MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Cada cartucho cuenta. Todo sobre calibres, pólvora, grains, balas...
serpico70
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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor serpico70 » 23 Dic 2007 21:24

Como dice el compañero FOMARE si la actuación es proporcionada y ajustada a derecho no debe existir reproche penal contra el agente que usa su arma dentro o fuera de servicio, algunos conocen mi caso y ni pasa nada y mi "malo" recibió 3 impactos míos, no hay que tener miedo a la defensa propia pero señores….no todo lo que la gente cree que es legítima defensa, lo es, hay que ser prudente y tener mucha sangre fría cuando se presenta una situación de esas.

Otro tema que quiero dejar claro que los policías, o sea Agentes de la Autoridad, NO SOMOS POLICIAS LAS 24HORAS DEL DIA, esa es una frase fácil y carente se sentido jurídico, la solían usar los guardias y policías viejos que el su inmensa mayoría carecían de buena formación jurídica y muchos no tan viejos la oyen y se la creen olvidando lo que se suponen estudiaron en su día sobre la LO 2/86.

Hay gente que no lo sabe aún llevando años de policía, pero si nosotros somos agentes siempre….el día que te parten la cara porque vas borracho en un pub….debería ser atentado ¿no? Vaya locura si eso fuera cierto y vaya error para el que lo cree.

Los agentes de la autoridad solo gozamos de ese carácter en el ejercicio de nuestras funciones, o sea, si estamos de servicio o estando fuera de él pero las circunstancias hacen que te identifiques por algún incidente que requiere de la intervención policial y desde ese mismo instantes que te identificas como policía o guardia….justo desde ese instante YA ERES AGENTE DE LA AUTORIDAD A TODOS LOS EFECTOS, tanto para protección penal como para que te encuernen a ti por la mala actuación en caso de que actúes de modo irregular. Espero haberme explicado.

Pondré un ejemplo mas sencillo, si estoy en Carrefeur guardando cola en caja con mi mujer y un carrito de compras y aparece un tipo con intención de colarse y me acomete para conseguir su propósito……agrede a un particular, a Fulano de tal y tal y punto, pero en esa misma cola de caja veo que agraden a alguien y se monta una riña….DEBO ACTUAR (no puedo sino que estoy obligado) EN TODO TIEMPO Y LUGAR ME HAYE O NO DE SERVICIO EN DEFENSA DE LA LEY Y LA SEGURIDAD CIUDADANA….y al actuar enseño mi placa y digo que soy policía, en ese momento a todos los efectos soy agente de policía, cualquier acometimiento se ejercería a un policía y no a fulano de tal y tal y del mismo modo cualquier diligencia que haga debo hacerla como agente y no como particular. Parece un tontería pero es algo crucial a saber diferenciar y comprender.
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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor zerbero0 » 24 Dic 2007 14:49

[citando a: tongogu]
[citando a: zerbero0]
Si no lo he entendi mal es una municion que a simple vista es como una FMJ pero el interior es hueco ¿no?
Si es así, esta munición deforma hacia dentro en el impacto y la punta hueca convencional deforma hacia fuera, en forma de arbol.


No. Es como la FMJ pero con la punta cortada y el interior macizo relleno de plomo (supongo).
Es la de dotacion del CNP (para la mayoria da unidades, en alguna unidad, Remington Golden Saber)


La que tu dices es una semiblindada normal y corriente son las que tienen camisa metalica y punta cortada con interior de plomo, son las de dotación del CNP.
Desconozco la unidad que utiliza Golden saber (la unica que lo podria utilizar es el GEO, GOE y no creo que utilicen esa municion)
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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor serpico70 » 24 Dic 2007 15:23

Tengo constacia de que el GEO tiene y usa según que trabajo, las Golden Saber de Remintong.

Hay muchos cuerpos de PL en España que usan Golden Saber u otras similares, concretamente la PL de Alcazar de San Juan en C.Real está usando G.Saber desde hace unos meses.
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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor serpico70 » 24 Dic 2007 15:25

También en Riaxo la PL usaba hace años Golden Saber, ya no se entrega de dotación pero algunos agentes parece que la conservan como oro en paño.
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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor Benmi113 » 24 Dic 2007 15:41

[citando a: zerbero0]
[citando a: tongogu]
[citando a: zerbero0]
Si no lo he entendi mal es una municion que a simple vista es como una FMJ pero el interior es hueco ¿no?
Si es así, esta munición deforma hacia dentro en el impacto y la punta hueca convencional deforma hacia fuera, en forma de arbol.


