Cuchillo-permiso-normativa
Cuchillo-permiso-normativa
Hola a todos compañeros!! Es la primera ve que escribo en esta sección del foro y me gustaría vuestra ayuda. Ha llegao a mis manos un cuchillo no se si de caza, de supervivencia,...Tiene 21cm de hoja, 36cm de longitud total y multitud de accesorios: arpón, ballesta con 2 dardos, tiragolas, kit de pesca, brujula,... Mi pregunta es: ¿hay que tener algun permiso para este cuchillo?¿si voy de acampada al monte se puede llevar en la mochila sin consecuencias legales? Un saludo y gracias.
-
- .50 Bmg
- Mensajes: 13055
- Registrado: 06 Oct 2009 23:35
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: Cuchillo-permiso-normativa
Hola, compañero, aqui en España las armas blancas de mas de 11 centimetros de hoja está prohibido portarlas fuera del propio domicilio, o sea, las compras y solo puedes tenerlas en casa o portarlas como arma de remate en caza mayor, solo en caza mayor,para acampada con que lleves un cuchillo de 10 u 11 centimetros de hoja te sobra para el uso que le vas a dar, el que yo llevo tiene 11 y me sobra, un saludo.
"Dios creo al hombre....y Samuel Colt los hizo iguales".
Re: Cuchillo-permiso-normativa
Interesante pieza, creo recordar que lo vi en alguna revista Armas de los años 80 o primeros de los 90. El kit de supervivencia estaba dentro de la empuñadura, pero en lugar de ser un tubo con rosca, había que desatornillar una de las cachas para acceder a él.
¿Puedes poner más fotos de los accesorios? ¿cuánto te ha costado?
¿Puedes poner más fotos de los accesorios? ¿cuánto te ha costado?
- Antonio1955
- .50 Bmg
- Mensajes: 13302
- Registrado: 07 Oct 2006 08:01
- Estado: Desconectado
Re: Cuchillo-permiso-normativa
joaquin308 escribió:Hola, compañero, aqui en España las armas blancas de mas de 11 centimetros de hoja está prohibido portarlas fuera del propio domicilio, o sea, las compras y solo puedes tenerlas en casa o portarlas como arma de remate en caza mayor, solo en caza mayor,para acampada con que lleves un cuchillo de 10 u 11 centimetros de hoja te sobra para el uso que le vas a dar, el que yo llevo tiene 11 y me sobra, un saludo.
Eso no es verdad, te recomiendo la lectura del R.D. 137/93
- Antonio1955
- .50 Bmg
- Mensajes: 13302
- Registrado: 07 Oct 2006 08:01
- Estado: Desconectado
Re: Cuchillo-permiso-normativa
Creo que es el cuchillo Nieto Number One, lo siento,las piezas de Nieto son excelentes pero algunas dejan bastante que desear, como este cuchillo.
-
- .50 Bmg
- Mensajes: 13055
- Registrado: 06 Oct 2009 23:35
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: Cuchillo-permiso-normativa
Antonio1955 escribió:joaquin308 escribió:Hola, compañero, aqui en España las armas blancas de mas de 11 centimetros de hoja está prohibido portarlas fuera del propio domicilio, o sea, las compras y solo puedes tenerlas en casa o portarlas como arma de remate en caza mayor, solo en caza mayor,para acampada con que lleves un cuchillo de 10 u 11 centimetros de hoja te sobra para el uso que le vas a dar, el que yo llevo tiene 11 y me sobra, un saludo.
Eso no es verdad, te recomiendo la lectura del R.D. 137/93
Hola,Antonio, mirando el reglamento de armas me encuentro el articulo 98, donde pone, en resumen, que está prohibido usar y portar fuera del domicilio,lugar de trabajo o de las CORRESPONDIENTES ACTIVIDADES DEPORTIVAS, las armas de la categoria 7,1., o sea, los cuchillos,por lo tanto lo que pongo es cierto, a no ser que mi reglamento de armas esté anticuado, que puede ser, dimelo si me equivoco, un saludo.
"Dios creo al hombre....y Samuel Colt los hizo iguales".
Re: Cuchillo-permiso-normativa
De acampada en el monte y portado dentro de la mochila, sin exhibirlo, no debe generar ningún problema, pero si lo llevas a la vista... ya pueden venir los problemas, desde que te llamen la atención y que te digan que lo metas dentro de la mochila, hasta que te lo quiten y encima tengas sanción.
Sobra decir que llevar un cuchillo o navaja encima, sin excusa de ir de excursión por el monte, de las dimensiones que sea, uno o dos filos y de apertura asistida o sin asistir, te traerá problemas si algún agente de la autoridad te lo detecta.
Por desgracia y por muchos artículos que tenga el reglamento de armas al respecto, el tema está así de crudo.
Los cuchillos son mi perdición, pero para cortar algo por la ciudad, solo llevo conmigo un multiherramientas leatherman pequeñito por si las moscas.
Saludos.
Sobra decir que llevar un cuchillo o navaja encima, sin excusa de ir de excursión por el monte, de las dimensiones que sea, uno o dos filos y de apertura asistida o sin asistir, te traerá problemas si algún agente de la autoridad te lo detecta.
Por desgracia y por muchos artículos que tenga el reglamento de armas al respecto, el tema está así de crudo.
Los cuchillos son mi perdición, pero para cortar algo por la ciudad, solo llevo conmigo un multiherramientas leatherman pequeñito por si las moscas.
Saludos.
