ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
- sabater
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ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
Hola soy un tirador que tengo la licencia F desde el año 2005 y esta vez para renovar me han pedido en la I.A. de mi ciudad la factura y la documentacion de un armero homologado de arma corta que me ha costado 550 € y en la intervencion de armas de un pueblo a 20 km del mio no hace falta. Pregunto yo esto es normal o que co........ pasa aqui.
Un saludo compañeros
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- Sergi
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Re: ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
Es normal. Aunque hay una normativa al respecto, cada IA hace lo que considera oportuno. La normativa exige que tengas armero de grado III para armas cortas.
- jrdc1
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Re: ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
Buenas!
En mi intervención (Sant Andreu de la Barca) no me pidieron nada especial para renovar la F.
Saludos
En mi intervención (Sant Andreu de la Barca) no me pidieron nada especial para renovar la F.
Saludos
- ISABELM
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Re: ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
Sergi escribió: La normativa exige que tengas armero de grado III para armas cortas.
Buenos dias
Haber puntualicemos, sin polemizar que quede claro, la Normativa Actual, es decir el Reglamento de Armas menciona el armero ó caja fuerte, sin categorizarlos; por otro lado la Resolución de 26 de Noviembre de 1998 de la Dirección General de la Guardia Civil, publicada en el BOE del 5 de Diciembre del mismo año dice:
Segundo.- Las cajas fuertes a que se refiere el artículo 133.2.b) del citado Reglamento de Armas para guardar los cierres o las piezas esenciales de las armas amparadas por licencia F, en domicilios particulares, deberán reunir, al menos, el grado de seguridad III, establecido en la tabla 1 de la norma UNE EN 1143-1, o el grado de seguridad C que se establecía en la norma UNE 108-110-87.
Es decir y mientras no se publique otra resolución, al dia de hoy para cumplir la exigencia del armero se puede optar por uno clase III (500 EUR) o por uno de clase C (200 EUR), la exigencia EN EXCLUSIVA de la clase III, ES ILEGAL, y esta en contra de una RESOLUCION DE LA DIRECCION GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL.
No sé si he aclarado el tema a los foreros que tienen IA EXIGENTES, porque los suertudos que tienen IA donde se aplica el sentido común no necesitan estas aclaraciones.
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- sabater
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Re: ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
gracias compañero pero mis amigos y yo ya tenemos por orden celestial el armero de los 550 lereles y mira a ver si le replicamos a la querida intervencion de armas.
Un saludo compañero
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- Sergi
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Re: ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
ISABELM escribió:Sergi escribió: La normativa exige que tengas armero de grado III para armas cortas.
Buenos dias
Haber puntualicemos, sin polemizar que quede claro, la Normativa Actual, es decir el Reglamento de Armas menciona el armero ó caja fuerte, sin categorizarlos; por otro lado la Resolución de 26 de Noviembre de 1998 de la Dirección General de la Guardia Civil, publicada en el BOE del 5 de Diciembre del mismo año dice:
Segundo.- Las cajas fuertes a que se refiere el artículo 133.2.b) del citado Reglamento de Armas para guardar los cierres o las piezas esenciales de las armas amparadas por licencia F, en domicilios particulares, deberán reunir, al menos, el grado de seguridad III, establecido en la tabla 1 de la norma UNE EN 1143-1, o el grado de seguridad C que se establecía en la norma UNE 108-110-87.
Es decir y mientras no se publique otra resolución, al dia de hoy para cumplir la exigencia del armero se puede optar por uno clase III (500 EUR) o por uno de clase C (200 EUR), la exigencia EN EXCLUSIVA de la clase III, ES ILEGAL, y esta en contra de una RESOLUCION DE LA DIRECCION GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL.
No sé si he aclarado el tema a los foreros que tienen IA EXIGENTES, porque los suertudos que tienen IA donde se aplica el sentido común no necesitan estas aclaraciones.
Es cierto lo que dices, pero un poco más abajo también dice:
"Disposición transitoria.
Todas las empresas que hasta la fecha dispusieran de la correspondiente certificación expedida por una entidad autorizadas por el Ministerio de Industria y Energía, acreditativa del grado de seguridad de sus productos, relacionados con lo especificado en la presente Resolución, dispondrán del plazo de un año para adecuar dicha certificación a lo establecido en la norma UNE EN 1143-1."
