Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Técnicas y tácticas de tiro para profesionales de la seguridad
ulano
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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor ulano » 09 Abr 2012 21:35

Hola Argos:
Pues no es por j...r, pero esa situación que vives no es correcta. No sé cual es tu Dirección General, pero si es la DGP, te diré que no me extraña (por lo que conozco a nivel personal, de amigos y familiares).
Si yo estuviera en tu lugar lo consultaría en evitación de problemas en el futuro.
Con el Reglamento en la mano, tienes dos licencias iguales amparadas por diferentes administraciones (profesional y civil), y eso no es legal. Si algún día se dan cuenta, te puede costar un disgusto (económico mayormente) al tener que depositar parte de las armas.
De cualquier manera, esto me demuestra el descontrol y desconocimiento que la administración (en general) tiene sobre este tema.
Un saludo.

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argos1
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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor argos1 » 09 Abr 2012 22:26

ulano escribió:Hola Argos:
Pues no es por j...r, pero esa situación que vives no es correcta. No sé cual es tu Dirección General, pero si es la DGP, te diré que no me extraña (por lo que conozco a nivel personal, de amigos y familiares).
Si yo estuviera en tu lugar lo consultaría en evitación de problemas en el futuro.
Con el Reglamento en la mano, tienes dos licencias iguales amparadas por diferentes administraciones (profesional y civil), y eso no es legal. Si algún día se dan cuenta, te puede costar un disgusto (económico mayormente) al tener que depositar parte de las armas.
De cualquier manera, esto me demuestra el descontrol y desconocimiento que la administración (en general) tiene sobre este tema.
Un saludo.


Pues te puedo decir que si no se han dado cuenta ya, es que son de piedra. De todas formas, las que tengo amparadas por la A paso revista en mi unidad y las de la F en la Intervancion, donde constan las revistas que realizo en la A. Se me paso deciros, que esto fue consultado con el ICAE de Madrid, la cual nos comunico por escrito el total derecho a poseer la F, independientemente de la A. Pero una cosa esta clara, las armas guiadas con la F tienen el tratamiento de F en todo su ambito y se las tratara segun reglamento, igual que a todo hijo de vecino. La guiadas con A estan excentas de algunas normativas.
Un saludo

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pacopi
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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor pacopi » 09 Abr 2012 23:31

Pues tampoco es por jorobar la marrana, pero le sugiero al usuario Argos1 una lectura atenta de los articulos 96.3 ; 99, especialmente el punto 6; 100, especialmente el punto 2 del mismo; 101, tambien especialmente el punto 2; 114 y 115; todos ellos del vigente Reglamento de Armas.

Le hago especial hincapie en esos apartados pues en los mismos es donde se define que nadie podrá tener en España más de una licencia de cada tipo, las que le facultan para tener y usar armas de las distintas categorias, de donde se colige que si ha guiado un arma haciendo uso de su Tarjeta Profesional (licencia "A"), no puede guiar otra de la misma categoria haciendo uso de una "E" ó "D", por poner un ejemplo, ya que esto sería en la practica como poseer dos licencias de la misma clase.

Puede usted insistir en que si es verdad que tiene armas guiadas de las dos formas simultaneamente, y yo seguiré insistiendole en que eso no es legal con el vigente ordenamiento, y que de no ser corregido puede acarrearle la apertura de un expediente con el consiguiente perjuicio.

Saludos

oteflo
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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor oteflo » 09 Abr 2012 23:38

TeteCuhete escribió:Me parece que mezclamos churras con merinas.

ISABELM, veo que desconoces un poco nuestra realidad. NO dejan usar las galerías para practicar con arma oficial, y no es cosa del Tcol, si no de más arriba. Como saben que el nivel de instrucción es de pobre para abajo, mejor tratarnos por tontos no sea que nos peguemos un tiro en el pie, además de que ha de estar presente el servicio médico para las prácticas de tiro.

Por otra, se puede ser miembro de un club, miembro de las FSE, tener licencia "A" y practicar con ella en el club, adquieriendo la munición en el mismo club y gastándola allí. Y te cubriría el seguro del club, aún sin estar federado, condición que sólo es necesaria para competir. Con el arma oficial NO se puede practicar fuera de las prácticas reglamentadas y en las galerías oficiales, pero no ya por cuestión federativa, si no por normativa interna. Ahora, calificar de "chanchullo" que un policía, aún fuera de bolos, quiera estar un poco más "diestro" fuera de los 100 tiros anuales, en el manejo de su arma reglamentaria, me parece típicamente Español. Rasguémonos todos las vestiduras. No se puede por un lado, y por el otro tampoco. Eso sí, luego exijamos el máximo grado de destreza legislando disparos sobre zonas no vitales aún cuando intentan apuñalarte o debes responder a disparos de escopeta y Kalashnikov con una HK USPc, como en Alicante. Y esto, sin olvidarnos que no es lo mismo manejar un disparador tarado a 2'5 kg, como el de mi Beretta, que el típico gatillo a kilo y poco que suelen usar los tiradores deportivos.

