Reglamentación y normativa de IPSC
Re: Reglamentación y normativa de IPSC
Hola, se puede tirar en IPSC con escopeta tactica tipo remington 870, mossbesr 500, stinger, etc de cañon liso?
En caso afirmativo habria que guiarla en E o F, o da lo mismo?
Saludos y gracias
En caso afirmativo habria que guiarla en E o F, o da lo mismo?
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Re: Reglamentación y normativa de IPSC
Que yo sepa solo cañon liso.
Armas deportivas en F. Y en cartucho 12 solo entran cañones lisos.
La E es para lo que es.. Luego ya cada uno hace lo que le da la gana..
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Re: Reglamentación y normativa de IPSC
Bueno la cosa es saber lo reglamentariamente correcto, por tu comentario si se guian en E no se si te dejarian segun en que sitios o federaciones.
Lo quiero saber porque si una escopeta guiada en E se puede usar para varios fines es mejor que en F que solo serviria para tiro deportivo.
Saludos
Lo quiero saber porque si una escopeta guiada en E se puede usar para varios fines es mejor que en F que solo serviria para tiro deportivo.
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Re: Reglamentación y normativa de IPSC
llamareto escribió:Bueno la cosa es saber lo reglamentariamente correcto, por tu comentario si se guian en E no se si te dejarian segun en que sitios o federaciones.
Lo quiero saber porque si una escopeta guiada en E se puede usar para varios fines es mejor que en F que solo serviria para tiro deportivo.
Saludos
En reglamento de ipsc no dice nada. La diferencia la marca la federación.. Armas deportivas para campos de tiro por un lado y las demás por otro.. De hecho los funcionarios ya tienen problemas con el uso de armas de trabajo, por ejemplo.. Y las carabinas del 22 que no se pueden usar para cazar en España tengo entendido que ya no se pueden guiar en E...
Para lo demás, al reglamento de armas.. En cosas es restrictivo pero en otras empiezan a usar la lógica.
https://federacionarmera.com/nuevo-regla ... contenido/
https://www.armas.es/mundo-armas/33615- ... -contenido
Aquí creo que queda claro
https://www.guardiacivil.es/es/servicios ... ias_armas/
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Re: Reglamentación y normativa de IPSC
No acabo de entender, vaya lio con esto. un rifle .22 se guia en E y solo es para tiro deportivo, las escopetas se guien en E y son para caza y tiro deportivo, acaso tirar en galeria o poligono no es tiro deportivo?.
Lo logico es que si una escopeta se puede guiar en E o en F pues pudiera valer para cazar, tiro deportivo y galeria o es que el tiro deportivo solo es el plato?
O sea, habria que tener dos escopetas, una para caza y/o tiro al plato y otra para galeria o poligono y luego dicen que cuantas menos armas tengamos mejor...pues ellos mismos fomentan tener que tener varias cuando con una sola podria valer para varias modalidades dependiendo de la escopeta.
En una galeria que fui dejaron a un chaval probar una escopeta de caza, teoricamente no esta permitido?
Si es que asi no hay manera de saber como actuar ni que comprar o como guiarlo.
Yo pensaba que las escopetas siempre se guiaban en E pero ya si que no se nada...
Saludos
Lo logico es que si una escopeta se puede guiar en E o en F pues pudiera valer para cazar, tiro deportivo y galeria o es que el tiro deportivo solo es el plato?
O sea, habria que tener dos escopetas, una para caza y/o tiro al plato y otra para galeria o poligono y luego dicen que cuantas menos armas tengamos mejor...pues ellos mismos fomentan tener que tener varias cuando con una sola podria valer para varias modalidades dependiendo de la escopeta.
En una galeria que fui dejaron a un chaval probar una escopeta de caza, teoricamente no esta permitido?
Si es que asi no hay manera de saber como actuar ni que comprar o como guiarlo.
Yo pensaba que las escopetas siempre se guiaban en E pero ya si que no se nada...
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Re: Reglamentación y normativa de IPSC
llamareto escribió:No acabo de entender, vaya lio con esto. un rifle .22 se guia en E y solo es para tiro deportivo, las escopetas se guien en E y son para caza y tiro deportivo, acaso tirar en galeria o poligono no es tiro deportivo?.
