Tengo una duda que me corroeeee.
Parece ser que en el nuevo reglamento de armas aparece el "Arma de Repetición" tipificada es decir lo que vulgarmente conocemos como "de corredera".
Por otra parte, en las leyes de caza actuales, por lo menos en la de mi comunidad autónoma (Extremadura) sólo se hace mención a que "tanto las armas semiautomática como automáticas sólo podrán portar dos cartuchos en la récamara".
Por tanto, o se modifican todas las leyes autonómicas (por lo menos las que sean similares a la extremeña, desconozco las otras) o a partir de la aprobación del nuevo reglamento de armas me veo por esos montes de Dios con mi Mossberg 500 Combo y 5 cartuchitos en la recámara.

Estoy soñando?
¿Que opinais?