22lr: ¿que puedo cazar ?
22lr: ¿que puedo cazar ?
Hola a todo el foro me acabo de comprar una carabina del .22Lr y me gustaria que alguien me dijere que puedo cazar con ella ya que estoy un poco cansado de mi escopeta paralela . Estoy muy interesado en el zorro
- mariuscat
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Re: 22lr: ¿que puedo cazar ?
Buenas
En España nada. Este calibre está prohibido para el uso de la caza por las respectivas comunidades autónomas. Ya que deja herido casi siempre al animal.
Saludos
En España nada. Este calibre está prohibido para el uso de la caza por las respectivas comunidades autónomas. Ya que deja herido casi siempre al animal.
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La guerra es la continuación de la política por otros medios " Von Clausewitz"
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Re: 22lr: ¿que puedo cazar ?
https://www.marca.com/blogs/cuaderno-caz ... -icae.html
La Oficina Nacional de la Caza (ONC), ha emitido un comunicado en el que manifiesta su satisfacción ante el logro conseguido, después de haber realizado innumerables gestiones, para que la I.C.A.E. ( Intervención Central de Armas y Explosivos ) de la Guardia Civil reconozca que el Calibre 22 no está prohibido y que no existen limitaciones en el actual Reglamento de Armas para su uso en la caza.
Aunque repito que las comunidades autómas son las que tienen la última palabra.o sea ¡¡¡¡ NOOOOOOO SE PUEDE ¡¡¡¡
Saludos
La Oficina Nacional de la Caza (ONC), ha emitido un comunicado en el que manifiesta su satisfacción ante el logro conseguido, después de haber realizado innumerables gestiones, para que la I.C.A.E. ( Intervención Central de Armas y Explosivos ) de la Guardia Civil reconozca que el Calibre 22 no está prohibido y que no existen limitaciones en el actual Reglamento de Armas para su uso en la caza.
Aunque repito que las comunidades autómas son las que tienen la última palabra.o sea ¡¡¡¡ NOOOOOOO SE PUEDE ¡¡¡¡
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Re: 22lr: ¿que puedo cazar ?
Hasta el momento cazar con un calibre 22 anular esta prohibido, pero espero que pronto cambie la normativa para dar carta libre a la caza controlada de solo algunas especias de caza menor y alimañas.
Un aguardo a un conejo con un 22 tiene que ser muy bonito, para los que nos gusta la caza claro esta.
Y de dejar caza herida, nada de nada, a no ser que no se de correctamente, pero lo mismo pasa con la escopeta, algunas veces la pieza cae herida por no centrar bien el tiro, asi que ese motivo no es excusa para prohibir cazar con un calibre 22 anular.
En muchos paises se caza legalmente con el 22 y no pasa nada, y caza, quizas haya hasta mas que por aqui.
Saludos.
Un aguardo a un conejo con un 22 tiene que ser muy bonito, para los que nos gusta la caza claro esta.
Y de dejar caza herida, nada de nada, a no ser que no se de correctamente, pero lo mismo pasa con la escopeta, algunas veces la pieza cae herida por no centrar bien el tiro, asi que ese motivo no es excusa para prohibir cazar con un calibre 22 anular.
En muchos paises se caza legalmente con el 22 y no pasa nada, y caza, quizas haya hasta mas que por aqui.
Saludos.
- Oscar1975
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Re: 22lr: ¿que puedo cazar ?
AdolfoMF escribió:Hola a todo el foro me acabo de comprar una carabina del .22Lr y me gustaria que alguien me dijere que puedo cazar con ella ya que estoy un poco cansado de mi escopeta paralela . Estoy muy interesado en el zorro
Como bien te han dicho, legalmente nada. Ese cartuchito es de uso en tiro deportivo nada más, aunque se ampare con licencia E.
Óscar.
ESPERANDO LA BAJA DE ARMAS.ES
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Re: 22lr: ¿que puedo cazar ?
Oscar1975 escribió:AdolfoMF escribió:Hola a todo el foro me acabo de comprar una carabina del .22Lr y me gustaria que alguien me dijere que puedo cazar con ella ya que estoy un poco cansado de mi escopeta paralela . Estoy muy interesado en el zorro
Como bien te han dicho, legalmente nada. Ese cartuchito es de uso en tiro deportivo nada más, aunque se ampare con licencia E.
Óscar.
o sea que lo único que cazaras si lo empleas para caza seran un monton de problemas.

De todos modos si se puede guiar en E es porque en determinadas circunstancias excepcionales se autoriza su empleo en acciones de caza. Si buscas un poco, veras que es un tema que se ha tratado bastante en el foro.
Desde un punto de vista meramente técnico y por más que siempre sale el típico que ha muerto jabalies, alces y kudus con un 22, que no lo pongo en duda OJO, su límite venatorio estaria en animales de la talla de un zorro con tiros colocados en la caja torácica.
