tengo la licencia f.¿sino compro pistola tengo ke hacer

Armas de fuego central, tiro de precisión, tiro olímpico...
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jftorres
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RE: tengo la licencia f.¿sino compro pistola teng

Mensajepor jftorres » 28 Mar 2007 22:27

A CURRO:

En la práctica tienes razón, dado que nadie controla la práctica efectiva año tras año de actividades cinegéticas. Pero eso puede cambiar en cualquier momento. Muchos poseedores de armas de caza se sacan la licencia de caza (valga la redundancia cada cinco años, pero no te olvides que, en cualquier momento, alguien (de tu intervención de armas) podría comprobar la realidad de tu actividad cinegética. Y en ese caso la revocación de la licencia de armas estaba cantada. Pero es mejor no dar ideas, por que alguien podría salir "perjudicado".

A Felmaes:

Otra corrección. El propio Reglamento establece que deberás justificar la práctica deportiva SALVO CAUSA JUSTIFICADA. Córcholis ¿no ser
ia suficiente justificación en que esté fuera de España durante 3 años y no pudieras participar en competiciones? No me importaría recurrir una decisión administrativa denegatoria si aportara una causa como esa. O de enfermedad, o de cualquier otra causa mayor...
Caminante, para aquí­,
que el francés también paró.
El que de todo pasó,
no pudo pasar de mí­ Â Â Â 

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jftorres
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RE: tengo la licencia f.¿sino compro pistola teng

Mensajepor jftorres » 28 Mar 2007 22:30

A Brubaker

Sin duda tienes razón, pero en el mundo del automovilismo no hay nadie que compruebe la práctica continuada mientras que el Reglamento de Armas establece que para los tiradores así se haga.
Puede no gustarnos el Reglamento, pero es el que tenemos. Así que, entre todos debemos hacer fuerza, donde corresponda, para que cambien las cosas que nos fastidian.
Caminante, para aquí­,

que el francés también paró.

El que de todo pasó,

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casull454
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RE: tengo la licencia f.¿sino compro pistola teng

Mensajepor casull454 » 29 Mar 2007 13:50

[citando a: Buen_tirador]
Yo no me habia parado a pensarlo, pero gracias a tu afirmación, compañero "casull454", lo he consultado y la Ley dice:

En su art. 96, punto 2, lo siguiente:
2. La tenencia y el uso de las armas de las categorías 1, 2 y 3 precisará de licencia de armas.

Es decir que para usarla, aunque sea de la Federacion, del Club, o de tu amiguete o de tu cuñado. La Ley dice que tienes que tener la correspondiente Licencia de Armas.

Otro dia aprendiendo algo nuevo.

Un saludo.


Más leña al fuego:
Acabo de llamar al club de tiro y a la IA y les he hecho esta pregunta: ¿Si voy al club a disparar con un arma del club y no la saco de allí, necesito licencia "F"? El club me ha dicho que sí enseguida (no me extraña, ellos miran por el negocio), y en la IA me dicen que si estoy haciendo el cursillo, no hay problema, les puntualizo que el cursillo ya lo acabé, pero que sigo yendo a practicar con armas del club y pregunto si es ilegal, me contestan que no, mientras sean armas del club puedo seguir tirando.
Yo creo que hay una contradicción o un vacío legal: tal como dicen Buen_tirador y jftorres (y el reglamento), para USAR un arma es necesaria la licencia "F", pero ¿como puedo sacarme la licencia "F" sin USAR un arma? ESO ES IMPOSIBLE.
Pero EN LA PRACTICA todos nos sacamos la licencia igual: vamos a tirar a un club con un arma del club y nos examinamos en el club, y no hay problema ni limitación de tiempo hasta conseguir la licencia. Es decir, puedo estar entrenándome toda la vida para examinarme de la licencia "F" y no presentarme nunca al examen. Es como si estuviera conduciendo durante años un coche de autoescuela y con el profesor al lado. ¡Conduciría sin carné y sería legal! (aunque saldría caro de cojones).
Perdonad este rollo pero quería profundizar en el tema por dos motivos: He visto a algunos tiradores que no tienen licencia ni arma: son socios del club y cuando van les dejan un arma y ya está. Y por otro lado me lo ha confirmado hace un momento la IA.
La culpa es del IPSC.

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RE: tengo la licencia f.¿sino compro pistola teng

Mensajepor preceptor » 02 May 2007 16:51

el principal problema, creo yo, es que cada interventor interpreta la legislacion a su rollo, y asi nos va
lo legal seria que se iniciara la gente en el tiro con armas de aire, lo mismo que los cursillos, y una vez sacados un minimo de puntos conceder al licencia
segun tengo entendido, no seria yo el que tirara sin licencia, por muy del club fueran las armas, ya que la licencia ampara la tenencia y el USO de armas de fuego
¿la pistola? mejor llevarla y no necesitarla, que necesitarla y no llevarla    


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