PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

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Edu_1987
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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor Edu_1987 » 28 Nov 2007 22:57

Yo setien tio no entiendo tus modales tronco, debe ser que no te han enseñado a mantener las formas o algo, y volviendo al tema legal, esa autorizacion si existe... aunq no se solicita de esa forma ni en ese organismo. En fin...
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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor enjimu » 29 Nov 2007 12:23

Para Setien. Yo no me invento ninguna autorizacion, solo estoy procediendo a recabar informacion para pisar en terreno seguro. Esta claro que en este pais si quieres hacer las cosas legalmente solo te ponen pegas, autorizaciones, tasas, etc, y lo mas facil seria, ala me compro el arma y la uso a escondidas cuidando mucho de que no me pillen, verdad.? Como dije, estoy seguro de que el 80 % de las armas de aire comprimido se usan ilegalmente, pero dejame que agote el cartucho de la legalidad y despues vere lo que hago. Perdonad si ha alguien le parezco pesao, pero creo que el foro esta para pedir consejo, si no es asi hacedmelo saber y doy carpetazo al asunto.
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Johnston
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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor Johnston » 29 Nov 2007 12:31

Enjimu,estas haciendo lo correcto . Aunque te pongan pegas,y favorezcan ellos mismos la ilegalidad. Y porque las PL tienen cosas mucho mejores que hacer que tramitar estas cosas.Y no te hablo del alcalde..

Tu tenlo todo legal,que luego vienen los sustos.

EDITO : Y no molestas,al contrario.Ojala todos fueran preguntando sus dudas,aqui estamos entre otras cosas para esto,para enseñar a un uso responsable de las armas. Y un uso responsable de armas exige de entrada una comprension y acatacion total de la legalidad y el R.A

Saludos

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Gebek
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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor Gebek » 29 Nov 2007 15:46

Dirige una carta al alcalde, mencionando el reglamento, que las armas que usas son las amparadas en la 4ª categoria de venta libre a mayores de 18 a. Y mencionale el articulo 149 del reglamento, especialmente el punto 5 que dice que el alcande puede autorizar campos o lo que sea para uso de estas armas...
Adjunta un plano de tu terreno, colindantes y detalla las medidas de seguridad que podras (muros, planchas... a la suegra...). Y dinos el resultado.
Saludos.

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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor enjimu » 29 Nov 2007 16:59

Tranquilos, informare del asunto conforme me vayan contestanto. Saludos.
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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor rojopanocho » 29 Nov 2007 19:06

Enjimu no te van a dar solución porque no existe, tu quieres ir con la legalidad y los organismos que te la tienen que resolver no tienen ni p. idea de informarte y soluciar tu problema. Espero que en tu localidad se encienda la luz, pues en la mia, no tienen ni zorra idea, y al final tenemos que ir como todos. Esta ley tiene muchas lagunas legales que deberían las autoridades competentes de aclarar y dar mas salida a una afición que cada día va en aumento y que mueve mucho dinero. Al final te vas a un pueblo perdido, hablas con el Policía que halla le comentas que quieres tirar en tu finca en un lugar que has habilitado, con las medidas de seguridad, y le da por reirse. Esto solo pasa en este amado pais. :_(
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Setien
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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor Setien » 29 Nov 2007 19:21

Enjimu , mi comentario -broma de antes es solo para decirte que creo

que nadie del ayuntamiento puede darte una autorizacion para tirar en tu

casa ,no puede ni aunque quieran no es su funcion , imaginate que

te firman un papel con lo que tu deseas , y despues sin querer le sacas

un ojo a una vecina ¿es tan dificil de comprender que no te van dar

ninguna autorizacion para tirar en tu casa ?

un saludo
 

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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor Maqroll » 29 Nov 2007 19:44

Hace poco compré dos pistolas de Co2, y saqué la correspondiente licencia en el ayuntamiento. Comenté que tiraria en el jardin de casa, y no me pusieron ninguna pega. No me he leído el reglamento correspondiente; pero también es cierto que la costumbre y tradición se hacen ley. Por otra parte, no entiendo porqué venden cazabalines, si no se pudieran usar en otro sitio que no sea una galería de tiro. Y ya puestos a cogérsela con papel de fumar, que tipo de licencia, e instalación son las barracas de tiro de las ferias?? Son las mismas carabinas y pistolas de aire comprimido (normalmente Gamo) que las que puedes adquirir en cualquier armería, y que si de das a un tío, le sacas un ojo. :8:8:8 Y está abarrotado de gente...
Creo que todo es más sencillo; pero doctores tiene la Iglesia...
Saludos
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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor Setien » 29 Nov 2007 21:37

