Nueva Federación de Tiro

Todo sobre licencias de armas, reglamentos, normativa...
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Nueva Federación de Tiro

Mensajepor Carabina_22 » 09 Dic 2010 15:37

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Teniendo en cuenta:

- La mala gestión realizada con los tiradores federados por la Federación Española de Tiro Olímpico (Sección de Precisión, licencia F) y la desidia a la hora de defender nuestros intereses, trabajo para el cual fueron elegidos y por el que pagamos impuestos,

- La falta de compañerismo de la sección de Plato de la FEDETO hacia los tiradores de precisión, los de licencia F y carabina 22,

Propongo la creación de una NUEVA FEDERACIÓN DE TIRO que realmente nos represente.

Si alguien, aficonados, tiradores, etc., conoce cuáles son los requisitos LEGALES necesarios y el mecanismo para conseguirlo, le agradecería cualquier información que pueda ayudar.
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Re: Nueva Federación de Tiro

Mensajepor Jracing » 11 Dic 2010 00:05

Buena idea la de destronar a los ingratos!

Ya es hora de empezar a trabajar duro por nuestros intereses.

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Re: Nueva Federación de Tiro

Mensajepor Carabina_22 » 11 Dic 2010 02:01

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Copio aquí la información facilitada por el compañero de este foro manchego2010 en referencia a la

CREACIÓN DE FEDERACIONES DEPORTIVAS
EN MADRID Y CASTILLA-LA MANCHA

http://www.armas.es/foros/leyes-y-normativa-sobre-armas/nuevo-reglamento-listo-t906236-720.html#p1395540

El tema de las Federaciones ha pasado a ser competencia de las CCAA, por lo tanto no hay un régimen jurídico sino 17 distintos.

En Madrid (no sé cual es la tuya) se rige por la

Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid (BOCM de 11 de enero de 1995) y más concretamente por el Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid. (BOCM de 27 de noviembre de 1996).

Para constituir una Federación deportiva en Madrid, hace falta (art. 4 del citado Decreto):
Artículo 4.
1. La creación y constitución de una Federación deportiva de la Comunidad de Madrid, requerirá los siguientes trámites y condiciones:
a) Existencia de una modalidad deportiva oficialmente reconocida.
b) Acta fundacional otorgada ante Notario, suscrita por los promotores que deberán ser, como mínimo, los Presidentes de cinco clubes deportivos inscritos en el Registro de Asociaciones Deportivas con, al menos, un año de antigüedad.
c) Proyecto de estatutos con las exigencias de contenido previstas en el artículo 8.2 del presente Decreto y que contemplen la posibilidad de integrarse, una vez constituida la Federación, todas aquellas personas físicas o jurídicas a que se refiere el artículo 1 del presente Decreto.
d) Documentación acreditativa de que se cuenta, como mínimo, con el apoyo del 50 por 100 de los clubes de dicha modalidad deportiva inscritos en el Registro de Asociaciones Deportivas.
2. El órgano competente de la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid, a la vista del preceptivo informe del Consejo del Deporte de la Comunidad de Madrid y del expediente sustanciado, podrá acordar la aprobación de los estatutos y el reconocimiento de la Federación, así como la correspondiente inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid. En todo caso, la denegación será motivada.
(...)

En Castilla-La Mancha, se regula en la Ley 1/1995 del Deporte en Castilla – La Mancha, y concretamente su artículo 13, relativo a la constitución de nuevas federaciones deportivas.
"Para la constitución de una federación deportiva de Castilla-La Mancha se requiere la autorización de la Administración deportiva de la Comunidad, que la concederá o negará en base a los siguientes criterios:
a. Interés general de la actividad.
b. La existencia y la práctica habitual previas de un deporte con suficiente implantación en la Comunidad Autónoma y que no esté integrado como tal deporte en una federación de Castilla-La Mancha ya existente.
c. Viabilidad económica de la nueva federación.
d. Informe, en su caso, de la federación de la que vaya a segregarse.
Autorizada la constitución, los promotores deberán otorgar ante notario la correspondiente acta y los estatutos de la nueva entidad y proceder a su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas. Esta inscripción tendrá carácter provisional durante el plazo de dos años; transcurrido este plazo, se elevará a definitiva siempre que se hayan cumplido los fines para los que la federación fue creada."