Lo logico es que si una escopeta se puede guiar en E o en F pues pudiera valer para cazar, tiro deportivo y galeria o es que el tiro deportivo solo es el plato?
O sea, habria que tener dos escopetas, una para caza y/o tiro al plato y otra para galeria o poligono y luego dicen que cuantas menos armas tengamos mejor...pues ellos mismos fomentan tener que tener varias cuando con una sola podria valer para varias modalidades dependiendo de la escopeta.
En una galeria que fui dejaron a un chaval probar una escopeta de caza, teoricamente no esta permitido?
Si es que asi no hay manera de saber como actuar ni que comprar o como guiarlo.
Yo pensaba que las escopetas siempre se guiaban en E pero ya si que no se nada...
Saludos
La F abarca todas las armas que se pueden usar en modalidades deportivas en campos.
La E solo arma larga.
Por qué tener varias licencias??
Cada uno lo ve a su manera. Yo prefiero ser bueno en una modalidad sola que malo en todas.. El que mucho abarca poco aprieta.
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Re: Reglamentación y normativa de IPSC
Coopy escribió:llamareto escribió:Bueno la cosa es saber lo reglamentariamente correcto, por tu comentario si se guian en E no se si te dejarian segun en que sitios o federaciones.
Lo quiero saber porque si una escopeta guiada en E se puede usar para varios fines es mejor que en F que solo serviria para tiro deportivo.
Saludos
[...]
Y las carabinas del 22 que no se pueden usar para cazar en España tengo entendido que ya no se pueden guiar en E...
[....]
Aquí creo que queda claro
https://www.guardiacivil.es/es/servicios ... ias_armas/
Las carabinas del .22 anular se guían en E porque son de categoría 3-1. Arma larga rayada para tiro deportivo con dicho calibre.
Yo he guiado la mia hace 7 meses. ¿Desde cuándo no se pueden guiar en E? Se agradecería información si ha habido cambios.
Compito en BR50 y F-class R sin problema (FMTO) con arma guiada en E.
Gracias y saludos .
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Re: Reglamentación y normativa de IPSC
Chemi _Refogs escribió:Coopy escribió:llamareto escribió:Bueno la cosa es saber lo reglamentariamente correcto, por tu comentario si se guian en E no se si te dejarian segun en que sitios o federaciones.
Lo quiero saber porque si una escopeta guiada en E se puede usar para varios fines es mejor que en F que solo serviria para tiro deportivo.
Saludos
[...]
Y las carabinas del 22 que no se pueden usar para cazar en España tengo entendido que ya no se pueden guiar en E...
[....]
Aquí creo que queda claro
https://www.guardiacivil.es/es/servicios ... ias_armas/
Las carabinas del .22 anular se guían en E porque son de categoría 3-1. Arma larga rayada para tiro deportivo con dicho calibre.
Yo he guiado la mia hace 7 meses. ¿Desde cuándo no se pueden guiar en E? Se agradecería información si ha habido cambios.
Compito en BR50 y F-class R sin problema (FMTO) con arma guiada en E.
Gracias y saludos .
Yo lo vi en la ultima propuesta de reforma, se habla en el foro de hace tiempo. Si ya es oficial o no, no lo se.
El 22 aunque sea arma larga rallada solo se puede usar en galería (ni caza en el monte ni plato) por lo cual se debe guiar en F según la GC.... De hace siglos... Pero luego cada uno hace lo que le conviene y si le niegan la participación en una prueba en galería se dedica a protestar y dar pena... Ya vi alguno..
Diego Abilleira 
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Re: Reglamentación y normativa de IPSC
Ya, ese es el problema: falta de unanimidad de criterio.
Por eso yo siempre hablo de MI federación y de MI intervención.
No obstante, creo que la GC no tiene razón en este caso, porque, como se ha hablado mucho en este foro, el tema de caza va por ley de caza y es una actividad deportiva, por lo que se debería guiar en E por si cambia la ley de CAZA.
Saludos cordiales.
Por eso yo siempre hablo de MI federación y de MI intervención.