Magroll la caseta de mi pueblo las carabinas eran cometas viejas con

el cañon apuntando para arriba y daban donde daban y los balines

eran historicos :D
 

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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor Gebek » 29 Nov 2007 22:38

[citando a: Setien]
Enjimu , mi comentario -broma de antes es solo para decirte que creo

que nadie del ayuntamiento puede darte una autorizacion para tirar en tu

casa ,no puede ni aunque quieran no es su funcion , imaginate que

te firman un papel con lo que tu deseas , y despues sin querer le sacas

un ojo a una vecina ¿es tan dificil de comprender que no te van dar

ninguna autorizacion para tirar en tu casa ?

un saludo


Pueden dartela en virtud del articulo 149 parrafo 5 del reglamento de armas.
Salu2

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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor enjimu » 01 Dic 2007 17:11

En nueva tema he puesto mi conclusión final. Saludos y muxas gracis a todos.
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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor Urbano » 02 Dic 2007 11:49

Conclusión: Casi todos hacemos lo mismo, tiramos en la galería de tiro privada.:D
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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor recaredomota » 06 Dic 2007 23:38

[citando a: Setien]
Johnston , la logica y la razon estan por encima de cualquier cosa

te pondre un ejemplo hay una magnifica pagina de aire comprimido del

amigo Miguel Duran , que tira en su casa de campo en un corral

adactado ,, miguel pone en su pagina fotos de su tirada en dicho sitio

en incluso en su campo ,,,

¿que pasa que miguel es un delincuente ?


¿o que cualquier persona de las muchas que tiran con aire en su casa

o campo lo son ?

no se la edad que tienes pero como te digo la logica y la razon esta por

encima de todo lo demas


Por cierto la venta y circulacion de armas de aire comprimido es libre



Sr Setién me da la impresión que desconoce de lo que habla, y lo que es peor, que esta informando muy mal a la gente.

1º La circulacion de armas de aire no es libre, esta restringida al municipio donde se ha obtenido la tarjeta de armas, documento obligatorio si se desea tener el arma de forma legal, cosa que quizas a usted le de igual, pero que a los demas no nos da igual, más aun teniendo en cuenta que esta página la lee mucha gente y informar mal o cosas ilegales es una cosa grave.

2º Miguel no se si será un delincuente, sería cosa de ver sus penales, pero si dispara el arma fuera de la galería de tiro esta cometiendo una violación del reglamento de armas, porque es lo que se exige, que las armas de aire comprimido sean disparadas unicamente en galerias neumáticas homologadas.

En ocasiones se autoriza en campos de Field Target, pero para hacer las cosas bien no se puede disparar en corrales, o mejor dicho, no se debe, ya sabemos que la gente luego dispara a los gorriones, a latas, etc...pero eso no es legal aunque quizas usted sea de los que fomenta las ilegalidades, algo muy triste.

MI consejo es que no circule libremente el Sr enjimu con su carabina si no quiere que le instruyn un expediente sancionador por violar el reglamento de armas, eso no lo convertira en delincuente, pues no es un delito sino una falta administrativa, pero la multa es seria y ademas queda constancia en los archivos de la benemerita.

No pretendo que me creas a mi enjimu, pero si quieres saber la verdad llama a la intervencion de armas de la guardia civil de tu localidad y preguntaselo a ellos, y luego nos dices quien tenia razón, si yo o el sr. que fomenta y malinforma sobre ilegalidades.
 

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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor Gebek » 07 Dic 2007 00:32

El reglamento dice que las armas deben ser usadas en galerias, campos de tiro, o en campos idioneos para la caza... y cuando dice esto se refiere a las armas en general. Luego acota que restringe cosas, incluyendo las armas de la categorias 3.3. Pero en ningun momento prohibe el uso de armas de la categoria 4 en cotos de caza por ejemplo, aunque si prohibe la caza con ellas. O sea, que no es concluyente. Nosotros, por prudencia, recomendamos no tirar a latas en el campo. Pero con la ley en la mano... no esta prohibido. Y si lo esta yo no he leido ese articulo. Lo que yo digo, creo que esta en el art 149. Por si quereis mirarlo.
Creo que la policia se cura en salud con el tema, pero me parece que tampoco ellos lo tienen muy claro. Lo mejor es hablar en el ayuntamiento, que el alcande si puede regular el tema, o en la intervencion de armas y ver que politica siguen ellos. En mi caso, que vivo en una urbanizacion a 18 km de mi intervencion de armas, prefiero hablar con el alcalde, y ver que dice el del tema. Segun el parrafo 5 del atr 149, el puede habilitar otros lugares para tirar con aire.