Otra, al menos en la GC, hay que dar cuenta de todas las armas que se posean, estén guiadas como estén guiadas. Y si no es así, me han informado mal (que también puede ser). De hecho, no entiendo lo de que la "A" ampare a las demás licencias, entonces.

TeteCuhete...como creador del hilo expuse lo que me comentaron y tiene cierta lógica si tienes una licencia que ampara las demas(A) para no duplicar pero por lo que veo es muy dificil volcar datos y ver que uno tiene X licencia y no debe tener la civil(jodida informatica que dificil es,eh?)
Más a favor no puedo estar...que yo me tenga que gastar dinero pàra federarme y mas dienro para hacer el curso de IPSC para saber como se coge una puta pistola es muy fuerte siendo mi condición la de policía...si y dos cursos de tiro policial que me he PAGADO YO de mi bolsillo...en mi cuerpo (CNP) si dices que quieres entrenar te dicen que la galaeria es para los 25 tiros trimestrales a una mano si eres del ultimo nivel y te JODES!
Me da mucha pena que sea la gente con licencia A(soy de los que piensan que me da lo mismo que uniforme se vista pero que se vista...de paisano o trabajando,espero una forma de actuar profesional y eso con la "enseñanza" que dan es IMPOSIBLE...
nada que donde termina la lógica empieza España y veo que los que ponen palos los tengo a mi lado!
Gracias y que sepan que he invertido mas de un sueldo mensual de primeras en poder formarme por si un puñetero dia tengo que usar mi arma...as de penoso es!!!
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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor Joe_Lambretta » 10 Abr 2012 01:13

ISABELM escribió:Buenas tardes

Dije que no seguiria pero lo siento no me puedo aguantar

Veamos, como que "ni lo uno ni lo otro", no digamos tonterias leñe, que ya tenemos años encima para seber lo que decimos.

Se puede ser "A" y tener la "F" para solventar todos los inconvenientes de la "A", y así poder disponer de un campo de tiro, de seguro, de munición QUE LA ADQUIERO CON LA LICENCIA F, y por lo tanto toda la que me permita mi presupuesto, puedo entrenar durante la semana, y los fines de semana, y además puedo disponer de las armas que mi categoría de "F" me permita, 1, 6, 10, guiadas todas ellas con la licencia "F", así cuando las compro y vendo no tengo que andar solicitando permisos, y esperando 6 meses para una transferencia,o 14 como me ocurrió con un rifle Oviedo modelo 1893, en 24 h realizada, es decir NO MEZCLO CHURRAS CON MERINAS, y practico,y me entreno, con un arma exactamente igual que la de servicio, con las mismas miras, y la misma carga del disparador, y si me cambian la de servicio por otra, ipsofacto cambio la mia por la otra.
Así de fácil, sin incumplir ninguna norma, sin exigir PRIVILEGIOS, por tener la "A",sin estrujar la Ley en mi provecho, ¿tan difícil es de entender esta forma de actuar? SIN MEZCLAR CHURRAS CON MERINAS.
Y ahora si, dejo el hilo.


Pues mira, perdona, pero creo que sí sigues mezclándolas.

La licencia "A" ampara en mi caso hasta 3 armas cortas. Con ellas, sin estar federado, puedo practicar cualquier club de tiro que lo admita. El mío en concreto, sí lo admite. Otra cosa es que quiera practicar con mi arma REGLAMENTARIA, cosa que parece ser a lo que tú te refieres. Mi arma reglamentaria no es de mi propiedad, y es a la que me refiero con lo de que no se puede practicar fuera de los ejercicios de tiro organizados reglamentariamente. Por tanto, por practicar con mi arma PARTICUALAR guiada en A, no exijo ni ningún privilegio, ni hago ningún chanchullo. En tal caso, lo puedo cometer, bajo mi cuenta y riesgo, practicando con mi Beretta de servicio, que esa no es mía si no del Estado.

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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor Joe_Lambretta » 10 Abr 2012 01:20

oteflo escribió:
TeteCuhete escribió:Me parece que mezclamos churras con merinas.