- manchego2010
- .30-06
- Mensajes: 998
- Registrado: 16 Ene 2010 22:28
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: Cuchillo-permiso-normativa
joaquin308 escribió:Antonio1955 escribió:joaquin308 escribió:Hola, compañero, aqui en España las armas blancas de mas de 11 centimetros de hoja está prohibido portarlas fuera del propio domicilio, o sea, las compras y solo puedes tenerlas en casa o portarlas como arma de remate en caza mayor, solo en caza mayor,para acampada con que lleves un cuchillo de 10 u 11 centimetros de hoja te sobra para el uso que le vas a dar, el que yo llevo tiene 11 y me sobra, un saludo.
Eso no es verdad, te recomiendo la lectura del R.D. 137/93
Hola,Antonio, mirando el reglamento de armas me encuentro el articulo 98, donde pone, en resumen, que está prohibido usar y portar fuera del domicilio,lugar de trabajo o de las CORRESPONDIENTES ACTIVIDADES DEPORTIVAS, las armas de la categoria 7,1., o sea, los cuchillos,por lo tanto lo que pongo es cierto, a no ser que mi reglamento de armas esté anticuado, que puede ser, dimelo si me equivoco, un saludo.
Pues debe serlo, porque el art. 98 no dice nada de eso. Esa cuestión la aborda el art. 146.1 que dice "Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5, 6 y 7. Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia en especial si se trata de armas amparadas en licencias B, por razones de seguridad."
Así que el porte de un cuchillo de 10 u 11 centimetros de hoja puede estar igual de prohibido porque el prudente criterio de las autoridades y sus agentes a la hora de apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia, muchas veces dista de ser prudente, y resulta imprevisible.
-
- .50 Bmg
- Mensajes: 13055
- Registrado: 06 Oct 2009 23:35
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: Cuchillo-permiso-normativa
Pues debe serlo, porque el art. 98 no dice nada de eso. Esa cuestión la aborda el art. 146.1 que dice "Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5, 6 y 7. Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia en especial si se trata de armas amparadas en licencias B, por razones de seguridad."
Así que el porte de un cuchillo de 10 u 11 centimetros de hoja puede estar igual de prohibido porque el prudente criterio de las autoridades y sus agentes a la hora de apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia, muchas veces dista de ser prudente, y resulta imprevisible.
Hola, manchego, estoy de acuerdo contigo, mi reglamento es antiguo y por eso está anticuado, lo de la longitud de la hoja es para el tema de la venta, para que sea legal, aunque despues, al prudente criterio de la autoridad, puede ser ilegal llevar encima un cuchillo con esa longitud de hoja, lo que si es legal es llevar uno con mas longitud de hoja para el remate en monteria, ya que para esa modalidad deportiva de caza no solo es recomendable sino muchas veces necesario, un saludo.
Así que el porte de un cuchillo de 10 u 11 centimetros de hoja puede estar igual de prohibido porque el prudente criterio de las autoridades y sus agentes a la hora de apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia, muchas veces dista de ser prudente, y resulta imprevisible.
Hola, manchego, estoy de acuerdo contigo, mi reglamento es antiguo y por eso está anticuado, lo de la longitud de la hoja es para el tema de la venta, para que sea legal, aunque despues, al prudente criterio de la autoridad, puede ser ilegal llevar encima un cuchillo con esa longitud de hoja, lo que si es legal es llevar uno con mas longitud de hoja para el remate en monteria, ya que para esa modalidad deportiva de caza no solo es recomendable sino muchas veces necesario, un saludo.
"Dios creo al hombre....y Samuel Colt los hizo iguales".
Re: Cuchillo-permiso-normativa
Vamos a dejar algo claro. Son muchos los motivos por los que se puede portar un cuchillo o navaja, no solo la caza. De hecho hay algunas actividades deportivas (la caza no esta entre ellas) como el submarinismo con equipos autonomos en las que es obligatorio por imperativo legal.
Saludos
Saludos
- Torresarmero
- .300 Win Mag
- Mensajes: 1863
- Registrado: 13 Ago 2008 08:01
- Ubicación: Madrid
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: Cuchillo-permiso-normativa
La acampada o senderismo y similares se considera actividad deportiva,y más si estás usando el arma para actividades conexas a las mismas como pelar una fruta,cortar un sedal y demás.
Queda prohibida la interpretación "in peius" de las normas,en lo que no esté estrictamente regulado por Ley o Reglamento,hay jurisprudencia sobrada sobre el tema,pero de todas formas procura ser discreto y no muestres indebidamente el cuchillo,machete,hacha,etc,un saludo.
Queda prohibida la interpretación "in peius" de las normas,en lo que no esté estrictamente regulado por Ley o Reglamento,hay jurisprudencia sobrada sobre el tema,pero de todas formas procura ser discreto y no muestres indebidamente el cuchillo,machete,hacha,etc,un saludo.
- manchego2010
- .30-06
- Mensajes: 998
- Registrado: 16 Ene 2010 22:28
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: Cuchillo-permiso-normativa
Torresarmero escribió:Queda prohibida la interpretación "in peius" de las normas,en lo que no esté estrictamente regulado por Ley o Reglamento,hay jurisprudencia sobrada sobre el tema,pero de todas formas procura ser discreto y no muestres indebidamente el cuchillo,machete,hacha,etc,un saludo.
Es que está regulado en el 146.1 del reglamento. El problema es que la regulación viene al "prudente criterio de las autoridades y sus agentes" para apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia.
- Torresarmero
- .300 Win Mag
- Mensajes: 1863
- Registrado: 13 Ago 2008 08:01
- Ubicación: Madrid
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: Cuchillo-permiso-normativa
Sí,lo de prudente criterio fué una chapuza bastante seria que ha provocado bastantes problemas.En general siempre se falla a favor del demandante en virtud de "Ley Tasada",separación de ad partem y presunción de inocencia.A ver si lo reforman,realmente es una chapuza. 

Volver a “Armas Blancas, Arcos y Ballestas”
¿Quién está conectado?
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 12 invitados