Hola:
No se muy bien si esta es la seccion adecuada pero es una duda sobre el uso del arma reglamentaria por profesionales.
Mi duda es la siguiente:
Existe alguna orden o reglamento o similar que obligue al que ha comedito un delito a soportar las lesiones que le ocasionen las fuerzas de seguridad en su captura/detencion? O lo que es lo mismo, que exoneren al policia de las lesiones que haya podido causar al "malo"? (siempre que el uso de la fuerza sea proporcial y todo eso )
Gracias,
deber de soportar el daño
- homer
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Re: deber de soportar el daño
si el"malo" se ha resistido a su detencion o a la autoridad pues tu mismo pero seguramente compañeros te podran ayudar mas que yo
Si en el frente os encontráis a un soldado mal afeitado,sucio,con las botas rotas y el uniforme desabrochado, cuadraos ante él,es un héroe, es un español(Jí¼rgens Comandante General del XXXVIII - Cuerpo de Ejército de la Wehrmacht)
Re: deber de soportar el daño
jarifo escribió: O lo que es lo mismo, que exoneren al policia de las lesiones que haya podido causar al "malo"? (siempre que el uso de la fuerza sea proporcial y todo eso )
Gracias,


Hola Jarifo,
Quizás no te he entendido bién, pero si el uso del arma reglamentaria está justificado y és "proporcional y todo eso" como bién dices tu, pués claro que puede usarla un agente de la autoridad,
¡Por algo llevan un arma!
jarifo escribió:Existe alguna orden o reglamento o similar que obligue al que ha comedito un delito a soportar las lesiones que le ocasionen las fuerzas de seguridad en su captura/detencion?
¿Qué quieres decir con una Orden o similar que te obligue a soportar lesiones?

Tu tienes derecho a denunciar un abuso de autoridad o un exceso en el uso de la fuerza siempre que lo creas oportuno.
"A la larga el trabajo se convierte en el mayor de los placeres y viene a ocupar el lugar que todas las ilusiones dejaron vacío"
Pierre Corneille ( 1606-1684 )
Poeta francés
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Re: deber de soportar el daño
Leete las eximentes del Código Penal, ahi lo pone bien claro.
- zurguen
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Re: deber de soportar el daño
Si a ti te detienen, y tu no te resistes a la detención no te aplican ningún tipo de fuerza.
Si te resistes te aplicarán la fuerza mínima indispensable para detenerte.
Por tanto, soportarás el daño que tu decides con tu actitud ante el arresto
Si te resistes te aplicarán la fuerza mínima indispensable para detenerte.
Por tanto, soportarás el daño que tu decides con tu actitud ante el arresto
Saludos desde la margen derecha del arroyo del Zurguén. Salamanca
-
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Re: deber de soportar el daño
Pues basicamente si el uso de la fuerza es proporcional ajo y agua, si cometes un delito los Policias tienen el Derecho y el Deber de detenerte, y tu no tienes derecho a resistirte, lo digo porque algunos delincuentes se creen en igualdad de derechos, es decir que tienen derecho a hacer lo que les venga en gana y los demas Policia o ciudadanos no tiene derecho a defenderse, resistirse a ser robados o detenerlos.
Re: deber de soportar el daño
El uso de la fuerza por parte de los agentes de la autoridad viene regulado en legislación de naciones unidas:
- MANUAL DE DERECHOS HUMANOS
- NORMAS INTERNACIONALES DE ARRESTO
- DIRECTRICES DE NACIONES UNIDAS
- CÓDIGO DE CONDUCTA PARA POLICÍAS
- PRINCIPIOS BASICOS SOBRE USO FUERZA Y ARMA DE FUEGO
- REGLAS DE JUSTICIA PENAL DE LA ONU PARA EL MANTENIMIENTO DE LA PAZ
y por supuesto en legislación española:
- C.E. art 10.1 art 10.2 art 15 art 104.1 art 104.2
- LO 2/86 FCS art 5.2.c y 5.2.d
- LeCrim art 520
y como bien te han dicho para que las posibles lesiones que cause el agente de la autoridad no tengan imputación penal, la actuación debe estar dentro de los eximentes del art 20 del código penal, entre los que yo considero los mas importantes el art 20.4 legitima defensa y art 20.7 cumplimiento del deber oficio o cargo, cada uno con unos requisitos necesarios para que se exima al agente de la autoridad de su imputacion. (vaya toston te acabo de meter
)
- MANUAL DE DERECHOS HUMANOS
- NORMAS INTERNACIONALES DE ARRESTO
- DIRECTRICES DE NACIONES UNIDAS
- CÓDIGO DE CONDUCTA PARA POLICÍAS
- PRINCIPIOS BASICOS SOBRE USO FUERZA Y ARMA DE FUEGO
- REGLAS DE JUSTICIA PENAL DE LA ONU PARA EL MANTENIMIENTO DE LA PAZ
y por supuesto en legislación española:
- C.E. art 10.1 art 10.2 art 15 art 104.1 art 104.2
- LO 2/86 FCS art 5.2.c y 5.2.d
- LeCrim art 520
y como bien te han dicho para que las posibles lesiones que cause el agente de la autoridad no tengan imputación penal, la actuación debe estar dentro de los eximentes del art 20 del código penal, entre los que yo considero los mas importantes el art 20.4 legitima defensa y art 20.7 cumplimiento del deber oficio o cargo, cada uno con unos requisitos necesarios para que se exima al agente de la autoridad de su imputacion. (vaya toston te acabo de meter