ISABELM, veo que desconoces un poco nuestra realidad. NO dejan usar las galerías para practicar con arma oficial, y no es cosa del Tcol, si no de más arriba. Como saben que el nivel de instrucción es de pobre para abajo, mejor tratarnos por tontos no sea que nos peguemos un tiro en el pie, además de que ha de estar presente el servicio médico para las prácticas de tiro.

Por otra, se puede ser miembro de un club, miembro de las FSE, tener licencia "A" y practicar con ella en el club, adquieriendo la munición en el mismo club y gastándola allí. Y te cubriría el seguro del club, aún sin estar federado, condición que sólo es necesaria para competir. Con el arma oficial NO se puede practicar fuera de las prácticas reglamentadas y en las galerías oficiales, pero no ya por cuestión federativa, si no por normativa interna. Ahora, calificar de "chanchullo" que un policía, aún fuera de bolos, quiera estar un poco más "diestro" fuera de los 100 tiros anuales, en el manejo de su arma reglamentaria, me parece típicamente Español. Rasguémonos todos las vestiduras. No se puede por un lado, y por el otro tampoco. Eso sí, luego exijamos el máximo grado de destreza legislando disparos sobre zonas no vitales aún cuando intentan apuñalarte o debes responder a disparos de escopeta y Kalashnikov con una HK USPc, como en Alicante. Y esto, sin olvidarnos que no es lo mismo manejar un disparador tarado a 2'5 kg, como el de mi Beretta, que el típico gatillo a kilo y poco que suelen usar los tiradores deportivos.

Otra, al menos en la GC, hay que dar cuenta de todas las armas que se posean, estén guiadas como estén guiadas. Y si no es así, me han informado mal (que también puede ser). De hecho, no entiendo lo de que la "A" ampare a las demás licencias, entonces.

TeteCuhete...como creador del hilo expuse lo que me comentaron y tiene cierta lógica si tienes una licencia que ampara las demas(A) para no duplicar pero por lo que veo es muy dificil volcar datos y ver que uno tiene X licencia y no debe tener la civil(jodida informatica que dificil es,eh?)
Más a favor no puedo estar...que yo me tenga que gastar dinero pàra federarme y mas dienro para hacer el curso de IPSC para saber como se coge una puta pistola es muy fuerte siendo mi condición la de policía...si y dos cursos de tiro policial que me he PAGADO YO de mi bolsillo...en mi cuerpo (CNP) si dices que quieres entrenar te dicen que la galaeria es para los 25 tiros trimestrales a una mano si eres del ultimo nivel y te JODES!
Me da mucha pena que sea la gente con licencia A(soy de los que piensan que me da lo mismo que uniforme se vista pero que se vista...de paisano o trabajando,espero una forma de actuar profesional y eso con la "enseñanza" que dan es IMPOSIBLE...
nada que donde termina la lógica empieza España y veo que los que ponen palos los tengo a mi lado!
Gracias y que sepan que he invertido mas de un sueldo mensual de primeras en poder formarme por si un puñetero dia tengo que usar mi arma...as de penoso es!!!


Es que no podemos estar más de acuerdo. Yo he tenido hasta ahora dos armas cortas particulares, ambas guiadas en A. Cuando pregunté para guiar un arma en F en mi IA, me dijeron que para mi (por ser lo que soy) el arma se guiaba en A como "arma de concurso", con la eficacia de la F y sus mismas exigencias (armero), aunque al parecer sobre ésto hay discrepancias pues usuarios como Marroyol sostienen que no es necesario (y más personas con las que he hablado). Esto es aplicable al resto de licencias, por lo que me explicaron.

Que no se nos permita hacer prácticas particulares con nuestra arma de servicio es, simple y llanamente, penoso. Y que luego nos "sugieran" (por ISABELM) que nos compremos otra arma igual, pero guiada en F, es poco menos que risible. Seguramente fuera en lo que estaba yo pensando ahora mismo, en gastarme 1000 euros largos en una Beretta 92 para practicar con algo igual a lo que llevo de servicio. Tiene toda la lógica ESPAÑOLA, es decir, ninguna. Y es que como bien dices, "donde acaba la lógica empieza España", translación del viejo dicho caimanil de "donde acaba la lógica, empieza la GC".

Un saludo.

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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor oteflo » 10 Abr 2012 01:26

TeteCuhete lo del armero es algo que se obvia en nuestro caso...no nos exime pero se obvia! Que hacer si pasa algo??? pues no se sabe pero la mierda siempre cae del mismo lado...mi solución es guardarla en un sitio oficial(comisaría del CNP) que si la roban y me joden ya veré yo si jodo al propietario de las instalaciones porque en ese caso me roban mi reglamentaria y la de unos cuantos compañeros...
Que dificil es aprender a ser diestro con mi herramienta de servicio...que mi CZ 75b es parecidoa pero no igual a la HK USPc reglamentaria que porto!sPAIN IS DIFFERENT!
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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor marroyol » 10 Abr 2012 19:16

Con la A solo te indican que las armas deben estar custodiadas, no te exigen que tengas armero grado III, yo si lo tengo desde hace años por seguridad, aparte que con la autorización de recarga si es obligatorio.
Las armas tienen solamente dos enemigos.
El óxido y los polí­ticos.

