Mensaje por Vicente » 06 Jun 2017 13:13
Yo si entendiera del tema, que no es el caso, no tendría problemas en ayudar, pero no entiendo que seamos tan activo en un Foro pero tan poco activos a la hora de hacer una llamada y arrimar el hombro.
De cualquier forma, creo que esta Nota Aclaratoria va a dejar tranquilos a los Federados.
Publico Nota de la Española.
ACLARACIÓN SOBRE LOS COMENTARIOS EN EL FORO SOBRE SI LA ACTUALIZACIÓN DEL CENSO DE DEPORTISTAS DE RRTT QUE ESTA REALIZANDO LA RFEDETO A TRAVÉS DE SU PAGINA SE AJUSTA A LA POLÍTICA DE PRIVACIDAD.
La Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, en cuyo 23 se modifica el art. 32 de la Ley del Deporte, implantando la ya famosa Licencia Deportiva Única, que entrará en vigor el 1 de julio de 2015.Sección 1.ª Deporte "Artículo 23. Modificación de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.
Se modifica el apartado 4 del artículo 32 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, que queda redactado en los siguientes términos:
Corresponde a las federaciones de ámbito estatal la elaboración y permanente actualización del censo de licencias deportivas, que deberá estar a disposición de todas las federaciones autonómicas, las cuales podrán disponer de sus propios censos o registros de las licencias que expidan, respetando en todo caso la legislación en materia de protección de datos.
Aprobada la Licencia Deportiva Única — IUSPORT: EL OTRO LADO DEL DEPORTE
Por otro lado, adjunto enlace con la pagina de la RFEDETO donde se puede comprobar su Política de Privacidad.
http://www.tirolimpico.org/apps/displayFile/es/RFEDETO/public/pages/politica-privacidad.cms_xhtml
Sobre la empresa informática ICONS, decir que es la encargada de dar soporte a las necesidades de la RFEDETO, y fue precisamente la encargada de dar ese soporte para el proceso electoral a las pasadas elecciones a la presidencia de dicha federación, como también lo ha sido en el caso del censo de RRTT. Dar soporte en ningún caso significa que tenga acceso a los datos que se registran por parte de la federación. Además, para mas aclaración dicha empresa como no podía ser de otra manera también esta acogida a la Ley de protección de datos y por tanto cualquier incumplimiento sobre dicha ley seria de su propia responsabilidad. Para finalizar, el acceso a este censo solo y exclusivamente le tiene la RFEDETO a través de su clave y contraseña.Desde la Federación Española nos insisten que "el problema no es que la RFETO nos pida que nos inscribamos en el Censo, el problema es que la RFETO está obligada a tener ese censo y hasta ahora no se ha molestado en tenerlo, por un lado porque muchos Clubes no han enviado esa información como era su obligación, y por otro lado porque la información que enviaban los Clubes se quedaba en un cajón, una estantería, o un e-mail sin abrir en lugar de gestionarse correctamente."
Saludos,
Yo si entendiera del tema, que no es el caso, no tendría problemas en ayudar, pero no entiendo que seamos tan activo en un Foro pero tan poco activos a la hora de hacer una llamada y arrimar el hombro.
De cualquier forma, creo que esta Nota Aclaratoria va a dejar tranquilos a los Federados.
Publico Nota de la Española.
[attachment=0]ACLARACIÓN LPD.pdf[/attachment]
[i][b]ACLARACIÓN SOBRE LOS COMENTARIOS EN EL FORO SOBRE SI LA ACTUALIZACIÓN DEL CENSO DE DEPORTISTAS DE RRTT QUE ESTA REALIZANDO LA RFEDETO A TRAVÉS DE SU PAGINA SE AJUSTA A LA POLÍTICA DE PRIVACIDAD.[/b]
La Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, en cuyo 23 se modifica el art. 32 de la Ley del Deporte, implantando la ya famosa Licencia Deportiva Única, que entrará en vigor el 1 de julio de 2015.Sección 1.ª Deporte "Artículo 23. Modificación de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.
Se modifica el apartado 4 del artículo 32 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, que queda redactado en los siguientes términos:
[u]Corresponde a las federaciones de ámbito estatal la elaboración y permanente actualización del censo de licencias deportivas[/u], que deberá estar a disposición de todas las federaciones autonómicas, las cuales podrán disponer de sus propios censos o registros de las licencias que expidan, respetando en todo caso la legislación en materia de protección de datos.
[u]Aprobada la Licencia Deportiva Única — IUSPORT: EL OTRO LADO DEL DEPORTE[/u]
Por otro lado, adjunto enlace con la pagina de la RFEDETO donde se puede comprobar su Política de Privacidad.
[url]http://www.tirolimpico.org/apps/displayFile/es/RFEDETO/public/pages/politica-privacidad.cms_xhtml[/url]
Sobre la empresa informática ICONS, decir que es la encargada de dar soporte a las necesidades de la RFEDETO, y fue precisamente la encargada de dar ese soporte para el proceso electoral a las pasadas elecciones a la presidencia de dicha federación, como también lo ha sido en el caso del censo de RRTT. Dar soporte en ningún caso significa que tenga acceso a los datos que se registran por parte de la federación. Además, para mas aclaración dicha empresa como no podía ser de otra manera también esta acogida a la Ley de protección de datos y por tanto cualquier incumplimiento sobre dicha ley seria de su propia responsabilidad. Para finalizar, el acceso a este censo solo y exclusivamente le tiene la RFEDETO a través de su clave y contraseña.[/i]
Desde la Federación Española nos insisten que "el problema no es que la RFETO nos pida que nos inscribamos en el Censo, el problema es que la RFETO está obligada a tener ese censo y hasta ahora no se ha molestado en tenerlo, por un lado porque muchos Clubes no han enviado esa información como era su obligación, y por otro lado porque la información que enviaban los Clubes se quedaba en un cajón, una estantería, o un e-mail sin abrir en lugar de gestionarse correctamente."
Saludos,