Que tal de nuevo.
Yo según está redactado el artículo 2.1.4 entiendo que no se admiten los frenos de boca en ningún caso, y con respecto a los contrapesos, al referirse a "adicionales" creo que quiere decir a los que pudiéramos colocar nosotros por nuestra cuenta, no a los que ya salen de fábrica en el arma. Pero esto es lo que yo entiendo, no se si un árbitro lo vería de igual manera.
Y con respecto a lo que dice el reglamento en la sección de "Generalidades" y cita el compañero Sig_P210_5
Sig_P210_5 escribió:El Reglamento del 9 mm empieza así:
"Esta prueba deportiva, a la que hemos dotado de sus propias normas decompetición, debe realizarse con armas que conserven sus más puras
características originales, que fueron la razón de ser de esta modalidad, y que así la diferencian de otras especialidades deportivas a las que normalmente van dirigidas las fabricaciones de armas de avanzado diseño.
Todos los participantes deberán tener la mayor igualdad de posibilidades para superar las dificultades de la prueba".
creo que lo de que "debe de realizarse con armas que conserven sus más puras características originales" es algo en la práctica bastante relativo, ya que muchas de estas pistolas, sino todas, desde el momento en que están orientadas hacia la competición presentan "avances" destinados a hacerlas cumplir su cometido con más eficiencia, como puede ser sin ir más lejos el que lleven alza regulable micrométricamente, algo que ninguna pistola de servicio lleva originalmente.
Salu2.