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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor 308Win » 10 Abr 2012 21:04

ISABELM escribió:Buenas noches

Efectivamente se les hubiera caido el pelo. y ademas les hubiera caido una buena, faltaría más.

Y por supuesto que hay que tirar con las armas de "servicio" [color=#FF0000]PERO SE TIRA EN LAS INSTALACIONES PROPIAS
que para eso están, utilizar las armas de servicio en las instalaciones "federativas" sólo podemos catalogarlo de "CHANCHULLO".[/color]



Eso será quien tenga instalaciones propias, y en España se cuentan con los dedos de la mano la galerías propiedad de cuerpos policiales.

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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor TitoDre » 15 Abr 2012 00:52

Invitado escribió:EL QUE PREGUNTA ENTRA DE GUARDIA.

Una vez dos funcionarios fueron a realizar unos tiros en una galeria de iden con sus pistolas amparada en A cuando terminaron se la guardaron es sus fundas riñoneras, un señor uniformado intento liarla al ver como estas personas guardaban sus armas en una funda agarradas al cuerpo, por supuesto sin problemas,, MEMOS MAL QUE LAS PISTOLAS NO ESTABAN AMPARADA EN LICENCIA DE TIRO OLIMPICO JEJEJE


Entiendo que cualquier arma corta que tengas guiada con la A puedes portarla encima como la reglamentaria del cuerpo o la particular?? Creía que no era así.


ulano escribió:Hola:
Los poseedores de licencia de armas A, también somos ciudadanos, y aunque tenemos limitado el ejercicio de ciertos derechos, el relacionado con las armas no es uno de ellos.
No sé cómo funcionará en ciertos Cuerpos, pero en el ET, todas tus armas han de estar guiadas como A, con la eficacia que para cada una de ellas corresponda (B, F, E, D, AE).
Yo soy tirador deportivo, y todas mis armas tienen guía A, las de tiro deportivo también, y van marcadas con un sello que así lo refleja. Para solicitar la guía, tengo que aportar un certificado de que el arma es de tiro deportivo (original, no les vale copia), y cada año, a principios del mismo, tengo que aportar un certificado expedido por la Federación en el que conste mi actividad deportiva y los puntos alcanzados conforme a mi categoría (1ª, 2ª ó 3ª).
El resto de armas son A(E), A(D) ó A(AE), es decir con la eficacia de las licencias civiles que pongo entre paréntesis, y por supuesto con las mismas obligaciones y precauciones que el resto de ciudadanos.
En cuanto a lo de guiar armas por varios sitios, no lo recomiendo (el ET, ahora permite guiar a través de la GC, con todo lo que representa de pagos de tasas, reconocimientos, etc, con lo que dudo que lo haga por esta vía mucha gente). La GC, deniega sistemáticamente licencias de armas tramitadas a través de ellos a personal que dependa de otras administraciones con control de armas. Si alguien funciona por dos vías, lo mas probable es que cuando lo detecten, la licencia de la GC se la anulen (y sé de lo que hablo).
Espero haber orientado un poco.
Un saludo.


Compi, me has disipado muchas dudas. Muchas gracias y un saludo!!


ISABELM escribió:Buenas noches

Efectivamente se les hubiera caido el pelo. y ademas les hubiera caido una buena, faltaría más.

Y por supuesto que hay que tirar con las armas de "servicio" PERO SE TIRA EN LAS INSTALACIONES PROPIAS que para eso están, utilizar las armas de servicio en las instalaciones "federativas" sólo podemos catalogarlo de "CHANCHULLO".


Hombre, no estoy yo nada de acuerdo con lo que dices.
Si tú pagas tus cuotas del club de tiro y respetas el uso de la galería....qué problema hay en disparar con CUALQUIERA de las armas que tengas guiadas? Estás pagando por "alquilar" la galería de tiro, es decir, el espacio habilitado para ello. No puedo ir a tirar yo con mi arma particular, la 6" de precisión, la del cuerpo...??
Si pudiéramos tirar en nuestras galerías cuando cada uno quisiera...creo que nadie se federaría...(quien no quiera concursar, está claro) Demasiada gente para disparar y poco tiempo en las galerías de los cuerpos policiales, no crees?