No. Es como la FMJ pero con la punta cortada y el interior macizo relleno de plomo (supongo).
Es la de dotacion del CNP (para la mayoria da unidades, en alguna unidad, Remington Golden Saber)


La que tu dices es una semiblindada normal y corriente son las que tienen camisa metalica y punta cortada con interior de plomo, son las de dotación del CNP.
Desconozco la unidad que utiliza Golden saber (la unica que lo podria utilizar es el GEO, GOE y no creo que utilicen esa municion)


La municion de la que hablais, de dotacion en el CNP, es una semiblindada comun ultimamente, que se trata en otro tema de este mismo subforo.

http://www.armas.es/foro/foro.php?TEMA=55&MEN=167097&T=INFORMACION_TIPO_MUNICION

LA fiocchi FMJTCSP es una municion corriente, muy aguda, y con plomo a la vista. Aparentemente penetrara mas que la municion ogival, por ser trococonica, pero no creo que siendo troncoconica y con tan poco plomo a la vista expanda mucho.

Me parecen mejor alternativa las SB semiblindado 88 o las poliefectos, ya que tambien son tronconicas, pero no tan aguadas, con mas plomo a la vista y conese plomo ligeramente hundido o ahuecado.

Aqui esque somos asi, tenemos cosas buenas en casa, pero las preferimos traer de la del vecino.

Os adjunto unas fotillos.

En cuanto a las Sako KPO que tambien se han comentado, a simple vista parece municion blindada corriente. Pero bajo el blindaje de su ogiba, esconde una pequeña burbuja de aire. Por tanto al impactar se crea una punta hueca que actua como tal, y que ademas creo que no contraviene la convencion de Ginebra. Fue de dotacion en los municipales de Bilbao y ya no se fabrica hoy en dia.

Os pongo un enlace de su deformacion:

http://www.municion.org/Efectos/Efectos.htm

Saludos:sn
Tu armerí­a en internet.
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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor totem548 » 24 Dic 2007 19:14

Lo ideal seria que alguien de intervencion de armas que le guste el tema nos dijera una marca facil de conseguir en españa, que no tengas que comprar en grandes lotes y que sea legal para defensa( A o B) usandola en la calle de paisano y fuera de servicio, gracias a todos.Y feliz navidad a todos los españoles, y un especial recuerdo a los compañeros que esten pasando estas fiestas en cualquier lugar lejano y jodido, que tenemos mucha solidaridad con las ballenas y los pobres inmigrantes pero nadie se acuerda de nuestra gente en el extranjero, un saludo.(VALE,LO SE , NO SOY POLITICAMENTE CORRECTO)
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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor MiguelDi » 25 Dic 2007 04:20

Y en las escopetas que llevan doble 0 normal?
Una bala, dos topillos

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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor zerbero0 » 25 Dic 2007 12:31

Me enterare bien si el GEO lleva Golden Saber en ese caso puede haber una laguna legal para su utilizacíon, no en el arma de dotacíon sino en la particular, a todos los miembros de las FCSE se les considera peritos en armamento, en custiones legales, sin distinción en si eres GEO o no.

Tambien recuerdo que las golden saber son punta hueca, (teoricamente prohibida por ley) aunque se pueden vender pero no utilizar, es como los cartuchos de postas.

La municíon frangible, que tambien se sonsigue por estos lares, no la utilizaria jamas (bueno si solo en un avion) es la menos polivalente de todas, cuando impacta en superficie dura se volatiliza.
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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor serpico70 » 25 Dic 2007 12:44

Con permiso del personal discrepo con el ordenamiento jurídico en la mano, no podemos ser nosotros, los agentes de la autoridad los que digamos eso de TOTALMENTE ILEGAL LA PUNTA HUECA, por una razón sencilla, no es cierto.

Señores, deberíamos de saber que la punta hueca solo está prohibida para armas cortas y a particulares, eso significa que por lo pronto para armas largas está permitida, así pues un tío con una Carabina Destroyer de 9mmP, podrá tener y usar punta hueca para la actividad cinegética.

Para armas cortas Sí está permitido su uso, eso sí, a los funcionarios debidamente autorizados, así pues los agentes de la autoridad podrán llevarlas siempre que estén autorizados, pero no de forma individual este sí esto no, sino que a estos funcionarios les sea entregada de forma oficial por sus unidades o cuerpos.

Así pues, si con tu arma de servicio te dan munición de plomo pues eso es lo que de forma reglamentaria debes llevar, si te dan blindada lo mismo y si tienes la suerte de tener a un técnico en tu unidad o cuerpo que sabe mas que los que normalmente mandan, pues te dará punta hueca, y los hay, no crean que no, hay muchas PPLL que dan a sus agentes esas puntas.

Pero si preguntas a un experto de Intervención de Armas de la GC NO os dirá lo mismo pero es así, solo que los interventores son pequeños reyes en su demarcación.

