He observado un desconocimiento general del tema, pues parece ser que se piensa que la limitación de carga de los rifles semiautomáticos sólo se refiere a cuando se va de caza (2+1) y que si vas al polígono de tiro puedes ir con un cargador de 20 llenito y no pasa nada, por lo que me veo en la obligación de recordar que según el reglamento de armas vigente en su artículo 5"Queda prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las respectivas normas reglamentarias de las armas semiautomáticas de las categorías 2.2(rifles) y 3.2(escopetas), cuya capacidad de carga sea superior a cinco cartuchos, incluido el alojado en la recámara"
Visto lo que MARCA LA LEY, si estás tirando en tu campo de tiro con, p.ej. tu CETME, y viene una inspección de la Guardia Civil y comprueban que tenías puesto un cargador con 20 cartuchos (doy por sentado que del .307W), el artículo 155 de dicho reglamento de armas establece que "El uso de armas de fuego prohibidas, con multa de cinco a diez millones de pesetas e incautación de las armas utilizadas y de sus municiones".
Es un tema MUY serio, nos guste o no, la legislación dice lo que dice y si no la cumples y te pillan no puedes alegar desconocimiento.
Capacidad legal rifles semiautomaticos
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LOS TRES MANDAMIENTOS:
1º Trata el arma como si estuviese cargada.
2º Nunca apuntes a algo que no quieras destruir
3º Nunca pongas el dedo en el gatillo si no vas a disparar.
1º Trata el arma como si estuviese cargada.
2º Nunca apuntes a algo que no quieras destruir
3º Nunca pongas el dedo en el gatillo si no vas a disparar.
- xuso-spain
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RE: Capacidad legal rifles semiautomaticos
asi es, lo k tenian k prohibir es la venta y el uso, si no se puede usar k no se pueda vender :M
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- seollo
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RE: Capacidad legal rifles semiautomaticos
es que es eso lo que tiene gracia, parece que es legal venderlo pero si te pillan prepara el talonario, incomprensible:(1:(1:(1:(1
Neverrra, veinte diasss.......plon plon.......plon plon.......plon plon......
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RE: Capacidad legal rifles semiautomaticos
los les deis ideas...que las pocas que tienen nos perjudican ya basatante
un saludo:S
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RE: Capacidad legal rifles semiautomaticos
Estas equivocado, la venta de cargadores de gran capacidad es solo para coleccion, aunque vallas a un campo de tiro tus cargadores han de estar limitados a 5 cartuchos para tiro y para caza a 2.Saludos
Yo pense yo crei son sinonimo de Doña esperanza y de Don tiempo perdido.
23 y bajando,-1 +1 +1 -1 +1
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RE: Capacidad legal rifles semiautomaticos
cansino tiene mucha razon............;)
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- seollo
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RE: Capacidad legal rifles semiautomaticos
¿5 cartuchos o 4+1? que me han dicho las dos cosas y estoy hecho un lio:?
¿y las carabinas del 22? hay carabinas con cargadores de 10, de 15 etc etc
¿y las carabinas del 22? hay carabinas con cargadores de 10, de 15 etc etc
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- Cansino
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RE: Capacidad legal rifles semiautomaticos
Son 5 en el cargador, no 4+1 ni 5+1 ya que en precision no metes un cartucho en recamara y luego metes el cargador.
En 22lr no lo tengo claro ya que tanto en pistola como en carabina mis cargadores son de 10 y nunca me han dicho nada, pero siempre me han enseñado a cargarlos con solo 5 cartuchos, principalmente para controlar las tandas. Creo que no tiene limitacion el 22lr , pero yo crei yo pense son sinonimo de doña esperanza y de don tiempo perdido, sera mejor que alguien nos lo asegure
En 22lr no lo tengo claro ya que tanto en pistola como en carabina mis cargadores son de 10 y nunca me han dicho nada, pero siempre me han enseñado a cargarlos con solo 5 cartuchos, principalmente para controlar las tandas. Creo que no tiene limitacion el 22lr , pero yo crei yo pense son sinonimo de doña esperanza y de don tiempo perdido, sera mejor que alguien nos lo asegure
Yo pense yo crei son sinonimo de Doña esperanza y de Don tiempo perdido.
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RE: Capacidad legal rifles semiautomaticos
El reglamento de armas deja a las carabinas del .22 en una especie de limbo (supongo porque se olvidó de ellas) así que la limitación sólo se refiere a rifles y escopetas.
Efectivamente, los cargadores de gran capacidad son para colección (igual que las granadas de mortero). Si se quiere lucir estética de cargador de gran capacidad, se tendrá que limitar por medio de un remache, tope o lo que sea para que no entren mas cartuchos dentro. En su día tuve un Olimpic Arms .222 (un AR15, vamos) y venía con un cargador para 30 cartuchos que tenía por dentro una especie de U de metal que hacía de tope para que no entrasen mas de 5 cartuchos
Efectivamente, los cargadores de gran capacidad son para colección (igual que las granadas de mortero). Si se quiere lucir estética de cargador de gran capacidad, se tendrá que limitar por medio de un remache, tope o lo que sea para que no entren mas cartuchos dentro. En su día tuve un Olimpic Arms .222 (un AR15, vamos) y venía con un cargador para 30 cartuchos que tenía por dentro una especie de U de metal que hacía de tope para que no entrasen mas de 5 cartuchos
LOS TRES MANDAMIENTOS:
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2º Nunca apuntes a algo que no quieras destruir
3º Nunca pongas el dedo en el gatillo si no vas a disparar.
1º Trata el arma como si estuviese cargada.
2º Nunca apuntes a algo que no quieras destruir
3º Nunca pongas el dedo en el gatillo si no vas a disparar.
- seollo
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RE: Capacidad legal rifles semiautomaticos
pues lo del 22 es increible, porque si se cree alguien (legisladores) que un 22 no mata va listo, la que podria armar un tio con una carabina semiautomática con un cargador de 10, 15, 20 cartuchos o lo que le quepa, y si es un 22 magnum ni te digo:(:(:(:(
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RE: Capacidad legal rifles semiautomaticos
Que dejeis de dar ideas coño.
Que ya hay bastantes cosas prohibidas y SIETE nos ha recordado lo que puede pasar si no lo tenemos en cuenta.
No se os ocurra ir contando que con algo que aún no han prohibido, se puede hacer lo mismo.
Que ya sabeis que para prohibir no necesitan escusas.
Que ya hay bastantes cosas prohibidas y SIETE nos ha recordado lo que puede pasar si no lo tenemos en cuenta.
No se os ocurra ir contando que con algo que aún no han prohibido, se puede hacer lo mismo.
Que ya sabeis que para prohibir no necesitan escusas.
Cien millones de ducados en picos, palas y azadones para enterrar a los muertos del enemigo. [...] Finalmente, por la paciencia al haber escuchado estas pequeñeces del rey, que pide cuentas a quien le ha regalado un reino, cien millones de ducados.
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