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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor oteflo » 15 Abr 2012 01:22

TitoDre escribió:
Invitado escribió:EL QUE PREGUNTA ENTRA DE GUARDIA.

Una vez dos funcionarios fueron a realizar unos tiros en una galeria de iden con sus pistolas amparada en A cuando terminaron se la guardaron es sus fundas riñoneras, un señor uniformado intento liarla al ver como estas personas guardaban sus armas en una funda agarradas al cuerpo, por supuesto sin problemas,, MEMOS MAL QUE LAS PISTOLAS NO ESTABAN AMPARADA EN LICENCIA DE TIRO OLIMPICO JEJEJE


Entiendo que cualquier arma corta que tengas guiada con la A puedes portarla encima como la reglamentaria del cuerpo o la particular?? Creía que no era así.


ulano escribió:Hola:
Los poseedores de licencia de armas A, también somos ciudadanos, y aunque tenemos limitado el ejercicio de ciertos derechos, el relacionado con las armas no es uno de ellos.
No sé cómo funcionará en ciertos Cuerpos, pero en el ET, todas tus armas han de estar guiadas como A, con la eficacia que para cada una de ellas corresponda (B, F, E, D, AE).
Yo soy tirador deportivo, y todas mis armas tienen guía A, las de tiro deportivo también, y van marcadas con un sello que así lo refleja. Para solicitar la guía, tengo que aportar un certificado de que el arma es de tiro deportivo (original, no les vale copia), y cada año, a principios del mismo, tengo que aportar un certificado expedido por la Federación en el que conste mi actividad deportiva y los puntos alcanzados conforme a mi categoría (1ª, 2ª ó 3ª).
El resto de armas son A(E), A(D) ó A(AE), es decir con la eficacia de las licencias civiles que pongo entre paréntesis, y por supuesto con las mismas obligaciones y precauciones que el resto de ciudadanos.
En cuanto a lo de guiar armas por varios sitios, no lo recomiendo (el ET, ahora permite guiar a través de la GC, con todo lo que representa de pagos de tasas, reconocimientos, etc, con lo que dudo que lo haga por esta vía mucha gente). La GC, deniega sistemáticamente licencias de armas tramitadas a través de ellos a personal que dependa de otras administraciones con control de armas. Si alguien funciona por dos vías, lo mas probable es que cuando lo detecten, la licencia de la GC se la anulen (y sé de lo que hablo).
Espero haber orientado un poco.
Un saludo.


Compi, me has disipado muchas dudas. Muchas gracias y un saludo!!


ISABELM escribió:Buenas noches

Efectivamente se les hubiera caido el pelo. y ademas les hubiera caido una buena, faltaría más.

Y por supuesto que hay que tirar con las armas de "servicio" PERO SE TIRA EN LAS INSTALACIONES PROPIAS que para eso están, utilizar las armas de servicio en las instalaciones "federativas" sólo podemos catalogarlo de "CHANCHULLO".


Hombre, no estoy yo nada de acuerdo con lo que dices.
Si tú pagas tus cuotas del club de tiro y respetas el uso de la galería....qué problema hay en disparar con CUALQUIERA de las armas que tengas guiadas? Estás pagando por "alquilar" la galería de tiro, es decir, el espacio habilitado para ello. No puedo ir a tirar yo con mi arma particular, la 6" de precisión, la del cuerpo...??
Si pudiéramos tirar en nuestras galerías cuando cada uno quisiera...creo que nadie se federaría...(quien no quiera concursar, está claro) Demasiada gente para disparar y poco tiempo en las galerías de los cuerpos policiales, no crees?

Lo puesto en rojo no es es asi.. o si!Yo tengo la CZ 75b amparada con la A pero como de tiro olimpico(vulgarmente llamada AF para entendernos) y esa tengo que llevarla igual que una F civil....guardadita,sin municionar,etc...y la particular es AB qe la llamo yo...de defensa y esa como si duermes con ella debajo de la almohada y con la del Cuerpo similar...es gracioso porque en mi casa puedo tener la Rugel LCP y la HK USP C debajo de la almohada y la CZ 75b guardadita en la caja fuerte...cosas veredes...
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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor TitoDre » 15 Abr 2012 06:28

oteflo escribió:
TitoDre escribió:
Invitado escribió:EL QUE PREGUNTA ENTRA DE GUARDIA.