No obstante, creo que la GC no tiene razón en este caso, porque, como se ha hablado mucho en este foro, el tema de caza va por ley de caza y es una actividad deportiva, por lo que se debería guiar en E por si cambia la ley de CAZA.
Saludos cordiales.
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Re: Reglamentación y normativa de IPSC
Chemi _Refogs escribió:Ya, ese es el problema: falta de unanimidad de criterio.
Por eso yo siempre hablo de MI federación y de MI intervención.
No obstante, creo que la GC no tiene razón en este caso, porque, como se ha hablado mucho en este foro, el tema de caza va por ley de caza y es una actividad deportiva, por lo que se debería guiar en E por si cambia la ley de CAZA.
Saludos cordiales.
Pues no. El 22 no se puede usar para cazar por sus características y alcance.
Si quieres cazar, correcto la E. PERO CON LOS CALIBRES QUE CORRESPONDE.
Y si quieres competir en recintos, F. Con las armas que quieras y calibres que correspindan.
Si está aquí el calibre que quieres usar en recintos cerrados, la F es tu licencia.
https://www.guardiacivil.es/web/web/docu ... 5_2011.pdf
Si no está, pues la E con sus ventajas y limitaciones.
Para caza, o sea la E... Rifles y carabinas monotiro, no??? Escopetas con topes a 3 cartuchos, no??? .
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Re: Reglamentación y normativa de IPSC
Buenas!
En Aragón es legal la caza con .22lr.
Saludos
En Aragón es legal la caza con .22lr.
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Re: Reglamentación y normativa de IPSC
jrdc1 escribió:Buenas!
En Aragón es legal la caza con .22lr.
Saludos
Gracias, jrdc1:
Me sonaba a mí que en alguna Comunidad se podía cazar con .22LR.
Y no digamos en otros países cercanos... Eso sí, nada de búfalos; conejos y similares, zorros -maximo, supongo-, etcétera.
Saludos.
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Re: Reglamentación y normativa de IPSC
Las normas comunitarias son eso, comunitarias.. No generales o nacionales.
Habria que ver qué pasa si hay un accidente.
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Re: Reglamentación y normativa de IPSC
[quote][Y el documento ese de la "Normativa para el desarrollo de las competiciones de RR.TT" no contiene ninguna regla que ataña al desarrollo de una competición. Es un panfleto infumable que se limita a atar legalmente la práctica del IPSC a los designios de la REDEFETO. Habla de licencias, cuotas, plazos, etc,,, pero nada sobre el desarrollo de la competición
Ese documento y la Ley del Deporte son los mecanismos legales con los que el Estado se se auto-otorga la representación ante la IPSC ( International Practical Shooting Confederation )
No deja de ser curioso que una entidad de caracter privado ( que es lo que es una Federación ), de manera automágica se convierta en un estamento público bajo control estatal y en régimen de exclusividad.[quote][]
Aquí amigo es donde tienes más razón que un santo. Cuando lo escribiste era así, pero al día de hoy es un horror. ¿Quien organiza?¿Quien supervisa? nuestras maravillosas competiciones nivel III. ¿La comisión Técnica?¿ Vice-Presidente de la modalidad?¿del Colegio de Árbitros?
Dios nos ampare
Ese documento y la Ley del Deporte son los mecanismos legales con los que el Estado se se auto-otorga la representación ante la IPSC ( International Practical Shooting Confederation )
No deja de ser curioso que una entidad de caracter privado ( que es lo que es una Federación ), de manera automágica se convierta en un estamento público bajo control estatal y en régimen de exclusividad.[quote][]
Aquí amigo es donde tienes más razón que un santo. Cuando lo escribiste era así, pero al día de hoy es un horror. ¿Quien organiza?¿Quien supervisa? nuestras maravillosas competiciones nivel III. ¿La comisión Técnica?¿ Vice-Presidente de la modalidad?¿del Colegio de Árbitros?
