Mensaje por FrecciaRossa » 20 May 2008 09:44
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Si te trincan por un delito contra la seguridad en el tráfico (exceso elevado de velocidad, alcoholemia, conducir sin carnet, etc) y hay una sentencia penal firme, date por retirado del hobby del tiro, a no ser con las armas que te presten en tu club, porque las tuyas efectivamente van a la intervención en la siguiente renovación. Y no me parece mal, a ver si nos concienciamos todos de que no sólo pones en peligro tu vida, que esa a mi me importa poco (cada cual que haga con su cabeza lo que quiera, como si se quiere pegar un tiro), sino, y esto es más importante, la de personas inocentes que utilizan la misma vía. Y luego vienen los lloros y los remordimientos...:S
Por cierto, Hectorvillajos, dime cual es esa moto de Aprilia que se pone a 160 con sólo 11 caballos, porque no caigo ahora cual es.
Te explico que para que te "regalen" el carnet de moto de pequeña cilindrada con el de coche ( que ese 2 por 1 tampoco lo entiendo yo, la verdad), la motocicleta no sólo debe de ser de un máximo de 125 c.c., sino que además debe estar limitada su potencia útil a menos de 12 caballos, o sea en la práctica 11,9 c.v..
Por ello algunas marcas como Aprilia venden un par de modelos limitados a 11 c.v. y también venden su versión "full power" con bastantes más, y esas son las que llegan a 160, pero esas no se pueden conducir con el carnet "de regalo". Las de 11 c.v. dificilmente llegan a los 120 kms/h. Te lo digo porque mi mujer tiene una. ;)
De todas maneras, como tú, yo tampoco entiendo que por saber conducir un coche puedas llevar una moto por pequeña que sea sin una preparación previa. La moto es muy diferente a un coche, no tiene NADA que ver, y un accidente a mucha menos velocidad que la que alcanzan estas motos limitadas también puede ser muy grave o incluso mortal.
Es como si por tener el carnet de camión nos regalasen el de piloto de ultraligeros, pero hombre, no el de avión, porque los aviones corren más que los ultraligeros, y tampoco es plan.... :8
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Si te trincan por un delito contra la seguridad en el tráfico (exceso elevado de velocidad, alcoholemia, conducir sin carnet, etc) y hay una sentencia penal firme, date por retirado del hobby del tiro, a no ser con las armas que te presten en tu club, porque las tuyas efectivamente van a la intervención en la siguiente renovación. Y no me parece mal, a ver si nos concienciamos todos de que no sólo pones en peligro tu vida, que esa a mi me importa poco (cada cual que haga con su cabeza lo que quiera, como si se quiere pegar un tiro), sino, y esto es más importante, la de personas inocentes que utilizan la misma vía. Y luego vienen los lloros y los remordimientos...:S
Por cierto, Hectorvillajos, dime cual es esa moto de Aprilia que se pone a 160 con sólo 11 caballos, porque no caigo ahora cual es.
Te explico que para que te "regalen" el carnet de moto de pequeña cilindrada con el de coche ( que ese 2 por 1 tampoco lo entiendo yo, la verdad), la motocicleta no sólo debe de ser de un máximo de 125 c.c., sino que además debe estar limitada su potencia útil a menos de 12 caballos, o sea en la práctica 11,9 c.v..
Por ello algunas marcas como Aprilia venden un par de modelos limitados a 11 c.v. y también venden su versión "full power" con bastantes más, y esas son las que llegan a 160, pero esas no se pueden conducir con el carnet "de regalo". Las de 11 c.v. dificilmente llegan a los 120 kms/h. Te lo digo porque mi mujer tiene una. ;)
De todas maneras, como tú, yo tampoco entiendo que por saber conducir un coche puedas llevar una moto por pequeña que sea sin una preparación previa. La moto es muy diferente a un coche, no tiene NADA que ver, y un accidente a mucha menos velocidad que la que alcanzan estas motos limitadas también puede ser muy grave o incluso mortal.
Es como si por tener el carnet de camión nos regalasen el de piloto de ultraligeros, pero hombre, no el de avión, porque los aviones corren más que los ultraligeros, y tampoco es plan.... :8
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