Duda cargador Remingtom 597, legal?

Rifles para Bench-Rest, tiro a larga distancia, carabinas...
porrompompero
9mm Parabellum
9mm Parabellum
Mensajes: 59
Registrado: 06 Sep 2012 14:42
Contactar:
Estado: Desconectado

Duda cargador Remingtom 597, legal?

Mensajepor porrompompero » 08 Mar 2013 22:32

Hola a todos,

2 simples dudas. Es legal el cargador de 10 balas de la Remington 597, 22 LR que tengo y que adoro?, estoy pensando en tratar de comprar otro cargador de mass capacidad, es legal uno de las de 10 balas? .


Gracias por adelantado.

Avatar de Usuario
Peazemak3r
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 123
Registrado: 26 Dic 2012 02:04
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Duda cargador Remingtom 597, legal?

Mensajepor Peazemak3r » 08 Mar 2013 23:11

Yo que soy novel en esto también me uno a tu pregunta, a ver si alguien nos puede explicar.

:vacaciones^:

Avatar de Usuario
Kempka
Usuario Baneado
Mensajes: 3796
Registrado: 25 Feb 2008 05:01
Estado: Desconectado

Re: Duda cargador Remingtom 597, legal?

Mensajepor Kempka » 09 Mar 2013 00:22

Mientras no lo uses para cazar no tendria que haber ningun problema.

porrompompero
9mm Parabellum
9mm Parabellum
Mensajes: 59
Registrado: 06 Sep 2012 14:42
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Duda cargador Remingtom 597, legal?

Mensajepor porrompompero » 09 Mar 2013 02:08

Kempka escribió:Mientras no lo uses para cazar no tendria que haber ningun problema.

Digo yo que si me lo dieron asi en la armeria pues no habra problema ya que antes paso por la Guardia Civil ... Y vieron el cargador..

Avatar de Usuario
jabaliviejo
505 Gibbs
505 Gibbs
Mensajes: 20537
Registrado: 15 Dic 2007 06:01
Estado: Desconectado

Re: Duda cargador Remingtom 597, legal?

Mensajepor jabaliviejo » 13 Mar 2013 11:03

No te dirían nada, pero como tal, no es legal.
En España, las armas semiautomáticas destinadas a tiro deben cargar como máximo cinco cartuchos y las destinadas a caza no más de tres, siempre incluyendo el alojado en la recámara:

"Prohibiciones de armas semiautomáticas, sprays, defensas eléctricas, silenciadores, cartuchería, municiones y armas con cañones recortados:

Según lo dispuesto en el artículo 5 del citado Reglamento de Armas, está prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados de:

Armas semiautomáticas de las categorías 2.ª.2 y 3.ª.2, cuya capacidad de carga sea superior a cinco cartuchos, incluido el alojado en la recámara, o cuya culata sea plegable o eliminable".
B.U.A.
Beatí­fica Unión Apostólica 30.06
(establecida en 1906)
"bonus venator grosso munitio numquam requirere"

robertml
.300 Win Mag
.300 Win Mag
Mensajes: 1398
Registrado: 17 Ene 2008 03:01
Ubicación: Barcelona
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Duda cargador Remingtom 597, legal?

Mensajepor robertml » 13 Mar 2013 11:12

Para el .22LR no hay esa limitación del cargador, puedes poner de la capacidad que quieras.

Avatar de Usuario
Jonsu
.30-06
.30-06
Mensajes: 931
Registrado: 01 Oct 2007 05:01
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Duda cargador Remingtom 597, legal?

Mensajepor Jonsu » 13 Mar 2013 11:17

Las carabinas del 22lr están en un limbo legal. Están guiadas generalmente en E, cuando esta licencia es para armas de caza y este calibre está expresamente prohibido para tal fin.
Además, si como bien te han argumentado, existen capacidades máximas para caza y tiro, cualquier carabina con depósito tubular carga más de diez. Los cargadores que llegan a las intervenciones con carabinas GSG, Colt y demás tácticas, cargan 25 ó 30 cartuchos. No hay problema, hoy, hasta que un dia alguien se levante con el pie izquierdo y diga que hay que limitarlas.

Avatar de Usuario
jabaliviejo
505 Gibbs
505 Gibbs
Mensajes: 20537
Registrado: 15 Dic 2007 06:01
Estado: Desconectado

Re: Duda cargador Remingtom 597, legal?

Mensajepor jabaliviejo » 13 Mar 2013 11:29

Perdón, es cierto; he patinado. Tiene razón Robert.
No es que haya limbo legal es que las del 22 están en la categoría 3ª-1 y no en la 2ª-2 ni en la 3ª-2

2ª categoría:

2ª. 1: Armas de fuego largas para vigilancia y guardería:
Son las armas largas que reglamentariamente se determinen por Orden del Ministerio del Interior o mediante decisión adoptada a propuesta o de conformidad con el mismo, como específicas para desempeñar funciones de vigilancia y guardería.
2ª. 2: Armas de fuego largas rayadas:
Son las armas utilizadas para la caza mayor. También comprende los cañones estriados adaptables a escopetas de caza, con recámara para cartuchos metálicos, siempre que, en ambos supuestos, no estén clasificadas como armas de guerra.

3ª categoría:


3ª. 1: Armas de fuego largas rayadas para tipo deportivo, de calibre 5,6 milímetros (22 americano), de percusión anular, de un disparo, de repetición o semiautomáticas.
3ª. 2: Escopetas y demás armas de fuego largas de ánima lisa, o que tengan cañón con rayas para facilitar el plomeo, que los bancos de pruebas reconocidos hayan marcado con punzón de escopeta de caza, no incluidas entre las armas de guerra.
3ª. 3: Armas accionadas por aire u otro gas comprimido, sean lisas o rayadas, siempre que la energía cinética del proyectil en boca exceda de 24,2 julios.
Última edición por jabaliviejo el 13 Mar 2013 11:32, editado 1 vez en total.
B.U.A.
Beatí­fica Unión Apostólica 30.06
(establecida en 1906)
"bonus venator grosso munitio numquam requirere"

Avatar de Usuario
Kempka
Usuario Baneado
Mensajes: 3796
Registrado: 25 Feb 2008 05:01
Estado: Desconectado

Re: Duda cargador Remingtom 597, legal?

Mensajepor Kempka » 13 Mar 2013 11:32

Otro exito mas de la administracion Recio, perdon, quise decir del RA.
:mrgreen:


Volver a “Rifles y Carabinas de Precisión”

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 15 invitados