Las cajas fuertes tipo C no estan contempladas en la norma UNE EN 1143-1. Es en este punto donde las IA se acogen y nos lo pueden denegar. De todas maneras es cierto también que hay IA que todavía aceptan las cajas tipo C. Como siempre, al no tener una legislación suficientemente clara, cada uno hace lo que entiende que debe hacer.
Un saludo.
- ISABELM
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Re: ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
"Disposición transitoria.
Todas las empresas que hasta la fecha dispusieran de la correspondiente certificación expedida por una entidad autorizadas por el Ministerio de Industria y Energía, acreditativa del grado de seguridad de sus productos, relacionados con lo especificado en la presente Resolución, dispondrán del plazo de un año para adecuar dicha certificación a lo establecido en la norma UNE EN 1143-1."
Las cajas fuertes tipo C no estan contempladas en la norma UNE EN 1143-1. Es en este punto donde las IA se acogen y nos lo pueden denegar. De todas maneras es cierto también que hay IA que todavía aceptan las cajas tipo C. Como siempre, al no tener una legislación suficientemente clara, cada uno hace lo que entiende que debe hacer.
Un saludo.[/quote]
Buenos dias
En efecto tienes razón con lo de la Disposición transitoria, lo que esta quiere decir es que las empresas fabricantes tuvieron un plazo de un año para adecuarse, para cumplir las nuevas exigencias, y para obtener el nuevo certificado, pero eso no quiere decir que al dia de hoy no puedas adquirir un armero de clase C, de segunda mano, nuevos ya es casi imposible, con su correspondiente certificado, y presentarlo en la IA, LA CUAL MIENTRAS LA RESOLUCION MENCIONADA SIGA VIGENTE NO PUEDE NI DEBE RECHAZARLO, sin cometer una ilegalidad; y no caben interpretaciones, la Resolución es perfectamente clara y concisa NO HAY NADA QUE INTERPRETAR.
Y como suelo decir siempre, salvo para las IA que aplican el sentido común.
Todas las empresas que hasta la fecha dispusieran de la correspondiente certificación expedida por una entidad autorizadas por el Ministerio de Industria y Energía, acreditativa del grado de seguridad de sus productos, relacionados con lo especificado en la presente Resolución, dispondrán del plazo de un año para adecuar dicha certificación a lo establecido en la norma UNE EN 1143-1."
Las cajas fuertes tipo C no estan contempladas en la norma UNE EN 1143-1. Es en este punto donde las IA se acogen y nos lo pueden denegar. De todas maneras es cierto también que hay IA que todavía aceptan las cajas tipo C. Como siempre, al no tener una legislación suficientemente clara, cada uno hace lo que entiende que debe hacer.
Un saludo.[/quote]
Buenos dias
En efecto tienes razón con lo de la Disposición transitoria, lo que esta quiere decir es que las empresas fabricantes tuvieron un plazo de un año para adecuarse, para cumplir las nuevas exigencias, y para obtener el nuevo certificado, pero eso no quiere decir que al dia de hoy no puedas adquirir un armero de clase C, de segunda mano, nuevos ya es casi imposible, con su correspondiente certificado, y presentarlo en la IA, LA CUAL MIENTRAS LA RESOLUCION MENCIONADA SIGA VIGENTE NO PUEDE NI DEBE RECHAZARLO, sin cometer una ilegalidad; y no caben interpretaciones, la Resolución es perfectamente clara y concisa NO HAY NADA QUE INTERPRETAR.
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- Calatravo
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Re: ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
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Última edición por Calatravo el 26 Sep 2022 23:13, editado 1 vez en total.
Manifestar:Querer a España,es de gente noble y sana.
Ni el lugar de nacimiento,ni la ideologia,ni la condicion social,
son impedimentos o excusas para:
RESPETAR A ESPAÑA.
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Re: ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
Perdonad mi ignorancia, pero un clase C es un armero de arma larga?
Un saludo
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Re: ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
Buenas!
No, es un armero de mayor resistencia a la intrusión y/o apertura que un clase A, y el mínimo necesario para la custodia de armas o sus partes fundamentales amparadas en licencia F. Para armas cortas, vamos.