Además, el artículo 6 del Decreto 109/1996 de 23 de julio, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de Castilla – La Mancha, enumera una serie de criterios que deberán ser acreditados por los solicitantes. Dichos criterios son:
- Existencia, práctica habitual y suficiente implantación en la Comunidad Autónoma.
- Ausencia de integración del deporte en alguna Federación Castellano – Manchega ya existente.
- Acuerdo de Constitución formalizado por los representantes de un mínimo de 15 Clubes Deportivos Básicos, con una antigüedad mínima de 2 años y que tengan reconocida la modalidad deportiva en cuestión en sus estatutos.
- Al menos en cuatro, de las cinco provincias castellano – manchegas, deben estar radicados un mínimo de dos clubes.
- Viabilidad económica y propuesta de organización y estructuración en las provincias de la Comunidad Autónoma.
- En el caso de que la federación a constituir sea el producto de la segregación de otra federación, se deberá declarar y demostrar la diferencia de la modalidad deportiva respecto de las otras integradas en la federación de la que se pretende segregar.

*************************

Lamentablemente, constituir una nueva federación no es cosa sencilla.
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Re: Nueva Federación de Tiro

Mensajepor Carabina_22 » 11 Dic 2010 02:08

Ni sencilla ni imposible. Además, si fuese fácil me aburriría el hacerlo y a mala leche y tesón no me ganan esos individuos, jeje. A juego sucio sí que me ganarían. Vale la pena intentarlo, estamos hartos.

El refranero español, o la creencia popular, también dice que:

- Las armas las carga el diablo.

- Hecha la ley, hecha la trampa.

Gracias por tu amabilidad con una respuesta tan documentada.
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Re: Nueva Federación de Tiro

Mensajepor manchego2010 » 11 Dic 2010 02:58

Carabina_22 escribió: si fuese fácil me aburriría el hacerlo.


Eso me ha gustado. :apla: :apla: :apla:

Muchas gracias a ti.

Te pongo los enlaces con las normas de la comunidad de Madrid para que sea más fácil la consulta íntegra:

Ley
https://www.madrid.org/wleg/servlet/Serv ... cdestado=P

Decreto:
https://www.madrid.org/wleg/servlet/Serv ... cdestado=P

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Re: Nueva Federación de Tiro

Mensajepor Carabina_22 » 11 Dic 2010 04:45

manchego2010 escribió:Eso me ha gustado. :apla: :apla: :apla:

Te pongo los enlaces con las normas de la comunidad de Madrid para que sea más fácil la consulta íntegra:


Me gusta que te guste. A ver si dentro de unos meses nos podemos reír con la nueva federación, democrática, representativa y competente para defender nuestros intereses como deportistas y aficionados potenciando nuestro deporte entre toda la ciudadanía, no entre una casta pseudosuperior. :mrgreen: :D :o :) :lol:

Abusando de tu confianza, te agradecería que nos informases de cómo y dónde:

- podemos consultar los pasos a seguir en cada comunidad autónoma. Raro es que los catalanes no la hayan echo ya, y con toda la razón.

- enlaces para informarnos de cómo registrar legalmente un club de tiro en el Ministerio de Presidencia (¿?) o en el correspondiente negociado de su comunidad autónoma.

Ahora que empiezo a ver la luz al final de un túnel muy lejano, seguro que los del gobierno sacan una ley para que esos impresentables sigan en la poltrona. Espero no ser gafe.
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Re: Nueva Federación de Tiro

Mensajepor Carabina_22 » 11 Dic 2010 04:50

.
Si alguien tiene información sobre la legislación de federaciones deportivas y registro de clubs de tiro o asociaciones deportivas de cada una de las comunidades autónomas, que no se corte y que lo exponga aquí.

