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Mensajepor arocho » 09 Oct 2012 16:42

hola compañeros,hace ya tiempo que no parezco yo... no hago ya preguntas.pues ahi va una ¿con la nueva ley de caza,cuantos rifles y escopetas puedo tener? :?:

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Re: rifles.

Mensajepor jabaliviejo » 09 Oct 2012 20:18

Nueva ley de caza?
Cada comunidad tiene su propia Ley de Caza.
Lo que regula el número de armas de un tipo u otro que puedes tener es el Reglamento de Armas y que yo sepa aunque se le han introducido modificaciones, no es nuevo... Se intentó renovar no hace mucho y montamos la marimorena (y con razón).

En cuanto a la posesión de armas de categoría 2ª-2 (rifles de caza) el Reglamento de Armas de 1993 (Real Decreto 137/1993) dice:

1. Quienes precisen armas de la categoría 2.2, deberán obtener previamente licencia D.

2. Nadie podrá poseer más de una licencia D, que tendrá cinco años de validez y autorizará para llevar y usar hasta cinco armas de la categoría 2ª, 2.

4. Con la licencia D se podrá adquirir un arma de la categoría 2.2. La adquisición de cada una de las restantes requerirá la obtención previa de una autorización especial con arreglo a lo dispuesto en el artículo 49 y siguientes de este Reglamento.

Lo curioso es que habla de LLEVAR Y USAR HASTA CINCO ARMAS; pero no limita las que se pueden POSEER.



En cuanto a la posesión de armas de categoría 3ª-1 (rifles del 22), 3ª-2 (escopetas), 3ª-3 (carabinas de gran potencia) y 7ª-2 (ballestas) el Reglamento de Armas de 1993 (Real Decreto 137/1993) o sea, escopetas y asimiladas, dice:

1. Las armas de las categorías 3 y 7.2 y 3, precisarán una licencia E de armas, que autorizará para poseer, llevar y usar las armas de dichas categorías. Su número no excederá de seis escopetas o de seis armas largas rayadas para tiro deportivo, ni de doce armas en total.
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Re: rifles.

Mensajepor Senik » 09 Oct 2012 22:44

jabaliviejo escribió:Nueva ley de caza?
Cada comunidad tiene su propia Ley de Caza.
Lo que regula el número de armas de un tipo u otro que puedes tener es el Reglamento de Armas y que yo sepa aunque se le han introducido modificaciones, no es nuevo... Se intentó renovar no hace mucho y montamos la marimorena (y con razón).

En cuanto a la posesión de armas de categoría 2ª-2 (rifles de caza) el Reglamento de Armas de 1993 (Real Decreto 137/1993) dice:

1. Quienes precisen armas de la categoría 2.2, deberán obtener previamente licencia D.

2. Nadie podrá poseer más de una licencia D, que tendrá cinco años de validez y autorizará para llevar y usar hasta cinco armas de la categoría 2ª, 2.

4. Con la licencia D se podrá adquirir un arma de la categoría 2.2. La adquisición de cada una de las restantes requerirá la obtención previa de una autorización especial con arreglo a lo dispuesto en el artículo 49 y siguientes de este Reglamento.

Lo curioso es que habla de LLEVAR Y USAR HASTA CINCO ARMAS; pero no limita las que se pueden POSEER.



En cuanto a la posesión de armas de categoría 3ª-1 (rifles del 22), 3ª-2 (escopetas), 3ª-3 (carabinas de gran potencia) y 7ª-2 (ballestas) el Reglamento de Armas de 1993 (Real Decreto 137/1993) o sea, escopetas y asimiladas, dice:

1. Las armas de las categorías 3 y 7.2 y 3, precisarán una licencia E de armas, que autorizará para poseer, llevar y usar las armas de dichas categorías. Su número no excederá de seis escopetas o de seis armas largas rayadas para tiro deportivo, ni de doce armas en total.
pues jabaliviejo este año he guiado 3 rifles para caza mayor y solo en el primero pe pediron el armero, las otras no me ha hecho falta ninguna "autorizacion especial" mas que el cambio de nombre...
Prefiero llevarla y no tener que usarla, a necesitarla y no llevarla.

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Re: rifles.

Mensajepor jabaliviejo » 10 Oct 2012 09:59

Ya, ya sé que no la piden... Ellos te la hacen... Teóricamente claro.
Es que hay normas que no se cumplen. Por ejemplo, sólo se puede comprar visores teniendo licencia D (y supongo que F). ¿A que nunca os la han pedido?
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Re: rifles.