Saludos
No, es un armero de mayor resistencia a la intrusión y/o apertura que un clase A, y el mínimo necesario para la custodia de armas o sus partes fundamentales amparadas en licencia F. Para armas cortas, vamos.
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- Calatravo
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Re: ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
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Última edición por Calatravo el 26 Sep 2022 23:13, editado 2 veces en total.
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Re: ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
Tengo un armero de mucho antes que fuesen obligados, después cuando se hizo obligado me hicieron una certificación que dice "Grado de seguridad A norma UNE 108-110-87 conforme a las condiciones dispuestas en los articulos 100.5 y 133.2 b. del Reglamento de Armas, en concordancia con el 144.1 del vigente Reglamento de Armas y dispuesto en el Real Decreto 137/1993".
Se especifican medidas , peso, marca, etc.
En una IA me dicen que como lo tengo de antes que la actual norma me vale, otras que nada, alguien me puede aclarar algo respecto a este tema.
Saludos
Se especifican medidas , peso, marca, etc.
En una IA me dicen que como lo tengo de antes que la actual norma me vale, otras que nada, alguien me puede aclarar algo respecto a este tema.
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- jrdc1
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Re: ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
Buenas!
Según la Orden citada anteriormente es válido. Otra cosa es que en esa IA sólo lean la última circular de la ICAE, y se olviden de la reglamentación vigente. Haz una consulta a la ICAE y llévales la respuesta.
Saludos
Según la Orden citada anteriormente es válido. Otra cosa es que en esa IA sólo lean la última circular de la ICAE, y se olviden de la reglamentación vigente. Haz una consulta a la ICAE y llévales la respuesta.
Saludos
- ISABELM
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Re: ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
Buenas noches
Vamos a ver si no confundimos a la gente, NORMATIVA, es el actual Reglamento de Armas y la Directiva del 26 de Noviembre, Y MIENTRAS NO SE CAMBIEN AMBAS, tan válido, CON LA LEY EN LA MANO, es un Clase C como un clase III. Cuestión aparte es la IA de cada uno, las ganas de cabrear al interventor correspondiente, y la economía de cada cual.
Pero hoy por hoy, repito QUE CON LA LEY EN LA MANO, tan válido es uno como otro.
La actual normativa, ya mencionada anteriormente, EN NINGÚN SITIO CONSIDERA COMO MINIMO EL CLASE III, no inventemos, y sencillamente leamos, LA NORMATIVA
Vamos a ver si no confundimos a la gente, NORMATIVA, es el actual Reglamento de Armas y la Directiva del 26 de Noviembre, Y MIENTRAS NO SE CAMBIEN AMBAS, tan válido, CON LA LEY EN LA MANO, es un Clase C como un clase III. Cuestión aparte es la IA de cada uno, las ganas de cabrear al interventor correspondiente, y la economía de cada cual.
Pero hoy por hoy, repito QUE CON LA LEY EN LA MANO, tan válido es uno como otro.
La actual normativa, ya mencionada anteriormente, EN NINGÚN SITIO CONSIDERA COMO MINIMO EL CLASE III, no inventemos, y sencillamente leamos, LA NORMATIVA
Calatravo escribió:Aun asi ya no es valido el clase C,salvo en casos que puedas justificar que lo tienes antes de que saliera la nueva normativa,en la cual se considera como minimo el clase III.
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Re: ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
Sergi escribió:Es cierto lo que dices, pero un poco más abajo también dice:
"Disposición transitoria.
Todas las empresas que hasta la fecha dispusieran de la correspondiente certificación expedida por una entidad autorizadas por el Ministerio de Industria y Energía, acreditativa del grado de seguridad de sus productos, relacionados con lo especificado en la presente Resolución, dispondrán del plazo de un año para adecuar dicha certificación a lo establecido en la norma UNE EN 1143-1."
Las cajas fuertes tipo C no estan contempladas en la norma UNE EN 1143-1. Es en este punto donde las IA se acogen y nos lo pueden denegar. De todas maneras es cierto también que hay IA que todavía aceptan las cajas tipo C. Como siempre, al no tener una legislación suficientemente clara, cada uno hace lo que entiende que debe hacer.
Un saludo.
