Mensajepor joldujo » 08 Sep 2010 01:49
Skiner
El uso de las armas durante la caza UNICAMENTE se rige por la legislación cinegética, de hecho, cuando te sancionan en un espacio cinegético, con un arma amparada por la licencia D ó E y practicando la caza. Si se produce un accidente en la práctica venatoria, siempre que no se vulnere ninguna norma, no tiene repercusiones penales, del mismo modo que si se circula con el coche por una carretera sin sobrepasar el límite de velocidad y estando sobrio, pero se produce un atropello, pues si no se vulnero ninguna norma, no hay repercusiones penales. Otra cosa muy diferente es que en transcurso de la cacería el arma se utilice para cometer algún delito y con delito me refiero a utilizar ese arma para otra cosa que no sea cazar, entonces se aplicaría la ley que corresponda.
Por supuesto que las distancias son mínimos, es que son los mínimos los que te deben marcar ¿por qué te van a marcar los máximos? Me parecería una estupidez, tu puedes cazar a la distancia máxima que quieras de un camino, pero lo que nunca se puede hacer es disparar hacia personas teniendo constancia de su proximidad.
Una bala de escopeta puede llegar.... no se... 5 km en parábola y una de rifle 8, por suerte para todos, las piezas de caza mayor, que son para las que están permitidas las balas, no vuelan, menos mal ¿verdad?
Bueno, pues comentamos los de los tamponazos, que se le va a hacer. No es absolutamente legal, para nada, pegar un par de tiros a alguien que AMENAZA tu vida o la de terceros, es “legal” defenderte de quien te agrede y tiene un arma de fuego, no es lo mismo decirte “si te cojo te mato” que pegarte un par de hostias, lo primero es una amenaza y lo segundo es una agresión, no se si ves la diferencia, pero la tiene y mucha. Entrecomillo lo de legal, porque en España no es legal agredir a nadie, la legalidad de dicta el juez.
Por otra parte, nunca en mi vida he visto a nadie cazar con un escopeta de trombón, estas escopetas son solicitadas por aficionados a las armas mas que por cazadores o tiradores de plato, por lo que supongo que el cazador en cuestión portara la escopeta mas usada para la caza en España, una semiautomatica. Si este cazador disparo a la pieza, disparos que asustaron a Jabibi y su familia, es de suponer que tenia el arma descargada, seguramente comentó con el compañero el lance, entonces vió dirigirse hacia él a una persona, ante la incertidumbre de que quería se fijo en él, pero cuando vió que era un desinformado sobre el tema, prosiguió con su menester venatorio, es decir, cargar la escopeta, mientras le decía que estaba todo bien, algo más que normal. Ahora, si le hubiese dicho que se largara por ahí y le dejara de tocar los cojones en tono claramente enfadado, pues quizás ahí podría ser una amenaza, pero lo demás es buscar cinco patas al gato.
A mi el SEPRONA me ha pedido la documentación varias veces, nunca me ha denunciado, no tuvo motivos. Una de las veces fue en una batida de caza mayor, me pidió la documentación y me pidió que sacara el cargador del rifle para revisarle, yo saqué el cargador y la bala alojada en la recamara, lo revisó y me lo devolvió, me devolvieron la documentación, se despidieron y yo cargue el rifle, metí el cargador y acerrojé, pues ellos ni se inmutaron ¿sabes por qué Skinner? Porque un cazador jamás ha amenazado a un agente, no somos peligrosos, no vamos dando “tamponazos” a hipotéticas amenazas, ni nos preocupa cuando es legal pegar un tiro a alguien y en que circunstancias.
Saludos