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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor Miguel2 » 09 Dic 2007 20:39

Resumiendo, que ante la duda se debe preguntar, como mínimo, en la intervención de armas más cercana, porque son ellos los que nos pueden multar.

Lo que no se puede hacer es lo que dice Setien: "Como todo el mundo lo hace..."
Los aficionados a las armas, además de no ser violentos, tampoco deben parecerlo.

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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor mohino » 11 Dic 2007 15:57

Hola a todos.
Un par de preguntas q tengo duda
Si en el ayuntamiento en el q uno tiene registrada el arma de 4ª categoria , este no dispone de campo de tiro habilitado para usar este tipo de armas, por q dicho ayuntamiento no se niega a registrar ese arma poniendo como escusa q no se puede registrar en el ya q en su termino municipal no existe tal campo y SOLO se puede usar en uno.???????
Esta practica se hace en el 50 % de los municipios ....seguro seguro

Y es mas, como se trasporta un arma de aire para los diferentes eventos de tiradas de FT y demas q se hubican a lo largo y ancho de la peninsula si solo se pueden utilizar en los municipios en los q el arma esta registrada?????????

Muchas gracias por resolverme esta duda q me corroe
SER NO APARENTAR!!!!!

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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor Johnston » 11 Dic 2007 20:07

Pues esa es una de las cuestiones por las que luchamos para que se cambie el RA en españa ,por la inseguridad juridica que tenemos los tiradores de AC.

Tendria que ser la GC a traves de intervencion quien diera estos permisos , y asi tener todas las armas registradas. Otra cosa seria tener o no campos de tiro en tu municipio,pero si tienes el arma registrada en la IA no habria problemas si trasladas tu arma en el maletero,en su caja ,sin municionar ,presentando tu tarjeta de armas ante un posible encuentro con la autoridad.

En fin , "epaña!" es asi.

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RE: PRACTICA TIRO AIRE COMPRIMIDO EN CASA O LOCAL

Mensajepor jupicas » 12 Dic 2007 12:40

La ley proviene del ministerio del interior,aprobada por las personas que nos gobiernan y aceptada por los que nos las hacen cumplir,esto es inalterable o debe de ser inalterable por todos,tanto ,ciudadanos como fuerzas de seguridad.
El reglamento de armas de la 4ª categoria tiene sus normas escritas por real decreto y todo lo que especifica es legal.
Solo se usaran en galerias campos de tiros autorizados y espacios idoneos para la practica de la caza y la pesca deportiva,al referirse a espacios idoneos,deberemos entender que tenemos que cerciorarnos de la seguridad de los demas y que en este lugar este permitida la caza con armas de fuego,la pesca deportiva y otras actividades cinegeticas,aqui me pierdo un poco,quizas quiere decir actividades deportivas,como senderismo,ciclismo futing,motocros,etc.,eso si,prohibido cazar con estas armas,si te cogen cazando con ellas,no podras alegar nada,si te cogen con ella tirando a latas o dianas en estos espacios,debidamente comprobados en cuestion de seguridad para evitar accidentes,no podran decirte absolutamente nada,solo pedirte la documentacion necesaria al respecto y no tengais miedo,porque el reglamento lo especifica asi,tanto para nosotros como para ellos.
Que podemos encontrarnos con que el guardia de turno este cabreado por lo que sea o no sepa por donde anda?deberemos estar informados del reglamento y hacerselo constar aunque se lleve el arma,darsela con el estuche y todo,para que la cuiden bien y al dia siguiente al cuartel,en atencion al ciudadano,exigiremos la presentacion del reglamento de armas de 4ª categoria,si no les gustan que lo cambien.pero todo lo que pone en el debe de ser respetado y mas todavia por los que cuidan de que asi sea.
Otra cosa es el uso irresponsable de estas armas.
La targeta debera acompañar siempre al arma,tanto en circulacion como para su uso,esta tarjeta esta sellada por la armeria y firmada por un alcalde,concediendo su uso dentro de los ambitos legales,por lo que eres un ciudadano rreconocido por un alcalde para el uso y tenencia de este arma que en caso de traslado debera de ir descargada,con cañones o puertos de carga abiertos o desmontadas en su caso y guardadas en sus maletines o fundas.
Esta es la ley mas o menos.Un saludo a todos


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