Hola suidos_FT,
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Creo recordar que alguien de éste foro colgó una vez en un hilo (no recuerdo cuál

) una fotocopia de una circular interna de la Guardia Civil. En esa circular se pedía a los agentes algo así como que considerásen válida una Targeta de Armas debidamente sellada aunque el tirador no se encontrara dentro de los límites de su Municipio.
Sinó recuerdo mal era algo así.
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De todas formas hasta no hace muchos años el mismo Reglamento de Armas recogía que ante la falta de instalaciones para practicar el tiro, éste se podía practicar en lugar seguro (canteras y demás) previo aviso a la Guardia Civil. Francamente no sé si está también en el Reglamento vigente o era en el anterior. En cualquier caso tu amigo podría probar si le sellan la Targeta en la Guardia Civil del pueblo o le autorizan de alguna forma a transportar las carabinas.
..........Por preguntar no pierde nada.
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Saludos.