Una vez dos funcionarios fueron a realizar unos tiros en una galeria de iden con sus pistolas amparada en A cuando terminaron se la guardaron es sus fundas riñoneras, un señor uniformado intento liarla al ver como estas personas guardaban sus armas en una funda agarradas al cuerpo, por supuesto sin problemas,, MEMOS MAL QUE LAS PISTOLAS NO ESTABAN AMPARADA EN LICENCIA DE TIRO OLIMPICO JEJEJE


Entiendo que cualquier arma corta que tengas guiada con la A puedes portarla encima como la reglamentaria del cuerpo o la particular?? Creía que no era así.


ulano escribió:Hola:
Los poseedores de licencia de armas A, también somos ciudadanos, y aunque tenemos limitado el ejercicio de ciertos derechos, el relacionado con las armas no es uno de ellos.
No sé cómo funcionará en ciertos Cuerpos, pero en el ET, todas tus armas han de estar guiadas como A, con la eficacia que para cada una de ellas corresponda (B, F, E, D, AE).
Yo soy tirador deportivo, y todas mis armas tienen guía A, las de tiro deportivo también, y van marcadas con un sello que así lo refleja. Para solicitar la guía, tengo que aportar un certificado de que el arma es de tiro deportivo (original, no les vale copia), y cada año, a principios del mismo, tengo que aportar un certificado expedido por la Federación en el que conste mi actividad deportiva y los puntos alcanzados conforme a mi categoría (1ª, 2ª ó 3ª).
El resto de armas son A(E), A(D) ó A(AE), es decir con la eficacia de las licencias civiles que pongo entre paréntesis, y por supuesto con las mismas obligaciones y precauciones que el resto de ciudadanos.
En cuanto a lo de guiar armas por varios sitios, no lo recomiendo (el ET, ahora permite guiar a través de la GC, con todo lo que representa de pagos de tasas, reconocimientos, etc, con lo que dudo que lo haga por esta vía mucha gente). La GC, deniega sistemáticamente licencias de armas tramitadas a través de ellos a personal que dependa de otras administraciones con control de armas. Si alguien funciona por dos vías, lo mas probable es que cuando lo detecten, la licencia de la GC se la anulen (y sé de lo que hablo).
Espero haber orientado un poco.
Un saludo.


Compi, me has disipado muchas dudas. Muchas gracias y un saludo!!


ISABELM escribió:Buenas noches

Efectivamente se les hubiera caido el pelo. y ademas les hubiera caido una buena, faltaría más.

Y por supuesto que hay que tirar con las armas de "servicio" PERO SE TIRA EN LAS INSTALACIONES PROPIAS que para eso están, utilizar las armas de servicio en las instalaciones "federativas" sólo podemos catalogarlo de "CHANCHULLO".


Hombre, no estoy yo nada de acuerdo con lo que dices.
Si tú pagas tus cuotas del club de tiro y respetas el uso de la galería....qué problema hay en disparar con CUALQUIERA de las armas que tengas guiadas? Estás pagando por "alquilar" la galería de tiro, es decir, el espacio habilitado para ello. No puedo ir a tirar yo con mi arma particular, la 6" de precisión, la del cuerpo...??
Si pudiéramos tirar en nuestras galerías cuando cada uno quisiera...creo que nadie se federaría...(quien no quiera concursar, está claro) Demasiada gente para disparar y poco tiempo en las galerías de los cuerpos policiales, no crees?

Lo puesto en rojo no es es asi.. o si!Yo tengo la CZ 75b amparada con la A pero como de tiro olimpico(vulgarmente llamada AF para entendernos) y esa tengo que llevarla igual que una F civil....guardadita,sin municionar,etc...y la particular es AB qe la llamo yo...de defensa y esa como si duermes con ella debajo de la almohada y con la del Cuerpo similar...es gracioso porque en mi casa puedo tener la Rugel LCP y la HK USP C debajo de la almohada y la CZ 75b guardadita en la caja fuerte...cosas veredes...


Vale, entonces aclarado el tema, es como tenía oido.
Pues sí, puede parecer una incongruencia, pero bueno, si es "F", ya se sabe, es lo que hay, como todo hijo de vecino, aunque se tenga otro tipo de licencia que te habilita a portarla cuando y donde quieras, pero vaya, "LA F ES LA F", jejeje.

Saludos y gracias por la aclaración.

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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor ISABELM » 15 Abr 2012 08:03

Buenos dias

¡Hay que ver lo que nos cuesta entrar en razón!
"Dios te dio un Alma, tu Madre un Cuerpo, y el Ejército un Arma, manten siempre lí­mpios los tres".

