Buenas tardes, voy a realizar una pregunta especialmente dirigida a componentes de la Guardia Civil, y más concretamente del SEPRONA o Interventores de Armas, aunque agradeceré las aportaciones del resto de compañeros del foro, ya que seguro que dentro de otras especialidades de la Guardia Civil y del resto de cuerpos policiales hay personas muy conocedoras en la materia, pero al haber ocurrido los hechos en Castilla - La Mancha, y más concretamente en Ciudad Real, mucho me temo que el resto de legislaciones autonómicas no coincidirán en la forma de proceder con la de nuestra comunidad autónoma. Bueno voy a contar los hechos que me gustaría me aclaraseis. Ayer en una montería en la que me encontraba, una patrulla de Guardias Civiles de seguridad ciudadana, cogió a un cazador en la retranca, con un rifle con silenciador acoplado en el cañón. Ni que decir tiene que lo denunciaron, y bien denunciado está, pero también le incautaron el rifle con el silenciador. Mi duda radica en que según la Ley de caza de Castilla - La Mancha, se entiende como medio prohibido para la caza un rifle con silenciador acoplado, pero también dice que solo se decomisarán los medios ilegales y tengo entendido que hace varios años desde la Delegación de Medio Ambiente dieron instrucciones de que las armas no se consideran medios ilegales por lo que no se decomisasen. Pregunto entonces: ¿el conjunto rifle/silenciador se puede considerar medio ilegal para la caza?, ¿Se puede incautar el rifle por esto?, o solo debían haberle incautado el silenciador.
Espero vuestras respuestas, gracias y un saludo.
Pregunta para expertos en legislación caza y armas.
- huronescazan
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Re: Pregunta para expertos en legislación caza y armas.
Seguramente el incautar el arma, es porque la actuacion ha sido por infracción al Reglamento de Armas, al modificar las condiciones del rifle. Instruiran las correspondientes diligencia y será puesto a disposición judicial y no por infraccion administrativa.
Re: Pregunta para expertos en legislación caza y armas.
......si el rifle tenía hecha una rosca en la punta.....
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Pierre Corneille ( 1606-1684 )
Poeta francés
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Re: Pregunta para expertos en legislación caza y armas.
Mira que casualidad que al dueño del rifle, no le dio por ponerle una bocacha apagallamas, sino un silenciador -cuyo uso está prohibido-.
Re: Pregunta para expertos en legislación caza y armas.
El art.51 del reglamento de caza, que al ser una norma estatal se ha cumplir en todo el territorio (la normativa autonómica puede ser más restrictiva pero no más permisiva), establece que se retirarán las armas que hayan sido usadas para cometer la infracción (en este caso cazar en retranca).
Aparte está la infracción del reglamento de armas,ámbito competencial al que no me dedico, por disponer de un silenciador aplicable (prohibido según el art. 5d de RA).
Entiendo que el silenciador, aunque no hubiese estado acoplado al arma, se ha comisado por infracción del RA y el arma se ha comisado por infracción de la normativa de caza.
Aparte está la infracción del reglamento de armas,ámbito competencial al que no me dedico, por disponer de un silenciador aplicable (prohibido según el art. 5d de RA).
Entiendo que el silenciador, aunque no hubiese estado acoplado al arma, se ha comisado por infracción del RA y el arma se ha comisado por infracción de la normativa de caza.
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Re: Pregunta para expertos en legislación caza y armas.
El arma se incauta por que está con un silenciador y punto. Otra cosa es que cuando pase a disposicion judicial o venga la denuncia se exija la debolución de la misma y alomejor cuelen esos argumentos.
Si pormi fuese le retiraba todas las armas y su respectiva licencia aparte de una sanción para no levantar cabeza en mucho tiempo.
Si pormi fuese le retiraba todas las armas y su respectiva licencia aparte de una sanción para no levantar cabeza en mucho tiempo.
Re: Pregunta para expertos en legislación caza y armas.
Entonces, entiendo por lo que dices, que si el cazador estubiese cazando en retranca con un arma legal, no se le incautaría ésta. Es esto lo que dices o yo lo he entendido mal?
Porque el arma legal de un cazador que está cazando en retranca sí que se le incauta por infracción de la normativa de caza (en concreto, y con independencia de la normativa autonómica, del art. 33.6 del reglamento 506/1971 de caza).
Porque el arma legal de un cazador que está cazando en retranca sí que se le incauta por infracción de la normativa de caza (en concreto, y con independencia de la normativa autonómica, del art. 33.6 del reglamento 506/1971 de caza).
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Re: Pregunta para expertos en legislación caza y armas.
Yo me estoy refiriendo al tema silenciador en concreto.
Re: Pregunta para expertos en legislación caza y armas.
Ok, había entendido mal tu mensaje. 

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