ARMAS DE CARTUCHO METALICO Y AE

Armas de avancarga: pura pólvora negra. Las grandes clásicas.
Billcoe
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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor Billcoe » 27 May 2013 11:38

Completamente de acuerdo con lo expuesto por Manchego2010 y Juarez a pesar de que existen tertulianos a los que no les gusta esta interpretación del código.
Habeis interpretado el reglamento tal como está escrito.
Saludos.

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juarez
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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor juarez » 27 May 2013 12:00

manchego2010 escribió:
juarez escribió:Cuando redactaron el reglamento de cartuchería se hizo pensando en las licencias de armas que erán las únicas que amparaban armas de cartuchos metálicos, pero al hacer la modificación para la AE, ampliando el año a 1890 resulta que ahora la AE ampara armas de avancarga y algunas de cartuchos metálicos anteriores al año 1890 y nos encontramos con que en el reglamento de cartuchería no hay ninguna limitación de adquisición de cartuchería para la AE, son limitaciones de cupo para las licencias de armas y la AE no lo es.

El punto 1 del reglamento se refiere a los titulares de licencias de armas largas rayadas, pero nosotros tenemos la AE por lo que esto no se refiere a nosotros, solo se nos podría aplicar el punto 2 ya que dice lo de "Sólo podrán adquirirse 100 cartuchos anuales por arma corta"


Por las mismas razones disiento de ese parecer. El artículo 136 es el único que regula la adquisición de cartuchería. Prevé unos supuestos y unas limitaciones. TODOS los supuestos no incluidos en el precepto, razonablemente interpretado, están excluidos. Y así los que tengan las armas guiadas en el libro de coleccionista no pueden adquirir munición. Sería absurdo pensar que en ese caso con arreglo al 136.2 pueden adquirir munición con límite de 100 cartuchos para sus armas cortas, y sin límite para las largas, ya que el libro tampoco es una licencia.

En cuanto a las diferencias a licencia y autorización, como se comprenderá es más nominalista que otra cosa. No hay una diferencia sustancial o esencial, más allá de que el reglamento utilice una u otra expresión.


Lo mas lógico es que el 136.2 se haga extensible a la AE, pero no lo han modificado por lo que es discutible.

Las armas guiadas en el libro no pueden dispararse y las de la AE sí, por lo que no se podría interpretar que se pudiera adquirir munición para un arma del libro.

Y sobre lo de que nos quieran obligar a comprar cartuchos de pólvora negra pues ya se ha demostrado que nos la quieren colar.
Dios creó a los hombres; Samuel Colt los hizo iguales.

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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor manchego2010 » 27 May 2013 12:12

juarez escribió:Lo mas lógico es que el 136.2 se haga extensible a la AE, pero no lo han modificado por lo que es discutible.

Las armas guiadas en el libro no pueden dispararse y las de la AE sí, por lo que no se podría interpretar que se pudiera adquirir munición para un arma del libro.

Y sobre lo de que nos quieran obligar a comprar cartuchos de pólvora negra pues ya se ha demostrado que nos la quieren colar.

Lo que no es lógico es que el 136.1 no se extienda a la AE y el 136.2 sí. Esa distinción es completamente artificiosa. No hay base para ella, entre otras cosas porque cuando se aprobó ese reglamento era impensable que se pudiera hacer tal distinción dada la fecha de referencia para las armas antiguas (entonces, 1870). Además si así fuera habría que considerar que el titular de armas largas en AE no puede comprar munición, porque entonces según Vd. habría que interpretar en sentido estricto la expresión "licencias". Y en tal caso además le diré que la expresión "Los titulares de licencias para..." del 136.1 está implícita en el 136.2, por razones de sistemática. No puede interpretarse como si los dos números del mismo artículo no tuvieran ninguna relación.

Por recordar un ejemplo, esto decía en su redacción original el artículo 42 del Código Civil.
La Ley reconoce dos formas de matrimonio: el canónico, que deben contraer todos los que profesen la religión católica, y el civil, que se celebrará del modo que determina este Código.

A nadie se le ocurrió pensar que todos los católicos tenían obligación de contraer matrimonio, y no quedarse solteros, aunque eso era lo que decía literalmente la norma; estaba claro que se refería a los católicos que deseen contraer matrimonio.
La interpretación razonable siempre es necesaria; evitemos las interpretaciones literales con resultados absurdos.