Re: 22lr: ¿que puedo cazar ?
pues valla chasco que me acabais de dar
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Re: 22lr: ¿que puedo cazar ?
Mírate la reglamentación de caza de tu CCAA. Si no lo prohíben es que se puede usar, ahora con ese calibre no pienses en nada más grande que un conejo. En tiempos se cazaban avutardas con él.
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Re: 22lr: ¿que puedo cazar ?
La Ley de Caza en Aragón no lo prohibe.
Pero en todosssssssss los sitios que he preguntado, me dicen que está prohibido.
Y yo no veo tal prohibición con la Ley de Caza en la mano.
Cosa que en otras CC.AA lo pone muy clarito.
Me han llegado a decir que se lo habían olvidado de poner en la Ley.
Lo que tengo claro es que esta calibre para caza menor, conejos, zorros,...la ostia.
Un abrazo.
Pero en todosssssssss los sitios que he preguntado, me dicen que está prohibido.
Y yo no veo tal prohibición con la Ley de Caza en la mano.
Cosa que en otras CC.AA lo pone muy clarito.
Me han llegado a decir que se lo habían olvidado de poner en la Ley.
Lo que tengo claro es que esta calibre para caza menor, conejos, zorros,...la ostia.
Un abrazo.
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Re: 22lr: ¿que puedo cazar ?
Este tema es un poco como la gripe,, cada tantos meses vuelve,, si como el turron aquel, tambien.
No se ha escrito nada, estaba inmaculao
Indistintamente que en una comunidad o taifa resulte no prohibido explicitamente. Creo recordar que el reglamentillo de armas y accesorios, regula y reconviene en el sentido de que las carabinas del calibre 22 americano (como dice) sean de uso exclusivo en galerias y poliginos de tiro autorizados, eso si, despues de duros tramites.
Dentro de 4 meses sale el 22 para cazar fijo !!
No se ha escrito nada, estaba inmaculao

Indistintamente que en una comunidad o taifa resulte no prohibido explicitamente. Creo recordar que el reglamentillo de armas y accesorios, regula y reconviene en el sentido de que las carabinas del calibre 22 americano (como dice) sean de uso exclusivo en galerias y poliginos de tiro autorizados, eso si, despues de duros tramites.
Dentro de 4 meses sale el 22 para cazar fijo !!


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Re: 22lr: ¿que puedo cazar ?
En otros post ya colgué la contestación que me dieron sobre el 17 HMR y meten mas cosas, entre ellas el 22. Un saludo
Estimado señor:
En relación con su correo electrónico, mediante el que consulta sobre si el calibre 17 HMR es apto para la caza, le comunicamos que la clase de licencia de armas necesaria para la adquisición y uso cinegético de un arma con cañones del calibre 17 es la Licencia tipo “D”, para armas largas rayadas, ya que dichas armas están consideradas por la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos de la categoría 2ª.2. En consecuencia, su utilización con fines cinegéticos sólo está autorizada para la caza mayor.
Las armas del calibre 22 que pueden poseerse, llevar y usar siendo titular de una Licencia de Armas tipo "E", son únicamente aquellas armas largas rayadas para tiro deportivo de calibre 5,6 mm. (22 americano) de percusión anular, por lo que no está autorizado su uso para el ejercicio de la caza.
Con la Licencia tipo "E", podría realizar otro tipo de caza distinta de la Mayor siempre que utilizara un arma de la categoría 3ª.2 ("Escopetas y demás armas de fuego de ánima lisa o que tengan cañón con rayas para facilitar el plomeo, que los bancos de prueba reconocidos hayan marcado con punzón de escopeta de caza, no incluidas entre las armas de guerra"). Si no es así, deberá obtener la Licencia tipo "D".
Cabe destacar en este sentido que la normativa aplicable es de ámbito estatal, por lo que no difiere en nada en virtud de la Comunidad Autónoma donde se realice el ejercicio cinegético.
No obstante a lo anterior y en el caso de necesitar algún tipo de aclaración mas puntual relacionado con el tema consultado, puede dirigirse a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil de su residencia, que además es el lugar a través del cual puede canalizar todos los trámites administrativos en cuanto a los diferentes temas de armas se refiere y donde podrán informarle adecuadamente de cuantas dudas se le presenten.”
Este escrito tiene únicamente efectos informativos, no pone fin a la vía administrativa ni constituye un acto de los descritos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que contra el mismo no cabe recurso alguno.
Aprovechamos la ocasión para saludarle, quedando a su disposición para cualquier información que desee relativa a esta Institución.
Atentamente,
Dirección General de la Policía y la Guardia Civil
Oficina de Información y Atención al Ciudadano
Teléfono: 900 101 062
Estimado señor:
En relación con su correo electrónico, mediante el que consulta sobre si el calibre 17 HMR es apto para la caza, le comunicamos que la clase de licencia de armas necesaria para la adquisición y uso cinegético de un arma con cañones del calibre 17 es la Licencia tipo “D”, para armas largas rayadas, ya que dichas armas están consideradas por la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos de la categoría 2ª.2. En consecuencia, su utilización con fines cinegéticos sólo está autorizada para la caza mayor.
