Custer1961 escribió:jumangi escribió:Hoy he ido a buscar mi autorización de recarga y en el dice subrrayado en negrita.
45 LC, condicionadala misma a la utilización de pólvora negra.
Osea que mi Cattleman y mi posible palanquero guiados en AE, no deben ser recargados con pólvora sin humo o perderá la condición de arma historica y viva la Pepa señores.
Estoy un poco cabreado....
Hola Jumangi,
La autorización de recarga, con pólvora negra, ha sido con la F o con la AE. Si ha sido con la AE tiene explicación el condicionante ya que el Reglamento de Cartucheria no contempla autorización de recarga para los poseedores de la AE. Si ha sido con la AE tu IA ha tenido una gran deferencia hacia tí y por tanto considero lógico la condición.
Efectivamente, se han mojado, en la mia con la A no me autorizan a recargar para armas de defensa, 9 corto y 9 largo.