Oscar1975 escribió:FERARRFE escribió:Una competición al año se entiende dentro de cada año físico, o sea que vale hacer una tirada el 1 de Enero del 2.010 y otra el 31 de Diciembre del 2.011 que no pueden quitarte la licencia porque has competido los dos años, aunque entre la primera tirada y la última prácticamente han transcurrido dos años.
Fer, no puedes dejar transcurrir dos años entre tiradas. Nosotros (yo estuve en la Icae con las licencias F) nos regiamos por el año natural transcurrido de fecha a fecha, así si un señor había obtenido la licencia F pongamos por caso el 01-01-2006, hacíamos asi:
Primer Año:
01-01-2006 al 01-01-2007
Segundo Año:
01-01-2007 al 01-01-2008
Tercer Año:
01-01-2008 al 01-01-2009
Si le faltaba alguna tirada en alguno de dichos años, trámite de audiencia y sino alegaba justa causa DENEGACIÓN al canto (por cierto, yo era quien redactaba las denegaciones del licencia F jeje).
Oscar.
Pues yo tenía entendido que eran años naturales, del 1 de Enero al 31 de Diciembre
