Consulta sobre art. 129 y 139 del Reglamento.

Armas de IPSC y todo sobre las armas utilizadas en esta disciplina
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Glock-26
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Consulta sobre art. 129 y 139 del Reglamento.

Mensajepor Glock-26 » 14 Nov 2010 22:18

Hola, mi consulta es que tengo una duda; me han comentado que para realizar tiradas de IPSC hay que realizar un cursillo. Que para realizar el cursillo hay que estar en posesión de la "F" y tener guiada el arma en "F".
Mi duda, es si poseo un permiso tipo "A", y puedo guiar un arma de concurso, estimo que surtiría los mismos efectos que si estuviese en "F". Si me encuentro equivocado, hacer el favor de informarme. Mi intención, sería guiar un arma como de concurso.
Os adjunto lo que he encntrado en el actual Reglamento.
Espero me aclareis un poco el tema; para ver que puedo hacer; si puedo documentar el arma como consta en el art. 139, o tener que sacerme la "F".
Gracías

CAPÍTULO VI.
TENENCIA Y USO DE ARMAS DE CONCURSO.
Artículo 129.
Podrán solicitar licencia de armas F, especial para armas de concurso, los españoles y extranjeros residentes en España, que estén habilitados con arreglo a las normas deportivas para la práctica del tiro olímpico o de cualquiera otra modalidad deportiva debidamente legalizada que utilice armas de fuego.
Artículo 139.
1. Quien se encuentre en posesión de licencia de armas A podrá asimismo solicitar a la autoridad competente de que dependa la guía de pertenencia de armas de concurso, acompañando, en cada caso, la acreditación de la habilitación deportiva correspondiente, en la que conste la clase que como tirador le corresponde.

Artículo 140.
Para la expedición de estas guías de pertenencia, el interesado deberá presentar ante las indicadas autoridades, además de la reseña del arma o armas de que se trate, certificado expedido por la Federación correspondiente, acreditativo de que se trata de armas de concurso.

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Re: Consulta sobre art. 129 y 139 del Reglamento.

Mensajepor Glock-26 » 15 Nov 2010 16:11

Gracias por la respuesta; pero ya puesto te hago otra pregunta; ya que sabes mas que yo del tema.
Teniendo un arma guiada como de uso deportivo con tipo "A", poseyendo la Licencia Federativa correspondiente, y la nacional, no habría inconveniente en realizar por tanto el curso, y parcitipar en alguna competición.
Espero tu respuesta de antemano.
Gracias.

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Re: Consulta sobre art. 129 y 139 del Reglamento.

Mensajepor Glock-26 » 15 Nov 2010 22:58

Gracias y perdona por las molestias.
Me has aclarado bastante las dudas que tenía.

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Re: Consulta sobre art. 129 y 139 del Reglamento.

Mensajepor lsam9 » 16 Nov 2010 18:40

Hola estoy de acuerdo con Pako, creo que con la condicion de licencia A, debes estar exento de realizar el curso y la prueva de tiro para acceder a la F, pero si quieres estar seguro acercate un dia a la Intervencionde Armas de La Guardia Civil de tu poblacion y hazle la consulta ellos son los que te daran la respuesta ya que luego seran los que tendran que guiarte el arma. Por lo demas tendras que estar federado e inscrito a algun cluba para poder participar en las actividades deportivas
Saludos

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Re: Consulta sobre art. 129 y 139 del Reglamento.

Mensajepor lugoso2 » 19 Nov 2010 00:46

Hola compañeros, estoy un poco en desacuerdo con algunas cuestiones. El reglamento de armas nos habla que las Licencias A, tendrán eficacia de B,D,E y F. Es decir, que un poseedor de la Licencia A tiene ya la F, por lo tanto no debería poder obtener u optar a obtener algo que ya tiene. Es como alguien que tiene permiso de conducir de la clase B, se apunta a la autoescuela para sacarselo otra vez, es decir dos veces, tecnicamente no se puede. Eso sí otra cosa es lo que se haga.

