duda de armas en el CNP
duda de armas en el CNP
Estimados amigos, os voy a plantear un tema que ha surgido hoy a un compañero (que no soy yo, ehhh) miembro del CNP, a ver como me explico:
Bien este compañero posee aparte de su Licencia A, como es lógico, posee tambien expedido en la Guardia Civil, la Licencia AE y el Libro de Coleccionista de modo civil como cualquier ciudadano normal de a pie que no tiene nada que ver con el CNP, el cual en esas licencias particulares o civiles tiene inscrito y guiados armas de avancarga, bien dicho esto esta es la pregunta ¿este compañero tiene que declarar estas armas inscritas y guiadas en esas licencias de modo civil en el CNP por la condición de policía o puede seguir tranquilamente con sus licencias y armas de avancarga particulares sin tener que ver nada con el CNP?
Muchas gracias y saludos
Bien este compañero posee aparte de su Licencia A, como es lógico, posee tambien expedido en la Guardia Civil, la Licencia AE y el Libro de Coleccionista de modo civil como cualquier ciudadano normal de a pie que no tiene nada que ver con el CNP, el cual en esas licencias particulares o civiles tiene inscrito y guiados armas de avancarga, bien dicho esto esta es la pregunta ¿este compañero tiene que declarar estas armas inscritas y guiadas en esas licencias de modo civil en el CNP por la condición de policía o puede seguir tranquilamente con sus licencias y armas de avancarga particulares sin tener que ver nada con el CNP?
Muchas gracias y saludos
- zurguen
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Re: duda de armas en el CNP
En mi caso, (soy P L), tienes que presentar en la Intervención, un documento firmado por el Jefe del cuerpo en el que se da por enterado de tu intención de adquirir un arma para la función que sea, defensa, concurso, etc, en el cual no se opone (como no podía ser de otra forma), excepto por restricciones legales, si las hubiere
Saludos desde la margen derecha del arroyo del Zurguén. Salamanca
- huronescazan
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Re: duda de armas en el CNP
Actualmente -al menos en la Guardia Civil-, te puedes sacar tus Licencias de Armas como cualquier paisano, me refiero por supuesto a licencias de armas tipos F, D, E y AV y guiar las armas que amparan las mismas como cualquier cazador o tirador, teniendo las mismas obligaciones. Lo que no se puede es tener armas guiadas con dos Licencias, me explico, si yo decido sacarme la Licencia tipo D y guiar un rifle de caza mayor, todos los que tengo guiados con Guía A-GC, tendría que pasarlos a tipo D normal y así con escopetas y resto de armas.
En el momento en que dispusiese de la Licencia D, E o la que me interese, no tengo que dar explicaciones a nadie (bueno a la parienta si), de si deseo adquirir un arma o no.
En el momento en que dispusiese de la Licencia D, E o la que me interese, no tengo que dar explicaciones a nadie (bueno a la parienta si), de si deseo adquirir un arma o no.
- marchoso
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Re: duda de armas en el CNP
Telos escribió:Estimados amigos, os voy a plantear un tema que ha surgido hoy a un compañero (que no soy yo, ehhh) miembro del CNP, a ver como me explico:
Bien este compañero posee aparte de su Licencia A, como es lógico, posee tambien expedido en la Guardia Civil, la Licencia AE y el Libro de Coleccionista de modo civil como cualquier ciudadano normal de a pie que no tiene nada que ver con el CNP, el cual en esas licencias particulares o civiles tiene inscrito y guiados armas de avancarga, bien dicho esto esta es la pregunta ¿este compañero tiene que declarar estas armas inscritas y guiadas en esas licencias de modo civil en el CNP por la condición de policía o puede seguir tranquilamente con sus licencias y armas de avancarga particulares sin tener que ver nada con el CNP?
Muchas gracias y saludos
Saludos compañero sere claro y concizo.