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Re: Reglamentación y normativa de IPSC
Rasain escribió:[Y el documento ese de la "Normativa para el desarrollo de las competiciones de RR.TT" no contiene ninguna regla que ataña al desarrollo de una competición. Es un panfleto infumable que se limita a atar legalmente la práctica del IPSC a los designios de la REDEFETO. Habla de licencias, cuotas, plazos, etc,,, pero nada sobre el desarrollo de la competición
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No deja de ser curioso que una entidad de caracter privado ( que es lo que es una Federación ), de manera automágica se convierta en un estamento público bajo control estatal y en régimen de exclusividad.[]
Aquí amigo es donde tienes más razón que un santo. Cuando lo escribiste era así, pero al día de hoy es un horror. ¿Quien organiza?¿Quien supervisa? nuestras maravillosas competiciones nivel III. ¿La comisión Técnica?¿ Vice-Presidente de la modalidad?¿del Colegio de Árbitros?
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Y los seguros?? Otra estafa más.. Ya se ve lo que hay, te federas (para tener seguro) te obligan a hacerteotro seguro... Y si pasa algo nadie sabe nada...
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Re: Reglamentación y normativa de IPSC
Coopy escribió:Rasain escribió:[Y el documento ese de la "Normativa para el desarrollo de las competiciones de RR.TT" no contiene ninguna regla que ataña al desarrollo de una competición. Es un panfleto infumable que se limita a atar legalmente la práctica del IPSC a los designios de la REDEFETO. Habla de licencias, cuotas, plazos, etc,,, pero nada sobre el desarrollo de la competición
Ese documento y la Ley del Deporte son los mecanismos legales con los que el Estado se se auto-otorga la representación ante la IPSC ( International Practical Shooting Confederation )
No deja de ser curioso que una entidad de caracter privado ( que es lo que es una Federación ), de manera automágica se convierta en un estamento público bajo control estatal y en régimen de exclusividad.
Y los seguros?? Otra estafa más.. Ya se ve lo que hay, te federas (para tener seguro) te obligan a hacerteotro seguro... Y si pasa algo nadie sabe nada...
Pues si, nos han estado contando la milonga de que para poder tirar con seguro tenías que tener la Territorial de cada sitio, en la Ley del Deporte dice claro que el seguro de una Territorial te cubre en todo el territorio Nacional, es el cuento de "que viene el coco". En la Catalana el seguro te cubre hasta tiradas internacionales, pues cuando salimos tenemos sacar el seguro de la Española, manda eggs.
Pues eso, una estafa en toda regla.
Saludos,
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Re: Reglamentación y normativa de IPSC
Vicente escribió:Coopy escribió:Rasain escribió:
Y los seguros?? Otra estafa más.. Ya se ve lo que hay, te federas (para tener seguro) te obligan a hacerteotro seguro... Y si pasa algo nadie sabe nada...
Pues si, nos han estado contando la milonga de que para poder tirar con seguro tenías que tener la Territorial de cada sitio, en la Ley del Deporte dice claro que el seguro de una Territorial te cubre en todo el territorio Nacional, es el cuento de "que viene el coco". En la Catalana el seguro te cubre hasta tiradas internacionales, pues cuando salimos tenemos sacar el seguro de la Española, manda eggs.
Pues eso, una estafa en toda regla.
Saludos,
Y protesta alguien??? Noooo todos como borregos pagando y calladitos..
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Re: Reglamentación y normativa de IPSC
Coopy escribió:Vicente escribió:Coopy escribió:
Y los seguros?? Otra estafa más.. Ya se ve lo que hay, te federas (para tener seguro) te obligan a hacerteotro seguro... Y si pasa algo nadie sabe nada...
Pues si, nos han estado contando la milonga de que para poder tirar con seguro tenías que tener la Territorial de cada sitio, en la Ley del Deporte dice claro que el seguro de una Territorial te cubre en todo el territorio Nacional, es el cuento de "que viene el coco". En la Catalana el seguro te cubre hasta tiradas internacionales, pues cuando salimos tenemos sacar el seguro de la Española, manda eggs.
Pues eso, una estafa en toda regla.
Saludos,
Y protesta alguien??? Noooo todos como borregos pagando y calladitos..
Claro que hemos protestado, pero ellos te dicen que ese no vale, que es el seguro de la Española y o pagas los 10€ por CADA TIRADA INTERNACIONAL o no tiras... yo voy a 1 o 2 al año, imagina Jorge por ejemplo...
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