Mensajepor missouri » 10 Oct 2012 10:06

No te piden el armero mas que en el primero, porque esa vez te inscriben en un registro, y las otras veces, con mirar que tu nombre esta ligado a un armero homologado en dicho registro :birra^: , pues ya vale.
....

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Re: rifles.

Mensajepor jabaliviejo » 10 Oct 2012 10:30

¡Pero si yo no he hablado del armero!

Yo me he limitado a poner lo que dice la ley:
Con la licencia D se podrá adquirir un arma de la categoría 2.2. La adquisición de cada una de las restantes requerirá la obtención previa de una autorización especial con arreglo a lo dispuesto en el artículo 49 y siguientes de este Reglamento.

Dónde habla ahí de armeros?
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Re: rifles.

Mensajepor arocho » 10 Oct 2012 10:42

me acuerdo de la de la ley que nos querian meter y hacer polvo todo el gremio... no tenia claro lo de cuantos rifles puedo tener en mi casa. espero que no pongan numero nunca pues hay forofos que tienen una gran coleccion solo para in a la cancha o mirarlos. muchas gracias. :birra^:

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Re: rifles.

Mensajepor missouri » 10 Oct 2012 12:41

jabaliviejo escribió:¡Pero si yo no he hablado del armero!

Yo me he limitado a poner lo que dice la ley:
Con la licencia D se podrá adquirir un arma de la categoría 2.2. La adquisición de cada una de las restantes requerirá la obtención previa de una autorización especial con arreglo a lo dispuesto en el artículo 49 y siguientes de este Reglamento.

Dónde habla ahí de armeros?


NO, TU NOP
....

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Re: rifles.

Mensajepor jabaliviejo » 10 Oct 2012 12:52

Aaaap Sorry! :oops:
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Re: rifles.

Mensajepor Melquiades2019 » 10 Oct 2012 20:42

Pues menos mal que lo leo, yo no me voy a comprar más rifles entre otras cosas porque no tengo pasta jaja pero que yo no tenía ni idea de que había que pedir autorización.
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Re: rifles.

Mensajepor LUPARA » 10 Oct 2012 22:35

cuando guias el primero te piden el certificado y factura del armero, lo escanean y añaden a tu ficha.
a un compañero no le dejaban guiar un 5ª rifle porque su armero era de cuatro. Al final compro otro armero y tambien lo ha llenado......
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Re: rifles.

Mensajepor huronescazan » 10 Oct 2012 23:30

Y cuando vas a renovar la Licencia D, se acompaña un documento en el cual aparte de tus datos personales, pone lo siguiente:

DECLARA, que conoce la obligatoriedad de guardar las armas de fuego largas rayadas, sus piezas o elementos fundamentales y los cañones comprendidos en la categoría 2ª 2, amparadas con LICENCIA DE ARMAS tipo “D”, en domicilios particulares conforme a lo dispuesto en el artículo 100.5 a, del vigente Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993 de 29 de enero BOE núm. 55).

Del mismo modo conoce que las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros, a que se refiere el artículo 100. 5 a, son las previstas en la Resolución de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil (BOE número 291 de 05 de diciembre), por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares, siendo estas las siguientes:

“Deberán reunir al menos, el grado de seguridad Clase I establecido en la Tabla 1 de la Norma UNE EN 1143-1, o el grado de seguridad A que se establecía en el punto 5.1.2 de la norma UNE 108-110-87”.


Dicho documento una vez firmado y datado por el solicitante de la Licencia D, se escanea y al expediente personal.

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Re: rifles.

Mensajepor arocho » 11 Oct 2012 09:50

total ¿pa que? para que te entren en casa con todos dentro te den dos bien das y te digan... que abras el armeroooo. y ¿que haces? no abrirlo con tu familia en casa...vamos no me jo...as. lo veo bien si no estas en casa pero en los tiempos que corren nos tenian que dejar tener incluso una pistola bajo la cama.

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Re: rifles.

Mensajepor jabaliviejo » 11 Oct 2012 11:41

Pues sí. La verdad es que si yo soy caco y veo una caja fuerte (menos fuerte) es al primer sitio al que voy a ir. Aunque asumo que las armas precisan una custodia especialmente delicada, el armero es un reclamo.
A mí me robaron armas de un armero cuando no era obligatorio. Si en vez de estar en el armero las tuviera escondidas en dobles fondos o cosas parecidas, no le hubieran encontrado con ellas.
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Re: rifles.