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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor juarez » 27 May 2013 12:31

manchego2010 escribió:
juarez escribió:Lo mas lógico es que el 136.2 se haga extensible a la AE, pero no lo han modificado por lo que es discutible.

Las armas guiadas en el libro no pueden dispararse y las de la AE sí, por lo que no se podría interpretar que se pudiera adquirir munición para un arma del libro.

Y sobre lo de que nos quieran obligar a comprar cartuchos de pólvora negra pues ya se ha demostrado que nos la quieren colar.

Lo que no es lógico es que el 136.1 no se extienda a la AE y el 136.2 sí. Esa distinción es completamente artificiosa. No hay base para ella, entre otras cosas porque cuando se aprobó ese reglamento era impensable que se pudiera hacer tal distinción dada la fecha de referencia para las armas antiguas (entonces, 1870). Además si así fuera habría que considerar que el titular de armas largas en AE no puede comprar munición, porque entonces según Vd. habría que interpretar en sentido estricto la expresión "licencias". Y en tal caso además le diré que la expresión "Los titulares de licencias para..." del 136.1 está implícita en el 136.2, por razones de sistemática. No puede interpretarse como si los dos números del mismo artículo no tuvieran ninguna relación.

Por recordar un ejemplo, esto decía en su redacción original el artículo 42 del Código Civil.
La Ley reconoce dos formas de matrimonio: el canónico, que deben contraer todos los que profesen la religión católica, y el civil, que se celebrará del modo que determina este Código.

A nadie se le ocurrió pensar que todos los católicos tenían obligación de contraer matrimonio, y no quedarse solteros, aunque eso era lo que decía literalmente la norma; estaba claro que se refería a los católicos que deseen contraer matrimonio.
La interpretación razonable siempre es necesaria; evitemos las interpretaciones literales con resultados absurdos.


Agradezco su correción.

Entonces estamos de acuerdo en que está permitido adquirir 100 cartuchos anuales para armas cortas guiadas en AE con independencia de que sean de pólvora nitro.
Dios creó a los hombres; Samuel Colt los hizo iguales.

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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor manchego2010 » 27 May 2013 12:43

juarez escribió:Agradezco su correción.

Entonces estamos de acuerdo en que está permitido adquirir 100 cartuchos anuales para armas cortas guiadas en AE con independencia de que sean de pólvora nitro.

Lejos de mi corregir, es una simple opinión.

Y desde luego estamos de acuerdo en que está permitido adquirir 100 cartuchos anuales para armas cortas guiadas en AE con independencia de que sean de pólvora nitro. Y hasta 1.000 para armas largas guiadas en AE.

La diferencia de pólvoras tampoco tiene base alguna, y tampoco sentido porque el arma no es más o menos peligrosa por usar una u otra. El taponazo de un 45 Colt con 40 gr. de pólvora negra debe ser tremebundo. Con pólvora sin humo no es mayor, y desde luego es menor que el de un Colt Walker a plena carga.

Un saludo.

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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor afar21011 » 27 May 2013 19:14

hola. La I.A. solo permiten tener 100 cartuchos, con mi licencia,
digo licencia, cada uno que interprete como entienda AE,
y polvora negra. ¿Cual es el problema? que es sucia y hay
que limpiar. Recuerdo en el examen para la F, que una per-
sona me decia, que estas armas no servian, menosprecian-
dolas, tube que preguntarle si seria capaz de contar los
muertos por estas armas (millones). El problema esta en
el precio (porque haberla ya haila) de esta municion
carisima si son 100 cartuchos que lo es... se puede
ampliar "con el unico problema del tiempo que tardan en
autorizarla" a 1000 2000 o mas asi que solucion... la recar-
ga.
Y como decia al principio cada uno que interprete el re-
glamento como mejor entienda que yo tengo licencia AE

Saludos

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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor manchego2010 » 27 May 2013 19:54

afar21011 escribió:cada uno que interprete el reglamento como mejor entienda

Hombre...