Algún visitante del foro tiene que saber algo. Gracias de antemano.

EDITADO:
También necesitamos saber qué clubs se quieren apuntar a esta iniciativa; que se anuncien aquí o que se pongan en contacto conmigo.

Tiradores y aficonados sin club también valen, son tan ciudadanos y buenos aficionados como el resto.
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Re: Nueva Federación de Tiro

Mensajepor Carabina_22 » 11 Dic 2010 05:16

mekhet me envía este completo enlace para consultar el Real Decreto 1252/1999, de 16 de julio, de modificación parcial del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones Deportivas Españolas y Registro de Asociaciones Deportivas.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1252-1999.html

editado este nuevo enlace
http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/lr-l8-1995.t4.html#c2


¡¡¡Y además firmada por Mariano Rajoy cuando era ministro de Cultura!!! :cow:
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Federaciones y Asociaciones Deportivas Españolas.pdf
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Re: Nueva Federación de Tiro

Mensajepor Carabina_22 » 11 Dic 2010 18:10

.
Información servida por el compañero mekhet


Andalucia: http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/an-l6-1998.t1.html#

Aragon: http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ar-l4-1993.t1.html#

Asturias: http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/as-l2-1994.t1.html

Baleares: Cambio en el 2006, buscando el nuevo.

Canarias: http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ic-l8-1997.t1.html

Cantabria: http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ct-l2-2000.html

Castilla la Mancha: [url]https://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/cm-l1-1995.html
[/url]

Castilla Leon: cambio en el 2003, toy buscando el nuevo.

Cataluña: No lo he encontrado todavia.

Extremadura: http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ex-l2-1995.html

Galicia: http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ga-l11-1997.t3.html#c2s4 (seccion 4 viene poco, pero algo es).

Rioja: http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/lr-l8-1995.t4.html#c2

Madrid: http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ma-l15-1994.t4.html#c3

Murcia: http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/mu-l2-2000.t5.html#c2

Navarra: http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/na-l15-2001.t4.html#c3

Pais Vasco: http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/pv-l14-1998.t3.html#c5

Valencia: http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/va-l4-1993.t3.html#c2s2


Lo malo es que algunos citan cosas como "Sólo puede existir una federación por cada modalidad deportiva...". Ahi o buscamos una modalidad (con aceptacion internacional) que la fed. de tiro nacional no acepta o lo veo un poco jodido...pero todo es ponerse.
.
Última edición por Carabina_22 el 11 Dic 2010 22:56, editado 1 vez en total.

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Re: Nueva Federación de Tiro

Mensajepor Carabina_22 » 11 Dic 2010 21:58

.
Me comentan que en Galicia, si cumples la ley al pie de la letra, no es necesario federarse para practicar un deporte, por lo tanto NO EXISTE LA OBLIGACIÓN DE FEDERARTE PARA QUE TE DE LA F la Guardia Civil.

Vista la ley resumida a continuación, también se podría alegar que no necesitamos pasar por las manos de las federaciones de tiro olímpico para obtener la F, simplemente con estar registrado como socio de un club de tiro sería suficiente. ¿O no?

Si en el resto de España es así, jejeje, se le fastidió el asunto a la FEDETO y se le puede tirar abajo la obligación de federarse y depender de ellos para la F.

Si algún abogado me lo aclara se lo agradezco, porque a nivel nacional exigen más requistos para crear una federación deportiva.

Aquí os dejo el texto y los enlaces a la ley completa:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ga-l11-1997.t3.html#c2s4


Ley 11/1997, de 22 de agosto, General del Deporte de Galicia.
TÍTULO III.
SUJETOS DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA
CAPÍTULO I.
DEPORTISTA

Artículo 15.

1. Tendrá la consideración de deportista, a los efectos de la presente Ley, toda persona que practique alguna modalidad deportiva aún cuando no participe en competiciones o no forme parte de una asociación deportiva.

2. Se promoverá y facilitará la integración de todas las personas que practiquen la actividad deportiva en las asociaciones recogidas en la presente Ley para una mayor efectividad de los programas de fomento y desarrollo del deporte y para la mejor asistencia y protección de los deportistas.
...