El Art. 1,4 del R. de Armas establece: Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este Reglamento, y se regirán por la normativa especial dictada al efecto (normas internas de cada cuerpo), ADQUISICION, TENENCIA y uso de armas por las Fuerzas Armadas y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Para el desarrollo de sus funciones también quedan excluidos los establecimientos e instalaciones de dichas Fuerzas y Cuerpos.
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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor serpico70 » 25 Dic 2007 12:49

Artículo 5.
1. Queda prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las respectivas normas reglamentarias de: (entre otras)
f.- Las municiones para pistolas y revólveres con proyectiles dum-dum o de punta hueca, así como los propios proyectiles.

Esto que se lee arriba es literal, sacado del texto jurídico concreto, o sea, Reglamento de Armas, así pues se desprende que si SOLO FUNCIONARIOS ESPECIALMETE HABILITADOS PUEDEN TENER PUNTA HUECA ES PORQUE LOS PARTICULARES NO PUEDEN, es otra forma de decir que el particular no puede, no menciona expresamente al particular pero dice que solo los funcionarios especialmente habilitados podrán usarlas, en esto existen dos tipos de seres, los particulares o ciudadanos comunes o los funcionarios (naturalmente de las FYCS y FAS), aquí creo que se zanja lo de unos SI y otros NO, y no la teoría extendida de PROHIBIDO PARA TODOS.
Ahora lo otro, si la prohibición DE PUNTAS HUECAS es para pistolas y revólveres se está únicamente refiriendo a ARMAS CORTAS ¿no? Y por ello NO extensible a las armas largas.

En fin, que se pueden resumir mas brevemente una vez analizado los párrafos textuales primeros en que: ESTAN PROHIBIDAS LAS PUNTAS HUECAS SOLO A PARTICULARES Y SIEMPRE QUE SEAN PARA ARMAS CORTAS.
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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor Setien » 25 Dic 2007 17:38

Hola creo que el caso de agentes de la autoridad y sus funciones

en cada caso es distinto , por ejemplo Serpico como policia local de

la linea , tiene el caracter de agente de la autoridad en su pueblo ,y en

todo lo relacIonado directamente con su trabajo ,, tanto en horas del

mismo como en horas libres ,,es decir si vez un delito no te puedes

negar a actuar , simpre y cuando no arriesgues la vida propia y ajena

al estar fuera de servico y supuestamente voluntariamente sin arma

En otro caso que conosco el agente de la autoridad la ley dice

literalmente " tendra el caracter de agente de la autoridad en el

desenpeño de su mision o con ocacion de ella "

el termino" con ocacion de ella" te da una proteccion mas en tu hacer

diario ,

creo que todo el mundo sabes la diferencia entre lo privado y lo

profesional ,,, si alguien va de listo en una discoteca y se la dan es su

problema ,, pero esa misma persona cuampliendo ordenes recientes

y legales , entra en la discoteca para un servicios ( no sexual claro :D )

pues entonces esta proteguido y si le faltan seria ataque verbal o fisico

a un agente de la autoridad en funciones....

otro ejemplo si uno va por la calle de paisano y un antiguo detenido te

insulta o amenaza ,, al ser con ocacion del servicio seria el mismo

tema de atentado verbal ,,,,,,,,

como digo cualquier agente de la autoridad sabe perfectamente

diferenciar la privado de lo publico ,,,,,

en cuanto a las prohibidas balas de punta hueca PARA DEFENSA, si

tenias alguna

razon al disparar con ellas la pierdas ,,, ya que en el arma reglamentaria

hay que disparar balas reglamentarias y en el arma particular la ley

no permite punta hueco por que la punta hueca no perdona , y de trata

de parar al supuesto enemigo con el minimo de daño posible ..


en fin pido disculpas por le rollo este .
 

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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor serpico70 » 25 Dic 2007 18:17

Un PL es agente de la autoridad dentro y fuera de su localidad de trabajo siempre que estando o no de uniforme o servicio, se tenga que identificar como agente.

Es algo que muchos de PL no terminan de entender, pero porque no interesa saberlo.

También uno del CNP o GC es agente en toda España siempre que se identifique como agente en un caso que lo requiera.

Pongo ejemplos claros para que todos lo entendáis, incluso el que no quiera entenderlo. Yo como PL de La Línea me voy de vacaciones a Madrid y presencio un robo y detengo al autor identificándome como agente de Policía, pues bien, yo no lo detengo porque puedo ASINO PORQUE ESTOY OBLIGADO y desde que me identifico como agente ya estoy investido del carácter de agente de la autoridad a todos los efectos, tanto para hacer la detención con todas las garantías constitucionales del detenido como si se me acomete y recibo trato que deba ser entendido como atentado, resistencia o desobediencia.