Al estar guiadas a nivel particular no tiene que notificar nada al CNP.
distinto es que solo tubiese la licencia A y guiase una escopeta en A entonces si tendria que solicitar su aprobacion y consentimiento en su unidad.
Un saludo.

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Re: duda de armas en el CNP
Ok, entiendo entonces que si se tiene armas guiadas con licencias particulares, al ser miembro en este caso del CNP con la licencia A, no tienes porque notificar nada, ni tampoco pasarlas y guiarlas por fuerza con la Licencia A por ser solamente policia ¿no?, se puede seguir pues con las licencias particulares y comprar armas que las amparen, sin que afecte para nada....
- marchoso
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Re: duda de armas en el CNP
Saludos Telos, efectivamente no hay que notificar nada.
Puedes ser Policia, ingeniero o astronauta.
La licencia tipo A en este caso para el arma oficial y si se quiere adquirir la que te permite la ley para defensa.
Las que se expidan por fuera del CNP, no afectan para nada, ni nadie tiene que tener constancia de ello solo I.A que la expide.
Un saludo.
Puedes ser Policia, ingeniero o astronauta.
La licencia tipo A en este caso para el arma oficial y si se quiere adquirir la que te permite la ley para defensa.
Las que se expidan por fuera del CNP, no afectan para nada, ni nadie tiene que tener constancia de ello solo I.A que la expide.
Un saludo.

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Re: duda de armas en el CNP
Mas claro, agua...
Pues ahora, os voy a contar lo que le han dicho a este compañero, logicamente como no, radio makuto...
Le han llegado a decir que, tuviera cuidado, porque pueden sancionarlo e incluso abrir expediente por no decir al CNP que tiene armas guiadas con licencias particullares en este caso la AE y Libro de coleccionista, quue esas armas automaticamente, hay que notificarlo para guiarlo con CNP, porque eres policia y todas las armas que tenga tienen que guiarse con ellos... ¿que os parece el tema?, es mas se han atrevido a decir que aun compañero le pasó algo parecido que tenia la licencias particulares y como no dijo nada al CNP se lo calzaron...
Pues ahora, os voy a contar lo que le han dicho a este compañero, logicamente como no, radio makuto...
Le han llegado a decir que, tuviera cuidado, porque pueden sancionarlo e incluso abrir expediente por no decir al CNP que tiene armas guiadas con licencias particullares en este caso la AE y Libro de coleccionista, quue esas armas automaticamente, hay que notificarlo para guiarlo con CNP, porque eres policia y todas las armas que tenga tienen que guiarse con ellos... ¿que os parece el tema?, es mas se han atrevido a decir que aun compañero le pasó algo parecido que tenia la licencias particulares y como no dijo nada al CNP se lo calzaron...
- marchoso
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Re: duda de armas en el CNP
Telos, te puedo garantizar que es como te manifiesto.
He dirigido muchos casos de compañeros que por seguir esas directrices le han inmovilizado las armas en la I.A, cuando han querido importar de otros paises donde han estado prestando servicio.
Asi como otras cuestiones diversas.
si tiene alguna otra duda facilitale mi correo.
marchoso.32@hotmail.com
viceprecidente de la Asociacion Nacional del Arma.
Un saludo
Javier
He dirigido muchos casos de compañeros que por seguir esas directrices le han inmovilizado las armas en la I.A, cuando han querido importar de otros paises donde han estado prestando servicio.
Asi como otras cuestiones diversas.
si tiene alguna otra duda facilitale mi correo.
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Un saludo
Javier

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Re: duda de armas en el CNP
Hecho...
Re: duda de armas en el CNP
marchoso escribió:Telos, te puedo garantizar que es como te manifiesto.
He dirigido muchos casos de compañeros que por seguir esas directrices le han inmovilizado las armas en la I.A, cuando han querido importar de otros paises donde han estado prestando servicio.
Asi como otras cuestiones diversas.
si tiene alguna otra duda facilitale mi correo.
marchoso.32@hotmail.com
viceprecidente de la Asociacion Nacional del Arma.