Artículo 16.

1. Los deportistas podrán ser aficionados o profesionales. A su vez los deportistas aficionados podrán ser federados o no.

2. Los deportistas federados dispondrán de la licencia federativa otorgada por la correspondiente federación deportiva gallega. Los no federados que se inscriban obtendrán la correspondiente licencia acreditativa de su condición del Registro de Asociaciones Deportivas y Deportistas de Galicia. La expedición de la licencia tendrá carácter reglado, no pudiendo denegarse cuando el solicitante reúna los requisitos establecidos.


Artículo 28.

1. Las federaciones deportivas gallegas son entidades privadas con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, cuyo ámbito de actuación se extiende al territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el desarrollo de las competencias que les son propias. Están integradas por clubes, deportistas, técnicos, jueces, árbitros y otros colectivos interesados estatutariamente establecidos que promueven, practican o contribuyen al desarrollo de una misma modalidad o especialidad deportiva.

3. Las federaciones deportivas gallegas ejercen, además de sus propias atribuciones, por delegación funciones públicas de carácter administrativo, actuando en tal caso como agentes colaboradores de la Comunidad Autónoma gallega.


Artículo 29.


Las federaciones españolas deberán ser representadas por las federaciones deportivas gallegas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia al objeto de obtener el reconocimiento, apoyo y protección de las autoridades y organismos públicos en Galicia, en los términos establecidos en la presente Ley.

Las federaciones deportivas gallegas, a efectos de su participación en actividades o competiciones deportivas de ámbito estatal o internacional, deberán formar parte de las federaciones deportivas españoles correspondientes a su actividad, por medio de los oportunos acuerdos, y les serán de aplicación las normas y reglamentos de las federaciones deportivas españolas o internacionales cuando actúen en competiciones oficiales de carácter estatal o internacional.

Artículo 30.

1. Las federaciones deportivas gallegas regularán su estructura y funcionamiento de acuerdo con los principios de representación y participación democrática y se regirán ...


AQUÍ ESTÁ LO INTERESANTE, aquí, aquí, leedlo...

Artículo 31.

2. La constitución de una nueva federación deportiva podrá producirse:

1. Por creación ex novo.
2. Por segregación de otra.
3. Por fusión de dos o más preexistentes.


3. Para la constitución de una nueva federación deportiva se requerirá la autorización de la Administración, que la concederá o denegará motivadamente en base a los siguientes criterios:

1. Interés general de la actividad.
2. Suficiente implantación en Galicia.
3. Existencia de la modalidad deportiva oficialmente reconocida.
4. Viabilidad económica de la nueva federación.

4.

a. Para la constitución de una nueva federación deportiva ex novo, la iniciativa podrá corresponder a representantes de como mínimo treinta clubes deportivos con domicilio social al menos en tres provincias gallegas, constituidos en Junta Promotora, justificando los requisitos a que se refiere el apartado anterior y la no inclusión de la práctica deportiva correspondiente en ninguna de las federaciones existentes. Esta propuesta tendrá el carácter de acta fundacional y deberá otorgarse ante Notario.

b. En el caso de constitución de una nueva federación por segregación de otra será necesario el informe de la federación de la que se pretende la segregación y contar con actividades deportivas que tengan implantación e identidad suficientes para convertirse en modalidad deportiva autónoma.

c. En el caso de constitución de una nueva federación por fusión de otras será necesario el acuerdo de las federaciones fusionadas.

5. En todo caso, para la constitución de una federación será necesario contar con estatutos ajustados a la normativa legal e inscribirse en el Registro de Asociaciones Deportivas y Deportistas de Galicia. Esta inscripción será condición previa y necesaria para la integración de la federación deportiva gallega de que se trate en la federación española correspondiente.

7. El reconocimiento de una federación deportiva gallega por la Administración deportiva de Galicia confiere a la misma la representación de esa modalidad deportiva en todos los ámbitos.