Un agente de GC o CNP no es agente de la autoridad mas que un PL o policía autonómico, todos son tan agentes de la autoridad como los demás, siempre y cuando en el momento de la detención, ataque, desobediencia, etc, etc, estén ejerciendo legalmente una función para la que están obligados, así pues un GC por ejemplo fuera de servicio en una ciudad distinta a la suya de trabajo o en la misma ciudad de trabajo, es agredido por la cara en un supermercado mientras compra por el hecho de haberse colado en caja…..y es agredido no un GC sino un particular que trabaja como GC pero que en ese momento no estaba investido del carácter de agente de la autoridad.

Ahora bien, en la cola hay un PL fuera de servicio y también de otra ciudad y ve una agresión a un ciudadano (sin saber o sabiendo que es GC, eso da igual) pues ese PL se identifica ante los implicados como agente de policía y por ejemplo procede a detener al agresor…..en ese momento que se identificó ESTA EJERCIENDO A TODOS LOS EFECTOS EXACTAMENTE IGUAL QUE SI ESTUVIERA DE SERVICIO, EXACTAMENTE IGUAL, una agresión que el PL recibiera sería tratada pues como resistencia o atentado.

Se es agente de la autoridad en el ejercicio de nuestras funciones, y esas funciones son siempre cuando estamos de servicio formalmente nombrado o sin estarlo…las circunstancias nos obligan a actuar…..

Eso de policía las 24 horas es una milonga, en 24 horas libres mías de trabajo no seré policía hasta que me identifique como tal ante un hecho que lo requiera, antes era un particular y después de acabar la actuación volveré a ser particular también.
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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor Setien » 25 Dic 2007 18:28

Hola Serpico si no me equivoco el carnet de policia local lo firma

el alcalde de tu pueblo , que es quien te da ese caracter en tu pueblo

y la ley no te permite ir de uniforme en otro pueblo distinto ,,,y si miras

tu placa y tu insinia veras el nombre de la linea por todas partes ,,



en cierta ocacion el conocido delincuente jesus gil ( Q.E.P.D ) se llevo

policias locales de marbella de escolta a ceuta y fue procesado por

ello .

saludos



Esto me recuerda un poco el caso de un consejal de cuenca en madrid

conocido chiste de chiquito de la calzada .
 

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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor badboy » 25 Dic 2007 19:13

Y me pregunto yo ¿ Cuando en España se enseñaran las cosas tal y como las ha explicado Serpico? Porque la verdad es esa y no la interpretacion del picolo de turno que esta en la I. A. y dice lo que le conviene aunque sea media verdad o media mentira. Conozco casos de negarles el arma particular a Policias Locales todo porque el alcalde de turno se lo dijo a los G.C. y en lugar de cumplir la ley y su obligacion pues se bajaron los pantalones e hicieron caso al alcalde y las denegaron teniendo que irse al contencioso para que se las dieran pero eso si tras un largo periodo. Espero que esto deje algun dia de ser un cortijo a manos de guardias y hasta que no se le caiga el pelo a alguno no pararan de cometer barbaridades asi.
  

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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor Setien » 25 Dic 2007 19:44

Vamos a ver ¿ sera por que ganan mas sueldo y trabajan menos ?

¿sera por que los algunos policias locales solo le echan cojones a

gente horandas y cuando hay un piojoso drogadicto se quitan de

enmedio ?

¿sera por que algunos se creen rambos y no saben cual es su limite

tanto en funciones como en jurisdicion ?

¿sera por que algunos se creen que no tienen obligacion de pagar en

el bar ?

¿sera por que en la puerte de mi casa se cajan perros todos los dias

y la municipalidad no me hace caso ?

¿sera por que cuando hay un robo van con los pirulos encendidos y

despacito ?

¿Hos abeis preguntado alguna vez por que muchos

ciudadanos normales , no pueden ver a la policia local ?


Sera sera que sera .
 

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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor daorma » 25 Dic 2007 20:08

Setien, tómate algo.
Lo importante no es saber, lo importante es tener siempre a mano el telefono del que sabe.

El poder de parada no existe, es un cuento americano.

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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor daorma » 25 Dic 2007 20:10

Por cierto, la punta hueca mata mas, por eso es tan peligrosiiiiiisima.
La blindada mata menos.
Lo importante no es saber, lo importante es tener siempre a mano el telefono del que sabe.



El poder de parada no existe, es un cuento americano.

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RE: MUNICION 9 MM PARA DEFENSA

Mensajepor totem548 » 25 Dic 2007 21:40

SEÑORES, que el enemigo no esta aqui dentro, y el unico fin de este tema que inicie es saber que municion puede llevar un militar o un policia en su arma particular estando fuera de servicio por si se encuentra con un batusi que le quiere picar el billete, y esos si que son el enemigo, FELIZ NAVIDAD
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