Un saludo
Javier
Te he enviado un mendaje al e-mail facilitado
Re: duda de armas en el CNP
Tu amigo lo tiene muy fácil, solo tiene que ponerse en contacto con su Delegación de Armamento y Tiro, que para eso pertenece y depende de ella.
Por otra parte te puedo decir que todas las armas que poseen los Policías pertenecientes al CNP, son guiadas por la DGP.
Por otra parte te puedo decir que todas las armas que poseen los Policías pertenecientes al CNP, son guiadas por la DGP.
Re: duda de armas en el CNP
¿incluidas las guiadas con licencias particulares?
- marchoso
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Re: duda de armas en el CNP
Saludos Mercurio, por favor me puedes responder si el compañero desidiese optar a la licencia tipo F a nivel particular ¿podria?.
Y el libro de coleccionista?
Que tiene que ver las armas de avancarga con la de dotacion o defensa?
Una cosa es que quieras comprarte una pistola como arma particular y llevarla encima y otra son de avancarga y coleccionismo.
Yo examino a muchos policias,Gc ectra
Que optan a la licencia con independencia de su profecion y sin tener que rendir cuentas en su unidad, pues son armas a nivel personal que nada tienen que ver con el cuerpo o unidad.
Un saludo.
Y el libro de coleccionista?
Que tiene que ver las armas de avancarga con la de dotacion o defensa?
Una cosa es que quieras comprarte una pistola como arma particular y llevarla encima y otra son de avancarga y coleccionismo.
Yo examino a muchos policias,Gc ectra
Que optan a la licencia con independencia de su profecion y sin tener que rendir cuentas en su unidad, pues son armas a nivel personal que nada tienen que ver con el cuerpo o unidad.
Un saludo.

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Re: duda de armas en el CNP
Yo estoy casi seguro de quetodas las armas que tengas guiadas con otra licecia distinta de la A no tienes que informar de ello. Aora bien no se como funcionan las policias locales u la PN
Re: duda de armas en el CNP
Telos escribió:¿incluidas las guiadas con licencias particulares?
Si, cuando digo todas, son todas, armas de defensa, de concurso, de avancarga, libro del coleccionista.
Re: duda de armas en el CNP
marchoso escribió:Saludos Mercurio, por favor me puedes responder si el compañero desidiese optar a la licencia tipo F a nivel particular ¿podria?.
Y el libro de coleccionista?
Que tiene que ver las armas de avancarga con la de dotacion o defensa?
Una cosa es que quieras comprarte una pistola como arma particular y llevarla encima y otra son de avancarga y coleccionismo.
Yo examino a muchos policias,Gc ectra
Que optan a la licencia con independencia de su profecion y sin tener que rendir cuentas en su unidad, pues son armas a nivel personal que nada tienen que ver con el cuerpo o unidad.
Un saludo.
Amigo marchoso, te contesto con el Reglamento de Armas, en sus Artículos: 89.1, 90.1, 114, 115 y 116.
ARTICULO 89. 1. Las guías de pertenencia serán expedidas a los titulares de las armas
por las Intervenciones de Armas, excepto al personal relacionado en el artículo 114 al que se las expedirán las autoridades que se determinan en el artículo 115.
ARTICULO 90. 1. Las armas de la 1ª categoría, y todas las de concurso, pasarán revista
cada tres años. Las demás armas que precisen guía de pertenencia, pasarán revista cada cinco años. En ambos casos, las revistas se pasarán en el momento de presentar las solicitudes de renovación de las correspondientes licencias de armas de los titulares de aquéllas (redactado según Real Decreto 316/2000, de 3 de marzo, BOE nº 55, de 4 de marzo de 2000).
2. Las revistas las pasarán:
a) El personal relacionado en el artículo 114, en el mes de abril ante las autoridades de que
dependan, las cuales deberán dar cuenta de aquellos que no lo hubieran efectuado a las
autoridades sancionadoras competentes.