Por lo dicho el poseedor de Licencia A, no es que esté exento de realizar el curso sino que ya tiene la Licencia F (al igual que la B,D y E).

Respecto al tema de Recorridos, debes obtener la correspondiente Licencia Federativa Territorial para la practica deportiva del tiro y debes hacer el correspondiente curso de habilitación, además es muy recomendable para conocer como funciona la normativa y el desarrollo de las pruebas, hay clubes o federaciones que lo cobran pero nosotros por ejemplo lo hacemos gratis a nuestros socios.

Estando en posesión en de la Licencia Federativa Territorial y habiendo realizado el Curso de Habilitación, aportando el certificado de éste puedes solicitar la expedición de la licencia nacional solo para participar en competiciones nacionales e interprovinciales (en teoría). Aquí los poseedores de las Licencia A estan exentos de tener una antiguedad de 2 años de Licencia F para pedir la licencia nacional de RRTT.

Espero haber ayudado, saludos

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Re: Consulta sobre art. 129 y 139 del Reglamento.

Mensajepor ipsc69 » 19 Nov 2010 19:51

Buenas compañeros,aver si puedo ayudar.
En cualquier club no pueden ni deben negar a cualquier socio que pueda practicar el IPSC,siempre y cuando este apto con el manejo de las armas cortas,es lo que dice las normas del IPSC,1ºantes tienes que demostrar que heres apto y para ello debes de haber tirado en cualquier modalidad de tiro de precision(9mm-Fuego Central,etc..)durante dos años como minimo.Luego, segun cada Club tendran una persona apta (instructor)para realizar unos cursillos para los 'noveles'en IPSC.y luego de darle la aprobacion ya estas en el IPSC .y que se dejen de monsergas que no es tan dificil, lo que si, es que lo suelen hacer dificil.siempre hay 'listillos'.un saludo...

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Re: Consulta sobre art. 129 y 139 del Reglamento.

Mensajepor ipsc69 » 19 Nov 2010 19:55

Lo que si recalcar es que todo poseedor de un arma corta, da igual en que guia de pertenencia la tenga.No quiere decir que sepa manejar el arma con seguridad para el y los demas tiradores...ojo..que para ello estan los cursillos de IPSC para ver las facultades y el manejo seguro de TÚ arma.y como te desenbuelves en cada CIRCUNSTANCIA debido a la dificultad del ejercicio.un saludo.

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Re: Consulta sobre art. 129 y 139 del Reglamento.

Mensajepor Oscar1975 » 05 Dic 2010 23:42

Me interesa el tema de federarme y no tener que sacar la F, a ver si lo consulto a los compis de la Icae.

Oscar.
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Re: Consulta sobre art. 129 y 139 del Reglamento.

Mensajepor marchoso » 12 Dic 2010 15:39

Saludos Oscar,, voy a echar un vistazo y te amplio la info con todo detalle.
Imagen

CENTRO GESTOR ANARMA: http://www.anarma.es/formularios.asp

Todas las opiniones en los foros son a tí­tulo personal, en ningún caso representan ni deben ser asociadas a ANARMA

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Re: Consulta sobre art. 129 y 139 del Reglamento.

Mensajepor Oscar1975 » 12 Dic 2010 18:54

marchoso escribió:Saludos Oscar,, voy a echar un vistazo y te amplio la info con todo detalle.


jejeje, no dejaré de darte la lata.Gracias.

Oscar.
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Re: Consulta sobre art. 129 y 139 del Reglamento.

Mensajepor marroyol » 12 Dic 2010 20:47

Oscar1975 escribió:Me interesa el tema de federarme y no tener que sacar la F, a ver si lo consulto a los compis de la Icae.

Oscar.

Oscar te cuento, yo estoy federado con la A, no tengo la F y no he tenido que hacer el curso de obtención de dicha licencia, los RRTT los practico a nivel de FFAA y FYCSE, si quisiese participar en RRTT a nivel federativo, tendría que hacer el curso de IPSC.