Las armas del calibre 22 que pueden poseerse, llevar y usar siendo titular de una Licencia de Armas tipo "E", son únicamente aquellas armas largas rayadas para tiro deportivo de calibre 5,6 mm. (22 americano) de percusión anular, por lo que no está autorizado su uso para el ejercicio de la caza.
Con la Licencia tipo "E", podría realizar otro tipo de caza distinta de la Mayor siempre que utilizara un arma de la categoría 3ª.2 ("Escopetas y demás armas de fuego de ánima lisa o que tengan cañón con rayas para facilitar el plomeo, que los bancos de prueba reconocidos hayan marcado con punzón de escopeta de caza, no incluidas entre las armas de guerra"). Si no es así, deberá obtener la Licencia tipo "D".
Cabe destacar en este sentido que la normativa aplicable es de ámbito estatal, por lo que no difiere en nada en virtud de la Comunidad Autónoma donde se realice el ejercicio cinegético.
No obstante a lo anterior y en el caso de necesitar algún tipo de aclaración mas puntual relacionado con el tema consultado, puede dirigirse a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil de su residencia, que además es el lugar a través del cual puede canalizar todos los trámites administrativos en cuanto a los diferentes temas de armas se refiere y donde podrán informarle adecuadamente de cuantas dudas se le presenten.”
Este escrito tiene únicamente efectos informativos, no pone fin a la vía administrativa ni constituye un acto de los descritos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que contra el mismo no cabe recurso alguno.
Aprovechamos la ocasión para saludarle, quedando a su disposición para cualquier información que desee relativa a esta Institución.
Atentamente,
Dirección General de la Policía y la Guardia Civil
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Teléfono: 900 101 062
UNO QUE NO SABE DE NADA, PERO QUIERE APRENDER DE TODO
Re: 22lr: ¿que puedo cazar ?
Yo quiero cazar zorros y conejos a la espera con mi 22 EA, EA, EA.
Re: 22lr: ¿que puedo cazar ?
AdolfoMF escribió:Hola a todo el foro me acabo de comprar una carabina del .22Lr y me gustaria que alguien me dijere que puedo cazar con ella ya que estoy un poco cansado de mi escopeta paralela . Estoy muy interesado en el zorro






Tradición,:http://www.lacorda.net/Mas:http://www.youtube.com/watch?v=c6NLiQz_I4s&hl=es
Afilando las balas para los corzos ...
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Re: 22lr: ¿que puedo cazar ?
soy asturiano asi que de sanciones nada en mi tereno nadie puede cogerme no os preocupeis por eso los bosques de aquí son mucho mas espesos
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Re: 22lr: ¿que puedo cazar ?
AdolfoMF escribió:soy asturiano asi que de sanciones nada en mi tereno nadie puede cogerme no os preocupeis por eso los bosques de aquí son mucho mas espesos
Bueno, si te quieres dedicar a bandolero como los que había en Despeñaperros eso ya es cosa tuya, a cuántos nos gustaría hacer lo que consideráramos oportuno sin temor a las consecuencias... pero como te pillen ves atándote los garbanzos con un hilo porque se te van a salir sólos.
Salud/2.
Re: 22lr: ¿que puedo cazar ?
Yo no jugaria contra el SEPRONA, vas a perder. Piensatelo bien.
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Re: 22lr: ¿que puedo cazar ?
Manuel3 escribió:Yo no jugaria contra el SEPRONA, vas a perder. Piensatelo bien.
No es una cuestion de andar "jugando", en determinados entornos la labor de los cuerpos de vigilancia-guarda-poicia se ve muy entorpecida npor el entorno y la naturaleza de tal modo que por decirlo de alguna manera, estos cuerpos deberian emplear técnicas semejantes a las empleadas por los americanos en Viet-nam, Agente Naranja incluido con lo cual el factor "que te pillen" es más un error tuyo que un acierto de ellos .
Yo estoy en las cercanias de Barcelona, y la orografia, la frondosidad y la extension de las masas forestales, excede la capacidad de comprension de aquellos que no la han vivido: el entorno se te representa en una vision "de pasillo", adquirir la comprension "cenital" requiere mucho tiempo.
- Buen_tirador
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Re: 22lr: ¿que puedo cazar ?
AdolfoMF escribió:pues valla chasco que me acabais de dar
En que mundo vives?
No lees los foros. No me digas que ahora te enteras que el calibre 22 L.R. es solamente para el tiro deportivo.
Me cuesta creerlo.
Un saludo al foro.
Monitor de Tiro---Juez Arbitro Territorial
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