Re: deber de soportar el daño
No es ningun toston... de hecho me paso el dia leyendo y hablando de esos tostones
. Pero es que simplemente el otro dia me comentaron ( y no me indicaron mas) que habian encontrado una ley por la que en caso de un mal (daño, lesiones, etc, etc) causado por un policia durante un arresto a un delincuente la admnistracion no se veia en la obligacion de indemnizar por los daños. Por eso preguntaba, por si habia "algo" sobre eso de forma especifica y por eso lo preguntaba. Es decir: que si yo soy policia, le pego un tiro a uno que se me esta resistiendo y el uso de la fuerza es proporcional y todo, la administracion no tenga que indemnizar (aparte del tema penal del posible delito y sus eximientes).
Gracias a todos!

Gracias a todos!
Re: deber de soportar el daño
jarifo escribió:No es ningun toston... de hecho me paso el dia leyendo y hablando de esos tostones . Pero es que simplemente el otro dia me comentaron ( y no me indicaron mas) que habian encontrado una ley por la que en caso de un mal (daño, lesiones, etc, etc) causado por un policia durante un arresto a un delincuente la admnistracion no se veia en la obligacion de indemnizar por los daños.
Si te refieres en el supuesto en que el "delincuente" lleve el caso a los tribunales, imagino que será el juez quién determine el grado de culpabilidad y de responsabilidad de las partes implicadas (agente, superiores, etc...) y decida si se le indemniza o no y quién.
Pero en cualquier caso serán los imputados y no la administración quién deba indemnizar.
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Pierre Corneille ( 1606-1684 )
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Re: deber de soportar el daño
Cuidado con lo de el pago de los daños, los agentes actuantes podrán ir a presidio si se pasan en el uso de la fuerza y tal, pero el que apoquina los dineros es su PATRON bien sean Ayuntamientos, Guardia Civil, El Cuerpo Nacional de Policía, etc,etc,etc.
Re: deber de soportar el daño
..
Última edición por LordBlade el 23 Feb 2021 23:58, editado 1 vez en total.
- zurguen
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Re: deber de soportar el daño
LordBlade escribió:zurguen escribió:Si a ti te detienen, y tu no te resistes a la detención no te aplican ningún tipo de fuerza.
Si te resistes te aplicarán la fuerza mínima indispensable para detenerte.
Por tanto, soportarás el daño que tu decides con tu actitud ante el arresto
Cuanto menos, es una opinion MUY subjetiva vista desde uno de los lados.
Seguramente, pero después de 29 años de trabajo y bastantes detenciones, jamás he tenido ningún problema por "pasarme" con la fuerza
Saludos desde la margen derecha del arroyo del Zurguén. Salamanca
Re: deber de soportar el daño
zurguen escribió:LordBlade escribió:zurguen escribió:Si a ti te detienen, y tu no te resistes a la detención no te aplican ningún tipo de fuerza.
Si te resistes te aplicarán la fuerza mínima indispensable para detenerte.
Por tanto, soportarás el daño que tu decides con tu actitud ante el arresto
Cuanto menos, es una opinion MUY subjetiva vista desde uno de los lados.
Seguramente, pero después de 29 años de trabajo y bastantes detenciones, jamás he tenido ningún problema por "pasarme" con la fuerza
No lo dudo, pero pensar que a nadie nunca se le escapo un golpe...
Re: deber de soportar el daño
jarifo escribió:...es que simplemente el otro dia me comentaron ( y no me indicaron mas) que habian encontrado una ley por la que en caso de un mal (daño, lesiones, etc, etc) causado por un policia durante un arresto a un delincuente la admnistracion no se veia en la obligacion de indemnizar por los daños...
Creo que se a lo que te refieres, lo que no se es si sabré explicarlo

Se supone que el Estado, a través de la administración que corresponda, es responsable subsidiario en las actuaciones de las FyCSE. Osea, que la administración paga los daños que los agentes ocasionen durante sus intervenciones....Imagina (caso real) que un guardia corre detrás de un chorizo por la calle y durante la carrera choca con una señora que, como consecuencia cae al suelo y tiene unas lesiones. El Estado indemniza a la señora.
Ahora imagina que ese mismo guardia alcanza al chorizo, éste se resiste a la detención y, durante el forcejeo, el chorizo acaba dentro de un escaparate y se rompe varios dientes contra una máquina de coser. El estado paga el escaparate, la máquina de coser y luego se lo reclama al chorizo. El Estado "no se ve en la obligación" de pagarle dientes nuevos al chorizo.
Creo que como ejemplo puede valer aunque seguro que está mucho mejor escrito y regulado en algún sitio

Un saludo.
Re: deber de soportar el daño
Tomaxito, siento el retraso en mi respuesta. Me ha servido de gran ayuda y ahora y lo tengo mucho mas claro!
Muchas gracias!
Muchas gracias!
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