o GC en función de lo que los Bomberos reflejen en su parte...
Comentarios...
Un saludo,
Buenos días,
Como no ha habido comentarios, ni relatos de experiencias reales, debo colegir que el tema de las revisiones/revistas de la GC en los domicilios no pasa de ser una LEYENDA URBANA mas de las que corren por ahí.
Un saludo a todos,
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Re: DUDA SOBRE CUPO ANUAL DE MUNICIÓN
Buenas!
No exactamente. Es un derecho que les asiste, y que probablemente se haya ejercido en muy contadas ocasiones. Al fin y al cabo, cada vez son menos los funcionarios asignados y tienen tareas más importantes que hacer.
Saludos
Hobbit escribió:Hobbit escribió:Buenos días,
En primer lugar, me gustaría saber cuantos casos reales conocéis de "primera mano" de visitas/revisiones al domicilio por parte de la Intervencion de Armas de la Guardia Civil.
En segundo lugar, cuantos casos reales conocéis de "entrada y registro con orden judicial" por asuntos relacionados con cupos de armas y munición a personas que disponen de licencias de armas.
En tercer lugar, cuantos casos de primera mano conocéis de tiradores acusados por un delito de deposito de munición.
Lo digo, porque como bien apunta el compañero, esto de las entradas y registro es muy serio; los jueces no lo autorizan si no esta muy claro y la IA tampoco lo va a pedir si no es algo ya "flagrante" porque tampoco tienen ganas de pillarse los dedos.
Yo, en mis cortas "entendederas", creo que si el personal de la IA viene a tu casa a revisar tus armas y demás artilugios, tu única obligación (según el RA) es mostrarles las armas y abrirles los armeros. Eso si, haciéndoles constar fehacientemente que tu no autorizas el registro de tu domicilio pero que si estas dispuesto a mostrarles las armas y los armeros. Por tanto, la GC podrá ver tus armas y armeros, pero no mirar que tienes debajo de la cama ni en el cajón de la cómoda (ni decirte que lo abras).
Hasta ahí, llegan tus obligaciones según el vigente R.A.
Donde yo veo el verdadero problema, es en el caso de un incendio en tu casa (Dios no lo quiera) y que se lie una "mascleta" con los Bomberos por medio. Ahi, si podria haber una investigación de oficio del CNP o GC en función de lo que los Bomberos reflejen en su parte...
Comentarios...
Un saludo,
Buenos días,
Como no ha habido comentarios, ni relatos de experiencias reales, debo colegir que el tema de las revisiones/revistas de la GC en los domicilios no pasa de ser una LEYENDA URBANA mas de las que corren por ahí.
Un saludo a todos,
No exactamente. Es un derecho que les asiste, y que probablemente se haya ejercido en muy contadas ocasiones. Al fin y al cabo, cada vez son menos los funcionarios asignados y tienen tareas más importantes que hacer.
Saludos
Re: DUDA SOBRE CUPO ANUAL DE MUNICIÓN
Buenas,
Nadie discute que les asiste el derecho a revisar las armas y el armero, lo único que yo pongo en duda es el numero real de actuaciones anuales de este tipo en nuestro país.
La GC no es tonta y las IA saben que cualquiera que recargue munición (sobre todo los tiradores olímpicos) esta "fuera de juego" cada dos por tres por causa del desastroso reglamento de armas que tenemos... así que tampoco se comen mucho el coco con eso.
Creo que, salvo que tengan sospechas muy fundadas de que estas vendiendo munición a delincuentes de diverso pelaje, nadie va a venir a tu casa a ver cuantos cartuchos de munición o Kg. de pólvora tienes almacenados.
Un saludo,
Nadie discute que les asiste el derecho a revisar las armas y el armero, lo único que yo pongo en duda es el numero real de actuaciones anuales de este tipo en nuestro país.
La GC no es tonta y las IA saben que cualquiera que recargue munición (sobre todo los tiradores olímpicos) esta "fuera de juego" cada dos por tres por causa del desastroso reglamento de armas que tenemos... así que tampoco se comen mucho el coco con eso.
Creo que, salvo que tengan sospechas muy fundadas de que estas vendiendo munición a delincuentes de diverso pelaje, nadie va a venir a tu casa a ver cuantos cartuchos de munición o Kg. de pólvora tienes almacenados.
Un saludo,
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