Mensaje por YUNK » 19 Mar 2021 18:43
Berenjeno escribió:alectoris escribió:En la licencia D a parte de las limitaciones económicas y los armeros que tengas también se tiene que tener en cuenta "cuantas te permite tu jefa"
Una incongruencia en la D es que puedas tener un número no limitado de armas (cumpliendo los requisitos pertinentes), pero solo puedas tener 300 balas en total, sumando los diferentes calibres que tengas guiados y creo incluyendo las balas del 22LR
Saludos
Error... Son 200 para arma larga independientemente de la licencia que las ampare y nº de calibres, la suma total no puede pasar de 200 cartuchos incluidos los de 22 LR
Para armas largas rayadas (ósea rifles)
Los titulares de licencias para armas largas rayadas podrán adquirir únicamente hasta 1.000 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia, en la cual la armería estampará, por cada adquisición, la siguiente anotación "vendidos X cartuchos", consignando la fecha de entrega y sello oficial correspondiente.
En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos.
Para armas de caza menor (ósea escopetas)
Los titulares de licencias de armas para caza menor podrán adquirir un número ilimitado de cartuchos de caza no metálicos. En ningún caso podrá tenerse en depósito un número superior a 5.000 unidades de esta clase de cartuchos.
donde deja claro cual es el cupo de 22lr
si la licencia donde se ampara el calibre no es una licencia de armas largas rayadas
ahí esta el detalle
[quote="Berenjeno"][quote="alectoris"]En la licencia D a parte de las limitaciones económicas y los armeros que tengas también se tiene que tener en cuenta "cuantas te permite tu jefa"
Una incongruencia en la D es que puedas tener un número no limitado de armas (cumpliendo los requisitos pertinentes), pero solo puedas tener[color=#FF0000] 300 balas en total[/color], sumando los diferentes calibres que tengas guiados y creo incluyendo las balas del 22LR
Saludos[/quote]
Error... Son 200 para arma larga independientemente de la licencia que las ampare y nº de calibres, la suma total no puede pasar de 200 cartuchos incluidos los de 22 LR[/quote]
Para armas largas rayadas (ósea rifles)
[b][u]Los titulares de licencias para armas largas rayadas[/u][/b] podrán adquirir únicamente hasta 1.000 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia, en la cual la armería estampará, por cada adquisición, la siguiente anotación "vendidos X cartuchos", consignando la fecha de entrega y sello oficial correspondiente.
En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos.
Para armas de caza menor (ósea escopetas)
Los titulares de licencias de armas para caza menor podrán adquirir un número ilimitado de cartuchos de caza no metálicos. En ningún caso podrá tenerse en depósito un número superior a 5.000 unidades de esta clase de cartuchos.
donde deja claro cual es el cupo de 22lr
si la licencia donde se ampara el calibre no es una licencia de armas largas rayadas
ahí esta el detalle