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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor JGL » 27 May 2013 20:04

JGL escribió:Petición y pruebas de la asociación armera y de armerías para afrontar el problema de la munición en AE. Lo encontré en el blog de esta armería:

https://armeriaalberdi.blogspot.com.es/2 ... iguas.html

Un saludo compas.


Pruebas de contraste-potencia pólvora nitro-negra.
Republico, parece que viene al hilo.

Un saludo.
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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor afar21011 » 27 May 2013 21:37

JGL escribió:
JGL escribió:Petición y pruebas de la asociación armera y de armerías para afrontar el problema de la munición en AE. Lo encontré en el blog de esta armería:

https://armeriaalberdi.blogspot.com.es/2 ... iguas.html

Un saludo compas.


Pruebas de contraste-potencia pólvora nitro-negra.
Republico, parece que viene al hilo.

Un saludo.


Efectivamente, existe esta municon para armas anteriores a
1890 es decir polvora sin humo para entendernos esta pol-
vora con una carga notablemente inferior se utiliza en rifles
como el sharp spriengfiel y algunos mas que no admiten ti-
pos de carga carga sin humo en la medida que estan fabri-
cados, ahora bien el 45 lc el 44,40 actuales estan preparados
para las mismas cargas consiguiendo una mayor potencia,
claro que al existir las polvoras sin, con las equivalencias
similares a las polvoras con, nadie se explica ,porque no se
permite este tipo de cartucheria metalica, sera porque al
tener que ampliar al 1890 estas arma les ha pillado de sor-
presa y quieren limitar la potencia de fuego, que por otra
parte 16 grains de polvora negra que es la cantidad para
el 44 es mas que suficiente para tirar a un blanco a 50 m.

Saludos

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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor Calatravo » 28 May 2013 00:15

JGL escribió:
JGL escribió:Petición y pruebas de la asociación armera y de armerías para afrontar el problema de la munición en AE. Lo encontré en el blog de esta armería:

https://armeriaalberdi.blogspot.com.es/2 ... iguas.html

Un saludo compas.


Pruebas de contraste-potencia pólvora nitro-negra.
Republico, parece que viene al hilo.

Un saludo.



Pues mas claro agua.
Va a ser que lo que se busca es incomodar para que la gente no se decante por este tipo de armas,pero al menos que no tengan argumentos para justificarse.
Saludos.
Manifestar:Querer a España,es de gente noble y sana.
Ni el lugar de nacimiento,ni la ideologia,ni la condicion social,
son impedimentos o excusas para:
RESPETAR A ESPAÑA.

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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor skiner » 28 May 2013 15:51

Dos cosas a tener en cuenta:

1.- La pólvora sin humo es anterior a 1890.

2.- Los protocolos CIP fijan para calibres antiguos potencias similares a las de epoca. En otras palabras en España no se puede comercializar munición de calibres anteriores a 1890 que supere en potencia a la de epoca, por que es ilegal y no la van a homologar.

El 2º es más importante de lo que se cree

Respecto a esas pruebas del BOPE ya comente que fueron hechas con pólvora española RIO 3F si en vez de eso hubieran usado Una Suiza Nº 1 (4F) las diferencias serian aun mayores.

Saludos.

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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor ibericodeiberia » 29 May 2013 07:41

JGL escribió:
JGL escribió:Petición y pruebas de la asociación armera y de armerías para afrontar el problema de la munición en AE. Lo encontré en el blog de esta armería:

https://armeriaalberdi.blogspot.com.es/2 ... iguas.html

Un saludo compas.


Pruebas de contraste-potencia pólvora nitro-negra.
Republico, parece que viene al hilo.

Un saludo.


Me ha llamado la atención este parrafo "- Las armas clasificadas de la categoría 6ª 2 del Reglamento de Armas únicamente pueden ser utilizadas con munición de pólvora negra y nunca con pólvora sin humo (Informe 322 Expediente 130/13 ICAE)"

Mi pregunta es (y disculpad mi ignorancia) ¿puede la ICAE modificar la legislación por su cuenta y riesgo? Pienso que es como si tráfico, por su cuenta y riesgo dijera " si bien se puede circular a 120 km/h en autovía vamos a multar a todo aquel que pase de 80 km/h"
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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor skiner » 29 May 2013 08:23

ibericodeiberia escribió:
JGL escribió:
JGL escribió:Petición y pruebas de la asociación armera y de armerías para afrontar el problema de la munición en AE. Lo encontré en el blog de esta armería:

https://armeriaalberdi.blogspot.com.es/2 ... iguas.html

Un saludo compas.