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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor kawago » 15 Abr 2012 10:50

Hola, me surge una duda al leeros, cuando habláis de licencia AF o AB. Yo tengo guiadas tanto mi arma de defensa como las de competición bajo A y nunca me han cuestionado si su uso seria para competición (F) o defensa (B) y mis escopetas igual nadie me pregunto si eran de plato caza o defensa. Podéis aclararmelo, gracias.
Por cierto en cuanto al porte de las armas independientemente del tipo, en galeria por norma se llevan en su maleta, suele recogerse en normas internas del club, si no al menos por respeto al resto de miembros, esa es mi opinión. Si alguien quiere practicar con la funda de servicio y demás es otro tema, y requiere otras instalaciones.
Las armas se deben reservar para el último lugar, donde y cuando los otros medios no basten.
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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor marroyol » 15 Abr 2012 11:51

kawago escribió:Hola, me surge una duda al leeros, cuando habláis de licencia AF o AB. Yo tengo guiadas tanto mi arma de defensa como las de competición bajo A y nunca me han cuestionado si su uso seria para competición (F) o defensa (B) y mis escopetas igual nadie me pregunto si eran de plato caza o defensa. Podéis aclararmelo, gracias.
Por cierto en cuanto al porte de las armas independientemente del tipo, en galeria por norma se llevan en su maleta, suele recogerse en normas internas del club, si no al menos por respeto al resto de miembros, esa es mi opinión. Si alguien quiere practicar con la funda de servicio y demás es otro tema, y requiere otras instalaciones.

A ver si me explico:


Si miras en el reglamento de armas, la A tiene los efectos de B, D, E sin mas necesidades

Artículo 96.

1. ........
2. ........
3. La licencia de armas A, con la eficacia de las licencias B, D y E, reguladas en los artículos 99 a 104 de este Reglamento, documentará las armas de las categorías 1, 2 y 3 de propiedad privada del personal de los Cuerpos Específicos de los Ejércitos, de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y del Servicio de Vigilancia Aduanera.



Es cuando nos vamos a las armas de concurso donde dice que los poseedores de licencia A podrán solicitar la guía para las armas de concurso siempre que estén federados

Artículo 139.

1. Quien se encuentre en posesión de licencia de armas A podrá asimismo solicitar a la autoridad competente de que dependa la guía de pertenencia de armas de concurso, acompañando, en cada caso, la acreditación de la habilitación deportiva correspondiente, en la que conste la clase que como tirador le corresponde.

2. Las autoridades a que se refiere el artículo 115 podrán conceder las correspondientes guías de pertenencia de las armas. De estas guías se dará conocimiento a la Intervención de Armas correspondiente, al tiempo de hacer su entrega a los interesados.

Artículo 140.

Para la expedición de estas guías de pertenencia, el interesado deberá presentar ante las indicadas autoridades, además de la reseña del arma o armas de que se trate, certificado expedido por la Federación correspondiente, acreditativo de que se trata de armas de concurso.


Si tu las armas no las tienes como de concurso son armas para defensa personal.

Las armas de concurso no se pueden usar para defensa y no se deben portar adosadas al cuerpo o municionadas.

Si te autorizan en la galería o en el club al que pertenezcas a usar las armas particulares de defensa para tirar e incluso para participar en tiradas no hay problemas por usarla, normalmente en lo que no te dejan es en usar munición blindada, solo plomo o semiblindada.

En cuanto a usar el arma reglamentaria no puedo opinar ya que la mía se queda en la armería de la unidad si no la estoy usando (FFAA-ET) pero si la tirada está autorizada se puede disparar en club,s o galerías, hace un mes participé con una LLAMA M82 en el regional de arma corta reglamentaria (con munición reglamentaria) en la galería de tiro de la federación de Castilla León en Ciguñuela-Valladolid, o sea que todo depende de la situación.

Saludos y perdonad el tocho.
Las armas tienen solamente dos enemigos.
El óxido y los polí­ticos.

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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor kawago » 16 Abr 2012 12:15

marroyol escribió:
kawago escribió:Hola, me surge una duda al leeros, cuando habláis de licencia AF o AB. Yo tengo guiadas tanto mi arma de defensa como las de competición bajo A y nunca me han cuestionado si su uso seria para competición (F) o defensa (B) y mis escopetas igual nadie me pregunto si eran de plato caza o defensa. Podéis aclararmelo, gracias.
Por cierto en cuanto al porte de las armas independientemente del tipo, en galeria por norma se llevan en su maleta, suele recogerse en normas internas del club, si no al menos por respeto al resto de miembros, esa es mi opinión. Si alguien quiere practicar con la funda de servicio y demás es otro tema, y requiere otras instalaciones.

A ver si me explico:


Si miras en el reglamento de armas, la A tiene los efectos de B, D, E sin mas necesidades

Artículo 96.