8. La revocación de la autorización de las federaciones deportivas gallegas corresponderá a la Administración deportiva de Galicia por la desaparición de los motivos que dieron lugar a su autorización e inscripción.

...

¡Sigo viendo al luz al final del túnel!
:vacaciones^: .
Adjuntos
Ley 11_1997, de 22 de agosto, General del Deporte de Galicia..pdf
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Re: Nueva Federación de Tiro

Mensajepor Carabina_22 » 11 Dic 2010 22:10

.
A nivel Estado, para crear un afederación a nivel nacional, la cosa cambia un poco:


Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones Deportivas Españolas y Registro de Asociaciones Deportivas.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1252-1999.html


Real Decreto 1252/1999, de 16 de julio, de modificación parcial del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones Deportivas Españolas y Registro de Asociaciones Deportivas.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1252-1999.html

Artículo 8.

1. Para la autorización o denegación de la constitución de una Federación Deportiva Española se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

*

Existencia de la correspondiente Federación internacional, reconocida por el Comité Olímpico Internacional, y con suficiente implantación en el entorno europeo y mundial.
*

El interés deportivo nacional o internacional de la modalidad.
*

La existencia de competiciones de ámbito internacional con un número significativo de participantes en las mismas y convocatorias celebradas.
*

La implantación real de la modalidad deportiva en el país, así como su extensión, es decir, el número de practicantes existentes en España y su distribución en el territorio nacional.
*

El reconocimiento previo por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes de la modalidad de que se trate.
*

La viabilidad económica de la nueva Federación.

En el caso de que la constitución de una nueva Federación deportiva española provenga de la segregación de otra federación preexistente, se solicitará informe de la misma, a los efectos de lo previsto en el presente apartado.

2. La creación y constitución de una Federación deportiva española requerirá que los promotores constituidos en junta gestora presenten la siguiente documentación.

1.

Otorgamiento ante Notario del acta fundacional, suscrita por los promotores, que deberán ser, como mínimo, 65 clubes deportivos, radicados por lo menos, en seis Comunidades Autónomas, o por nueve Federaciones de ámbito autonómico.

Para ello se aportará certificado del club o asociación deportiva en el que se haga constar que la Asamblea general del club autoriza a su Presidente para fomar parte de la junta gestora de la Federación Deportiva española de la modalidad que se pretende crear.

No obstante lo previsto anteriormente, para la constitución de alguna de las Federaciones deportivas de deportistas minusválidos a que se refiere el artículo 1.5 del presente Real Decreto, el número mínimo de clubes deportivos que deban suscribir el acta fundacional será fijado por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes.
2.

Documentación acreditativa de que se cuenta con el apoyo de, al menos, el 50 % de los clubes de tal modalidad, inscritos en los correspondientes Registros deportivos autonómicos. A estos efectos sólo se computarán los clubes inscritos en las Federaciones de ámbito autonómico que manifiesten, por cualquier medio válido admitido en derecho, su voluntad de integrarse, para el caso de que se constituya la Federación deportiva española de que se trate.
3.

Proyecto de Estatutos que contemplen la posibilidad de integrarse, una vez constituida, de todas aquellas personas físicas o entidades a que se refiere el artículo 1 del presente Real Decreto.
4.

Acuerdo de la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes autorizando la constitución e inscripción de la Federación, ponderando los criterios expresados en el apartado anterior, verificando el cumplimiento de las anteriores condiciones y aprobando los Estatutos.
5.

Inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas del Consejo Superior de Deportes.

La inscripción autorizada por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes tendrá carácter provisional durante el plazo de dos años. Transcurrido dicho plazo, la Comisión Directiva autorizará la constitución e inscripción definitiva o revocará la autorización. En este último caso, la resolución será adecuadamente motivada.
.
¡Ya queda menos! :cow:
.
Adjuntos
Real Decreto 1252_1999, de 16 de julio, de modificación parcial del Real Decreto 1835_1991, de 20 de diciembre, sobre Federacio.pdf
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Real Decreto 1835_1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones Deportivas Españolas y Registro de Asociaciones Deportivas..pdf
(266.71 KiB) Descargado 45 veces

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Re: Nueva Federación de Tiro

Mensajepor Carabina_22 » 11 Dic 2010 22:17

.
En estos pdfs están los enlaces para hacerse con la documentación necesaria para dar de alta una asociación deportiva en Galicia.