Mensajepor Steyr » 11 Oct 2012 11:50

Siempre me he cuestionado el papel del armero. Aunque por supuesto que lo tengo, pero más que nada por cumplir con la Ley, por si Dios no lo quiera y alguna vez entran en casa no tener una pena añadida a la catástrofe.

Al armero le veo utilidad sólo si tienes críos pequeños, para evitar que salseén y puedan tener un contradiós.

Pero para evitar robos, etc., al contrario. Es un cebo que de inmediato atraerá la atención del delincuente. Porque pensará y no sin fundamento que las armas son un valor añadido y que incluso ahí puede haber además dinero custodiado.

De modo, que si en el mejor de los casos estás ausente, te armarán la mundial para acceder a su interior; y si tienes la desgracia de estar en casa, prepárate el cuerpo para todo lo que te pueda pasar, porque se lo vas a abrir sí o sí, sin que eso te libre de lo peor.

En fin, vamos a encomendarnos al Ángel Custodio, porque aquí no tenemos mayor protección. Ya que como dice Arocho, si hasta deberían permitir dormir con la pistola bajo la almoada y tener el rifle en el sillón con la que está cayendo y la que se avecina, igual que en las películas del oeste...

Saludos

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Re: rifles.

Mensajepor missouri » 12 Oct 2012 15:10

arocho escribió:total ¿pa que? para que te entren en casa con todos dentro te den dos bien das y te digan... que abras el armeroooo. y ¿que haces? no abrirlo con tu familia en casa...vamos no me jo...as. lo veo bien si no estas en casa pero en los tiempos que corren nos tenian que dejar tener incluso una pistola bajo la cama.


igual te has pasado o que?¿
yo opino que lo que pasa ahora, ha pasado toda la vida, lo que pasa es que ahora esta la tele pa enterarte de todo todo y todo
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Re: rifles.

Mensajepor missouri » 12 Oct 2012 15:12

Steyr escribió:Siempre me he cuestionado el papel del armero. Aunque por supuesto que lo tengo, pero más que nada por cumplir con la Ley, por si Dios no lo quiera y alguna vez entran en casa no tener una pena añadida a la catástrofe.

Al armero le veo utilidad sólo si tienes críos pequeños, para evitar que salseén y puedan tener un contradiós.

Pero para evitar robos, etc., al contrario. Es un cebo que de inmediato atraerá la atención del delincuente. Porque pensará y no sin fundamento que las armas son un valor añadido y que incluso ahí puede haber además dinero custodiado.

De modo, que si en el mejor de los casos estás ausente, te armarán la mundial para acceder a su interior; y si tienes la desgracia de estar en casa, prepárate el cuerpo para todo lo que te pueda pasar, porque se lo vas a abrir sí o sí, sin que eso te libre de lo peor.

En fin, vamos a encomendarnos al Ángel Custodio, porque aquí no tenemos mayor protección. Ya que como dice Arocho, si hasta deberían permitir dormir con la pistola bajo la almoada y tener el rifle en el sillón con la que está cayendo y la que se avecina, igual que en las películas del oeste...

Saludos


YO no se donde vivis, o que es lo que pasa, pero yo no tengo tanto miedo, a no ser que no lo tenga prque no tengo un duro :mrgreen:

igual teneis tanto canguelo porque teneis la baldosa del salon hueca o que?¿ :roll: :mrgreen: :roll:
....

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Re: rifles.

Mensajepor jabaliviejo » 12 Oct 2012 20:42

O porque no nos gusta que nos levanten los 5.000 euros que hemos conseguido ahorrar al cabo de trabajar 21 años y que tanto necesitamos ahora gracias a "la coyuntura".

O sea, que igual no es cuestión de miedo, sino de precaución y de que estamos un poquito hasta el moño.
Perdón por el ataque de sinceridad, pero sabemos que la delincuencia ha cambiado de firma y sabemos que entran en pisos que lindan con los nuestros; así que es legítimo pensar que es una cuestión de tiempo y es normal que tomemos ciertas "precauciones".

En casa no tengo un clavel ni casi nada valioso; pero no me gusta que entren en ella, sabes? Es un detalle hasta tonto si se quiere; pero es que si lo hacen y se llevan mis armas se me baja la líbido.
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