Mensajepor IVAN-HK » 08 Mar 2008 11:41
Y no solo entramos en el terreno de la fisica (balistica) tambien en el legal...
Con la defensa personal, aunque le cueste creerlo al juez, no queremos matar al agresor (y eso que el podria quererlo...). Se desea "parar" al agresor, detener su acción.
Realmente queremos "poder de detención", y cuanta menos penetración mejor (estamos hablando de tiros a muy corta distancia).
NOTA: Poder de Detención... --> Es la energía cinética existente en el momento del impacto (dada en kgm.) multiplicada por la superficie frontal del proyectil(en cm2).
La unidad del poder de detención se llama "Stopwer". 1 Stopwer corresponde a 1 kg por 1cm2. (proviene del Stopping Power).
Depende por lo tanto de la velocidad inicial de la bala, del peso y de la sección en el momento del impacto. No tiene la misma sección una bala con punta plana que una cónica aguda. Tampoco es lo mismo que impacte una bala blindada con punta reforzada, que una semiblindada con la punta hueca, ya que esta al expandirse en el impacto presenta una superficie mayor.
Se han hecho muchos estudios para averiguar cuando se va a poner a un individuo "fuera de combate" (que no es matarlo). Así se ha establecido con mas o menos asentimiento de la mayoría que por debajo de 5 St. no tiene casi efectos, hay un ligero shock entre 5 y 10, hasta 15 son importantes las consecuencias y a partir de 15 St. se deja seguro fuera de combate.
Para conseguir un mayor poder de parada, con el mismo calibre, los fabricantes suelen intentar que la sección de la bala aumente en el impacto considerablemente (evidentemente se usan balas expansivas) Con ello se aumenta irremediablemente, al llevar la velocidad necesaria, los daños producidos en el cuerpo humano.