El pdf modelo de estatutos de un club, no estoy seguro de que sea perfecto. Ya me contarán algo más.

¡O no! :cow:
.
Adjuntos
rexistro_estatutos.PDF
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rexistro_asoc_xunta.PDF
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Re: Nueva Federación de Tiro

Mensajepor Carabina_22 » 12 Dic 2010 00:04

.
La creación de una federación nueva no implica exclusión. Cualquier federado de la FEDETO puede federarse en cuantas federaciones y asociaciones precise, incluida la nueva. Así mismo, cualquier federado de esta nueva federación podría estar federado en la FEDETO igualmente.

Antes de ponernos en marcha debemos tener muy claro qué fines buscamos, cómo nos organizaremos, etc.

NOMBRE: Federación de Tiro Deportivo, a partir de ahora TD o FTD

MODALIDADES DEPORTIVAS (que podría abarcar y que tienen federaciónes en casi todo el mundo):
- Rimfire Benchrest Shooting, BR-50 + BR-100, todas indoor y outdoor
- Benchrest con carabina de aire comprimido, indoor y outdoor (en exterior y en interior)
- Tiro a silueta metálica con arma corta y larga, 50 m a 100 m. Sería nuevo en España
- Rifle Tactical
- Carabina Táctica 22. Nueva creación, cosas mías con carabinas del 22 sólo semiautomáticas
- Tiro con tirapiedras. No es coña, en Asturias, USA y centroeuropa existen unos campeonatos alucinantes. Buscad en google sling shooting. Sería nuevo en España
- Recorridos de tiro con armas de pólvora negra. Sería nuevo en España, pero muy popular en los USA.
- Recreaciones históricas de batallas con pólvora negra, aunque creo que ya existe un asociación.
- No sé si podríamos integrar F-Class y mini F-Class
- Tiro con arco a caballo, modalidad nipona-samurai.
- ¿Recarga de municiones?
- Otras:

nueva modalidad aportada por Jurgen, 11/12/2010
- Lo que en USA llaman tiro tactico con tres armas: pistola, escopeta y rifle tactico. La llamaremos T3 por lo de Tactical tres.

nueva modalidad propuesta por Sirio, 12/12/2010
- IPSC con escopeta (muy popular en USA y America Latina).
- Tiro con Honda (Ojo no es broma)se practica en mi zona.

editado, 12/12/2010
- Paintball
- Field Target con carabina de aire comprimido (reeditado)

Ninguna de estas modalidades es olímpica, por lo que no le hacemos la competencia a nadie.


OBJETIVOS:
- Potenciar estas modalidades de tiro dándolas a conocer entre la ciudadanía soberana y facilitando la reducción de costes para que sean más democráticas y accesibles: este deporte es de quien quiera practicarlo, no de quien pueda, y nunca será un privilegio de nadie.

- Conseguir más campos de tiro.

- Suavizar las leyes para poder practicar a gusto y sin riesgos para nadie nuestro querido deporte.

- Defender nuestros intereses como tiradores y deportistas.

- Enseñar y fomentar el buen uso de las armas de fuego.

- Pasarlo bien sin molestar a nadie y sin hacer gilipolleces con las armas.


FUNCIONAMIENTO:
- Democrático y muy transparente. Eso sí: las leyes, los reglamentos y las normas de seguridad están para cumplirse, y el que haga el imbécil se va fuera por indeseable y porque nos hace daño a todos.

