Pues he ido a registrar a la policía local la HW100, y le pregunte que tipo de tarjeta sería la que necesitaba la A o la B. El agente solo me pregunto que si era de aire comprimido y si era semiautomática, le dije que era de aire pero no semiautomática, y me respondió que no había que mirar más, que era de tipo B.
¿Estáis de acuerdo?
Yo me ley todo el artículo sobre la tarjeta de armas, y decía que las semiautomáticas y repetidoras eran de clase A, y la HW100 tiene cargador de 14 balines.
¿Qué pasa si me llega la tarjeta de tipo B, y la carabina es realmente de tipo A? Es la policia local la que determina que tipo es, por lo que entiendo que el error no es mio.
Por otro lado, prefiero que sea tipo B, puesto que la validez será indefinida.
HW100 ¿Tarjeta de armas A o B?
RE: HW100 ¿Tarjeta de armas A o B?
En serio, sería de mucha ayuda vuestras opiniones, haber si podéis comentar que pensáis sobre si es te tipo A o B la HW100.
RE: HW100 ¿Tarjeta de armas A o B?
La que te han dado es la que te dan en todos los ayuntamientos. RELAJATE QUE TE VA HA DAR UN CHUNGO COMPAÑERO!!!! JAJAJA
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RE: HW100 ¿Tarjeta de armas A o B?
buenas quien a dicho que no sea monotiro que tenga la ventaja de ser las dos cosas no es un problema para ti si no una ventaja
un saludo

un saludo
RE: HW100 ¿Tarjeta de armas A o B?
Disculpas,se me habian pasado algunas cosas y gracias a la correccion de Servando,ya que no me habia percatado,dejo un nuevo post con un enlace de estos amigos de FT Camponaraya,con las informaciones necesarias sobre la legislacion,para poder tener nuestras armas documentadas.
Lo encontrareis en unos post mas abajo.
Lo encontrareis en unos post mas abajo.
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RE: HW100 ¿Tarjeta de armas A o B?
[citando a: jupicas]
Muy buenas,vamos a ver ,las armas de la 4º categoria son todas las de aire comprimido sean automaticas,semi o monotiro, ya sean carabinas o pistolas,siempre y cuando la potencia de salida en boca del arma no exceda de los 24,2 julios de potencia,sea la marca que sea y nacional o extranjera,pero esto no quiere decir que por ser de aire comprimido,este relegada a la 4º categoria y licencia B, CUANDO SOBREPASE LAS MEDIDAS DE POTENCIA MARCADAS POR LEY,se guiaran con la clase A y estaran dentro de las de 3º categoria,
Un saludo
si diselo a la gente que en este foro tiene alguna que sobrepase los 24.2 julios ay unas cuantas, yo creo que no tienen ni targeta
un saludo
RE: HW100 ¿Tarjeta de armas A o B?
Y esto lo dices tu vilans porque eres adivino... hay que ... Saludos al foro
Lo que no me destruye, me hace mas fuerte
RE: HW100 ¿Tarjeta de armas A o B?
Amigo Vilans,yo no veo ningun delito en una Hatsan,por ejemplo,no creo que el hecho de tener unos cuantos julios mas sea como para alarmarse,el enacabezado del post,hacia una pregunta sobre la utilizacion de las tarjetas de armas y mi contestacion es solamente a modo informativo sobre que tarjetas usar en cada armas y esto solo lo pueden decir los reglamentos dispuestos a tal fin,luego que cada uno haga lo que crea conveniente,todos queremos tener mas potencia en nuestras carabinas,claro que si,pero cuidado,esta la ley y si esta nos coje por un capricho,hay que tener en cuenta el alcanze de la misma,si la infraccion llegara a constituirse como delito por tenencia ilicita de armas,esto mancharia nuestro certificado de penales y esto en un chaval joven,que quiera ser policia,militar o simplemente guarda jurado o dedicarse al tiro olimpico o a la caza,cualquier actividad donde se nos exigiera este certificado de conducta,le afectaria seriamente,muy seriamente,asi que cuidado con la ley,cuidado a la jente joven que se inicia en el aire comprimido,pues son armas con sus propios reglamentos.
Un saludo
Un saludo
RE: HW100 ¿Tarjeta de armas A o B?
No es así Jupicas, las carabinas de aire de mas de 24,2 Julios, son armas de 3ª categoría, por tanto le corresponden "GUIA tipo E", a las que están por debajo de 24,2 Julios, son armas de 4ª categoría y le corresponde "tarjeta tipo A" a las carabinas o pitolas semiautomaticas y a los revolveres de doble acción, mientras que a las pistolas o carabinas de un solo tiro y a los revolveres de simple acción, le corresponde la "Tarjeta tipo B".
Y referente al arma que se está comentando, se use con el cargador de 14 o con el single, no es semiatomatica, siempre es de un solo tiro, ya que a cada disparo hay que cargar el arma.
Y referente al arma que se está comentando, se use con el cargador de 14 o con el single, no es semiatomatica, siempre es de un solo tiro, ya que a cada disparo hay que cargar el arma.
Â
RE: HW100 ¿Tarjeta de armas A o B?
Hola aqui estoy,voy a tratar de copiar y pegar,con la intencion de quedarlo reflejado tal y como esta
4.ª categoría:
1. Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; y revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
2. Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas
2. Las armas incluidas en la categoría 4.ª, 2, se pueden documentar en número ilimitado con tarjeta B, cuya validez será permanente. De las comprendidas en la categoría 4.ª, 1, solamente se podrán documentar seis armas con tarjetas A cuya validez será de cinco años.
3. No obstante, la autoridad municipal podrá limitar o reducir, tanto el número de armas que puede poseer cada interesado como el tiempo de validez de las tarjetas, teniendo en cuenta las circunstancias locales y personales que concurran.
Bueno pues me ha quedado muy bien,tal y como lo ponen estos compañeros
Espero que os sirva de ayuda.
Un saludo
4.ª categoría:
1. Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; y revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
2. Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas
2. Las armas incluidas en la categoría 4.ª, 2, se pueden documentar en número ilimitado con tarjeta B, cuya validez será permanente. De las comprendidas en la categoría 4.ª, 1, solamente se podrán documentar seis armas con tarjetas A cuya validez será de cinco años.
3. No obstante, la autoridad municipal podrá limitar o reducir, tanto el número de armas que puede poseer cada interesado como el tiempo de validez de las tarjetas, teniendo en cuenta las circunstancias locales y personales que concurran.
Bueno pues me ha quedado muy bien,tal y como lo ponen estos compañeros
Espero que os sirva de ayuda.
Un saludo
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