Mensaje por Laeas » 12 Dic 2022 19:09
Actualizo.
Acabo de preguntar esta mañana en mi ayuntamiento y no hay más que presentar instancia genérica solicitando la baja del registro. No hay ni por qué dar explicaciones.
Sencillo, como la ley no te exige ningún tipo de licencia de armas para la categoría 4.2 ni registro en ningún ayuntamiento, no hay problema.
Que la saques de tu casa o no ya es tu problema.
Simplemente llevar la solicitud de la baja, la tarjeta de armas original y copia de ella, que será la que me compulsen como que la doy de baja y me la quedo. Esa copia sirve por si se vende, el comprador pueda acreditar el origen de ese arma junto con el contrato de compraventa si la quiere registrar en otro ayuntamiento.
Salud/2.
Actualizo.
Acabo de preguntar esta mañana en mi ayuntamiento y no hay más que presentar instancia genérica solicitando la baja del registro. No hay ni por qué dar explicaciones.
Sencillo, como la ley no te exige ningún tipo de licencia de armas para la categoría 4.2 ni registro en ningún ayuntamiento, no hay problema.
Que la saques de tu casa o no ya es tu problema.
Simplemente llevar la solicitud de la baja, la tarjeta de armas original y copia de ella, que será la que me compulsen como que la doy de baja y me la quedo. Esa copia sirve por si se vende, el comprador pueda acreditar el origen de ese arma junto con el contrato de compraventa si la quiere registrar en otro ayuntamiento.
Salud/2.