- Directiva nacional rotatoria aunque sea obligatorio celebrar elecciones, es decir: cada dos años la junta directiva de la FTD se turna, ya que cada dos años se hará cargo de la federación nacional una autonómica, y así sucesivamente. No sé como legalizar esto, ya veríamos.

editado por Carabina_22
- Los directivos únicamente podrán presentarse a una reelección, es decir: sólo podrán ejercer su cargo por dos "temporadas". Al acabar el segundo mandato se van. Si quieren volver a presentarse deberán esperar un mandato, a no ser que no se presente ninguna candidatura alternativa y quieran continuar su "mandato".

De esta manera evitaríamos la acumulación de poder, el caciquismo, la centralización abusiva y evitaríamos el apoltronamiento de los directivos.

- Si alguna vez hay ingresos, se repartirán en función del número de tiradores apuntados a cada modalidad y de los resultados deportivos obtenidos.

- Habrá federaciones autonómicas y la nacional, siempre buscando un mecanismo que garantice que los federados son los que mandan.


Y todo lo que se os ocurra.
SE ADMITEN SUGERENCIAS Y OPINIONES YAAAAAAAA
:angel^:
.
Última edición por Carabina_22 el 12 Dic 2010 21:19, editado 5 veces en total.

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Re: Nueva Federación de Tiro

Mensajepor mcqueen » 12 Dic 2010 00:31

. Parece buena idea pero....
¿porque crear una nueva si casi ninguno de los que ahora estamos aquí no hemos hecho nada para parar los pies a los que están arriba?
¿Sabe la mayoría que la política de las federaciones y la nacional empieza dentro de nuestro club y con nuestro voto?
¿cuantas veces habeis votado? ¿le pides explicaciones al responsable de tu club sobre sus gestiones con la territorial?
Yo si lo hago pero soy en unico que lo hace en un club de 200 socios, los demas sencillamente no hacen nada.
Podeis contar conmigo pero mucho me temo que como las Asociaciones de aficionados a las armas tiene poco futuro.
Saludos
PD: Según la ley de deporte las competencias son propias de cada comunidad autónoma con lo que cualquier federación territorial puede por ejemplo "oficializar" una modalidad sin necesidad de acudir a la nacional.

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Re: Nueva Federación de Tiro

Mensajepor Jurgen » 12 Dic 2010 00:35

Hombre puestos a buscar nuevas modalidades:
.- IPSC con rifle de asalto
.- tiro de precisión a larga distancia, los que se hacen ahora a 300m puedes alargar hasta 1000m.
.- Lo que en USA llaman tiro tactico con tres armas: pistola, escopeta y rifle tactico.
.- Lo que en USA, llaman safari de precisión, etc.

Otra cosa seria la de intentar hacer la Federación a nivel Nacional; pasando de las comunidades autónomas... De manera que puedas montar competiciones a nivel nacional sin exigir que se tengan que sacar la federativa nacional par tirar en otra comunidad en una tirada oficial.

Quizás valdría la pena asociarse, para empezar en una organización como era ANARMA; por algún hilo tienes una invitación de Zigor...
Las armas tienen solo dos enemigos: la oxidación y los polí­ticos.

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Re: Nueva Federación de Tiro

Mensajepor Carabina_22 » 12 Dic 2010 03:56

Jurgen escribió:Hombre puestos a buscar nuevas modalidades:
.- IPSC con rifle de asalto

Ya se conoce como Rifle Match, tienes un artículo en el número de Agosto/Septiembre de 2010 de la revistas armas.es

.- tiro de precisión a larga distancia, los que se hacen ahora a 300m puedes alargar hasta 1000m.

Eso es F_Class o Benchrest y ya se hacen campeonatos tímidamente en España, el último en el campo de tiro militar de Parga, en Lugo. Para más de 500 m necesitamos campos de tiro nuevos. Desconozco si existe alguno en Spain.

.- Lo que en USA llaman tiro tactico con tres armas: pistola, escopeta y rifle tactico.

Podemos llamarla T3, de Tactical tres, y organizar tiradas con grueso calibre, cartuchos del 12 y con 22, o a elegir por el tirador. Buscaré información sobre esta modalidad. Ya está colocada en la lista de modalidades deportivas de este hilo/temario.