Pruebas de contraste-potencia pólvora nitro-negra.
Republico, parece que viene al hilo.

Un saludo.


Me ha llamado la atención este parrafo "- Las armas clasificadas de la categoría 6ª 2 del Reglamento de Armas únicamente pueden ser utilizadas con munición de pólvora negra y nunca con pólvora sin humo (Informe 322 Expediente 130/13 ICAE)"

Mi pregunta es (y disculpad mi ignorancia) ¿puede la ICAE modificar la legislación por su cuenta y riesgo? Pienso que es como si tráfico, por su cuenta y riesgo dijera " si bien se puede circular a 120 km/h en autovía vamos a multar a todo aquel que pase de 80 km/h"


No, no pueden. Otra cosa es que hagan lo que les da la gana, presionando y coaccionando a las armerias pra que no vendan munición con pólvora "sin humo".

Saludos.

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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor BLISSET_27 » 29 May 2013 13:31

Una cuestión que me ha surgido y si estoy equivocado en el planteamiento ruego me lo aclaréis...

Antes de toda esta "movida" con la cartuchería metálica era posible guiar rifles winchester de calibre 45 ó 44 con la AE, mi pregunta es la siguiente, antes se permitía la compra/venta de munición metálico con pólvora nitro o también era "obligatorio" tirar con pólvora negra?

Gracias y saludos....

:birra^:

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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor manchego2010 » 29 May 2013 15:31

Pues no, se permitía la compra/venta de munición metálico con pólvora sin humo entre otras cosas porque no los había cargados con pólvora negra, y nadie se quejaba, así que sería porque se las vendían.
El tema es que entonces eran cuatro gatos, y ahora, sin ser muchos, el número ha crecido sensiblemente, y se trata de restringir la cosa aunque sea buscando requisitos traídos por los pelos.

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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor oteflo » 29 May 2013 15:56

manchego2010 escribió:Pues no, se permitía la compra/venta de munición metálico con pólvora sin humo entre otras cosas porque no los había cargados con pólvora negra, y nadie se quejaba, así que sería porque se las vendían.
El tema es que entonces eran cuatro gatos, y ahora, sin ser muchos, el número ha crecido sensiblemente, y se trata de restringir la cosa aunque sea buscando requisitos traídos por los pelos.

Y sobre todo que han visto que antes eran rifles pero ahora son revolveres...y como a gran parte del estamento mandamás le da miedo que los ciudadanos honrados tengan armas cortas pues ya que no pueden impedir la guia de dichas armas pues coartan el comprar la gasolina para dichas armas....de traca! Y espero que alguno termine imputado por prevaricación!!!
22lr -cal.12 - -9 Para --.38 Spl.

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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor BLISSET_27 » 29 May 2013 16:29

oteflo escribió:
manchego2010 escribió:Pues no, se permitía la compra/venta de munición metálico con pólvora sin humo entre otras cosas porque no los había cargados con pólvora negra, y nadie se quejaba, así que sería porque se las vendían.
El tema es que entonces eran cuatro gatos, y ahora, sin ser muchos, el número ha crecido sensiblemente, y se trata de restringir la cosa aunque sea buscando requisitos traídos por los pelos.

Y sobre todo que han visto que antes eran rifles pero ahora son revolveres...y como a gran parte del estamento mandamás le da miedo que los ciudadanos honrados tengan armas cortas pues ya que no pueden impedir la guia de dichas armas pues coartan el comprar la gasolina para dichas armas....de traca! Y espero que alguno termine imputado por prevaricación!!!



:shock: :shock: :shock: :shock: :shock:
Entonces, si no se ha cambiado ni la Ley ni el Reglamento para la venta de munición, se puede saber en qué norma y/o articulado se basan para dicha prohibición???? :roll:

josestevez
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Re: ARMAS DE CARTUCHO METÁLICO Y AE

Mensajepor josestevez » 29 May 2013 19:47

Hola compañeros: Ya soy socio de Anarma, el socio número 900 y quiero poner el anagrama de anarma como firma, haver si me sale.


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