1. ........
2. ........
3. La licencia de armas A, con la eficacia de las licencias B, D y E, reguladas en los artículos 99 a 104 de este Reglamento, documentará las armas de las categorías 1, 2 y 3 de propiedad privada del personal de los Cuerpos Específicos de los Ejércitos, de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y delServicio de Vigilancia Aduanera.



Es cuando nos vamos a las armas de concurso donde dice que los poseedores de licencia A podrán solicitar la guía para las armas de concurso siempre que estén federados

Artículo 139.

1. Quien se encuentre en posesión de licencia de armas A podrá asimismo solicitar a la autoridad competente de que dependa la guía de pertenencia de armas de concurso, acompañando, en cada caso, la acreditación de la habilitación deportiva correspondiente, en la que conste la clase que como tirador le corresponde.

2. Las autoridades a que se refiere el artículo 115 podrán conceder las correspondientes guías de pertenencia de las armas. De estas guías se dará conocimiento a la Intervención de Armas correspondiente, al tiempo de hacer su entrega a los interesados.

Artículo 140.

Para la expedición de estas guías de pertenencia, el interesado deberá presentar ante las indicadas autoridades, además de la reseña del arma o armas de que se trate, certificado expedido por la Federación correspondiente, acreditativo de que se trata de armas de concurso.


Si tu las armas no las tienes como de concurso son armas para defensa personal.
Las armas de concurso no se pueden usar para defensa y no se deben portar adosadas al cuerpo o municionadas.

Si te autorizan en la galería o en el club al que pertenezcas a usar las armas particulares de defensa para tirar e incluso para participar en tiradas no hay problemas por usarla, normalmente en lo que no te dejan es en usar
munición blindada, solo plomo o semiblindada.

En cuanto a usar el arma reglamentaria no puedo opinar ya que la mía se queda en la armería de la unidad si no la estoy usando (FFAA-ET) pero si la tirada está autorizada se puede disparar en club,s o galerías hace un mes participé con una LLAMA M82 en el regional de arma corta reglamentaria (con munición reglamentaria) en la galería de tiro de la federación de Castilla León en Ciguñuela-Valladolid, o sea que todo depende de la situación.

Saludos y perdonad el tocho.


Gracias por la respuesta, en mi caso tengo mi arma de concurso guiada con A, porque no estaba federado en aquel momento, pero siempre va en su maletin y no he tenido pegas para competir en clubs, no se si al competir en Regionales o Nacionales la tendria.
En cuanto a la de servicio, igual que lo que comentas, (también del ET), la sacamos con autorización para regionales y nacionales y alguna práctica. Lastima quedarnos sin Nacional este año :cry:
Las armas se deben reservar para el último lugar, donde y cuando los otros medios no basten.
Nicolás Maquiavelo

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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor marroyol » 16 Abr 2012 12:28

kawago escribió:
marroyol escribió:Gracias por la respuesta, en mi caso tengo mi arma de concurso guiada con A, porque no estaba federado en aquel momento, pero siempre va en su maletin y no he tenido pegas para competir en clubs, no se si al competir en Regionales o Nacionales la tendria.
En cuanto a la de servicio, igual que lo que comentas, (también del ET), la sacamos con autorización para regionales y nacionales y alguna práctica. Lastima quedarnos sin Nacional este año :cry:

Y que lo digas, quedamos los terceros en el regional de JEAPRENOR con armas reglamentarias, y ni siquiera nos han dicho si estábamos clasificados para el nacional, lo anularon antes.

El año que viene a ver si tenemos suerte.
Las armas tienen solamente dos enemigos.
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Re: Licencia tipo A y licencia tipo F(bueno y las demás también)

Mensajepor TitoDre » 24 Oct 2012 19:15

Después de unos cuantos meses desde el último post, voy a reflotar el hilo. No me pegueis, porfa.

Vamos a ver, se da la circunstancia de que yo ya tengo el cupo de armas particulares lleno (Licencia A) y quiero empezar en el mundillo del tiro deportivo.
Entiendo que puedo comprar un arma corta y guiarla en ATD o como se llame...pero debo federarme en un club, no es así? Comentadme un poco porque desde la última vez (aunque me he vuelto a leer el hilo entero) ando un poco perdido.

La cosa es que he pujado por un arma en una subasta de la GC y supongo que si gano algo, con el mismo certificado de depósito lo presento en Armamento de mis dependencias y digo de guiarla como para tiro deportivo, no?? Hasta ahí creo que bien.

La cosa es que luego debo pertenecer a algún club, federarme o qué?? Porque según entiendo, necesito un certificado de no se quién que diga que ese arma es para tiro deportivo.

Saludos.


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