.- Lo que en USA, llaman safari de precisión, etc.
Jejeje, no te animes tanto, relájate, que todavía no hay autopista para el coche.

Otra cosa seria la de intentar hacer la Federación a nivel Nacional; pasando de las comunidades autónomas... De manera que puedas montar competiciones a nivel nacional sin exigir que se tengan que sacar la federativa nacional par tirar en otra comunidad en una tirada oficial.

De eso se trata. La ley nos permite crear federaciones autonómicas independientes Si luego nos asociamos a nivel nacional es cosa nuestra, pero podemos "convalidar" la tarjeta federativa para que sea válida a nivel nacional.

Quizás valdría la pena asociarse, para empezar en una organización como era ANARMA; por algún hilo tienes una invitación de Zigor...

Mi reconocimiento y admiración para Zigor por su impagable trabajo. Pero se trata de formar una federación de actividades deportivas de tiro, no una asociación de tiradores simplemente.

No es mala idea esa asociación, pero no es cosa de este post ni mi intención.
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Re: Nueva Federación de Tiro

Mensajepor Carabina_22 » 12 Dic 2010 04:29

mcqueen escribió:. Parece buena idea pero....
¿porque crear una nueva si casi ninguno de los que ahora estamos aquí no hemos hecho nada para parar los pies a los que están arriba?

Llámame cabezón, pero es que estoy harto de muchas cosas y creo que es hora de empezar a moverse. Tengo paciencia infinita, menos cuando veo que me quieren hacer idiota una pandilla de vagos e ignorantes con muy mala intención.

Espero ser capaz de motivar lo suficiente a varias personas para que me ayuden. Si no lo consigo, pues no pasa nada, a otra cosa,mariposa.

Si veo que la gente no me responde,pues paro la iniciativa, sin problema, no pasa nada.

¿cuantas veces habeis votado? ¿le pides explicaciones al responsable de tu club sobre sus gestiones con la territorial?

Yo voté siempre que fui convocado, tanto en lo deportivo como en lo político. Lo que comentas es una cuestión de cultura democrática que deberíamos arreglar. Con los votos se arreglan muchas cosas.

los demas sencillamente no hacen nada

De acuerdo, de eso se trata, de motivarlos y darles esperanza para que se muevan, para que pierdan el miedo que llevan en el cuerpo.

Es mejor que que los socios sean pasotas a que las federaciones pasen de los socios.

Podeis contar conmigo pero mucho me temo que como las Asociaciones de aficionados a las armas tiene poco futuro.

Gracias por tu ofrecimiento del cual tomo nota para más adelante.

Yo sólo me encargaré de mi comunidad autónoma si encuentro gente que me ayude. No me voy a encargar de las 16 comunidades restantes.

Según la ley de deporte las competencias son propias de cada comunidad autónoma con lo que cualquier federación territorial puede por ejemplo "oficializar" una modalidad sin necesidad de acudir a la nacional.

Sí, por eso quiero aprovechar el momento y hacer uso correcto de esa ley.

Repito que la idea es crear federaciones deportivas en cada comunidad autónoma. Lo demás llegará fácilmente.

Tampoco es mala idea dar de alta más clubs de tiro que en los objetivos de sus estatutos proclamen la práctica de estas modalidades.

Sabemos que la ley sólo nos pide la firma de 30 clubs de la comunidad autónoma con más de dos años de actividad y documentar la existencia y la práctica de nuestras modalidades deportivas.

¡¡Pues no es tan difícil!!

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Re: Nueva Federación de Tiro

Mensajepor Carabina_22 » 12 Dic 2010 04:31

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Si algún buen samaritano de este foro tiene a bien hacerse cargo de ayudarnos en su comunidad autónoma, por favor, que lo exprese en este foro o que se ponga en contacto conmigo.

Para no cometer errores, necesitamos que se informe de los pasos a seguir conforme a las leyes de su comunidad y que lo cuelgue aquí.

Sería necesario que se comprometiera, comprometieran, a buscar el apoyo necesario en los clubs de las diferentes modalidades en sus comunidades
.


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