SECCION 5.
Licencias a personal dependiente de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad y del Servicio de Vigilancia Aduanera.
ARTICULO 114. 1. Al personal que a continuación se indica, siempre que se encuentre en
servicio activo o disponible, le será considerada como licencia A su tarjeta de identidad militar o
carné profesional:
a) etc.
ARTICULO 115. 1. El personal relacionado en el artículo anterior deberá estar provisto de
una guía de pertenencia para cada arma que posea, expedida por las autoridades que designe el Ministerio de Defensa, para el perteneciente a las Fuerzas Armadas; por la Dirección General de la Policía, para el Cuerpo Nacional de Policía, y por la Dirección General de la Guardia Civil, para el personal del Cuerpo de la Guardia Civil, el del Servicio de Vigilancia Aduanera y el de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones locales.
ARTICULO 116. 1. Al personal indicado en el artículo 114, se le abrirán expedientes
individuales de armas por las autoridades aludidas en el artículo 115, en los que constarán todos los datos referentes a armas y municiones que posea.
Que se deduce de ello, pues que cada Dirección General,( Fuerzas Armadas, Dirección General de la Policía, Dirección General de La Guardia Civil ), expiden sus correspondientes Guías de pertenencias, de todas las armas que posean sus miembros.
En el caso que nos ocupa la DGP, expiden todas las guías de pertenencia a sus miembros sean de la clase que sean y llevan su control y seguimiento, mientras están en Servicio Activo o en Segunda Actividad con destino, ya que al poseer la Licencia A, obtienen las demás AD, AE, AF, no a sin cuando se encuentran en la situación de Segunda Actividad sin destino o Jubilado, que pasan a depender como un ciudadano mas de las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil.
En estas situaciones Segunda Actividad sin destino o Jubilado, es cuando se ven forzados si quieren mantener las armas que poseen y si se pueden consideran de concurso o seguir practicando el Tiro Deportivo, es el de conseguir la Licencia F, como un civil normal.
Lo dicho, mientras un miembro del CNP esta en Activo, depende de su Dirección General para la obtención de todas las Guías de Pertenecía.
- marchoso
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Re: duda de armas en el CNP
Saludos Mercurio, por favor serias tan amable de exponerme donde biene recogido eso a nivel de ley, reglamento, circular ectra.
donde una institucion que no tiene competencia en materia de armas a nivel civil, puede cursar la incripcion de un arma en el libro de coleccionista.
Cuando un funcionario sea de la escala que sea, basica,tecnica, ejecutiva ectra.
Adquiera armas con su tarjeta de identidad profecional la tipo A, sin poseer otra expedida a nivel personal.
Tendra que solicitar a su unidad dicha solicitud, tanto para adquisicion como para su venta a otra persona.
Estaria muy interesado en la respuesta, pues habiendo cursado la formacion de PJ, no lo conozco y estndo de viceprecidente de la Asociacion Nacional del Arma,respondo a muchas consultas y no quisiera inducir a error a ningun compañero.
Un saludo
Javier
donde una institucion que no tiene competencia en materia de armas a nivel civil, puede cursar la incripcion de un arma en el libro de coleccionista.
Cuando un funcionario sea de la escala que sea, basica,tecnica, ejecutiva ectra.
Adquiera armas con su tarjeta de identidad profecional la tipo A, sin poseer otra expedida a nivel personal.
Tendra que solicitar a su unidad dicha solicitud, tanto para adquisicion como para su venta a otra persona.
Estaria muy interesado en la respuesta, pues habiendo cursado la formacion de PJ, no lo conozco y estndo de viceprecidente de la Asociacion Nacional del Arma,respondo a muchas consultas y no quisiera inducir a error a ningun compañero.
Un saludo
Javier

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Re: duda de armas en el CNP
Pues Mercurio, a mi el ICAE me dice todo lo contrario....
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