Custodia de un arma corta

Armas de fuego central, tiro de precisión, tiro olímpico...
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Custodia de un arma corta

Mensajepor joseluiam » 02 Mar 2010 14:36

La pregunta es si alguien conoce algún lugar (en principio en Madrid) donde depositar un arma corta para que la custodien durante un viaje al extranjero, ya que no me gustaría dejarla en casa durante mi ausencia.

Saludos.

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Re: Custodia de un arma corta

Mensajepor CHAMACO » 02 Mar 2010 14:42

Si tienes un amigo (que tenga la correspondiente autorización y caja fuerte), le haces una autorizacion provisional...
Saludos.

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Re: Custodia de un arma corta

Mensajepor capi360 » 02 Mar 2010 19:45

Quiza en alguna armeria te podrian hacer el favor.

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Re: Custodia de un arma corta

Mensajepor joseluiam » 03 Mar 2010 16:07

capi360 escribió:Quiza en alguna armeria te podrian hacer el favor.


Si, es lo que estoy mirando.

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Re: Custodia de un arma corta

Mensajepor flipk12 » 03 Mar 2010 23:26

Si, claro, la intervención de armas, tu intervención. Vas allí, la depositas, y la recoges a la vuelta.

joseluiam escribió:La pregunta es si alguien conoce algún lugar (en principio en Madrid) donde depositar un arma corta para que la custodien durante un viaje al extranjero, ya que no me gustaría dejarla en casa durante mi ausencia.

Saludos.

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Custodia de un arma corta

Mensajepor JDELPOZOC » 03 Mar 2010 23:41

En la I.A. tienen la OBLIGACIÓN de tutelarla durante tu ausencia...
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Re: Custodia de un arma corta

Mensajepor marchoso » 03 Mar 2010 23:43

Coincido con el compañero Flipk12, lo mejor es que la deposites en la intervencion de armas.
Te expiden tu certificado de deposito y la recojes a la vuelta.
un saludo,

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Re: Custodia de un arma corta

Mensajepor joseluiam » 07 Mar 2010 11:33

marchoso escribió:Coincido con el compañero Flipk12, lo mejor es que la deposites en la intervencion de armas.
Te expiden tu certificado de deposito y la recojes a la vuelta.
un saludo,


Es lo primero que hice: Preguntar en mi IA.

La respuesta fue clara y directa: NO

Despues me aclararon un poco más los terminos: Mi obligación como propietario es custodiar el arma y en un periodo vacacional "largo" no puedo dejarla en casa sin custodia, en un principio solo me parecía mal dejarla en casa, ahora me dicen en la IA que no solo es que no quiera, sino que no puedo dejarla en casa "abandonada" aunque esté en su armero correspondiente.

Según ellos solo tengo dos soluciones:
1.- Llevarmela de vacaciones
2.- No tener armas durante el periodo de las mismas (venta anterior y recompra a la vuelta)

Ya tengo alguna solución tipo favor personal que me hace alguien, pero insisto en que si alguien sabe donde depositarla de forma oficial se lo agradecería.

Saludos.

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Re: Custodia de un arma corta

Mensajepor marchoso » 07 Mar 2010 18:57

Saludos compañero,Generalmente no viene recogido en ningun sitio que dejar el arma en el armero de tu domicilio Sea abandono del arma, pues cuando se exige el grado de seguridad, es x lo mismo pensando en un posible robo.
La cuetion es muy sencilla, las dejas en tu domicilio y te vas de vacaciones,nadie tiene x que saber cuando te vas y cuando regresas.
con cualquier compañero puedes hacer el comtrato de compraventa y luego te la devuleve.
si no es mucho tiempo con una cecion temporal bastaria, te autoriza quince dias.
Si lo miras todo es posible ya depende de uno mismo.
un saludo y a meditar.