En cuanto a las armas de concurso las tengo con la A, el único problema que me dan es el tiempo de espera a la hora de guiarlas o de venderlas, especialmente a la hora de vender el arma porque tengo que pedir autorización para transferir el arma a una persona en concreto y si ese comprador se tira para atrás me deja con el culo al aire y tengo que pedir otra autorización para el siguiente comprador.

Yo pago la licencia federativa y el uso de la galería federativa, 100€ en este año que termina, ya veremos lo que nos piden en el próximo.

Tembién tienes que justificar anualmente que sigues federado, que realizas competiciones y que mantienes el nivel, yo soy de segunda y tengo 4 armas de concurso, si no lo haces tienes que depositar el arma o las armas.

Un saludo Oscar.
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Re: Consulta sobre art. 129 y 139 del Reglamento.

Mensajepor Oscar1975 » 12 Dic 2010 23:36

Yo la quiero para tener de tercera,(y al menos en la Icae los entrenamientos controlados nos valían para conceder esta categoría), y poder utilizar alguna de mis armas (por ejemplo el Ruger del 357 Magnum disparando el calibre 38 Spl) y tener hueco para algún otro caprichillo con la A (lease una Colt del 45 A.C.P o similar-no Norinco, Armscor o parecidas).

Oscar.
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Re: Consulta sobre art. 129 y 139 del Reglamento.

Mensajepor marroyol » 13 Dic 2010 18:31

Oscar1975 escribió:Yo la quiero para tener de tercera,(y al menos en la Icae los entrenamientos controlados nos valían para conceder esta categoría), y poder utilizar alguna de mis armas (por ejemplo el Ruger del 357 Magnum disparando el calibre 38 Spl) y tener hueco para algún otro caprichillo con la A (lease una Colt del 45 A.C.P o similar-no Norinco, Armscor o parecidas).

Oscar.


Con el ruger y tirando 38wc seguro que sacas el mínimo para pasar a segunda en fuego central y tendrás hueco para 6 armas :mrgreen:

Hace una semana hice una tirada de fuego central con un astra NC6 de 4" y me sobraron puntos para mantener 2ª :mrgreen:
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Re: Consulta sobre art. 129 y 139 del Reglamento.

Mensajepor Oscar1975 » 13 Dic 2010 19:26

Ya marro, pero luego no quiero estar haciendo tiradas autonómicas. Prefiero ser de tercera y ya está. Ya lo iré mirando, según esté el presupuesto jaja.

Oscar.
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Re: Consulta sobre art. 129 y 139 del Reglamento.

Mensajepor marroyol » 14 Dic 2010 20:04

Oscar1975 escribió:Ya marro, pero luego no quiero estar haciendo tiradas autonómicas. Prefiero ser de tercera y ya está. Ya lo iré mirando, según esté el presupuesto jaja.

Oscar.

Este año sin salir de León, como mucho ir a Ponferrada (110km)he tenido 2 de F.C. mas una en Valladolid (160Km).

Y si te apuntas en la madrileña, me parece que es solo una provincia :mrgreen:
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Re: Consulta sobre art. 129 y 139 del Reglamento.

Mensajepor Oscar1975 » 14 Dic 2010 21:48

marroyol escribió:
Oscar1975 escribió:Ya marro, pero luego no quiero estar haciendo tiradas autonómicas. Prefiero ser de tercera y ya está. Ya lo iré mirando, según esté el presupuesto jaja.

Oscar.

Este año sin salir de León, como mucho ir a Ponferrada (110km)he tenido 2 de F.C. mas una en Valladolid (160Km).

Y si te apuntas en la madrileña, me parece que es solo una provincia :mrgreen:



Cierto, la madrileña te vale como autonómica. Pero había alguno que solo metía certificados con la munición consumida jejeje, sin puntuación y eso no me vale. Jejeje.

Oscar.
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