En eso hay un pequeño inconveniente. Que el Director General de la G.C. no tiene competencias en materia de homologaciones indusriales y no puede establecer dicho plazo, solo lo puede establecer el Ministerio de Industria y por si nadie lo sabe aun no he visto el BOE donde el Ministerio de Industria anule la "norma" UNE 108-110-87. Que yo recuerde lo que se anularon fueron los ensayos de laboratorio de la antigua normativa pro lo que nadie pieude homologar un nuevo modelo grado C pero los fabricantes que tenian modelos homologados pueden seguir fabricandolos.
Saludos
- Sergi
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Re: ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
La cosa no está nada clara. Según el reglamento y la circular parece que los dos sistemas, grado C y grado III, son totalmente legales. Pero como siempre al incluir ese último párrafo la cuestión se complica un poco ya que se deja a la libre interpretación del correspondiente Interventor de Armas. Particularmente creo que ese es el gran problema con la legislación de armas, que es una legislación oscura que deja a libre albedrio muchos de sus artículos. Además, existen multitud de circulares internas desde el ICAE y del CIPAE que no se hacen públicas, y por lo tanto, incrementan la confusión y el malestar entre todos nosotros ya que desconocemos lo que deberíamos conocer.
Hace años se decía que África empezaba en los Pirineos, después entramos en la UE, en el Euro, etc., y pensamos "ya somos europeos". Yo todavía pienso que África empieza en los Pirineos.
Un saludo.
Hace años se decía que África empezaba en los Pirineos, después entramos en la UE, en el Euro, etc., y pensamos "ya somos europeos". Yo todavía pienso que África empieza en los Pirineos.
Un saludo.
Re: ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
Sergi escribió:Es normal. Aunque hay una normativa al respecto, cada IA hace lo que considera oportuno. La normativa exige que tengas armero de grado III para armas cortas.
Lee bien el reglamento por favor, y verás que dice: Las armas guiadas con la licencia F deberán ser guardadas....no dice: "las armas cortas guiadas con la licencia F deberán ser guardadas.."
La equivocación viene, porque mucha gente sigue confundiendo las armas de la categoría 2ª,2, que son aquellas guiadas con la licencia D y cuyo destino es la caza mayor, con las armas largas de concurso.
El reglamento lo que dice es que las armas de la categoría 2ª,2 son las que deben ser guardadas en armaros de clase A.
Esto está extraido de una web oficial:
Licencia de armas "D".
Personal: Para Caza mayor.
Autoridad concesión: Director General Guardia Civil (Jefes de Zona por delegación).
Vigencia: 5 años, debiendo ser visadas bienal y anualmente para los mayores de 60 años y 70 años respectivamente.
Armas que ampara: Hasta 5 armas de la 2ª.2., categoría
Otras consideraciones: Las armas deberán ser guardadas bien en los propios domicilios de los titulares en cajas fuertes o cámaras acorazadas (Resolución de la DGGC, de 26/11/98), o en locales de empresas
Re: ARMERO GRADO III OBLIGATORIO PARA RENOVAR?
Además el reglamento dice que "quienes deseen obtener y usar armas de la categoría 2ª, 2, deberán estar en posesión de la licencia D" y dice que son armas de la categoría 2ª,2 aquellas armas "utilizables para caza mayor". Luego, en una circular se establece que para guardar las armas de la categoría 2ª,2, hace falta una caja fuerte de grado A, mientras que también nos dice que para guardar "los cierres o las piezas esenciales de las armas guiadas con la licencia F, se necesita un armero de grado III".
Si para poseer y usar armas de la categoría 2ª,2 es necesario según el reglamento, estar en posesión de la licencia D, y no menciona la F, es obvio que un rifle guiado con la licencia F, no es un arma de la categoría 2ª, 2.
Si tienes un rifle guiado con la licencia F, debes guardar los cierres o las piezas esenciales en un armero de grado III o clase C. Si lo tienes guiado con la D, en uno de clase A.
Si para poseer y usar armas de la categoría 2ª,2 es necesario según el reglamento, estar en posesión de la licencia D, y no menciona la F, es obvio que un rifle guiado con la licencia F, no es un arma de la categoría 2ª, 2.
Si tienes un rifle guiado con la licencia F, debes guardar los cierres o las piezas esenciales en un armero de grado III o clase C. Si lo tienes guiado con la D, en uno de clase A.
Última edición por Rapaz el 20 Dic 2011 18:53, editado 1 vez en total.
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