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Re: Custodia de un arma corta

Mensajepor hammerli280 » 07 Mar 2010 19:13

Nosotros cuando queremos depositarlas por vacaciones o por otro motivo personal lo hacemos en el bunker del campo de tiro, a la entrega del arma para depositarla tienes que presentar la tarjeta federativa,num. de socio,arma,guia de arma. ellos te extiende un certificado en el cual el arma queda depositada en las instalaciones del campo, que esta autorizado por la I.A a la guarda y custodia de las armas cortas y largas en el armero ,espero que te valga de algo, informate en las instalaciones de tu galeria de tiro a ver que te dicen. saludos
Si los españoles habláramos sólo y exclusivamente de lo que sabemos, se producirí­a un gran silencio que nos permitirí­a pensar.

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Re: Custodia de un arma corta

Mensajepor xatrac » 07 Mar 2010 19:25

Según ellos solo tengo dos soluciones:
1.- Llevarmela de vacaciones
2.- No tener armas durante el periodo de las mismas (venta anterior y recompra a la vuelta)


Virgen Santísima del Verbo Divino!!
Hasta para los interventores de armas hay que tener suerte en esta vida.

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Re: Custodia de un arma corta

Mensajepor joseluiam » 08 Mar 2010 19:42

hammerli280 escribió:Nosotros cuando queremos depositarlas por vacaciones o por otro motivo personal lo hacemos en el bunker del campo de tiro, a la entrega del arma para depositarla tienes que presentar la tarjeta federativa,num. de socio,arma,guia de arma. ellos te extiende un certificado en el cual el arma queda depositada en las instalaciones del campo, que esta autorizado por la I.A a la guarda y custodia de las armas cortas y largas en el armero ,espero que te valga de algo, informate en las instalaciones de tu galeria de tiro a ver que te dicen. saludos


Evidentemente tambien lo he preguntado, en Cantoblanco (Madrid) no realizan este tipo de depositos, ni por vacaciones ni por ninguna otra causa.

marchoso escribió:...
con cualquier compañero puedes hacer el comtrato de compraventa y luego te la devuleve.
si no es mucho tiempo con una cecion temporal bastaria, te autoriza quince dias.
...


Por ahí me parece que va a ir la solución

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Re: Custodia de un arma corta

Mensajepor Xispa » 08 Mar 2010 22:57

Que entendemos por un periodo vacacional largo.
2 dias
20 dias
6 meses
......

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Re: Custodia de un arma corta

Mensajepor flipk12 » 08 Mar 2010 23:47

Hostia, con perdón, esto es nuevo. Llevarte el arma de vacaciones. Yo había oido lo de vacaciones santillana, tiempo ha, pero vacaciones Walther GSP no me suena, ja, ja, ja.

Coges tu arma, te la levas de vacaciones a donde obviamente ni tienes armero ni es tu residencia habitual, la que tienes escrita en tu licencia, que se supone es donde tienes que tener el arma cuando no esté en una tirada, entrenamiento, armería o intervención de armas.

Y claro. ¿Esto por escrito no te lo pueden dar?

En tu casa, en su armero correspondiente, no está abandonada, está donde tiene que estar. Estés o no de vacaciones. La ley fija unas medidas de seguridad necesarias para custodiar un arma en el domicilio y tu no eres una de esas medidas de seguridad, luego no tienes por qué estar.

Aunque igual me equivoco, porque todo es tan relativo en estos temas.

joseluiam escribió:
marchoso escribió:Coincido con el compañero Flipk12, lo mejor es que la deposites en la intervencion de armas.
Te expiden tu certificado de deposito y la recojes a la vuelta.
un saludo,


Es lo primero que hice: Preguntar en mi IA.

La respuesta fue clara y directa: NO

Despues me aclararon un poco más los terminos: Mi obligación como propietario es custodiar el arma y en un periodo vacacional "largo" no puedo dejarla en casa sin custodia, en un principio solo me parecía mal dejarla en casa, ahora me dicen en la IA que no solo es que no quiera, sino que no puedo dejarla en casa "abandonada" aunque esté en su armero correspondiente.

Según ellos solo tengo dos soluciones:
1.- Llevarmela de vacaciones
2.- No tener armas durante el periodo de las mismas (venta anterior y recompra a la vuelta)

Ya tengo alguna solución tipo favor personal que me hace alguien, pero insisto en que si alguien sabe donde depositarla de forma oficial se lo agradecería.

Saludos.

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Re: Custodia de un arma corta

Mensajepor xatrac » 09 Mar 2010 09:44

CAPITULO II:
Una vez que te la has llevado de vacaciones por consejo de tu buen enemigo el interventor, te para la GC, te registra el maletero y allí se encuentra un arsenal de 6 armas entre cortas y largas, suponiendo que seas de 2ª.
- Caballero, ¿me puede enseñar la documentación de estas armas?
- Por supuesto, Agente, aquí tiene todas las guías y mi licencia de armas.
- Peroooo.... usted tiene licencia F ¿A qué campo de tiro va?
- No, a ninguno, voy de vacaciones unos días al pueblo de mi mujer, junto con los niños y mi suegra. Voy a estar alojado en la casa de mi cuñao, que también tiene 3 churumbeles, más majos...
- ¿Y usted no sabe que sólo puede portar las armas desde su domicilio hasta el campo o galeria de tiro donde ejerza la actividad deportiva? ¿Y que si no va a eso, tienen que estar en su armero debidamente homologado-superhomologado-requetehomologado (y las veces que faltan por homologar)?
-Sí, yo sí lo sabía, pero es que se me ha ocurrido preguntar a sus compañeros de la IA de Valdehomologados, y me han dicho que si no voy a estar en casa en unos días me las tengo que llevar para que no me las roben de mi superarmero requetehomologado, porque estarán más seguras en la casa de mi cuñao, con mi suegra y los "majetes" de mis sobrinos y mis ninios (qué bonicos, madre!), rondando todo el día cerca de la cama donde las metido debajo, liadas en una manta. Pero, Agente, ¿qué le pasa? Está usted muy pálido... ¡No se caiga hombre! ¡Un médico, rápido, llamen a un médicoooooo...!
Continuará....

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Re: Custodia de un arma corta

Mensajepor joseluiam » 09 Mar 2010 11:54

Pues dado el revuelo que esta causando este tema he vuelto a llamar al interventor y le he vuelto a preguntar, a pesar de todo lo que pueda parecer es muy amable y siempre me ha atendido de forma totalmente correcta.

Dice que esto se basa en los articulos 144 y 145 del RA, algo así como que en caso de robo hay que hacer una comunicación inmediata del mismo.

Que si no pasa nada, no hay problema, pero si por casualidad hay un robo del arma y no está comunicado pueden haber muchos problemas.

En cuanto a la respuesta de cuanto tiempo puede pasar entre el robo y la comunicación del mismo dice que "poco, lo razonable, pero que desde luego 10-15 días no es razonable"

En fin, es lo que me cuentan......

Saludos.

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Re: Custodia de un arma corta

Mensajepor xatrac » 09 Mar 2010 13:30

No dudo que el que te ha informado sea muy amable y excelente persona, faltaría más. Pero sigo pensando que las dos opciones que te ha dado son una verdadera barbaridad. Si las armas están en su armero, y por desgracia entran a robarte, tú no has cometido ninguna imprudencia. Has cumplido todas las normas que te exigen y el perjudicado eres tú, por lo que estaría bueno que encima fueras el delincuente. El "inmediatamente" que comentas sería, a mi entender, en cuanto conozcas el hecho del robo, y si has estado fuera un mes, "inmediatamente" será en cuanto vuelvas a casa y veas lo que hay, ya que la ley no te exige otra cosa que no sea tenerlas en el armero. Otras medidas que tú quieras tomar, como cedérselas a un amigo, las veo muy bien, incluso recomendable, pero eso no es obligatorio. Es mi opinión.
Saludos a todos.

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Re: Custodia de un arma corta

Mensajepor joseluiam » 09 Mar 2010 14:07

Si yo solo digo lo que me cuentan....

Soy demasiado novato como para tener opinion propia a este respecto :oops: :oops:

A ver si nos lee Oscar1975 y tambien nos da su opinión


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